PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 11 DE NOVIEMBRE DE 2008

 

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA INCLUSIÓN DEL FIDEICOMISO PÚBLICO “COMPLEJO AMBIENTAL XOCHIMILCO” (FICAX) AL PADRÓN DE ENTES PÚBLICOS DEL DISTRITO FEDERAL OBLIGADOS AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

 

EL PLENO DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 71, FRACCIONES VII Y XL DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, EMITE EL SIGUIENTE:

 

ACUERDO 456/SO/22-10/2008

 

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA INCLUSIÓN DEL FIDEICOMISO PÚBLICO “COMPLEJO AMBIENTAL XOCHIMILCO” (FICAX) AL PADRÓN DE ENTES PÚBLICOS DEL DISTRITO FEDERAL OBLIGADOS AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

 

CONSIDERANDO

 

1. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 63, párrafo primero de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (LTAIPDF), el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (INFODF) es un órgano autónomo del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía presupuestaria, de operación y de decisión en materia de transparencia y acceso a la información pública, encargado de dirigir y vigilar el cumplimiento de la LTAIPDF y las normas que de ella deriven, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad imperen en todas sus decisiones.

 

2. Que de conformidad a su artículo 1, la LTAIPDF es de orden público y de observancia general en el territorio del Distrito Federal. Refiere que contempla los principios y bases establecidos en el segundo párrafo del artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; además de que tiene por objeto transparentar el ejercicio de la función pública, garantizar el efectivo acceso de toda persona a la información pública en posesión de los órganos locales: Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomo por ley, así como de cualquier entidad, organismo u organización que reciba recursos públicos del Distrito Federal.

 

3. Que de acuerdo con el artículo 2 de la LTAIPDF, en su relación con los particulares, los órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomos por ley, así como aquellos Entes Públicos del Distrito Federal que ejerzan gasto público, atenderán a los principios de legalidad, certeza jurídica, información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad de sus actos.

 

4. Que en concordancia con el artículo 3 de la LTAIPDF, toda la información generada, administrada o en posesión de los Entes Públicos se considera un bien de dominio público, accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que establece la LTAIPDF y demás normatividad aplicable.

 

5. Que de acuerdo con el artículo 4, fracción V de la Ley en comento, los criterios para que las entidades sean consideradas como Entes Públicos y por lo tanto, sujetos obligados por la LTAIPDF, son, además de las instituciones señaladas por la propia fracción, aquellos que la legislación local reconozca como de interés público y ejerzan gasto público; y los entes equivalentes a personas jurídicas de derecho público o privado, ya sea que en ejercicio de sus actividades actúen en auxilio de los órganos antes citados o ejerzan gasto público.

 

6. Que el Fideicomiso Público “Complejo Ambiental Xochimilco” (FICAX) es un Ente Público que se constituyó el 13 de febrero de 2008, actuando como fideicomitente único el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Finanzas, y cuyo objetivo es desarrollar satisfactores sociales, infraestructura, obras, servicios y adquisición de bienes para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Ciudad de México, en un entorno que contribuya al respeto al medio ambiente y el conocimiento de ecosistemas diversos.

 

7. Que el 29 de mayo de 2008, mediante oficio N° OM/0989/08, Dictamen N° 11/2008, la Oficialía Mayor autorizó la Estructura Orgánica del Fideicomiso Público “Complejo Ambiental Xochimilco” (FICAX), por lo que actualmente cuenta con una Dirección General, una Dirección de Construcción, una Dirección Jurídica y una Dirección de Administración y Finanzas.

 

8. Que el citado Fideicomiso fue sectorizado a la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, con fundamento en el Artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

9. Que de conformidad con el artículo 61 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, los fideicomisos públicos que se establezcan por la Administración Pública del Distrito Federal serán considerados como entidades paraestatales y se rigen por lo establecido en el Título Tercero de dicha Ley.

 

10. Que, por lo anterior, el Fideicomiso Público “Complejo Ambiental Xochimilco” (FICAX) constituye un organismo de notorio interés público que debe ser incluido en el Padrón de Entes Públicos, por lo que debe de cumplir con las obligaciones de transparencia señaladas en la LTAIPDF.

 

11. Que de acuerdo con el artículo 71, fracciones I, XI y XII de la LTAIPDF, el Pleno del Instituto tiene como atribuciones, entre otras, emitir opiniones y recomendaciones sobre temas relacionados con la LTAIPDF, así como emitir recomendaciones a los Entes Públicos respecto a la información que están obligados a publicar y mantener actualizada en los términos previstos por la ley del caso; evaluar el acatamiento de las normas en materia de transparencia y publicidad de los actos de los Entes Públicos; así como solicitar y evaluar informes de los Entes Públicos respecto del Ejercicio del Derecho de Acceso a la Información Pública.

 

12. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13, fracción III del Reglamento Interior del INFODF, el Presidente cuenta con atribuciones suficientes para someter a la aprobación del Pleno el Proyecto de Acuerdo mediante al cual se aprueba la inclusión del Fideicomiso Público “Complejo Ambiental Xochimilco” (FICAX) al Padrón de Entes Públicos del Distrito Federal obligados al cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

 

Por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal emite el siguiente:

 

ACUERDO

 

PRIMERO. Se aprueba la inclusión del Fideicomiso Público “Complejo Ambiental Xochimilco” al Padrón de Entes Públicos del Distrito Federal obligados al cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

 

SEGUNDO. Se le otorga un plazo no mayor de 60 días hábiles al Fideicomiso Público “Complejo Ambiental Xochimilco”, a partir de que se le comunique el presente Acuerdo, para que instale oficialmente su Oficina de Información Pública, además de cumplir con el resto de las disposiciones que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Distrito Federal y demás normatividades emitidas por el INFODF.

 

TERCERO. Comuníquese el contenido del presente Acuerdo al Titular del Fideicomiso Público “Complejo Ambiental Xochimilco”. De igual forma, instrúyase al Secretario Técnico para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice las gestiones necesarias para publicar el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el portal de Internet y en los estrados del Instituto, respectivamente.

 

CUARTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.

 

Así lo acordó, por unanimidad, el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en sesión ordinaria celebrada el veintidós de octubre de dos mil ocho. Los Comisionados Ciudadanos presentes en la sesión firman al calce para todos los efectos legales a que haya lugar.