PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 6 DE MAYO DE 2003
ACUERDO A/007/03 DEL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL CUAL SE ESTABLECEN ÁREAS DE ESPERA EXCLUSIVAS PARA DENUNCIANTES, VICTIMAS, OFENDIDOS Y TESTIGOS DE CARGO EN DELITOS GRAVES.
Con
fundamento en los artículos 20 apartado B fracciones I, II y VI, y 122 base
Quinta apartado D de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, 9
fracciones I, II, IV, VI y VIII, 9 bis fracciones I y IV del Código de Procedimientos
Penales del Distrito Federal, 1, 2 fracciones I, II, III y VIII, 8 y 20 de la
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, 1 y
41 fracción IV de su Reglamento; y
Que por
mandato constitucional el Ministerio Público tiene la responsabilidad de
investigación y persecución de los delitos bajo los principios de legalidad,
honradez, lealtad, profesionalismo, imparcialidad, eficiencia y eficacia.
Que
por mandato constitucional el Agente del Ministerio Público tiene la obligación
de adoptar las medidas y providencias necesarias para fortalecer la seguridad
de los denunciantes, víctimas u ofendidos.
Que
en las averiguaciones previas por delitos graves es necesario establecer
condiciones que promuevan la seguridad y confianza de los denunciantes,
víctimas, ofendidos y testigos de cargo durante su estancia en las
Coordinaciones Territoriales de Seguridad Pública y Procuración de Justicia y
que esto contribuya a eficientar la investigación de estos delitos, por lo que
he tenido a bien expedir el siguiente:
Primero.- El presente acuerdo tiene por objeto generar condiciones de
confianza en beneficio de los denunciantes, víctimas, ofendidos y testigos de
cargo en delitos graves, durante el tiempo que permanezcan en la Coordinación
Territorial de Seguridad Pública y Procuración de Justicia, así como asegurar
su tranquilidad e integridad física en beneficio de la búsqueda de la verdad
histórica.
Segundo.-
Para lograr este
objetivo, en cada Coordinación Territorial de Seguridad Pública y Procuración
de Justicia, se destinará un área de espera exclusiva para que permanezcan los
denunciantes, víctimas, ofendidos y testigos de cargo en averiguaciones previas
por delitos graves en las que se encuentre detenido el presunto responsable.
Tercero.-
Los Fiscales,
Responsables de Agencia y los agentes del Ministerio Público, deberán evitar
que los denunciantes, víctimas, ofendidos y testigos de cargo en averiguaciones
previas por delitos graves con detenido, permanezcan en las mismas áreas de
espera que las del público en general.
Cuarto.-
Los Fiscales,
Responsables de Agencia y los agentes del Ministerio Público promoverán que en
sus Coordinaciones Territoriales de Seguridad Pública y Procuración de
Justicia, se instalen señalizadores para que los usuarios identifiquen el área
de espera exclusiva a que se refiere el presente acuerdo.
Quinto.-
Los agentes del
Ministerio Público tendrán la obligación de informar a los denunciantes,
víctimas, ofendidos y testigos de cargo en averiguaciones previas por delitos
graves con detenido, que tienen derecho a permanecer en el área de espera
exclusiva.
Sexto.-
Los Agentes del
Ministerio Público, Responsables de Agencia y los Fiscales de averiguaciones
previas desconcentradas y centrales, proveerán en la esfera de su competencia
el cumplimiento del presente acuerdo.
Séptimo.-
El incumplimiento de
este Acuerdo por parte de cualquier servidor público de la Procuraduría General
de Justicia del Distrito Federal, deberá hacerse del conocimiento de la
Contraloría Interna para que determine, en su caso, la responsabilidad
administrativa.
PRIMERO.-
Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.-
El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
TERCERO.-
Los titulares de las Unidades Administrativas de la Procuraduría General de
Justicia del Distrito Federal, harán del conocimiento de los servidores
públicos el contenido del presente
Acuerdo.
Sufragio Efectivo. No Reelección
México,
D.F., a 23 de Abril de 2003.
El Procurador General de Justicia
del Distrito Federal
(Firma)
(Firma)
Maestro
Bernardo Bátiz Vázquez.