PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE FECHA 12 DE DICIEMBRE DE 2002

 

Administración Pública del Distrito Federal

 

Secretaría del Medio Ambiente

 

Acuerdo por el que se crea el Comité para la asignación, aprovechamiento y administración de espacios en el Bosque de Chapultepec y en los Zoológicos de la Ciudad de México, dependientes de la Secretaria del Medio Ambiente del Distrito Federal.

 

(Al margen superior izquierdo dos escudos que dicen: Gobierno del Distrito Federal.- México – La Ciudad de la Esperanza.- Jefe de Gobierno del Distrito Federal)

 

Andrés Manuel López Obrador, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, base segunda, fracción II, inciso B) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 8° fracción II, 12 fracción X, 67 fracción II, 87, 90, y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 12, 14, 15 fracción IV, 16 fracción IV, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1° fracción VIII y 4° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; 6°, fracción I, II, 9° Fracciones I, IV, VII, XVIII y XLVI, 36, 37 y 38 de la Ley Ambiental del Distrito Federal, 7° fracción IV, 56 Bis y 200 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

 

Considerando

 

Que la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal, tiene dentro de sus atribuciones la de preservar y asegurar el aprovechamiento sustentable de los Bosques Urbanos del Distrito Federal, así como establecer y promover Políticas para la Educación y Participación Comunitaria, Social y Privada encaminadas a la preservación, restauración de los recursos naturales y la protección al ambiente, así como administrar, coordinar y supervisar la operación y funcionamiento de los Zoológicos del Distrito Federal, de conformidad con el artículo 26 fracciones XIV y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que adscritas a la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal, se encuentran la Unidad de Bosques Urbanos y Educación Ambiental y la Dirección General de Zoológicos de la Ciudad de México, de conformidad con lo establecido en los artículos 7 fracción IV, 56 Bis y 200 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que la Unidad de Bosques Urbanos y Educación Ambiental, tiene entre otras atribuciones la de recibir y administrar los ingresos que por concepto de productos se perciban; y de conformidad con los ordenamientos jurídicos correspondientes, recaudar, recibir y administrar con el carácter de autogenerados el porcentaje que se establezca respecto de los derechos relativos a los servicios de infraestructura con que cuentan los bosques urbanos, de conformidad con el artículo 200 fracción III del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que dentro de las atribuciones conferidas a la Dirección General de Zoológicos de la Ciudad de México, se encuentra la administración de los espacios asignados al funcionamiento de los mismos, aplicar los recursos que ingresen por su uso, proponer las cuotas e intervenir en la operación de los fondos que se generen por dichas actividades de conformidad con lo establecido en el artículo 56 Bis fracciones III, IV y V del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que el Comité del Patrimonio Inmobiliario del Distrito Federal, mediante oficios 10912002 y 20312002, de fecha 9 de mayo y 20 junio de 2002, respectivamente, autorizó la asignación para la administración, uso y aprovechamiento de los espacios del Bosque de Chapultepec, así como de los Zoológicos de Chapultepec, San Juan de Aragón y los Coyotes, así mismo se autorizó a la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal, para que celebre actos administrativos con terceros que confieran el uso o utilización de los espacios en mención.

 

Que en virtud de lo anterior y con el objeto de dar transparencia a la celebración de actos con terceros que confieran el uso o utilización de los espacios asignados, resulta conveniente contar con un Comité Especial que evalúe, autorice, vigile y apruebe la correcta adjudicación y celebración de contratos con terceros con motivo del "Alquiler de Espacios" que se asignen a los mismos, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

 

Acuerdo por el que se crea el Comité para la asignación, aprovechamiento y administración de espacios en el Bosque de Chapultepec y en los Zoológicos de la Ciudad de México, dependientes de la Secretaria del Medio Ambiente del Distrito Federal.

 

Artículo Primero.- Se crea el Comité para la asignación de aprovechamientos y administración de espacios en el Bosque de Chapultepec y en los Zoológicos de la Ciudad de México, dependientes de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal.

 

Artículo Segundo.- El Comité tiene por objeto evaluar, vigilar y resolver todos los actos administrativos con terceros que confieran el uso o utilización de los espacios dentro del Bosque de Chapultepec y de los Zoológicos de la Ciudad de México.

 

Artículo Tercero.- El Comité para la asignación de aprovechamientos y administración de espacios en el Bosque de Chapultepec y en los Zoológicos de la Ciudad de México estará integrado por los siguientes miembros:

 

I.- Presidente.-El Titular de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal;

 

II.- Secretario Técnico.- Quien será designado por el Presidente del Comité;

 

III.-El Titular de la Unidad de Bosques Urbanos y Educación Ambiental

 

IV.-El Titular de la Dirección General de Zoológicos de la Ciudad de México;

 

III.-Un Representante de la Oficialía Mayor;

 

IV.-Un Representante de la Secretaría de Finanzas; como invitado permanente;

 

V.- Un Representante de la Contraloría Interna, e

 

VI.-Invitados permanentes, con derecho a voz pero sin voto dentro del comité.

 

Por cada miembro titular que integre el Comité, se elegirá un suplente.

 

El Presidente del Comité podrá invitar a un representante del consejo rector ciudadano del Bosque de Chapultepec y del Fideicomiso Pro-Bosque, quienes en caso de aceptar la invitación se integrarán como invitados permanentes con derecho a voz pero sin voto dentro del Comité. Dichos representantes serán convocados cuando se involucren asuntos relacionados ya sea con el Bosque o el Zoológico de Chapultepec.

 

Artículo Cuarto.- El Comité sesionará de manera ordinaria por lo menos cuatro veces al año y en forma extraordinaria las veces que sean necesarias, cuando sea convocado para ello por su Presidente.

 

Las sesiones serán válidas con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros.

 

Las decisiones serán tomadas por mayoría de votos de los miembros.

 

Transitorios

 

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal.

 

Segundo. El Comité deberá expedir las bases de organización y funcionamiento in terno del mismo, dentro de los cuarenta días hábiles siguientes a la fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal.

 

Dado en la residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil dos.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador.- Firma.- La Secretaria del Medio Ambiente, Claudia Sheinbaum Pardo .- Firma.