PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2009

 

ACUERDO A/017/ 2009 DEL C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO PARA IMPLEMENTAR LAS BASES DEL NUEVO MODELO DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

 

Con fundamento en los artículos 21, 113 y 122, Base Quinta, apartado D de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 9, 16 y 20 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 1, 2, 5, 6 y 29, fracción XX del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; y

 

C O N S I D E R A N D O

 

Que el Programa de Seguridad Pública denominado ''Seguridad y Justicia para la Ciudad de México 2007-2012'', publicado el 10 de enero de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, establece que la Seguridad Pública se entiende como la prevención e investigación de los delitos, persecución de los imputados, la ejecución de las sentencias penales y la reinserción social, y corresponde al gobierno la promoción y puesta en práctica de políticas públicas incluyentes e integrales para mejorar la realidad social de la ciudad.

 

Que para enfrentar y resolver los problemas de seguridad y justicia de la Ciudad de México es necesaria una estrategia integrada y sostenida con las acciones de Gobierno, siempre supervisadas por la ciudadanía, que puedan incidir en cualquiera de los aspectos del proceso delictivo.

 

Que el 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el cual se reformaron diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo objetivo fue transformar el sistema de seguridad y de justicia penal, para transitar a un sistema acusatorio y dar plena vigencia a los derechos de los gobernados que consagra la Constitución, así como brindar la seguridad jurídica a las personas y a sus bienes jurídicos.

 

Que la citada reforma establece en su artículo 21 que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías bajo la conducción y mando de aquél, lo anterior con la finalidad de involucrar a las instituciones policiales en la investigación de los delitos, actuando con estricto apego a derecho y transparencia, generando confianza social.

 

Que la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2009, establece los procesos a los que deberán someterse las unidades policiales encargadas de investigar los delitos

 

Que el 9 de septiembre de 2009 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a través de la cual se transforma la Policía Judicial en Policía de Investigación, previendo mecanismos de control para el ingreso, formación, capacitación, adiestramiento, evaluación, certificación, permanencia, promoción, especialización, reconocimiento, prestaciones y sanciones de los elementos que la conforman.

 

Que la Policía de Investigación será un apoyo fundamental en la investigación de los delitos, basada en una formación especializada que fortalezca su actuación con apego a la legalidad, respeto a los derechos humanos y transparencia, lo cual redundará en generar confianza en la ciudadanía.

 

Que una de las principales tareas de esta administración es transformar el antiguo esquema de la policía judicial, para instaurar un nuevo modelo de policía de investigación que cumpla con los estándares más altos a escala internacional en materia de investigación científica del delito, capacitación, profesionalización, eficacia, honestidad, transparencia y compromiso con los Derechos Humanos, con la finalidad de proporcionar a los habitantes de la Ciudad de México un cuerpo de investigadores, cercano, profesional y con valores institucionales de servicio a la población.

 

Por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

 

A C U E R D O

 

PRIMERO.- Se crea el Consejo para implementar las bases del nuevo modelo de la Policía de Investigación de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, con la finalidad de definir las acciones vinculadas con su actuación y funcionamiento, derivado de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por lo que se extingue la policía judicial.

 

SEGUNDO.- El Consejo estará integrado por:

 

I. La Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales;

 

II. La Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentradas;

 

III. La Subprocuraduría de Procesos;

 

IV. La Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad;

 

V. La Subprocuraduría Jurídica y de Derechos Humanos;

 

VI. La Coordinación General del Instituto de Formación Profesional; y,

 

VII. La Jefatura General de la Policía de Investigación.

 

Los miembros del Consejo podrán designar, en caso de ausencia, un representante con nivel mínimo de Director General o su equivalente.

 

TERCERO.- El Coordinador podrá convocar a participar en las sesiones del Consejo, con carácter de miembros, a:

 

I. Representante de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

 

II. Representante de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal;

 

III. Representante de la Cámara Nacional de Comercio

 

IV. Representantes del sector Académico de las instituciones públicas de educación superior;

 

V. Representante del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal; y,

 

VI. Especialistas e Investigadores vinculados con el estudio de las áreas de procuración e impartición de justicia.

 

CUARTO.- El Consejo, para su funcionamiento, se conformará por los grupos directivo, interinstitucional y técnico de investigación, encargados de la dirección, implementación y seguimiento en la definición de las bases del nuevo modelo de la Policía de Investigación, dicho Consejo será coordinado por el titular del Instituto de Formación Profesional.

 

QUINTO.- Para la debida implementación del nuevo modelo de la Policía de Investigación, el Consejo se conformará en tres grandes grupos de trabajo, de la manera siguiente:

 

I. De la reforma de la policía de investigación.- En el que participará el personal de la Procuraduría que realice funciones sustantivas y previamente seleccionado.

 

II. De seguimiento a la reforma de la policía de investigación.- En el que participarán los representantes de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia, legisladores de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, académicos, especialistas e investigadores.

 

III. De investigación, diseño e implementación de la reforma policial.- En el que participarán investigadores e instructores del Instituto de Formación Profesional.

 

SEXTO.- Los ejes que desarrollará el Consejo para el cumplimiento de su objeto son:

 

I.- Servicio Público de Carrera de la policía de Investigación, que comprenderá:

 

a) Reclutamiento.

 

b) Formación y certificación.

 

c) Evaluación permanente.

 

d) Jubilación, retiro voluntario y separación del servicio.

 

II.- Normatividad Interna:

 

a) Disposiciones Reglamentarias.

 

b) Manual de Organización.

 

c) Manual Operativo de la Policía de Investigación.

 

d) Protocolos de actuación policial en materia de investigación, preservación del lugar de los hechos, aseguramiento y puesta a disposición de personas y objetos, uso de la fuerza, intervenciones tácticas, métodos y técnicas de análisis de la información, custodia y salvaguarda de personas detenidas y respeto a los derechos humanos.

 

III.- Nuevo Modelo de Administración Policial:

 

a) Equipamiento y recursos materiales: uso de nuevas tecnologías para la investigación del delito, armamento, parque vehicular y mantenimiento.

 

b) Recursos humanos: prestaciones económicas y sociales, nuevo régimen de seguridad social policial, salud, contención y acompañamiento psicológico, horario laboral, dignificación de instalaciones y comunicación organizacional, programa de premios, estímulos y recompensas.

 

c) Reestructuración orgánica: planeación institucional, definición de la cadena de mandos y tramos de responsabilidad, determinación de fines, funciones y responsabilidades de las áreas operativas.

 

d) Evaluación del desempeño y control de confianza.

 

IV. Filosofía Institucional y Contacto con la Ciudadanía:

 

a) Misión, Visión y objetivos de la policía de investigación; valores y fomento del espíritu de cuerpo.

 

b) Nuevos sistemas de supervisión y disciplina policial.

 

c) Programas de acercamiento con la ciudadanía, compromisos y rendición de cuentas.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

SEGUNDO.- Quedan a salvo los derechos laborales de los trabajadores adscritos a la Jefatura General de la Policía Judicial.

 

TERCERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

CUARTO.- El Consejo deberá quedar instalado a más tardar en los cinco días siguientes de la publicación del presente Acuerdo.

 

Sufragio Efectivo. No Reelección

 

México, D.F. a 11 de Septiembre de 2009

 

El C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal

 

(Firma)

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Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa