CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO
FEDERAL, 22 DE ENERO DE 2003
CIRCULAR No. CG/2003/008
México D. F. A 22 de
enero de 2003
TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS,
ÓRCANOS DESCONCENTRADOS,
ÓRCANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS
Y ENTIDADES DE LA
ADMINISTRACION
PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
El artículo 61 de la Ley de obras públicas
del Distrito Federal, establece la obligación de los titulares de las
Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, de informar a esta
Contraloría General, específicamente a la Dirección General de Legalidad y
Responsabilidades, a más tardar el último día hábil de cada mes, las
contrataciones de obra pública y servicios relacionados con las mismas, bajo
los procedimientos de invitación restringida a cuando menos tres participantes
y adjudicación directa, que como casos de excepción a la licitación pública,
hayan sido realizadas al amparo del artículo 63 del ordenamiento legal de
referencia, debiendo anexar copia del dictamen correspondiente.
Derivado de lo anterior, con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 16 fracción IV y 34 fracciones IV y XXXIII de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 103 fracciones IX y
XIII y 106 fracciones IV, VII y IX del Reglamento Interior y 61 en relación con
el artículo 63 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, adjunto
sírvase encontrar formato con su respectivo instructivo de llenado, el cual
deberá ser utilizado para el envió del informe, lo anterior, a efecto que la
Contraloría General esté en posibilidades de verificar el cumplimiento a dicho
precepto legal.
ATENTAMENTE
SUFRAGIO
AFECTIVO NO REELECCIÓN
LA
CONTRALORA GENERAL
C.P.
BERTHA ELENA LUJAN URANGA
C.C.P. CONTRALORES INTERNOS
EN LAS DEPENDENCIAS, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS
Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.-Para verificar
su cumplimiento,
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO
“REPORTE MENSUAL DE OBRA PUBLICA LLEVADA A CABO COMO CASO DE EXCEPCIÓN A LA
LICITACIÓN PÚBLICA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 63 DE LA LEY DE OBRAS
PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL"
1. Se anotará el nombre del área que
corresponda y que enviará la información de referencia.
2. Se anotará el mes, al cual corresponde la
información que se proporciona.
3. se inscribirá el número progresivo que
corresponda, en forma consecutiva
4. Se anotará el número correspondiente de la
sesión, en la que el Órgano Colegiado autorizó el caso de excepción a la
licitación pública, indicando la fecha en la que se llevó a cabo y si ésta es
ordinaria o extraordinaria, asimismo, cabe precisar que, para este rubro
invariablemente se deberá anexar al formato, el dictamen a que hace referencia
el artículo 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
6. Se anotará la descripción genérica de la
obra pública o servicios relacionados con la misma que se hayan contratado.
7. Se indicará con una (X), si la
contratación se llevó a cabo mediante el procedimiento de invitación
restringida en la modalidad de adjudicación directa.
8. Se indicará con una (X), si la
contratación se llevó a cabo mediante el procedimiento de invitación
restringida en la modalidad de invitación a cuando menos tres participantes.
9. Se anotará el monto que se haya adjudicado,
sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Las cantidades serán expresadas en
miles pesos, sin centavos.
10. Se señalará el
nombre completo o razón social del contratista al que se le haya adjudicado la
obra pública o los servicios relacionados con la
misma,
11. Se anotará la fracción del artículo 63,
de la ley de Obras Públicas del Distrito Federal, mediante la cual se haya
sustentado el caso de excepción a la licitación pública.
12. Se anotará el total que resulte de la
suma de las cantidades adjudicadas en el mes que se reporta.
13. Se anotará el nombre, cargo y firma del
titular de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Órgano Político-Administrativo
o Entidad que remite el reporte.
14. Se anotará la fecha de remisión del
reporte.
15. Al reverso del formato, se señalará
cualquier aclaración o anotación adicional que se considere pertinente, a
efecto de clarificar la información enviada,
No deberán
dejarse columnas en blanco, en caso de no existir información para cualquiera
de éstas, se asentará la leyenda “N/A".
El llenado
de los formatos podrá hacerse utilizando máquina de escribir o medios
informáticos, teniendo especial cuidado en la legibilidad de los datos.
Las
Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y
Entidades, podrán reproducir los formatos, respetando las características de
los mismos.
Se debe
adjuntar copia del dictamen correspondiente.
No será
necesario remitir los formatos, cuando no se registren obras públicas o
servicios relacionados con las mismas en el periodo que se reporta, siendo
suficiente mencionarlo en el texto del oficio que al efecto se envíe.