PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 05
DE SEPTIEMBRE DE 2007.
ACUERDO A/005/2007 POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES A DIVERSOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL
CLARA MARINA BRUGADA MOLINA, Procuradora
Social del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 98 del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal; 40, 48 y 54 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 1º, 2º, 3º y 13 fracciones I, III
y IX, 23, 59 y 79 de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal; 108
y 110 de la Ley de Procedimientos Administrativo del Distrito Federal; 1º, 6º
fracción X y 9 fracciones X y XI del Reglamento de la Ley de la Procuraduría
Social del Distrito Federal; y
Que de conformidad con lo establecido por los artículos 40 y
48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, la
Procuraduría Social del Distrito Federal es un organismo público
descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto ser una
instancia accesible a los particulares para la defensa de los derechos
relacionados con las funciones y prestación de servicios a cargo de la
Administración Pública del Distrito Federal, así como procurar y coadyuvar al
cumplimiento de la Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles
para el Distrito Federal, en los términos que establece el artículo 3° de la
Ley que la rige.
Que los artículos 58 y 59 de la Ley de la Procuraduría
Social del Distrito Federal establecen que, con excepción de la recomendación,
las resoluciones que emita la Procuraduría en materia de queja administrativa,
sólo pueden ser objeto del recurso de revisión interna que se interpone ante el
titular de este organismo;
Que el artículo 79 del mismo ordenamiento, indica que la
substanciación del procedimiento administrativo de aplicación de sanciones se
realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal, en cuyo Título Cuarto se señala lo
relativo al Recurso de Inconformidad, el cual tiene por objeto que el superior
jerárquico de la autoridad emisora del acto administrativo lo confirme,
modifique, revoque o anule.
Que quien ejerce la titularidad de la Procuraduría Social
del Distrito Federal tiene entre otras atribuciones, la de delegar facultades
en servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo,
mediante los acuerdos que al efecto se publiquen en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
Que es prioridad de la Procuraduría Social del Distrito
Federal prestar eficazmente los servicios que brinda a la ciudadanía, así como
garantizar debidamente la defensa del patrimonio de la entidad, y con
fundamento en lo expuesto con anterioridad, he tenido a bien expedir el
siguiente
PRIMERO.- Se delega en los titulares de la
Coordinación General de Asuntos Jurídicos y de la Subdirección Jurídica, ambas
de la Procuraduría Social del Distrito Federal, la facultad de tramitar,
sustanciar y resolver los recursos de inconformidad que se interpongan contra
actos de la Procuraduría Social del Distrito Federal.
SEGUNDO.- Se delega en los titulares de la Coordinación
General de Asuntos Jurídicos y de la Subdirección Jurídica, ambas de la
Procuraduría Social del Distrito Federal, la facultad de tramitar, sustanciar y
resolver los recursos de revisión previstos en el artículo 58 de la Ley de la
Procuraduría Social del Distrito Federal.
TERCERO.- Las presentes facultades se delegan
sin perjuicio del ejercicio directo por parte del Titular de la Procuraduría
Social del Distrito Federal.
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
SEGUNDO.- Se derogan las disposiciones
expedidas con anterioridad que se opongan al presente Acuerdo.
TERCERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
México Distrito Federal, a 29 de agosto de 2007.
La Procuradora Social del Distrito Federal
(Firma)
Clara Marina Brugada Molina