PUBLICADO EN LA
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 4 DE MARZO DE 2008
ACUERDO POR EL QUE
SE CREA LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL DE GÉNERO DEL DISTRITO FEDERAL
(Al margen superior un
escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)
MARCELO LUIS EBRARD
CAUSABON, Jefe de Gobierno del
Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, Apartado C, Base
Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 8, fracción II, 12, fracciones II, VI y XII, 67, fracción II,
90 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 8 de la Ley de Igualdad
Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal; 5, 12, 14, 15,
fracciones V, VI, VII, VIII, IX, X, XIV y XIX, 19 y 23 Quater, 27, 28, 29, 30,
31, 33 y 34, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal, y
Que el Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal 2006-2012 incorpora la perspectiva de género
como uno de los tres ejes transversales de la política pública;
Que dar seguimiento al
Presupuesto de Egresos desde la perspectiva de género es una forma efectiva de
cumplir con la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el
Distrito Federal, el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2006-
2012; el Decálogo por la Equidad de Género y otras disposiciones jurídicas
aplicables;
Que de acuerdo con la Ley
de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal la
planeación presupuestal debe incorporar la progresividad, la perspectiva de
género, así como apoyar la transversalidad y prever el cumplimiento de los
programas, proyectos, acciones y convenios para la igualdad entre mujeres y
hombres. Igualmente, dicha ley obliga a los entes públicos a incluir en sus
Programas Operativos Anuales recursos fiscales que tengan como propósito
erradicar la discriminación de género, identificando al mismo tiempo su impacto
en el desarrollo de las mujeres y vinculándolas con otras funciones de gasto
para potenciar su efecto;
Que el artículo 346 de la
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing establece que los gobiernos
deberán tomar medidas para revisar sistemáticamente la manera en que las
mujeres se benefician de los gastos del sector público; ajustar los
presupuestos para lograr la igualdad de acceso a los gastos del sector público,
además de asignar recursos para llevar a cabo análisis de las repercusiones de
género.
Que el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008
establece que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y
Entidades deberán introducir la perspectiva de género en la ejecución de sus
programas. Así como, para la integración del informe trimestral, informarán
sobre las acciones realizadas en materia de equidad de género, la programación
de las erogaciones y el ejercicio de los recursos;
Que para el Ejercicio
Fiscal 2008 el Decreto de Presupuesto citado dispone la creación de una
Comisión Interinstitucional de Género del Distrito Federal que tenga por objeto
dar seguimiento al presupuesto destinado a la perspectiva de equidad de género,
así como integrar un informe trimestral para informar a la Asamblea sobre las
acciones realizadas en esta materia; he tenido a bien expedir el siguiente:
PRIMERO.- Se crea la Comisión Interinstitucional de Género del
Distrito Federal, con el objeto de dar seguimiento al presupuesto destinado, a
la perspectiva de equidad de género, a las dependencias, órganos
desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública del
Distrito Federal.
SEGUNDO.- Para efectos del presente acuerdo se entiende por:
I. Comisión: a la Comisión
Interinstitucional de Género del Distrito Federal;
II. Grupos de Trabajo: A
los grupos de trabajo designados por la Comisión para dar seguimiento a temas
prioritarios, programas o compromisos adquiridos por la Comisión;
III. Unidad Responsable:
las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal.
TERCERO.- La Comisión está integrada por los titulares de:
I. La Jefatura de Gobierno,
quien fungirá como su presidente.
II. El Instituto de las
Mujeres del Distrito Federal, quien suplirá las ausencias del presidente.
III. La Secretaría de Obras
y Servicios;
IV. La Secretaría de
Desarrollo Social;
V. La Secretaría de Salud;
VI. La Secretaría de
Finanzas;
VII. La Secretaría de
Transporte y Vialidad;
VIII. La Secretaría de
Seguridad Pública;
IX. La Secretaría de
Educación
X. La Procuraduría General
de Justicia;
XI. La Oficialía Mayor;
XII. La Contraloría
General, y
XIII. El Sistema para el
Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal
La Comisión, cuando lo
considere pertinente, podrá invitar a las sesiones a las y los representantes
de otras Unidades Responsables, quienes participaran con voz pero sin voto.
Por cada representante
propietario se podrá designar a una o un suplente el cual tendrá que cumplir
con el siguiente perfil:
a) Tener al menos nivel de
Dirección para la toma de decisiones.
b) Ser la o el encargado de
la política de igualdad de género en la Unidad Responsable.
c) Pertenecer a áreas de
planeación o administración de la Unidad Responsable.
d) Estar familiarizados con
metodologías de diseño y evaluación de políticas públicas.
La Comisión contará con un
Secretario/a Técnico, que será designada/o por la Comisión a propuesta de su
Presidente, y podrá auxiliarse del personal adscrito a las diferentes unidades
que conforman la Comisión.
Las demás funciones,
organización y procedimientos de la Comisión se establecerán en el Manual
Específico de Operación, que conforme a las disposiciones jurídicas se expida.
CUARTO.- La Comisión tiene las siguientes atribuciones:
I. Analizar y evaluar de
manera permanente el presupuesto con enfoque de género a fin de sugerir mejoras
pertinentes.
II. Dar seguimiento al
ejercicio de los recursos dirigidos en beneficio de las mujeres y la equidad de
género, así como los recursos no dirigidos específicamente a las mujeres, pero
con responsabilidad de género.
III. Verificar que el
presupuesto en beneficio de las mujeres y la equidad de género, efectivamente
contribuya a disminuir las brechas de desigualdad entre hombres y mujeres.
IV. Sugerir modificaciones
pertinentes a la normatividad jurídica y administrativa que regula la
formulación, aprobación, ejercicio, control, fiscalización y evaluación del
presupuesto de egresos del Distrito Federal, con el fin de institucionalizar la
perspectiva de género en los procesos de planeación, programación y
presupuestación.
V. Elaborar el plan de
trabajo 2008-2012 para dar seguimiento a los presupuestos con equidad de género
de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal.
VI. Integrar y enviar
trimestralmente a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el informe de
avances en materia de transversalidad de género y presupuestos sensibles al
género.
VII. Establecer los requisitos
necesarios que deben contener los insumos que entreguen las Unidades
Responsables, para la integración del informe trimestral que se enviará a la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
VIII. Apoyar en la
construcción de herramientas, parámetros e indicadores que permitan evaluar el
gasto desde la perspectiva de género.
IX. Sentar las bases para
la elaboración de diagnósticos sobre la situación de las mujeres en los
distintos ámbitos de competencia de las dependencias.
X. Vincular las propuestas
y acciones de las Unidad Responsable dentro de estrategias integrales de
política pública con perspectiva de género para optimizar los recursos públicos
y obtener resultados de alto alcance.
XI. Exhortar y emitir
recomendaciones a las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y
entidades de la Administración Pública del Distrito Federal sobre las
oportunidades de mejora en materia de presupuesto con perspectiva de género,
así como en los programas y acciones encaminadas a disminuir las brechas de
desigualdad entre hombres y mujeres.
XII. Coadyuvar en el
monitoreo de la elaboración de los Programas Operativos Anuales con perspectiva
de género.
XIII. Colaborar en la
construcción de mecanismos de difusión y divulgación del presupuesto público con
equidad de género del Distrito Federal.
XIV. Crear Grupos de
Trabajo que estime convenientes para dar seguimiento a temas prioritarios,
programas o compromisos específicos adquiridos por la Comisión, los cuales
tendrán las funciones que dicha Comisión les designe.
XV. Solicitar la
información que considere necesaria a las Unidades Responsables, para cumplir
los propósitos de la Comisión.
XVI. Invitar a las sesiones
a las personas que consideren necesarias o cuando se le instruya la Comisión,
las cuales tendrán voz, pero no voto, y
XVII. Suscribir convenios y
acuerdos de colaboración con instituciones académicas, Organismos
Internacionales y de la Sociedad Civil que coadyuven al cumplimiento de sus
fines.
QUINTO.- Las Unidades Responsables deberán remitir a la Comisión
la información que ésta determine para la integración oportuna del informe
trimestral que deberá enviarse a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de
su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- La sesión de instalación de la Comisión, deberá llevarse
a cabo a más tardar el 31 de marzo de 2008.
TERCERO.- Treinta días naturales después de la sesión de
instalación de la Comisión, se deberá emitir el Manual Específico de Operación
que señala el último párrafo del artículo tercero del presente Acuerdo.
Dado en la residencia del
Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los veinte
días del mes de febrero de dos mil ocho. EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO
FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE OBRAS Y
SERVICIOS, JORGE ARGANIZ DÍAZ LEAL.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, MARIO
M. DELGADO CARRILLO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, JOEL ORTEGA
CUEVAS.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, MARTÍ BATRES GUADARRAMA.-
FIRMA.- EL SECRETARIO DE SALUD, MANUEL MONDRAGÓN Y KALB.- FIRMA.- EL SECRETARIO
DE TRANSPORTES Y VIALIDAD, RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ.- FIRMA.- EL
SECRETARIO DE EDUCACIÓN, AXEL DIDRIKSSON TAKAYANAGUI.- FIRMA.