PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 07 DE ENERO DE 2008.

 

ACUERDO POR EL QUE EL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, DELEGA AL OFICIAL MAYOR DE LA MISMA SECRETARÍA, LA FACULTAD PARA SUSCRIBIR CONVENIOS CON DEPENDENCIAS, ENTIDADES Y ÓRGANOS POLÍTICO ADMINISTRATIVOS DEL DISTRITO FEDERAL.

 

(Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento.- Secretaría de Seguridad Pública)

 

A. JOEL ORTEGA CUEVAS, titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2° primer párrafo, 3° fracciones I y VIII, artículo 15, fracción X y último párrafo, 16 fracción IV y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 1º, 3° fracciones I, IV, VII, XXIII y XXVI, 4°, 5°, 8° fracciones I, III y XVIII de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, artículo 7° fracción X, 26 fracciones V y XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 5°, 6° y 8° fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; y

 

CONSIDERANDO

 

Que conforme a las disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y su Reglamento Interior, es facultad del titular de esta Dependencia del Gobierno del Distrito Federal, atender los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia y eficacia en el desempeño de los empleos, cargos o comisiones del servicio público, así como instrumentar acciones tendientes a simplificar los procedimientos administrativos que se realizan en las diversas áreas de esa Secretaría de Seguridad Pública, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna las atribuciones y obligaciones que le corresponden en la prestación de los servicios de seguridad pública que le están encomendados.

 

Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 4° y 8° fracciones I, II, III y XVIII de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, el Secretario de Seguridad Pública, tiene entre sus atribuciones la de representar a la Secretaría, expedir los acuerdos conducentes al buen despacho de las funciones de la Secretaría así como, la de delegar una o varias de sus facultades, siempre que no sean indelegables en apego al artículo 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.

 

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5° de la citada Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y en los artículos 3° y 13 fracciones II y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Oficialía Mayor se constituye como una Unidad Administrativa, encargada de la atención de los asuntos competentes de la Secretaría, para cubrir las necesidades administrativas de las áreas que la integran con base en la especialización necesaria para el mejor desarrollo de la función de seguridad pública, así como coordinar las acciones de modernización y mejoramiento administrativo que deban regir en sus unidades administrativas.

 

Que de conformidad con lo previsto por el artículo 3° fracciones VII, XXIII y XXVI, de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública, la Secretaría tiene como atribuciones la de celebrar convenios de colaboración en el ámbito de su competencia y en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública con otras autoridades del Distrito Federal, federales, estatales y municipales, así como, prestar auxilio a dependencias y órganos desconcentrados de la administración pública del Distrito Federal, a los Órganos Político-Administrativos de las demarcaciones territoriales, cuando lo requieran para el cumplimiento de sus funciones; de igual manera puede requerir la colaboración de las Dependencias y Órganos Políticos-Administrativos en acciones y programas vinculados a la prevención del delito, determinando dentro de la competencia de cada una, la participación que les corresponde, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO POR EL QUE EL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, DELEGA AL OFICIAL MAYOR DE LA MISMA SECRETARÍA, LA FACULTAD PARA SUSCRIBIR CONVENIOS CON DEPENDENCIAS, ENTIDADES Y ÓRGANOS POLÍTICO ADMINISTRATIVOS DEL DISTRITO FEDERAL.

 

PRIMERO. Se delega en el titular de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la facultad de suscribir convenios de coadyuvancia y colaboración con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, así como, con los Órganos Político-Administrativos de cada una de las demarcaciones territoriales en que se divide el Distrito Federal, con el objeto de proporcionar las herramientas y elementos necesarios para contar con mecanismos que permitan fortalecer cada una de las actividades que en materia de seguridad pública efectúa la Secretaría de Seguridad Pública, aplicando los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia y eficacia que señala la normatividad en la materia y que tenga relación con el ámbito de sus atribuciones o facultades, que permitan definir los conceptos y montos que los Órganos Político- Administrativos destinarán de sus recursos presupuéstales en materia de seguridad pública, que se traduzca en apoyos a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal para mantener el orden público, proteger la integridad física de las personas y su bienes, la prevención de delitos e infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía, así como el combate a la delincuencia. Lo anterior, tomando en consideración que la Oficialía Mayor es quien tiene a su cargo la administración de los recursos humanos y materiales para la satisfacción de los servicios necesarios de operación y funcionamiento de cada una de las áreas que la conforman y que conlleven la realización de movimientos presupuéstales para el ejercicio del gasto.

 

SEGUNDO. La presente delegación, se otorga sin menoscabo de la facultad directa que podrá ejercer en todo momento el titular de la Secretaría de Seguridad Pública.

 

TRANSITORIO

 

ÚNICO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

México, D.F., a 16 de noviembre de 2007

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

DEL DISTRITO FEDERAL.

(Firma)

ING. A. JOEL ORTEGA CUEVAS