PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO
FEDERAL EL 29 DE MARZO DE 2007.
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL
DIRECTOR DE DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN
IZTACALCO, LA FACULTAD DE PARTICIPAR EN LA ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS
PROGRAMAS DE FOMENTO COOPERATIVO DE LA DEMARCACIÓN.
ERASTO ENSÁSTIGA SANTIAGO, titular del Órgano Político Administrativo en Iztacalco, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 Apartado C, Base Tercera, Fracción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 12 fracción III, 87
párrafo tercero,104,105 y 117 fracción IX y X del Estatuto de Gobierno del
Distrito Federal; 2 párrafo tercero, 3 fracción III,10 fracción VIII ,11
párrafo noveno,36,37,38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal y 1,3 fracción III,120, 121,122 del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, y 1, 7, 10 de la Ley de Fomento
Cooperativo para el Distrito Federal y 1,2 fracciones IV y XII, 10 y 11 del
Reglamento la Ley de Fomento
Cooperativo para el Distrito Federal.
CONSIDERANDO
Que
la Delegación del Gobierno del Distrito Federal en Iztacalco, es un Órgano
Político Administrativo Desconcentrado de la Administración Pública del
Distrito Federal, con autonomía funcional en acciones de gobierno, dotado de
atribuciones de decisión, ejecución y autonomía de gestión, competente dentro de su respectiva
jurisdicción en las materias de: gobierno, administración, asuntos jurídicos,
obras, servicios, actividades sociales, protección civil, seguridad pública,
promoción económica, cultural y deportiva, y las demás que señalen las leyes.
Que
en ejercicio de la facultad que le confiere el último párrafo del Artículo 122
del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,
relativa a delegar en las Direcciones Generales y demás Unidades
Administrativas de apoyo técnico-operativo, las facultades que expresamente
les otorguen los ordenamientos jurídicos
correspondientes; dichas facultades, se ejercerán mediante disposición expresa,
misma que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
ACUERDO
PRIMERO.- Se delegan en el Titular de la Dirección de Desarrollo
Sustentable las facultades que se encuentran previstas en el artículo 10
fracciones I , II y III de la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito
Federal misma que consiste en participar en la elaboración y ejecución de los
programas de fomento cooperativo de la demarcación; impulsar las actividades de
fomento cooperativo, por si y en coordinación con las dependencias del ramo;
promover la concertación, con otras instancias de Gobierno y con los sectores
social y privado, para impulsar el desarrollo cooperativo en la delegación.
SEGUNDO.- El ejercicio de la facultad conferida al titular de la
Dirección de Desarrollo Sustentable, deberá realizarse atendiendo a los
principios de legalidad, honradez, lealtad imparcialidad, eficiencia y
eficacia.
TERCERO.-
El ejercicio de tales atribuciones se realizará siempre de conformidad con las
leyes y demás disposiciones normativas aplicables en cada materia y respetando
las asignaciones presupuestales.
CUARTO.- La facultad delegada al titular de la Dirección de Desarrollo
Sustentable por virtud de este acuerdo, será coordinado en todo tiempo por el
C. Jefe Delegacional, quien dictará las políticas generales necesarias para su
aplicación.
QUINTO.- El titular de la Dirección de Desarrollo Sustentable, deberá
informar periódicamente al C. Jefe Delegacional, de los actos que se realicen
en el ejercicio de las facultades que le han sido conferidas.
SEXTO.-
La delegación de facultades a que se refiere el presente acuerdo, se realiza
sin perjuicio o menoscabo alguno del ejercicio directo que realice el titular
del Órgano Político Administrativo en Iztacalco.
PRIMERO.-Publíquese
el presente Acuerdo Delegatorio de Facultades, en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
SEGUNDO.-Este
Acuerdo entrará en vigor, al día
siguiente de su publicación.
EL JEFE DELEGACIONAL EN IZTACALCO
(Firma)
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ERASTO ENSÁSTIGA SANTIAGO