PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 23 DE
OCTUBRE DE 2008
ACUERDO POR EL CUAL SE APRUEBAN LOS FORMATOS DE SOLICITUDES DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN DE DATOS PERSONALES
EL
PLENO DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL,
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 71, FRACCIONES VII Y XL DE LA LEY DE
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, EMITE EL
SIGUIENTE:
ACUERDO
426/SO/07-10/2008
ACUERDO
POR EL CUAL SE APRUEBAN LOS FORMATOS DE SOLICITUDES DE ACCESO, RECTIFICACIÓN,
CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN DE DATOS PERSONALES.
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el artículo 63
de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal (LTAIPDF), el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal (INFODF) es un órgano autónomo del Distrito Federal, con personalidad
jurídica propia y patrimonio propio, con autonomía presupuestaria, de operación
y de decisión en materia de transparencia y acceso a la información pública,
encargado de dirigir y vigilar el cumplimiento de la Ley en la materia y las
normas que de ella deriven, así como de velar porque los principios de certeza,
legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad imperen en todas sus
decisiones.
2. Que de acuerdo al artículo 71,
fracciones VII, XLI y XLIV de dicho ordenamiento, es atribución del Pleno del
INFODF emitir su Reglamento Interno, manuales y demás normas que faciliten su
organización y funcionamiento, así como dictar todas aquellas medidas para el
mejor funcionamiento del Instituto y las demás que se deriven de la Ley en la
materia y otras disposiciones aplicables.
3. Que por otra parte, el tres de
octubre de dos mil ocho fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF), la
cual dispone en su artículo 23, que el Instituto de Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal es el órgano encargado de dirigir y vigilar el
cumplimiento de la Ley referida, así como de las normas que de ella deriven.
4. Que de acuerdo con el artículo 24,
fracción II de la LPDPDF, el INFODF cuenta con la atribución de diseñar y
aprobar los formatos de solicitud de acceso, rectificación, cancelación y
oposición de datos personales.
5. Que de conformidad con el artículo 26
de la LPDPDF, todas las personas, previa identificación mediante documento
oficial, contarán con los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
oposición de sus datos personales en posesión de los entes públicos, siendo
derechos independientes, de tal forma que no puede entenderse que el ejercicio
de alguno de ellos sea requisito previo o impida el ejercicio de otro.
Asimismo, dicho artículo establece que la respuesta a cualquiera de los derechos
previstos en la Ley referida deberá ser proporcionada en forma legible e
inteligible, pudiendo suministrarse, a opción del interesado, por escrito o
mediante consulta directa.
6. Que de acuerdo con el artículo 33 de
la LPDPDF, toda solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición de
datos personales, se deberá presentar ante la Oficina de Información Pública
del ente público que el interesado considere que está procesando información de
su persona. Además, dicha solicitud podrá presentarse en la modalidad de
escrito material, en forma verbal, correo electrónico, por el sistema
electrónico que el INFODF establezca para tal efecto y por vía telefónica.
7. Que a fin de dar claridad y certeza
jurídica en la presentación de solicitudes y de conformidad con la atribución
que le confiere la LPDPDF al INFODF, éste último diseñó los formatos
correspondientes a las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u
oposición de datos personales, en los cuales el interesado indicará los datos
que como requisitos establece la Ley en comento, es decir:
A) Nombre
del ente público a quien es dirigida la solicitud;
B) Nombre
completo del interesado o, en su caso, el de su representante legal;
C)
Descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los que se
busca ejercer alguno de los derechos antes mencionados;
D)
Cualquier otro elemento que facilite su localización;
E) El
domicilio o medio electrónico para recibir notificaciones; y
F) Cuando
son solicitudes de acceso, la modalidad en que el interesado desea se le
proporcione.
De igual
manera, los formatos incluyen espacios en los que el interesado podrá
proporcionar, de manera opcional, su ocupación, escolaridad, sexo, edad y
nacionalidad.
8. Que en el ejercicio de las
atribuciones conferidas en el artículo 13, fracción III del Reglamento Interior
del INFODF, el Presidente de este Instituto somete a la consideración del Pleno
el Proyecto de Acuerdo por el que se aprueban los Formatos de Solicitudes de
Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales.
Por las
consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, el Pleno del Instituto
de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.
Se aprueban los
Formatos de Solicitudes de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de
Datos Personales, conforme al documento que, como anexo, forma parte del
presente Acuerdo.
SEGUNDO.
El presente Acuerdo
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
TERCERO.
El presente Acuerdo
deberá ser comunicado por el Comisionado Ciudadano Presidente a los titulares
de los Sujetos Públicos Obligados, a los Titulares de los Comités de
Transparencia y a los responsables de las Oficinas de Información Pública.
CUARTO.
Se instruye al
Secretario Técnico para que en el ámbito de sus atribuciones realice las
gestiones necesarias para que el presente Acuerdo sea publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, en el portal de Internet y en los estrados del
INFODF, respectivamente.
Así lo
acordó, por unanimidad, el Pleno del Instituto de Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal, en sesión ordinaria celebrada el siete de octubre
de dos mil ocho.