PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 25 DE FEBRERO DE 2009

 

ACUERDO; POR EL QUE SE EMITEN LAS NORMAS GENERALES DE AUDITORÍA, DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL, QUE CON CARÁCTER DE OBLIGATORIO DEBEN ASUMIR Y APLICAR LAS DIRECCIONES GENERALES DE CONTRALORÍAS INTERNAS Y SUS ÓRGANOS DE CONTROL INTERNO, EN EL DESEMPEÑO DE SUS INTERVENCIONES DE FISCALIZACIÓN DE GASTO PÚBLICO

 

Ricardo García Sáinz Lavista, Contralor General del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34 fracciones IV y V de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 106, 107, 108, 110, 111 y 113 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

 

C O N S I D E R A N D O

 

Que el modelo de administración asumido por la Contraloría General, se instrumenta en la ejecución de cinco ejes estratégicos consistentes en: mejora regulatoria y cumplimiento de la legalidad; evaluación del desarrollo gubernamental; profesionalización del gobierno; vigilancia y control; e innovación y buen gobierno.

 

Que frente al compromiso de dar cumplimiento a dichos ejes, la Contraloría General ha reordenado y redistribuido funciones orientándolas a la obtención de resultados oportunos, sustentables, transparentes, honestos y desde luego, soportados legalmente, dando con ello respuesta a las expectativas que de ella tiene la sociedad.

 

Que las funciones de vigilancia y control que la Contraloría General debe coordinar y ejercer en forma integral y eficiente en las Unidades de Gobierno, deben asegurar resultados que respondan a las categorías anteriormente mencionadas.

 

Que para alcanzar los propósitos anteriores, la Contraloría General ha fortalecido su institucionalidad asumiendo las siguientes acciones: emitir las Bases Generales para la Planeación, Elaboración y Presentación de sus Programas de Auditoría para los ejercicio 2008 y 2009; editar y difundir, hacia el interior del Órgano Fiscalizador y las áreas que tienen a su cargo el ejercicio de los recursos públicos, la Guía para Vigilar el Gasto de la Administración Pública del Distrito Federal; actualizar instrumentos y herramientas de trabajo como la Guía General de Intervenciones 2009 y la Guía de Supervisión de Auditoría, las que orientan, facilitan y estandarizan el desempeño de sus auditores.

 

Que para la Contraloría General resulta imprescindible, en el propósito de fortalecer la calidad de sus resultados y obtener la mejor actuación de sus colaboradores, difundir sus Normas Generales de Auditoría de aplicación obligatoria y que constituyen paradigmas que deben tener presentes en sus intervenciones los Directores Generales, Director Ejecutivo, titulares de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, los Contralores Internos, mandos medios, los auditores y el personal de apoyo; ello con el propósito de orientar sus trabajos bajo principios de observancia que responden a las prácticas, que los entes fiscalizadores llevan a cabo, a nivel internacional y de los que no se ha apartado la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal.

 

Que por lo anteriormente expuesto es que se formula el:

 

ACUERDO; POR EL QUE SE EMITEN LAS NORMAS GENERALES DE AUDITORÍA, DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL, QUE CON CARÁCTER DE OBLIGATORIO DEBEN ASUMIR Y APLICAR LAS DIRECCIONES GENERALES DE CONTRALORÍAS INTERNAS Y SUS ÓRGANOS DE CONTROL INTERNO, EN EL DESEMPEÑO DE SUS INTERVENCIONES DE FISCALIZACIÓN DE GASTO PÚBLICO.

 

l. ANTECEDENTES

 

Definición de Auditoría

 

El concepto de Auditoría, en la doctrina y en la práctica, ha tenido diversas definiciones, originadas por la naturaleza propia de su ejercicio, sea de orden privado o público o por sus propios tipos.

 

En el ámbito de la Administración Pública, en la que la Contraloría General del Distrito Federal ejerce sus funciones, la define obedeciendo a las tendencias modernas y a los ejes estratégicos, en que se encuentra involucrada, en el desarrollo de sus atribuciones, bajo los siguientes conceptos:

 

Auditoría:

 

Es un proceso independiente con enfoque sistemático y disciplinario, cuyo objetivo es agregar valor preventivo y correctivo, al desempeño de los sistemas operativos de la Administración Pública del Distrito Federal, y obtener evidencia del grado en que cumple su gestión pública.

 

En este sentido para la Contraloría General del Distrito Federal, la auditoría interna es el examen crítico, sistemático y detallado del grado de eficacia, eficiencia y efectividad de los procesos sustantivos y de apoyo de las Unidades de Gobierno, que realizan servidores públicos sin vínculos laborales con ellas, utilizando técnicas determinadas, con el objeto de emitir informes y formular sugerencias para el mejoramiento de su Gestión Pública.

 

La auditoría interna constituye un servicio que reporta a la superioridad y a la titularidad de las Unidades de Gobierno sus resultados, y tiene características de actividad asesora de control, por tanto no puede ni debe tener autoridad de línea sobre ningún funcionario de las Unidades de Gobierno, a excepción de los que forman parte de la plantilla de la oficina de auditoría interna, ni debe en modo alguno involucrarse o comprometerse con sus operaciones, pues su atribución es evaluar y opinar sobre los mismos, para que su titularidad tome las medidas necesarias para su mejor funcionamiento.

 

El Auditor de la Contraloría General del Distrito Federal (Auditor)

 

El Auditor es un servidor público que tiene la oportunidad de servir a la sociedad en un espacio de importancia suprema, vigilando la legalidad, honestidad, oportunidad y transparencia del comportamiento de los servidores públicos que intervienen en la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal.

 

El Auditor con ello se convierte en garante de que los procesos y procedimientos administrativos, se lleven a cabo bajo las categorías arriba enunciadas, y en caso de detectar desviaciones o posibles comisiones de delitos proponer medidas correctivas o promover las responsabilidades administrativas y encausar las penales que procedan.

 

Responsabilidad del Auditor

 

El ejercicio de la Auditoría, tiene como sustento la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes: Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Estos ordenamientos disponen y orientan el sentido con que la Administración Pública del Distrito Federal debe operar los recursos económicos, a través de su organización centralizada, desconcentrada y paraestatal, ejerciéndolos con eficiencia, eficacia y honradez, y cumplir con los objetivos de la Gestión Pública.

 

El Auditor tiene a su cargo la evaluación permanente del control de las transacciones y operaciones de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

El Auditor debe preocupar por sugerir el mejoramiento de los métodos y procedimientos de control interno que redunden en su operación más eficiente y eficaz.

 

El Auditor constata, a través de sus intervenciones, que los recursos se hayan aplicado en base a preceptos y procedimientos en cumplimiento estricto de la normatividad aplicable.

 

El Auditor, su labor la orientará preferentemente a asumir actitudes preventivas, pero de ser el caso aplicar las correctivas.

 

El Auditor, en sus intervenciones, basará su actuación en la aplicación de las Normas Generales de Auditoría.

 

II.- NORMAS GENERALES DE AUDITORÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL (NORMAS)

 

Las Normas confieren a los auditores de las Unidades de Apoyo Técnico-Operativo de la Contraloría General y de los Órganos Internos de Control en las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, la responsabilidad de garantizar que preserven su independencia mental; que cada auditoría sea ejecutada por personal que posea los conocimientos técnicos y la capacidad profesional necesarios para el caso particular; que cumplan con la aplicación de las Normas relativas a la ejecución del trabajo, del informe y del seguimiento de auditoría; se sujeten a un programa de capacitación y auto evaluación, buscando la excelencia en su trabajo.

 

Las Normas representan los requisitos mínimos de calidad relativos a la personalidad del auditor, el trabajo que desarrolla y la información que obtiene como resultado de las revisiones que practica; clasificándose en personales, de ejecución del trabajo y sobre el informe de auditoría y su seguimiento.

 

Las Normas, se presentan con el agregado de algunas consideraciones que amplían sus conceptos, entendiéndose esto de carácter enunciativo y no limitativo, por lo que los Auditores, podrán aplicar su criterio al respecto. Ellas se integran en los siguientes grupos:

 

Normas personales

 

Primera. Independencia.

 

El Auditor en el desarrollo de su trabajo debe actuar con integridad de juicio, autonomía y objetividad, para planear sus revisiones, seleccionar sus muestras, aplicar las técnicas y procedimientos de auditoría, así como emitir sus conclusiones, opiniones y recomendaciones con firmeza, desde el punto de vista organizacional y totalmente imparcial.

 

El Auditor al ejercer su independencia:

 

Debe estar libre de interferencias que incidan para eliminar o modificar alguna parte de su intervención, a la vez de la falta de cooperación en la aplicación de sus procedimientos selectivos o de cualquier intento externo por modificar su trabajo.

 

Debe gozar de una independencia investigadora que le permita el acceso a todas las fuentes de información que deba llegarse en el desarrollo de su intervención.

 

Debe contar con la cooperación de sus superiores en el curso de su investigación.

 

Debe de ejercer una libertad frente a intereses personales que puedan afectar su imparcialidad.

 

Debe mantenerse ajeno a cualquier tipo de relación con el personal de las Unidades que tenga responsabilidad de auditar.

 

Debe conservarse ajeno a cualquier posibilidad de involucrarse en intereses económicos o de especie con el área auditada.

 

Debe superar cualquier obstáculo al que se encuentre en la aplicación de sus técnicas y procedimientos de auditoría.

 

Debe procurar contar siempre con los recursos materiales y humanos necesarios que no limiten la posibilidad de realización de su cometido.

 

Segunda. Conocimiento Técnico y Capacidad Profesional.

 

El Auditor debe situarse en condiciones de prestar satisfactoriamente sus servicios.

 

El Auditor preferentemente, debe ser un profesional ya que su función es emitir opiniones de esta calidad.

 

El Auditor debe tener un entrenamiento técnico y habilidad adecuada que lo ubique en condiciones de prestar satisfactoriamente sus servicios.

 

El Auditor debe actualizar permanentemente sus conocimientos.

 

El Auditor debe tener una visión integral de los procesos y procedimientos que maneja la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal.

 

El Auditor debe aprovechar la oportunidad que ofrece la Contraloría General, a través de sus Direcciones Generales de Contralorías Internas, de incorporarse a programas de capacitación que permitan la actualización de sus conocimientos en aspectos técnicos, contables, administrativos y financieros.

 

Los Auditores motu-proprio, deben tener disposición, permanente, de capacitarse a través de lecturas respecto de todas las áreas en que se ven involucrados.

 

Tercera. Cuidado y Diligencia Profesionales.

 

El Auditor debe actuar de manera tal que su criterio sea adecuado en las auditorías que practique.

 

El Auditor debe ejercer su vocación profesional, cristalizándose en un trabajo pulcro y profesional, ejerciendo al máximo sus conocimientos, experiencia y capacidad profesional bajo el criterio de la responsabilidad de carácter público que tiene.

 

El Auditor debe aplicar los métodos, técnicas, procedimientos de auditoría, mecanismos de prueba, etc., que sean los idóneos para alcanzar los objetivos en sus intervenciones en forma clara y transparente.

 

El Auditor debe aplicar los instrumentos normativos externos públicos que regulan su actuación, así como los internos consistentes en las Bases Generales para la Elaboración, Planeación y Presentación de Programas de Auditoría, Guía General de Intervenciones, Guía de Supervisión de Auditoría y otros instrumentos y herramientas elaborados y difundidos y que con carácter obligatorio deben aplicarse en las intervenciones.

 

El Auditor debe observar que el personal que lo apoya, adscrito a las Direcciones Generales de Contralorías Internas, Director Ejecutivo y Contralorías Internas, actúen con:

 

Integridad

 

Objetividad

 

Confidencialidad

 

Competencia y Calidad Profesional Independencia de Criterio

 

Responsabilidad

 

Moralidad

 

Lealtad

 

Retribución económica

 

Relaciones interpersonales

 

Dignificación de la imagen con base en la calidad

 

Normas de Trabajo

 

Cuarta. La Planeación.

 

El Auditor previo a la ejecución del trabajo de Auditoría, deberá realizar una investigación para definir sus objetivos, alcances, procedimientos, recursos, tiempo y oportunidad de los mismos, precisándolos en sus programas de trabajo.

 

Las Direcciones Generales de Contralorías Internas, los Titulares de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo y Contralores Internos, deben elaborar para cada ejercicio un programa de Auditoría.

 

El programa de Auditoría debe tener como sustento las “Bases Generales para la Planeación, Elaboración y Presentación del Programa de Auditoría” que cada ejercicio emite la Contraloría General del Distrito Federal.

 

Los Auditores deben observar que las Bases, en lo que corresponde a la Planeación, especifican lo que deben tener en cuenta, en cada una de las etapas de la Planeación del Programa del Ejercicio.

 

Por rubros generales, la planeación se integran por:

 

Investigación Previa, Documental y de Campo.

Evaluación de Riesgos.

Objetivo de la Metodología.

Resultados de la Investigación Previa.

Aspectos a considerar en el Programa de Auditorías y

Calendario del Programa de Auditoría.

 

Este contenido se soporta en formatos e instructivos debidamente catalogados.

 

El Auditor debe soportar su quehacer para la planeación de sus auditorías, en base a la Guía General de Intervenciones, que contiene los elementos que a continuación se listan, específicamente detallados y soportados con formatos e instructivos.

 

Planeación de la Auditoría:

 

Investigación Preliminar

Visita Física

Marco Legal

 

Planeación Detallada:

 

Carta de Planeación

Cronograma de Actividades

 

Ejecución de la Auditoría:

 

Oficio de Inicio de Auditoría

Oficio de Requerimiento Documental

Acta de Inicio de Auditoría

 

Trabajo de auditoría:

 

Recopilación de Datos

Registro de Datos

Análisis de la Información

Evaluación de los Resultados

Técnicas de Auditoría

 

Papeles de Trabajo:

 

Reglas para la elaboración de los Papeles de Trabajo

Cédulas

Índices, Referencias y Marcas

 

Informe:

 

Reuniones de presentación de hallazgos durante el proceso

Reporte de Observaciones de Auditoría

Reunión para Firma de Observaciones y Acta de Cierre de Auditoría

Informe de Observaciones de Auditoría

Oficio de envío

 

Auditoría de Seguimiento:

 

Reporte de Auditoría de Seguimiento de Observaciones

Oficio de Informe de Auditoría de Seguimiento de Observaciones

Informe de Auditoría Concluida

Promoción de Fincamiento de Responsabilidades

 

Quinta. Examen y Evaluación de los Sistemas de Control.

 

El Auditor deberá efectuar un adecuado exámen del control interno operativo y contable establecido en la Unidad de Gobierno a Auditar.

 

El Auditor debe conocer el Sistema de Control Interno operante en la Unidad de Gobierno, el que debe de tener como propósito promover que razonablemente se cumplan los objetivos de la Unidad.

 

El Auditor debe hacer una evaluación, en relación a la Auditoría que va a desarrollar, que refleje los controles internos que operan en los procesos o procedimientos administrativos a auditar, valorando su suficiencia o insuficiencia, así como el grado de confianza que ellos representan.

 

El Auditor debe hace una discriminación clara y precisa de las diversas clases de Controles Internos operantes en el proceso o procedimientos auditados, determinando sus características de prevención, proceso o comprobación que asumen, así como las pruebas sustantivas y de cumplimiento que puedan soportar.

 

El Auditor habrá de interiorizarse de la estructura de la organización o área auditada de sus programas políticas y procedimientos que aplica.

 

Por otra parte deberá valorar la viabilidad y confiabilidad de sus sistemas de comunicación e información y si operan adecuadamente.

 

El Auditor deberá hacer un exámen pormenorizado del marco legal al que se sujeta la Unidad de Gobierno, en el cumplimiento de sus atribuciones y la correlación que existe entre ellas y el desarrollo de sus atribuciones.

 

El Auditor deberá tener muy presente los aspectos financieros que inciden en el área o proceso auditado y su confiabilidad.

 

El Auditor deberá tomar conocimiento de los resultados de auditorías anteriores y las observaciones que de ellas emanen realizadas por Órganos externos o internos.

 

El Auditor deberá conocer el comportamiento de la organización auditada, con relación a las quejas y denuncias en que hayan incurrido sus servidores, particularmente en las áreas o procesos auditados.

 

Finalmente, el Auditor deberá tener con precisión, una visión de los riesgos que afronta el área auditada respecto del flagelo de la corrupción en que puede incidir por factores internos o externos.

 

El Auditor en el análisis y conocimiento del Sistema de Control Interno, podrá desprender la realización de un trabajo de auditoría que lleve a conclusiones lo más aproximadas a la realidad para corrección en su caso de las irregularidades detectadas.

 

Sexta. Supervisión del Trabajo de Auditoría.

 

El Auditor en esta actividad asegura que se hayan seguido todos los procedimientos idóneos aplicados en las Auditorías, para ello es esencial supervisar a los auditores, por lo que el directivo de mayor jerarquía en un grupo de auditores, deberá delegar esta tarea en el rango inmediato inferior para establecer mecanismos adecuados de vigilancia.

 

Los Auditores para ejercer la supervisión, deberán aplicar la Guía de Supervisión de Auditoría de la Contraloría General, que contiene todos y cada uno de los pasos a supervisar desde su planeación hasta culminar con la Auditoría de Seguimiento de sus resultados.

 

Los Auditores responsables deben ejercer la supervisión de los trabajos de auditoría, en forma oportuna.

 

Los Auditores deben ejercer la supervisión a todos los niveles jerárquicos que intervienen en las distintas etapas del proceso, desde la planeación, la ejecución en los distintos puntos físicos en que se realicen los trabajos, en la generación de los resultados previos y hasta su conclusión.

 

Los Auditores deberán corroborar la calidad profesional de sus colaboradores, la que debe evidenciarse en los resultados de la auditoría y en la integración de los papeles de trabajo.

 

Los Auditores deberán ejercer la supervisión en proporción inversa a la experiencia, preparación técnica y capacidad profesional del auditor sobre el que se ejerce.

 

Los Auditores deben dejar evidencia de la supervisión de la siguiente manera:

 

Poner sus iniciales sobre los papeles preparados por los auditores o supervisores, cuando la importancia lo amerite.

 

Hacer anotaciones en papeles de trabajo, complementando las efectuadas por los auditores de menos experiencia para describir de mejor manera el trabajo efectuado y las conclusiones.

 

Preparar informes sobre la actuación de los auditores en donde se indiquen los trabajos efectuados, la efectividad con que se hicieron, el grado de preparación técnica y el grado de capacidad.

 

El Auditor encargado de la auditoría designará en la fase de planeación, las actividades a realizar por cada integrante del equipo en función a su experiencia y la capacidad profesional con que cuente, con lo que define la supervisión que ejercerá a cada integrante del grupo de trabajo.

 

Es conveniente la existencia de un mecanismo permanente, en todas las etapas de la auditoría, de contacto directo con el responsable del área, procedimiento o sistema a revisar, que permita establecer lazos que ofrezcan utilidad en las distintas etapas de su desarrollo hasta su conclusión, ello a efecto de estar en condiciones de proponer acciones de mejoras y no, de principio, se orienten las actividades a buscar sanciones o responsabilidades.

 

Con la supervisión, en todas las etapas de la auditoría se debe corroborar que los trabajos se lleven a cabo conforme a lo establecido en la Guía General de Intervenciones y sus formatos anexos y estén respaldados en los Papeles de Trabajo.

 

La supervisión implica la coordinación de los recursos durante la planeación, ejecución y comunicación de resultados de la auditoría, a fin de vigilar, revisar y verificar el correcto cumplimiento de metas y objetivos planteados al inicio de la auditoría, así como la debida aplicación de las normas y procedimientos establecidos.

 

Séptima. Evidencia.

 

El Auditor debe contar con las pruebas suficientes competentes y relevantes para fundamentar razonablemente los juicios y conclusiones que formule, comprobando la información y datos con respecto a los que examinó y que determinan su opinión.

 

El Auditor obtiene la evidencia a través de los procedimientos que aplica y puede presentar varios niveles de competencia, que determina el grado de fiabilidad.

 

El Auditor debe establecer una relación entre la cantidad de evidencia (cantidad de muestras) y su competencia o fiabilidad.

 

Los principales tipos de evidencia que reconoce la doctrina y que se mencionan, son enunciativos y no limitativos, por lo que el Auditor debe aplicar su criterio. Ellas son:

 

El sistema de contabilidad y control interno, ya que influyen en los saldos resultantes de las cuentas del balance Evidencia física justificativa.

 

Evidencia documental justificativa:

 

Que se origina fuera de la Unidad de Gobierno.

 

Que se origina fuera de la Unidad de Gobierno pero que está en posesión del auditado.

 

Que se origina dentro de la Unidad de Gobierno pero que circula entre terceros.

 

Interna sometida a un buen control interno

 

Interna sometida a un control interno mínimo

 

Libros Mayor y Diario, incluyendo los registros procesados por ordenador.

 

Análisis global o conjunto

 

Evidencia Oral

 

Acontecimientos o hechos posteriores.

 

Evidencia circunstancial.

 

Cálculos Independientes

 

Particularmente la evidencia sobre cuentas debe someterlas el Auditor a pruebas sustantivas para asegurarse que se atienden los siguientes requisitos:

 

Suficiencia.- Para sustentar los hallazgos, conclusiones y recomendaciones.

 

Competencia.- Para que sea consistente, convincente, confiable y validada.

 

Relevancia.- Para demostrar o refutar un hecho en forma lógica y patente.

 

Pertinencia.- Que haga congruencia entre las observaciones, conclusiones y recomendaciones.

 

El Auditor deberá aplicar los procedimientos y técnicas de auditoría de acuerdo con los objetivos de la Auditoría, su amplitud y circunstancias del trabajo para hacerse de elementos de juicio.

 

Por regla general las pruebas deben operar por muestreo soportando las conclusiones del informe.

 

Octava. Papeles de Trabajo.

 

El Auditor, en su actividad los utiliza como registros de los procedimientos seguidos, las pruebas efectuadas, la información obtenida y las conclusiones alcanzadas.

 

Los papeles de trabajo pueden contener programas, análisis, memorándums, cartas de confirmación y representación, extractos y/o copias de documentos y tablas o comentarios preparados u obtenidos por el Auditor.

 

Parte de esta información puede presentarse en forma de datos impresos en cinta magnética, película u otros medios.

 

Los papeles de trabajo son elementos útiles para que el Auditor realice su trabajo en sus diferentes fases, ellos se describen en la Guía General de Intervenciones y pueden servir para:

 

La ejecución de los procedimientos

Supervisar el avance de los trabajos

Constituir fuente de información para evaluación del personal

Material en la revisión final

Información para soportar la emisión de informes

Provisión de registros permanentes

Guía para exámenes posteriores

 

Los tipos de Papeles de Trabajo podrán ser utilizados por los Auditores en función del universo y alcance de su auditoría y pueden ser:

 

Balance de comprobación

Papeles resumen

Asientos de ajuste y reclasificación

Lista de cuentas o partidas

Papeles de trabajo analíticos

Papeles de trabajo de conciliación

Papeles de trabajo de calculo

Papeles de trabajo descriptivos y de memorándums

Papeles de trabajo de extractos

Diagramas de flujo

Papeles de trabajo consolidado

Papeles de trabajo cuando sea ordenado

 

Otros papeles de trabajo

 

Los papeles de trabajo debe formularse claramente, con pulcritud y exactitud; contener los datos del análisis, comprobación, opinión y conclusiones sobre los hechos, transacciones o situaciones específicos examinados.

 

Los papeles de trabajo del auditor son exclusivos de la Contraloría General y su información es confidencial. El Auditor solo podrá proporcionarlos, por mandato judicial.

 

El Auditor mantendrá en custodia segura los papeles de trabajo por el período que marca la normatividad aplicable.

 

Novena. Tratamientos de Irregularidades.

 

El Auditor deberá orientar siempre su auditoría a que alcance una razonable seguridad en su resultado, por ello al detectar actos o hechos que presenten situaciones o transacciones que presumiblemente impliquen actos ilegales o extralimiten la normatividad, deberá hacerlo del conocimiento de sus superiores.

 

En el ejercicio de trabajo de auditoría, resulta muy importante, que al evaluar el Sistema de Control Interno en la Unidad de Gobierno – en medida del alcance de su intervención-, detecte circunstancias como ya antes se apuntó que pudieran significar riesgos de incurrencia de desviaciones, observaciones con diverso alcance de consecuencias, como pueden representar:

 

El grado de integridad o competencia de la Unidad de Gobierno.

 

Las estructuras organizacionales y en su caso la complejidad operativa.

 

La rotación excesiva en sus áreas claves financieras.

 

La operación de registros incompletos, desordenados, sin controles normativos, documentos carentes de soporte.

 

La incongruencia entre registros contables documentados y compulsa con terceros.

 

La utilización de un sistema informático deficiente o sesgado.

 

El Auditor al dar seguimiento a los indicios de ilícitos, no interferirá en su caso, en las investigaciones y/o procedimientos legales que estén en proceso. Cuando sea necesario consultará, previamente a su superior, y con autorización de éste, a los asesores legales y/o a las autoridades, a las que competa aplicar las leyes correspondientes.

 

El Auditor deberá documentar en sus papeles de trabajo, la forma en que los hizo del conocimiento de sus superiores, la existencia o posibilidad de errores o irregularidades, y las conclusiones a que se llegó.

 

Normas Sobre el Informe de Auditoría

 

Décima.- Informe de Auditoría.

 

El Auditor elaborará el informe que es el documento firmado por el, que contiene los hallazgos, conclusiones y recomendaciones a que llegó en razón a los objetivos propuestos.

 

El Auditor en la redacción de su Informe debe cuidar sea completo, que cumpla con sus objetivos, que comprenda con precisión los asuntos que se informan y que satisfaga los requisitos del contenido.

 

El Auditor en su Informe debe ofrecer la calificación de la magnitud e importancia de sus hallazgos y cumplir con los siguientes elementos:

 

Objetivo.- Deberá elaborarse sin interpretaciones erróneas y con resultados imparciales y concretos.

 

Exacto.- Debe contener evidencia verdadera y hallazgos expuestos correctamente.

 

Solo incluirá la información de los hallazgos y conclusiones que sean sustentados por evidencia competente y relevante, documentada en sus papeles de trabajo.

 

Convincente.- Debe responder a sus objetivos, con hallazgos, presentarlos y sus recomendaciones y conclusiones fundamentadas en los hechos y normatividad aplicable.

 

Claro.- Se redactará con un lenguaje sencillo desprovisto de tecnicismos que dificulten su comprensión.

 

Útil.- Debe, en sus recomendaciones, orientar al razonable mejoramiento de la administración.

 

El Auditor confrontará su Informe con el Titular del área y responsables de las áreas auditadas, antes de su presentación final.

 

El Auditor elaborará el Informe de Observaciones de Auditoría en los términos consignados en las hojas 34 a 36 y 110 a 113 de la Guía General de Intervenciones.

 

Onceava.- Auditoría de Seguimiento de las Observaciones y Recomendaciones.

 

El Auditor deberá llevar un control del seguimiento de las medidas aceptadas por el auditado a fin de que en las fechas señaladas en el informe de Auditoría, se visite al área y se verifique el cumplimiento en los términos establecidos

 

El propósito fundamental de la Auditoría de Seguimiento de Observaciones y Recomendaciones, consiste en corroborar que se hayan tomado, respecto de las recomendaciones, las acciones preventivas y correctivas por los Auditados en el tiempo pactado en el sentido siguiente:

 

Que las recomendaciones, preventivas y correctivas que implican importes a recuperar, de no subsanarse en los términos y fechas acordadas, deriven en el fincamiento de responsabilidades civiles, penales o administrativas.

 

Que las recomendaciones preventivas tengan como finalidad de evitar la recurrencia de las observaciones detectadas cuando su incidencia no sea grave.

 

Que el no tomarse en cuenta las medidas recomendadas para el logro de objetivos o eficiencia, en las operaciones de las áreas auditadas, se hagan constar en los informes que el Auditor presente a las autoridades superiores.

 

Que del resultado del análisis razonable del porqué no se atendieron las recomendaciones formuladas, en su caso, se proceda a cumplir con lo establecido en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

 

Que con autorización de la superioridad, proceda a replantear las recomendaciones de las observaciones, cuando existan cambios justificados de las condiciones que les dieron origen.

 

Que solo podrá reprogramarse con autorización de la superioridad, de común acuerdo con el titular o responsable del área auditada, las fechas compromiso para atender las recomendaciones, en los casos en que se atendieron parcialmente.

 

Que de detectarse en este proceso, irregularidades o actos ilícitos nuevos, ampliar el alcance de la auditoría para fincar al titular o responsable del área, las observaciones y sus recomendaciones para establecer conjuntamente fechas de compromiso para su solventación.

 

La aplicación de las presentes Normas se efectuará sin prejuicio de las diversas disposiciones que regulan la fiscalización del Gasto Público de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

 

México Distrito Federal a 26 de Enero de 2009

 

El Contralor General

 

(Firma)

 

Ricardo García Sáinz Lavista