PUBLICADO EN LA G O EL 22 DE MAYO DEL 2003
ACUERDO POR EL QUE SE INSTITUYE EL “RECONOCIMIENTO CIUDAD DE
MÉXICO”
(Al margen superior
izquierdo dos escudos que dicen: GOBIERNO
DEL DISTRITO FEDERAL.- México – La Ciudad de la Esperanza.- JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL)
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Jefe de Gobierno del Distrito Federal,
con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
artículo 122, disposición C), Base Segunda, fracción II, Inciso b); en el
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, artículo 67, fracción II, 90 y 115,
fracción II; 63 de la Ley de Fomento al Desarrollo Económico; 76 de Ley de
Desarrollo Urbano; 54 de la Ley Ambiental; 32 bis, fracción XVIII de la Ley
Orgánica de la Administración Pública; 8, fracción II de la Ley de Vivienda,
todas del Distrito Federal, y
Que entre las funciones de la
Administración Pública del Distrito Federal están aquellas relativas al
fomento, impulso y desarrollo de las actividades económicas, sociales, culturales
de los diversos sectores de la población del Distrito Federal.
Que una forma de impulso y
estímulo consiste en reconocer a aquellas personas físicas y morales, cuyas
actividades contribuyen al desarrollo y mejoramiento de la Ciudad de México y
sus habitantes.
Que es de suma importancia que el
Gobierno del Distrito Federal reconozca y de a conocer a las personas físicas y
morales cuyas obras y acciones contribuyen al mejoramiento y desarrollo
integral de la Ciudad de México y sus habitantes mediante el reconocimiento
público, tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE INSTITUYE EL “RECONOCIMIENTO CIUDAD DE MÉXICO”
Artículo
1. Se instituye el “Reconocimiento
Ciudad de México”, como distinción pública a las personas físicas o morales
que sobresalgan por realizar actividades que redunden en el desarrollo social,
cultural, cívico, económico, urbanístico, ambiental, industrial, comercial, de
servicios, y de cualquier otra actividad importante, en el Distrito Federal.
El “Reconocimiento Ciudad de México”, será
entregado anualmente por el Jefe de Gobierno, de conformidad con el presente
Acuerdo y las Bases que al efecto se expidan.
Artículo
2. Se crea el Comité de Evaluación y Selección para el
Otorgamiento del “Reconocimiento Ciudad de México”, el cual se integrará por
los Titulares de las Dependencias de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Artículo
3. El Comité de Evaluación y Selección para el
“Reconocimiento Ciudad de México”, será presidido por el Jefe de Gobierno del
Distrito Federal, y en su ausencia, por el Secretario de Gobierno.
Artículo
4. Para el ejercicio de sus funciones, el Comité de
Evaluación y Selección para el “Reconocimiento Ciudad de México” podrá invitar
a personas de la Sociedad Civil de reconocido prestigio y con conocimiento en
la materia y actividad a reconocerse. Así mismo, se podrá auxiliar del personal
técnico, docente o especialista que estime necesario.
Artículo
5. El Comité de Evaluación y Selección para el
“Reconocimiento Ciudad de México”, sesionará previa convocatoria de su
Presidente, en la que se informará de las materias o actividades a reconocer.
Artículo
6. El Comité de Evaluación y Selección para el
“Reconocimiento Ciudad de México” tendrá las siguientes atribuciones:
I.
Emitir las Bases a las que se sujetará el
procedimiento conforme a la cual se otorgará el “Reconocimiento Ciudad de
México” y en las que se establecerá la organización y funcionamiento del propio
Comité;
II.
Recibir las propuestas de las personas físicas y
morales merecedoras del “Reconocimiento Ciudad de México”;
III.
Evaluar, seleccionar y determinar a las personas
físicas o morales que recibirán el “Reconocimiento Ciudad de México”;
IV.
Establecer la fecha de entrega del “Reconocimiento
Ciudad de México”, y
V.
Determinar las características y especificaciones
físicas o materiales a las que se sujetará el “Reconocimiento Ciudad de
México”.
Artículo
7. El “Reconocimiento Ciudad de México”, será
entregado en ceremonia solemne por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal.
T
R A N S I T O R I O S
Primero. Publíquese el presente
Acuerdo en Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Segundo. Para el otorgamiento del
“Reconocimiento Ciudad de México” año 2003, las propuestas y características
físicas o materiales del mismo, serán
realizadas por los titulares de las Dependencias de la Administración Pública
del Distrito Federal; y será el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, quien
determine las personas merecedoras del mismo.
(Firma)