PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE FECHA 6 DE AGOSTO DE 2002.

 

Administración Pública del Distrito Federal

 

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

 

Acuerdo Número A/005/2002

 

Acuerdo número A/005/2002 del Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se delegan las facultades que se mencionan en el Oficial Mayor de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

 

Acuerdo n°. A/005/2002

 

Con fundamento en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 16, 20 y 21 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 1, 2, 5, 6 y 29, fracciones I, VII, XVIII, XX, XXI, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; y,

 

Considerando

 

Que atento al contenido del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 27 de octubre de 1999, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, que contempla una transformación profunda de las funciones y atribuciones del órgano del Ministerio Público del Distrito Federal, a efecto de hacer más ágil su funcionamiento estableciéndose en forma estructural las diversas Unidades Administrativas de la Institución.

 

Que en dicha reestructuración de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, resulta necesario normar también los procedimientos para la administración de sus recursos humanos, adquisición, arrendamiento, enajenación de bienes y servicios y la realización de obra pública.

 

Que la Oficialía Mayor de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, en términos del artículo 67 de su Reglamento, como responsable directa de la contratación de arrendamientos, adquisiciones, servicios y obras, cuenta con atribuciones en materia de administración de los recursos de dicha dependencia y con personal especializado, para determinar conforme a las necesidades institucionales, la procedencia de los requerimientos formulados por las distintas unidades administrativas que integran la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, conforme se establece tanto en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, como en la Ley de Obras Públicas para el Distrito Federal, y en sus respectivos Reglamentos.

 

Que el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, en términos del artículo 21 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, tiene la atribución para delegar una o varias de sus facultades, salvo aquellas que por las disposiciones aplicables, tengan carácter de indelegables, sin perjuicio de la posibilidad de su ejercicio directo, en los servidores públicos que están adscritos a la Dependencia, en términos del articulo 6 del Reglamento de la Ley Orgánica de esta Institución, por lo que se expidió en fecha 15 de febrero del año 2000, el acuerdo A/005/2000 en el que se delegan diversas atribuciones al oficial mayor

 

Que para efectos de agilizar los mecanismos establecidos en dicho acuerdo, para las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios que requiere la institución, y atendiendo los principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para la Administración de los Recursos del Gobierno del Distrito Federal, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

 

Acuerdo

 

Primero.- Se delegan en la persona que ocupe el cargo de Oficial Mayor de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, las siguientes atribuciones:

 

a)         Suscribir los convenios de obra pública cuando estos se encuentren dentro de los supuestos del segundo párrafo del articulo 56 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, sea por que éstos rebasen el porcentaje o se varíe sustancialmente el proyecto original a que hace mención el primer párrafo del citado articulo y en su caso la suscripción de los convenios de liquidación a que se refiere el último párrafo del referido artículo;

 

b)         Decretar la suspensión, terminación anticipada o rescisión administrativa de los contratos o convenios de Obra Pública que hubiese suscrito la Institución, de conformidad con lo previsto por los artículos 71 y 72 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;

 

c)         Siguiendo cabalmente los principios de racionalidad, disciplina y austeridad se le faculta para que, de conformidad con los supuestos establecidos en las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, IX, y X del articulo 40 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal del año 2002 y sus correlativos y aplicables que en lo sucesivo se emitan, autorice las erogaciones que se estimen primordiales para el desarrollo de las funciones que la Ley ha encomendado a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; asimismo, de conformidad con el oficio de fecha 4 de enero del 2002, suscrito por el Lic. Andrés Manuel López Obrador, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, se le confiere la atribución de solicitar expresamente al Jefe de Gobierno la autorización para realizar erogaciones por concepto de publicidad, propaganda, publicaciones oficiales correspondientes a las partidas presupuestales y en general los relacionados con actividades de comunicación social, a que se refiere la fracción VIII del citado precepto legal.

 

d)         Solicitar a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal la autorización para la adquisición de los bienes a que hacen referencia el articulo 41, en sus fracciones I, II, III y IV. del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal del año 2002 y sus correlativos y aplicables que en lo sucesivo se emitan, siguiendo en todo momento las medidas de racionalidad y austeridad señaladas en el referido ordenamiento.

 

Segundo.- Las facultades a que se hace referencia en el artículo que antecede, son conferidas sin perjuicio de su ejercicio directo por el Procurador General de Justicia del Distrito Federal.

 

Tercero. - El Oficial Mayor establecerá los mecanismos necesarios para el debido cumplimiento del presente acuerdo.

 

Cuarto.- El Oficial Mayor, informará al Procurador General de Justicia del Distrito Federal, cada vez que ejerza alguna de las atribuciones que por este Acuerdo se le delegan, mediante copia del documento por el cual ejerza la facultad, que remitirá simultáneamente al envío de su original al destinatario.

 

Transitorio

 

Unico.- Este acuerdo entrará en vigor al momento de su suscripción y para su debida difusión, publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

A t e n t a m e n t e

México, D.F. a 30 de julio del 2002

El Procurador General de Justicia del Distrito Federal

 

(Firma)

 

Mtro. Bernardo Batiz Vázquez