PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 29 DE MARZO DE 2006
ACUERDO
POR EL QUE SE DELEGA AL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA DELEGACIÓN
MILPA ALTA, LAS FACULTADES QUE SE
INDICAN.
(Al margen superior izquierdo
tres escudos que dicen: DELEGACIÓN MILPA ALTA.- Dirección General de
Administración)
CUAUHTEMOC
MARTÍNEZ LAGUNA, Jefe Delegacional en
Milpa Alta, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122,
inciso C, Base Tercera, fracción II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 87, 104, 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;
2, 10 fracción XII, 36, 37, 38, 39 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 120 y 122 del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Administración Pública
del Distrito Federal, tiene entre sus principios de actuación el de
instrumentar acciones tendientes a simplificar y eficientar los procedimientos
administrativos que realizan las áreas de la Administración Pública del
Gobierno del Distrito Federal en Milpa Alta, con el objeto de cumplir de manera
ágil y oportuna con las obligaciones y atribuciones que les corresponden.
Que la fracción XLV del
artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal faculta a los titulares de los Órganos Político-Administrativos para
celebrar, otorgar y suscribir contratos, convenios y demás actos jurídicos de
carácter administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito de su competencia
necesarias para el ejercicio de sus funciones.
Que con el Propósito de que
este Órgano Político Administrativo se encuentre en aptitud de cumplir en forma expedita, oportuna y
eficiente con las funciones inherentes al ejercicio administrativo que le
corresponde conforme a la ley, se expide el siguiente:
ACUERDO POR
EL QUE SE DELEGA AL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA DELEGACIÓN MILPA
ALTA, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN
PRIMERO.- las
autorizaciones de ocupación de las plazas técnico operativo vacantes con código
funcional “CF”, plazas técnico operativo de base con licencia para ser ocupadas
por interinatos y la liberación de plazas técnico operativo de base sujetas al
proceso escalafonario, contenidas en la plantilla de personal autorizada por la
Oficialía Mayor del Distrito Federal.
SEGUNDA.- Será responsable de las autorizaciones de ocupación y liberación de
plazas a que se refiere la regla anterior, a partir de la entrada en vigor del
acuerdo delegatorio correspondiente.
TERCERA.- Emitirá las
autorizaciones de ocupación de plazas vacantes con código funcional “CF”, las
cuales sólo deberán aplicar a las plazas para personal técnico operativo, que
específicamente ostenten los niveles del 8.9 al 19.9.
CUARTA.- Emitirá las autorizaciones de ocupación de plazas técnico operativo de
base por interinato en las que sus titulares se encuentren de licencia, las
cuales serán procedentes, cuando se traten de plazas con niveles del 8.9 al
19.9 Por lo que se refiere a las plazas técnico operativo de base en las que su
titular haya solicitado una prórroga de licencia, previo a la autorización de
ocupación de éstas por interinato, se deberá solicitar dictamen de autorización
de prórroga a la Dirección General de Política Laboral y Servicio Público de Carrera
de la Oficialía Mayor. Para los efectos de este tipo de autorizaciones, es
menester que se observe lo dispuesto por las Condiciones Generales de Trabajo
del Gobierno del Distrito Federal, vigentes.
QUINTA.- Emitirá las autorizaciones de liberación de plazas técnico operativo de
base sujetas al proceso Escalafonario. Estás autorizaciones sólo podrán
realizarse con plazas técnico operativo de base que ostenten los niveles 9.9 al
19.9, quedando los servidores públicos en mención, obligados al cumplimiento
irrestricto de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Escalafón del
Personal del Departamento del Distrito Federal, vigente y demás relativas y
aplicables. Para los efectos de este tipo de autorizaciones no aplican los
códigos CT y CP.
TRANSITORIO
Único.- El presente acuerdo entrara en vigor al día siguiente de su publicación
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
JEFE
DELEGACIONAL DEL GOBIERNO
DEL DISTRITO
FEDERAL EN MILPA ALTA
(Firma)
LIC. CUAUHTEMOC MARTÍNEZ LAGUNA |