PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 03 DE OCTUBRE DE 2007.

 

CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE SEGURO DE DESEMPLEO DEL DISTRITO FEDERAL

 

BENITO MIRÓN LINCE, SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO con fundamento en los artículos 12, 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 3º y 523 fracción III de la Ley Federal del Trabajo; 1º, 2º, 15, fracción XVIII, 23 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien emitir la siguiente:

 

CONVOCATORIA

 

A las trabajadoras y trabajadores del Distrito Federal que hayan perdido su empleo a partir del 5 de diciembre de 2006, se les convoca a participar e inscribirse al

 

PROGRAMA DE SEGURO DE DESEMPLEO EN EL DISTRITO FEDERAL

 

Considerando:

 

Que la situación que vive el país en los últimos años se ha caracterizado por un estancamiento económico y la falta de empleos. El promedio del crecimiento del PIB nacional en los últimos 15 años no rebasa el 3% anual.

 

Que la tasa de crecimiento de este año (3%) de nuestro país está por debajo del promedio de América Latina (5%). El FMI y el Banco Mundial, nos ubican en este año en el lugar 19 de 19 países y en el lugar 12 de 12 países, respectivamente en materia de crecimiento económico.

 

Que tan solo en los últimos 7 años, han emigrado al exterior más de 3 millones de personas, que no encontraron una fuente de trabajo estable en el país, y la economía informal representa ya el 40% de la economía nacional. Se estima que el número de empleos nuevos que se requerirían cada año para atender a la población económicamente activa asciende a un millón y estamos muy lejos de que esta cifra se cumpla.

 

Que el costo de los principales alimentos de la canasta básica se ha incrementado de manera muy importante en lo que va de esta administración: el frijol 66.7%, el huevo 47.5%, la leche 22.8%, el pollo 19.7% y la tortilla 33%. Estos incrementos tienen graves impactos en las condiciones de bienestar en la población.

 

Que la mayor parte de los instrumentos de política económica están en manos del Gobierno Federal, por lo que al no cambiar el rumbo de estas políticas, la Ciudad se verá influenciada por este insuficiente crecimiento económico en general.

 

Que el Programa de Seguro de Desempleo forma parte de la estrategia y compromiso del Gobierno de la Ciudad por expandir los derechos sociales para lograr una Ciudad con equidad y contener los efectos regresivos de las políticas federales

 

Que el programa tiene como propósito otorgar una protección básica a las y los trabajadores asalariados del sector formal de la economía que hayan perdido su empleo y, al mismo tiempo, crear las condiciones para su incorporación al mercado del trabajo y al goce del derecho constitucional al mismo trabajo.

 

Que el trabajo es el fundamento social y base del bienestar de la población de un país. Solamente pueden alcanzarse niveles de desarrollo y de prosperidad en los hogares, cuando existe un número suficiente de empleos estables, bien remunerados y protegidos por la Ley.

 

Que nuestro país es el único perteneciente a la OECD sin un seguro de desempleo, medida recomendada para incentivar una mejor estructura de los mercados laborales y para fortalecer la red de protección social en favor de la población en condiciones de vulnerabilidad.

 

Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, estableció en sus artículos 22 y 25 el derecho de toda persona a la seguridad y a un nivel de vida adecuado que asegure, a él y a su familia, la salud y el bienestar, la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica y servicios sociales necesarios. Asimismo, fijó considerar los Seguros de Desempleo, enfermedad e invalidez y otros casos en los que ocurre la pérdida de medios de subsistencia; además la protección a la maternidad y a la infancia.

 

Que el Preámbulo de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo (texto de 1919, modificado en 1946), establece que una paz universal y permanente no puede fundarse sino sobre la base de la justicia social. De 1925 a 1934 la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adoptó varios convenios para reglamentar las indemnizaciones por accidentes de trabajo, el seguro por enfermedad, las pensiones y el Seguro de Desempleo.

 

Que el artículo 123 Constitucional dispone que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley.

 

Que el artículo tercero de la Ley Federal del Trabajo dice: “El Trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta, y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia”.

 

Que al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, le corresponde realizar las acciones necesarias, a fin de garantizar a los habitantes de la Ciudad un trabajo digno y socialmente útil, bien a través de políticas públicas activas que promuevan la creación de empleos y la organización social para el trabajo o por medio de políticas públicas pasivas como la creación de un Seguro de Desempleo y,

 

Que conforme a lo anterior, el Jefe de Gobierno ha determinado implementar el Seguro del Desempleo a favor de quienes han sido desplazados del mercado laboral a partir del 5 de diciembre de 2006, como consecuencia de la aplicación de un modelo económico que ha demostrado su ineficiencia y fracaso en aras de lograr un Estado de bienestar social; se emiten las siguientes:

 

BASES

 

1. De las características del Seguro de Desempleo:

 

A. Es un sistema de protección social que se traduce en un beneficio económico mensual de $1,500.00 (Mil quinientos pesos 00/100 M. N.), entre otras acciones.

B. Se entregará al beneficiario por un periodo de hasta seis meses.

C. Una persona sólo podrá acceder a este beneficio cada dos años, si así lo justifica.

D. Es personal e intransferible.

E. Será entregado a través de una tarjeta de débito u otro mecanismo que el Gobierno considere pertinente conforme a la ley.

 

2. De los requisitos y procedimientos de acceso

 

Población objetivo:

 

A. Trabajadoras y trabajadores desempleados, mayores de 18 años.

B. Residir en el Distrito Federal.

C. Haber laborado previamente a la pérdida del empleo, para una persona moral o física, con domicilio fiscal en la Ciudad de México, al menos durante seis meses.

D. Haber perdido su empleo a partir del 5 de diciembre de 2006, por causas ajenas a su voluntad.

E. No percibir ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión, subsidio o relación laboral diversa.

F. Ser demandante activo de empleo.

 

Documentación requerida

 

Original y copia de:

 

A. Acta de nacimiento.

B. Identificación oficial vigente con fotografía.

C. Clave Única de Registro de Población (CURP).

D. Comprobante de domicilio actual en el Distrito Federal.

E. Baja expedida por una institución de seguridad social.

 

Del acceso al Programa:

 

A. Acudir personalmente a las oficinas y módulos señalados en esta Convocatoria.

B. Suscribir carta compromiso donde se especifican las obligaciones que adquiere el beneficiario.

C. Requisitar y entregar de manera personal y directa la solicitud, carta compromiso y documentación requerida.

 

Procedimiento de instrumentación:

 

A. La ejecución y aplicación de las acciones del Programa estarán a cargo de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo.

B. Los solicitantes podrán acudir a realizar los trámites correspondientes a partir del 15 de octubre de 2007, de 9:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, en cualquiera de las direcciones abajo señaladas.

 

 

C. La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo dará reapuesta a la solicitud presentada en un plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la recepción de la misma.

 

D. La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo publicará en su página Web la lista de las personas aceptadas en el Programa, salvaguardando las previsiones que en estos casos plantea la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Distrito Federal.

 

E. La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, instalará un Comité Calificador de solicitudes en cada oficina receptora.

 

F. La Secretaría de Desarrollo Social, a través de LOCATEL, abrirá una línea telefónica de información y orientación sobre el Programa de Seguro de Desempleo.

 

G. Para la supervisión y vigilancia del Programa de Seguro de Desempleo se integrará un Comité Técnico compuesto por todas las dependencias involucradas en el desarrollo del mismo.

 

Consideraciones Generales:

 

A. La presente Convocatoria surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal.

B. Las Reglas de Operación del Programa deberán ser publicadas antes del 15 de octubre de 2007.

C. Para mayor información comunicarse a los teléfonos: 57 09 27 46, 57 09 26 86 y 57 09 94 80.

 

Ciudad de México a los dos días del mes de octubre de 2007.

(Firma)

BENITO MIRÓN LINCE

SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

 

 

 

 


Ciudad de México, a       de                        de 20     .

 

CARTA COMPROMISO DEL BENEFICIARIO

AL SEGURO DE DESEMPLEO

 

LIC. BENITO MIRÓN LINCE

Secretario de Trabajo y Fomento al Empleo

PRESENTE.

 

El que suscribe_______________________________________________________________

 

Con base al programa y reglas de operación del Seguro de Desempleo en el Distrito Federal, me comprometo a cumplir los ordenamientos que a continuación se mencionan:

 

VI.-OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

 

A. Proporcionar a la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, la información y documentación que se me solicite, así como preséntame en las oficinas cuando se me requiera.

 

B. Comunicar los cambios de domicilio o de residencia.

 

C. Buscar un nuevo empleo y asistir a las entrevistas de las empresas que están ofreciendo empleos.

 

D. Asistir cuando corresponda a mi perfil y necesidades, a las acciones de Capacitación y Formación que sean convocados.

 

E. Aceptar los controles, registros y supervisiones, que establezca la STyFE.

 

F. Renunciar por escrito al Seguro de Desempleo, si consiguió un empleo antes de los seis meses y/o obtuvo cualquier otro beneficio de los programas operados por el Gobierno del distrito federal, dentro de los cinco (5) días hábiles después de haberme ocurrido lo anterior, a fin de que opere la suspensión inmediata del pago del Seguro.

 

G. En el caso de No conseguir empleo, firmar mensualmente una declaración bajo protesta de decir verdad, que continúa desempleado o desempleada, lo cual será indispensable para liberar el siguiente apoyo mensual.

 

H. Acepto que a los seis meses la Carta Compromiso dejará de surtir efecto y la transferencia mensual cesará automáticamente. Bajo ninguna circunstancia habrá prorroga o excepciones.

 

DOMICILIO__________________________________________________________________________________

 

COLONIA___________________________________________________________________________________

 

DELEGACIÓN_______________________________________________________________________________

 

CIUDAD_______________________________________________C.P.__________________________________

 

TELÉFONO___________________________________________________________________________________

 

CORREO ELECTRÓNICO______________________________________________________________________

 

REG. FED. DE CONTRIBUYENTES CON HOMOCLAVE____________________________________________

 

CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN (CURP)___________________________________________

 

Manifiesto bajo protesta de decir verdad que los datos presentados en la documentación e información entregados son fidedignos, por lo que en el caso de incurrir en alguna omisión o falsedad estoy conciente de que puedo ser susceptible a recibir las sanciones legales que de ello corresponda.

 

 

 

 

 

 

 

________________________________________

NOMBRE COMPLETO FIRMA Y HUELLA