PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 9 DE OCTUBRE DE 2006

 

ACUERDO NÚMERO A/005/2006 DEL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL QUE SE ADICIONA EL NUMERAL DÉCIMO DEL ACUERDO A/008/2005 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS DE ACTUACIÓN DE LOS AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO Y LOS PERITOS MÉDICOS FORENSES Y PSICÓLOGOS PARA LA APLICACIÓN DEL “DICTAMEN MÉDICO PSICOLÓGICO ESPECIALIZADO PARA CASOS DE POSIBLE TORTURA”.

 

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21 y 122 Apartado "D" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1°, 2°, 16 y 20 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, 1°, 2° y 29 fracción XX, de su propio Reglamento, y

 

CONSIDERANDO

 

Que el 23 de diciembre de 2005 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el ACUERDO A/008/2005 DEL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS DE ACTUACIÓN DE LOS AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO Y LOS PERITOS MÉDICOS FORENSES Y PSICÓLOGOS PARA LA APLICACIÓN DEL “DICTAMEN MÉDICO PSICOLÓGICO ESPECIALIZADO PARA CASOS DE POSIBLE TORTURA”, con el que se busca contribuir en la eficaz investigación de tan deleznable conducta, y la sanción a quienes la cometan.

 

Que entre otros aspectos de relevancia, en dicho acuerdo se establece la creación de un Comité de Monitoreo y Evaluación del Dictamen, integrado por las áreas de la institución que tienen relación con la investigación y persecución del delito, con la atención a las víctimas, y con la prevención de la conducta. Asimismo, en dicho Comité participan  instancias de control de la Procuraduría, tanto en el aspecto sustantivo, como administrativo.

 

Que la Coordinación de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del C. Procurador, debe participar en  el Comité de Monitoreo y Evaluación del Dictamen, pues tiene funciones específicas de control en la determinación de las averiguaciones previas.

 

He tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

PRIMERO.- Se adiciona el numeral DÉCIMO del ACUERDO A/008/2005 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS DE ACTUACIÓN DE LOS AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO Y LOS PERITOS MÉDICOS FORENSES Y PSICÓLOGOS PARA LA APLICACIÓN DEL “DICTAMEN MÉDICO PSICOLÓGICO ESPECIALIZADO PARA CASOS DE POSIBLE TORTURA”, para quedar como sigue:

 

DÉCIMO.- ...

I a IV...

V. La Coordinación de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del C. Procurador.

VI. La Fiscalía Central de Investigación para Servidores Públicos;

VII. La Jefatura General de la Policía Judicial, y

VIII. La Dirección General de Derechos Humanos.

 

Quienes suplan a los servidores públicos integrantes del Comité deberán ser del nivel jerárquico inmediato inferior al suplido.

 

Asimismo, formarán parte del Comité, únicamente con derecho a voz, dos integrantes de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos con experiencia en la prevención e investigación de actos de tortura, quienes serán designados a invitación del Presidente del Comité, y su participación será por un periodo de dos años, pudiendo ser ratificados por otro periodo igual.

 

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación.

 

Dado en la Ciudad de México, a los 27 días del mes de septiembre del año 2006.

 

 

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

EL C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA

DEL DISTRITO FEDERAL.

(Firma)

MTRO. BERNARDO BÁTIZ VÁZQUEZ.