PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 14 DE FEBRERO DE 2007.

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS PARA CUBRIR LOS GASTOS DE LIQUIDACIONES POR LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLE A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL.

 

MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8°, fracción II, 12 fracciones I, II, IV y VI, 52, 67, fracción II y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 7°, 12, 14 párrafo tercero, 19, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 15, 114, fracción VIII, y 115 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y Cuarto Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2007; y

 

C O N S I D E R A N D O

 

Que la organización administrativa del Distrito Federal en los procedimientos y actos administrativos en general debe atender a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad.

 

Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno promulgara, publicara y ejecutara las leyes y decretos que expida la Asamblea Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia, mediante la expedición de reglamentos, decretos y acuerdos.

 

Que el Jefe de Gobierno es el titular de la Administración Pública local, correspondiéndole originalmente todas las facultades establecidas en los ordenamientos jurídicos relativos al Distrito Federal, pudiendo delegarlas a los servidores públicos subalternos, excepto aquellas que por disposición jurídica no sean delegables.

 

Que los titulares de las Dependencias, de las Unidades Administrativas de los Órganos Político-Administrativos y de los Órganos Desconcentrados pueden encomendar el ejercicio de sus funciones a servidores públicos de nivel jerárquico inferior adscritos a ellos, mediante acuerdo del Jefe de Gobierno, que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sin que pierdas por ello la facultad de su ejercicio directo cuando lo juzguen necesario.

 

Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo Cuarto Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2007, las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictadas por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán contar con el visto bueno de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.

 

Que la Comisión de Estudios Jurídicos es un Órgano Colegiado de la Administración Pública Centralizada del Distrito Federal, establecido en el artículo 115 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, presidida y coordinada por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, con atribuciones para preparar y en su caso expedir las interpretaciones y homologación de criterios jurídicos que permitan la adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México, he tenido ha bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS PARA CUBRIR LOS GASTOS DE LIQUIDACIONES POR LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLE A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL.

 

PRIMERO. Se delega en el Director General de Servicios Legales la facultad de otorgar a las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública, el Visto Bueno previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorable a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

SEGUNDO. Se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, con el objeto de que se dé una homologación de criterios jurídicos en materia de laudos laborales para una adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México.

 

TERCERO. La Mesa de Asuntos Laborales se integra de la siguiente forma:

 

                I.      Un representante de la Secretaría de Gobierno;

               II.      Un representante de la Secretaría de Finanzas;

              III.      Un representante de la Oficialía Mayor, y

            IV.      Un representante de la Contraloría General.

 

La Mesa de Asuntos Laborales será presidida por el Director General de Servicios Legales.

 

CUARTO. El Director General de Servicios Legales se apoyará en la Mesa de Asuntos Laborales para la revisión de la documentación presentada por las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

QUINTO. Los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, a través de sus áreas competentes, serán los responsables directos de dar cumplimiento a los laudos y sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal. Al solicitar el Visto Bueno, deberán demostrar que cuentan con la suficiencia presupuestal para cumplir con el compromiso económico y cumplir irrestrictamente con los lineamientos, procedimientos y requisitos que se dicten en la materia, en caso contrario se dará vista al órgano de control interno correspondiente.

 

SEXTO. La Mesa de Asuntos Laborales reportará trimestralmente a los Secretarios de Gobierno y Finanzas, Oficial Mayor, Contralor General y Consejera Jurídica y de Servicios Legales, el avance en el cumplimiento de las acciones a que se refiere el presente Acuerdo.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

TERCERO. Se dejan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en el presente Acuerdo.

 

CUARTO. El presente Acuerdo estará vigente durante el Ejercicio Fiscal de 2007.

 

Dado en la Residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los trece días del mes de enero de dos mil siete. EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, MARIO MARTÍN DELGADO CARRILLO.- FIRMA.