PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 19 DE NOVIEMBRE DE 2009

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, LA FACULTAD DE FIRMAR Y AUTORIZAR TODOS AQUELLOS ACTOS DERIVADOS DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO EN LA LEY, EN MATERIA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO, ASÍ COMO ORDENAR, PRACTICAR, INTERVENIR, SUSCRIBIR, SUPERVISAR Y EVALUAR ORDENES Y VISITAS DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO TRAMITAR Y RESOLVER PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS NECESARIOS EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, ASÍ COMO TAMBIÉN, IMPONER SANCIONES, ORDENAR LA CLAUSURA, REPOSICIÓN DE SELLOS Y RETIRO DE SELLOS RELATIVOS A CONSTRUCCIONES DE OBRA Y AQUELLAS ESTABLECIDAS EN LAS DIVERSAS DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS APLICABLES

 

(Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento.- GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.- DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN.- JEFATURA DELEGACIONAL)

 

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, LA FACULTAD DE FIRMAR Y AUTORIZAR TODOS AQUELLOS ACTOS DERIVADOS DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO EN LA LEY, EN MATERIA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO, ASÍ COMO ORDENAR, PRACTICAR, INTERVENIR, SUSCRIBIR, SUPERVISAR Y EVALUAR ORDENES Y VISITAS DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO TRAMITAR Y RESOLVER PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS NECESARIOS EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, ASÍ COMO TAMBIÉN, IMPONER SANCIONES, ORDENAR LA CLAUSURA, REPOSICIÓN DE SELLOS Y RETIRO DE SELLOS RELATIVOS A CONSTRUCCIONES DE OBRA Y AQUELLAS ESTABLECIDAS EN LAS DIVERSAS DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS APLICABLES.

 

(Al margen superior izquierdo dos escudos que dicen: GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.- DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN.-JEFATURA DELEGACIONAL)

 

LIC. EDUARDO SANTILLAN PEREZ, Jefe Delegacional en Álvaro Obregón, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 104 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, 37, 38 y 39 fracciones II, III, IV, V, VIII, LXIII, LXX y LXXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 120, 121 122 Y 122 Bis fracción I inciso c) del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Delegación Álvaro Obregón es un Órgano Político Administrativo de la Administración Desconcentrada del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su Reglamento.

 

Que uno de las prioridades de este gobierno, es el lograr una administración eficiente, ágil y operativa, basada en principios de simplificación, transparencia y racionalidad en beneficio de la comunidad obregonense.

 

Que dentro de la estructura organizacional de la Delegación Álvaro Obregón, se encuentra la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, que entre otras funciones tiene las de rehabilitar escuelas, así como construir y rehabilitar bibliotecas, museos, centros de servicio social, cultura y deportivo, ejecutar programas delegacionales de obra, para el abastecimiento de agua potable y servicios de drenaje y alcantarillado, construir y rehabilitar las vialidades secundarias, coordinar y vigilar la correcta aplicación del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en cuanto al uso del suelo, vigilar que las licencias expedidas para ubicación de industrias, conjuntos habitacionales, para construir, ampliar, demoler, modificar, conservar y mejorar inmuebles, así como, para la instalación de anuncios espectaculares y licencias para instalaciones subterráneas y aéreas en vías públicas, cumplan con las Normas y Reglamentos aplicables en la materia; Coordinar que las licencias de construcción que se otorguen a la ciudadanía cumplan con las normas y reglamentos aplicables en la materia, así como el correcto pago de derechos a la Tesorería del Distrito Federal, señalados en el Código Financiero; coordinar la aplicación de las sanciones correspondientes a los infractores a las leyes y reglamentos de uso del suelo y de construcción, incluidas las clausuras correspondientes y las demoliciones de construcciones edificadas ilegalmente.

 

Que dentro de la estructura organizacional de la Delegación Álvaro Obregón, se encuentra la Dirección de Desarrollo Urbano.

 

Que el artículo 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal establece a favor de los Jefes Delegacionales, la facultad de delegar en los Directores Generales y demás Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, las facultades que expresamente les otorguen los ordenamientos jurídicos correspondientes y que es prioridad de esta autoridad Delegacional el eficiente, ágil y oportuno desempeño de la atribución conferida a esta administración, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, LA FACULTAD DE FIRMAR Y AUTORIZAR TODOS AQUELLOS ACTOS DERIVADOS DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO EN LA LEY, EN MATERIA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO, ASÍ COMO ORDENAR, PRACTICAR, INTERVENIR, SUSCRIBIR, SUPERVISAR Y EVALUAR ORDENES Y VISITAS DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO TRAMITAR Y RESOLVER PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS NECESARIOS EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, ASÍ COMO TAMBIÉN, IMPONER SANCIONES, ORDENAR LA CLAUSURA, REPOSICIÓN DE SELLOS Y RETIRO DE SELLOS RELATIVOS A CONSTRUCCIONES DE OBRA Y AQUELLAS ESTABLECIDAS EN LAS DIVERSAS DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS APLICABLES.

 

PRIMERO. Se delega en el Director de Desarrollo Urbano de la Delegación Álvaro Obregón, la facultad de firmar y autorizar todos aquellos actos derivados de las atribuciones conferidas a la Dirección General de Obras y Desarrollo urbano en la ley, en materia de obras y desarrollo urbano, así como ordenar, practicar, intervenir, suscribir, supervisar y evaluar ordenes y visitas de verificación administrativa, así como tramitar y resolver procedimientos administrativos necesarios en el ámbito de su competencia, así como también, imponer sanciones, ordenar la clausura, reposición de sellos y retiro de sellos relativos a construcciones de obra y aquellas establecidas en las diversas disposiciones legales y administrativas aplicables.

 

SEGUNDO.- El Director de Desarrollo Urbano, deberá informar oportunamente al Jefe Delegacional de aquellos casos en los que participe en ejercicio de la facultad delegada.

 

TERCERO.- La facultad a la que se refiere el presente acuerdo, se delega sin perjuicio de su ejercicio directo por parte del suscrito.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

México, Distrito Federal, a 06 de noviembre de 2009

 

EL JEFE DELEGACIONAL EN ÁLVARO OBREGÓN

 

(Firma)

 

LIC. EDUARDO SANTILLAN PEREZ