PUBLICADO EN LA GACETA
OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 19 DE NOVIEMBRE DE 2009
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL
DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, LA FACULTAD DE FIRMAR Y AUTORIZAR TODOS AQUELLOS
ACTOS DERIVADOS DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS
Y DESARROLLO URBANO EN LA LEY, EN MATERIA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO, ASÍ
COMO ORDENAR, PRACTICAR, INTERVENIR, SUSCRIBIR, SUPERVISAR Y EVALUAR ORDENES Y
VISITAS DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO TRAMITAR Y RESOLVER PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS NECESARIOS EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, ASÍ COMO TAMBIÉN,
IMPONER SANCIONES, ORDENAR LA CLAUSURA, REPOSICIÓN DE SELLOS Y RETIRO DE SELLOS
RELATIVOS A CONSTRUCCIONES DE OBRA Y AQUELLAS ESTABLECIDAS EN LAS DIVERSAS
DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS APLICABLES
(Al margen superior
izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento.-
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.- DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN.- JEFATURA
DELEGACIONAL)
ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
DELEGACIÓN
ÁLVARO OBREGÓN
ACUERDO POR EL QUE SE
DELEGA EN EL DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, LA FACULTAD DE FIRMAR Y AUTORIZAR
TODOS AQUELLOS ACTOS DERIVADOS DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A LA DIRECCIÓN
GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO EN LA LEY, EN MATERIA DE OBRAS Y
DESARROLLO URBANO, ASÍ COMO ORDENAR, PRACTICAR, INTERVENIR, SUSCRIBIR,
SUPERVISAR Y EVALUAR ORDENES Y VISITAS DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO
TRAMITAR Y RESOLVER PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS NECESARIOS EN EL ÁMBITO DE
SU COMPETENCIA, ASÍ COMO TAMBIÉN, IMPONER SANCIONES, ORDENAR LA CLAUSURA,
REPOSICIÓN DE SELLOS Y RETIRO DE SELLOS RELATIVOS A CONSTRUCCIONES DE OBRA Y
AQUELLAS ESTABLECIDAS EN LAS DIVERSAS DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS
APLICABLES.
(Al margen superior
izquierdo dos escudos que dicen: GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.- DELEGACIÓN
ÁLVARO OBREGÓN.-JEFATURA DELEGACIONAL)
LIC. EDUARDO SANTILLAN
PEREZ, Jefe
Delegacional en Álvaro Obregón, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 104 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, 37, 38 y
39 fracciones II, III, IV, V, VIII, LXIII, LXX y LXXXIII de la Ley Orgánica de
la Administración Pública del Distrito Federal; 120, 121 122 Y 122 Bis fracción
I inciso c) del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Delegación
Álvaro Obregón es un Órgano Político Administrativo de la Administración
Desconcentrada del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno,
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su
Reglamento.
Que uno de las
prioridades de este gobierno, es el lograr una administración eficiente, ágil y
operativa, basada en principios de simplificación, transparencia y racionalidad
en beneficio de la comunidad obregonense.
Que dentro de la
estructura organizacional de la Delegación Álvaro Obregón, se encuentra la
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, que entre otras funciones tiene
las de rehabilitar escuelas, así como construir y rehabilitar bibliotecas,
museos, centros de servicio social, cultura y
deportivo, ejecutar programas delegacionales de obra, para el abastecimiento de
agua potable y servicios de drenaje y alcantarillado, construir y rehabilitar
las vialidades secundarias, coordinar y vigilar la correcta aplicación del
Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en cuanto al uso del suelo, vigilar
que las licencias expedidas para ubicación de industrias, conjuntos
habitacionales, para construir, ampliar, demoler, modificar, conservar y
mejorar inmuebles, así como, para la instalación de anuncios espectaculares y
licencias para instalaciones subterráneas y aéreas en vías públicas, cumplan
con las Normas y Reglamentos aplicables en la materia; Coordinar que las
licencias de construcción que se otorguen a la ciudadanía cumplan con las
normas y reglamentos aplicables en la materia, así como el correcto pago de
derechos a la Tesorería del Distrito Federal, señalados en el Código
Financiero; coordinar la aplicación de las sanciones correspondientes a los
infractores a las leyes y reglamentos de uso del suelo y de construcción,
incluidas las clausuras correspondientes y las demoliciones de construcciones
edificadas ilegalmente.
Que dentro de la
estructura organizacional de la Delegación Álvaro Obregón, se encuentra la
Dirección de Desarrollo Urbano.
Que el artículo 122
del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal
establece a favor de los Jefes Delegacionales, la facultad de delegar en los
Directores Generales y demás Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico-Operativo, las facultades que expresamente les otorguen los
ordenamientos jurídicos correspondientes y que es prioridad de esta autoridad
Delegacional el eficiente, ágil y oportuno desempeño de la atribución conferida
a esta administración, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE
DELEGA EN EL DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, LA FACULTAD DE FIRMAR Y AUTORIZAR
TODOS AQUELLOS ACTOS DERIVADOS DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A LA DIRECCIÓN
GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO EN LA LEY, EN MATERIA DE OBRAS Y
DESARROLLO URBANO, ASÍ COMO ORDENAR, PRACTICAR, INTERVENIR, SUSCRIBIR,
SUPERVISAR Y EVALUAR ORDENES Y VISITAS DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO
TRAMITAR Y RESOLVER PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS NECESARIOS EN EL ÁMBITO DE
SU COMPETENCIA, ASÍ COMO TAMBIÉN, IMPONER SANCIONES, ORDENAR LA CLAUSURA,
REPOSICIÓN DE SELLOS Y RETIRO DE SELLOS RELATIVOS A CONSTRUCCIONES DE OBRA Y
AQUELLAS ESTABLECIDAS EN LAS DIVERSAS DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS
APLICABLES.
PRIMERO. Se delega en el
Director de Desarrollo Urbano de la Delegación Álvaro Obregón, la facultad de
firmar y autorizar todos aquellos actos derivados de las atribuciones
conferidas a la Dirección General de Obras y Desarrollo urbano en la ley, en
materia de obras y desarrollo urbano, así como ordenar, practicar, intervenir,
suscribir, supervisar y evaluar ordenes y visitas de verificación
administrativa, así como tramitar y resolver procedimientos administrativos
necesarios en el ámbito de su competencia, así como también, imponer sanciones,
ordenar la clausura, reposición de sellos y retiro de sellos relativos a
construcciones de obra y aquellas establecidas en las diversas disposiciones
legales y administrativas aplicables.
SEGUNDO.- El Director de
Desarrollo Urbano, deberá informar oportunamente al Jefe Delegacional de
aquellos casos en los que participe en ejercicio de la facultad delegada.
TERCERO.- La facultad a la que
se refiere el presente acuerdo, se delega sin perjuicio de su ejercicio directo
por parte del suscrito.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- El presente acuerdo
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
SEGUNDO.- Publíquese en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, Distrito
Federal, a 06 de noviembre de 2009
EL JEFE
DELEGACIONAL EN ÁLVARO OBREGÓN
(Firma)
LIC.
EDUARDO SANTILLAN PEREZ