PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL
DISTRITO FEDERAL EL 11 DE NOVIEMBRE DE 2008
ACUERDO
MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA INCLUSIÓN DEL FIDEICOMISO PÚBLICO “COMPLEJO
AMBIENTAL XOCHIMILCO” (FICAX) AL PADRÓN DE ENTES PÚBLICOS DEL DISTRITO FEDERAL
OBLIGADOS AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
EL PLENO DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 71,
FRACCIONES VII Y XL DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, EMITE EL SIGUIENTE:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA
INCLUSIÓN DEL FIDEICOMISO PÚBLICO “COMPLEJO AMBIENTAL XOCHIMILCO” (FICAX) AL
PADRÓN DE ENTES PÚBLICOS DEL DISTRITO FEDERAL OBLIGADOS AL CUMPLIMIENTO DE LA
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
1. Que de
conformidad con lo establecido en el artículo 63, párrafo primero de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (LTAIPDF),
el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (INFODF)
es un órgano autónomo del Distrito Federal, con personalidad jurídica y
patrimonio propios, con autonomía presupuestaria, de operación y de decisión en
materia de transparencia y acceso a la información pública, encargado de
dirigir y vigilar el cumplimiento de la LTAIPDF y las normas que de ella
deriven, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad,
independencia, imparcialidad y objetividad imperen en todas sus decisiones.
2. Que de
conformidad a su artículo 1, la LTAIPDF es de orden público y de observancia
general en el territorio del Distrito Federal. Refiere que contempla los
principios y bases establecidos en el segundo párrafo del artículo 6° de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; además de que tiene por
objeto transparentar el ejercicio de la función pública, garantizar el efectivo
acceso de toda persona a la información pública en posesión de los órganos
locales: Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomo por ley, así como de
cualquier entidad, organismo u organización que reciba recursos públicos del
Distrito Federal.
3. Que de
acuerdo con el artículo 2 de la LTAIPDF, en su relación con los particulares,
los órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomos por ley, así como
aquellos Entes Públicos del Distrito Federal que ejerzan gasto público,
atenderán a los principios de legalidad, certeza jurídica, información,
celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad de sus actos.
4. Que en
concordancia con el artículo 3 de la LTAIPDF, toda la información generada,
administrada o en posesión de los Entes Públicos se considera un bien de
dominio público, accesible a cualquier persona en los términos y condiciones
que establece la LTAIPDF y demás normatividad aplicable.
5. Que de
acuerdo con el artículo 4, fracción V de la Ley en comento, los criterios para
que las entidades sean consideradas como Entes Públicos y por lo tanto, sujetos
obligados por la LTAIPDF, son, además de las instituciones señaladas por la
propia fracción, aquellos que la legislación local reconozca como de interés
público y ejerzan gasto público; y los entes equivalentes a personas jurídicas
de derecho público o privado, ya sea que en ejercicio de sus actividades actúen
en auxilio de los órganos antes citados o ejerzan gasto público.
6. Que el
Fideicomiso Público “Complejo Ambiental Xochimilco” (FICAX) es un Ente Público
que se constituyó el 13 de febrero de 2008, actuando como fideicomitente único
el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Finanzas, y
cuyo objetivo es desarrollar satisfactores sociales, infraestructura, obras,
servicios y adquisición de bienes para mejorar la calidad de vida de los
habitantes de la Ciudad de México, en un entorno que contribuya al respeto al
medio ambiente y el conocimiento de ecosistemas diversos.
7. Que el
29 de mayo de 2008, mediante oficio N° OM/0989/08, Dictamen N° 11/2008, la
Oficialía Mayor autorizó la Estructura Orgánica del Fideicomiso Público
“Complejo Ambiental Xochimilco” (FICAX), por lo que actualmente cuenta con una
Dirección General, una Dirección de Construcción, una Dirección Jurídica y una
Dirección de Administración y Finanzas.
8. Que el
citado Fideicomiso fue sectorizado a la Secretaría de Finanzas del Distrito
Federal, con fundamento en el Artículo 45 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal.
9. Que de
conformidad con el artículo 61 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal, los fideicomisos públicos que se establezcan por la
Administración Pública del Distrito Federal serán considerados como entidades
paraestatales y se rigen por lo establecido en el Título Tercero de dicha Ley.
10. Que, por
lo anterior, el Fideicomiso Público “Complejo Ambiental Xochimilco” (FICAX)
constituye un organismo de notorio interés público que debe ser incluido en el
Padrón de Entes Públicos, por lo que debe de cumplir con las obligaciones de
transparencia señaladas en la LTAIPDF.
11. Que de
acuerdo con el artículo 71, fracciones I, XI y XII de la LTAIPDF, el Pleno del
Instituto tiene como atribuciones, entre otras, emitir opiniones y
recomendaciones sobre temas relacionados con la LTAIPDF, así como emitir
recomendaciones a los Entes Públicos respecto a la información que están
obligados a publicar y mantener actualizada en los términos previstos por la
ley del caso; evaluar el acatamiento de las normas en materia de transparencia
y publicidad de los actos de los Entes Públicos; así como solicitar y evaluar
informes de los Entes Públicos respecto del Ejercicio del Derecho de Acceso a
la Información Pública.
12. Que de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 13, fracción III del Reglamento
Interior del INFODF, el Presidente cuenta con atribuciones suficientes para
someter a la aprobación del Pleno el Proyecto de Acuerdo mediante al cual se
aprueba la inclusión del Fideicomiso Público “Complejo Ambiental Xochimilco”
(FICAX) al Padrón de Entes Públicos del Distrito Federal obligados al
cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Distrito Federal.
Por las consideraciones y fundamentos
anteriormente expuestos, el Pleno del Instituto de Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal emite el siguiente:
PRIMERO. Se aprueba la inclusión del Fideicomiso Público “Complejo Ambiental
Xochimilco” al Padrón de Entes Públicos del Distrito Federal obligados al
cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Distrito Federal.
SEGUNDO. Se le otorga un plazo no mayor de 60 días hábiles al Fideicomiso Público
“Complejo Ambiental Xochimilco”, a partir de que se le comunique el presente
Acuerdo, para que instale oficialmente su Oficina de Información Pública,
además de cumplir con el resto de las disposiciones que establece la Ley de
Transparencia y Acceso a la información Pública del Distrito Federal y demás
normatividades emitidas por el INFODF.
TERCERO. Comuníquese el contenido del presente Acuerdo al Titular del Fideicomiso
Público “Complejo Ambiental Xochimilco”. De igual forma, instrúyase al
Secretario Técnico para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice las
gestiones necesarias para publicar el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal, el portal de Internet y en los estrados del Instituto,
respectivamente.
CUARTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.
Así lo acordó, por unanimidad, el Pleno
del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en
sesión ordinaria celebrada el veintidós de octubre de dos mil ocho. Los
Comisionados Ciudadanos presentes en la sesión firman al calce para todos los
efectos legales a que haya lugar.