Dirección General de Responsabilidades Administrativas.
Dirección de Situación Patrimonial.

 
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Pregutas Frecuentes
 

¿Dónde se debe presentar la solicitud de constancia?

R: La solicitud deberá presentarse junto con sus requisitos en Oficialía de Partes de la Contraloría General, ubicada en la puerta principal de Av. Juárez No. 92 esq. con Iturbide Planta Baja, Col. Centro Delegación Cuauhtémoc, D.F. C.P. 06040

¿Horario de Atención al Público?:

R: 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes

¿Dónde se realiza el pago de derechos para la expedición de la constancia?:

R: En las Administraciones Tributarias Locales de la Tesorería del Distrito Federal

¿Cuál es la Administración Tributaria Local más cercana a mi domicilio?:

R: La página http://www.finanzas.df.gob.mx/oficinas/ de la Secretaría de Finanzas le ofrece la ubicación de las oficinas

¿Cuál es la Administración Tributaria más cercana a la Contraloría General?:

R: La Administración Tributaria Mina, ubicada en Av. Guerrero # 61 Col. Guerrero C.P.06300 Tel.57055097

¿Cuál es el horario de las la Administraciones Tributarias Locales?:

R: de 8:30 a 14:30 hrs.

¿Ante quién realizo el pago de derechos en las Administraciones Tributarias Locales?:

R: En las cajas, indicando a la cajera(o) que desea realizar el pago de derechos para la expedición de la constancia que acredite el no registro de inhabilitación conforme a lo establecido por el artículo 248 fracción XII del Código Fiscal del Distrito Federal.

¿Existe un formato especial de pago para las constancias?:

R: La orden de pago se la proporciona la Administración Tributaria Local.

¿En qué tiempo se entrega la constancia?:

R: Por el momento no se establece término para la entrega de la constancia, cuando existan antecedentes de inhabilitación, la expedición de la constancia será variable ya que se encuentra supeditada a la verificación de la información ante las autoridades correspondientes.

¿Cuáles son los horarios de entrega?:

R: De las 09:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes.

¿Qué tiempo tengo para recoger la constancia?:

R: Una vez expedida la constancia tendrá un plazo de diez días hábiles para recogerla.

 
19-04-2024 08:42