|
Dirección General de Responsabilidades Administrativas. Dirección de Situación Patrimonial.
|
|
|
DE INTERÉS CIUDADANO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
REQUISITOS
PARA RECLAMACIÓN DE
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
|
De conformidad con la Ley de Responsabilidad Patrimonial local y su
Reglamento, el derecho a la indemnización derivado de la actividad
administrativa irregular atribuible a algún ente público
de la Administración Pública del Distrito Federal, deberá
reclamarse por escrito firmado por el interesado o su representante
legal, dirigido y presentado ante el ente público responsable
de la misma, o bien, ante la Contraloría General del Distrito
Federal, a efecto de que se inicie el procedimiento administrativo correspondiente,
el cual es seguido en forma de juicio, y en el que tendrá que
acreditar los extremos de la acción ejercida. (Arts. 22, 23 de
la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal, 44, 57 de
la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y, 4, 9
y 11 del Reglamento de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito
Federal).
Acorde a lo previsto en los artículos 44 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal y 11 del Reglamento de la Ley de
Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal, los requisitos que
debe contener ese escrito son los siguientes:
- Nombre de la dependencia, órgano desconcentrado, delegación
o entidad de la Administración Pública ante la que se
promueve.
-
Nombre de la dependencia, órgano desconcentrado,
delegación o entidad de la Administración Pública
a quién se atribuye la actividad administrativa irregular.
-
El nombre, denominación o razón social
del o de los interesados y, en su caso, del representante legal, agregándose
los documentos que acrediten la personalidad, así como la designación
de la persona o personas autorizadas para oír y recibir notificaciones
y documentos.
-
El domicilio para oír y recibir notificaciones
en el Distrito Federal.
- La petición que se formula
- La actividad administrativa irregular reclamada, el daño causado,
monto del daño causado, la relación causa-efecto entre
el daño y la acción administrativa irregular imputable
al Ente Público.
- Fecha en que se produjo el daño, y en caso de ser continuo,
la fecha en que cesaron los efectos lesivos.
- La descripción clara y sucinta de los hechos y razones en los
que se apoye la petición.
- Agravios y argumentos de derecho en que funde su reclamación.
- El lugar, la fecha y la firma del interesado o, en su caso, la de
su representante legal.
- El escrito inicial además deberá acompañarse
de los documentos que acrediten la responsabilidad, así como
las pruebas que ofrezca, para acreditar los hechos argumentados.
En la sustanciación de este procedimiento, en
materia de ofrecimiento, desahogo y valoración de pruebas, en lo
no previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal
se aplican supletoriamente las disposiciones legales que sobre el particular
prevé el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito
Federal.
|
|
|