PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 8 DE JUNIO DE 2005

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE OBRAS, DESARROLLO Y SERVICIOS URBANOS DE LA DELEGACIÓN COYOACÁN LA FACULTAD QUE SE INDICA

 

(Al margen superior tres escudos que dicen: DELEGACIÓN COYOACÁN.- GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.- DELEGACIÓN COYOACÁN.- JEFATURA DELEGACIONAL)

 

MIGUEL BORTOLINI CASTILLO, titular del Órgano Político Administrativo en la demarcación territorial en Coyoacán, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 122, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 104, 117 fracciones I, II, X, XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; artículos 2°, 3°, fracción II, 37, 38, 39 fracciónes VII, LV y LXXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal 120, 121, 122, 122 Bis fracción IV inciso C), 123 fracción IV, V, XIV, 126 y 143 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; emitió el siguiente:

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE OBRAS, DESARROLLO Y SERVICIOS URBANOS, DE LA DELEGACIÓN COYOACÁN, LA FACULTAD QUE SE INDICA

 

PRIMERO. Se delega en el Director General de Obras, Desarrollo y Servicios Urbanos de la Delegación Coyoacán la facultad de comprobar, controlar y revisar que las construcciones y edificaciones, anuncios, mobiliario urbano desarrollo urbano, uso de suelo, antenas de telefonía celular, han cumplido con las disposiciones del Reglamento de Construcciones, emitiendo las órdenes de visita de verificación, levantando las actas correspondientes, y ejecutando las ordenes y sanciones que del procedimiento administrativo resulten y demás actos jurídicos de carácter administrativo o dentro de cualquier otra índole del ámbito de su competencia.

 

SEGUNDO. El titular de la Dirección General de Obras, Desarrollo y Servicios Urbanos, deberá informar de todas las visitas que se practiquen enviando Actas correspondientes a la Dirección General Jurídica y de Gobierno, en términos del Reglamento de Verificación Administrativa para el Distrito Federal.

 

TERCERO.- La facultad delegada por virtud de este acuerdo, es sin menoscabo de la facultad otorgada por el artículo 124 del Reglamento Interno de la Administración Pública del Distrito Federal, al Director General Jurídico y de Gobierno para substanciar el Procedimiento Administrativo de Calificación del Acta de Visita Verificación y emitir la resolución que conforme a derecho corresponda.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

 

MÉXICO DISTRITO FEDERAL A 25 DE MAYO DE 2005

EL JEFE DELEGACIONAL

EN COYOACÁN

 

(Firma)

 

PROFR. MIGUEL BORTOLINI CASTILLO