PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE FECHA 12 DE
DICIEMBRE DE 2002
Administración Pública del Distrito Federal
Secretaría del Medio Ambiente
Acuerdo por el que se crea el Comité para la
asignación, aprovechamiento y administración de espacios en el Bosque de
Chapultepec y en los Zoológicos de la Ciudad de México, dependientes de la
Secretaria del Medio Ambiente del Distrito Federal.
(Al margen superior izquierdo dos escudos que dicen: Gobierno
del Distrito Federal.- México – La Ciudad de la Esperanza.- Jefe de
Gobierno del Distrito Federal)
Andrés Manuel López Obrador, Jefe de
Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C,
base segunda, fracción II, inciso B) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos 8° fracción II, 12 fracción X, 67 fracción II, 87, 90, y 115
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 12, 14, 15 fracción IV, 16
fracción IV, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal; 1° fracción VIII y 4° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente; 6°, fracción I, II, 9° Fracciones I, IV, VII, XVIII y
XLVI, 36, 37 y 38 de la Ley Ambiental del Distrito Federal, 7° fracción IV, 56
Bis y 200 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal; y
Que la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal,
tiene dentro de sus atribuciones la de preservar y asegurar el aprovechamiento
sustentable de los Bosques Urbanos del Distrito Federal, así como establecer y
promover Políticas para la Educación y Participación Comunitaria, Social y
Privada encaminadas a la preservación, restauración de los recursos naturales y
la protección al ambiente, así como administrar, coordinar y supervisar la
operación y funcionamiento de los Zoológicos del Distrito Federal, de
conformidad con el artículo 26 fracciones XIV y XVII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal.
Que adscritas a la Secretaría del Medio Ambiente del
Distrito Federal, se encuentran la Unidad de Bosques Urbanos y Educación
Ambiental y la Dirección General de Zoológicos de la Ciudad de México, de
conformidad con lo establecido en los artículos 7 fracción IV, 56 Bis y 200 del
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Que la Unidad de Bosques Urbanos y Educación Ambiental,
tiene entre otras atribuciones la de recibir y administrar los ingresos que por
concepto de productos se perciban; y de conformidad con los ordenamientos
jurídicos correspondientes, recaudar, recibir y administrar con el carácter de
autogenerados el porcentaje que se establezca respecto de los derechos
relativos a los servicios de infraestructura con que cuentan los bosques
urbanos, de conformidad con el artículo 200 fracción III del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal.
Que dentro de las atribuciones conferidas a la Dirección
General de Zoológicos de la Ciudad de México, se encuentra la administración de
los espacios asignados al funcionamiento de los mismos, aplicar los recursos
que ingresen por su uso, proponer las cuotas e intervenir en la operación de
los fondos que se generen por dichas actividades de conformidad con lo
establecido en el artículo 56 Bis fracciones III, IV y V del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Que el Comité del Patrimonio Inmobiliario del Distrito
Federal, mediante oficios 10912002 y 20312002, de fecha 9 de mayo y 20 junio de
2002, respectivamente, autorizó la asignación para la administración, uso y aprovechamiento
de los espacios del Bosque de Chapultepec, así como de los Zoológicos de
Chapultepec, San Juan de Aragón y los Coyotes, así mismo se autorizó a la
Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal, para que celebre actos
administrativos con terceros que confieran el uso o utilización de los espacios
en mención.
Que en virtud de lo anterior y con el objeto de dar
transparencia a la celebración de actos con terceros que confieran el uso o
utilización de los espacios asignados, resulta conveniente contar con un Comité
Especial que evalúe, autorice, vigile y apruebe la correcta adjudicación y
celebración de contratos con terceros con motivo del "Alquiler de
Espacios" que se asignen a los mismos, por lo que he tenido a bien expedir
el siguiente:
Acuerdo por el que se crea el Comité para la asignación,
aprovechamiento y administración de espacios en el Bosque de Chapultepec y en
los Zoológicos de la Ciudad de México, dependientes de la Secretaria del Medio
Ambiente del Distrito Federal.
Artículo Primero.- Se crea el Comité para la
asignación de aprovechamientos y administración de espacios en el Bosque de
Chapultepec y en los Zoológicos de la Ciudad de México, dependientes de la
Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal.
Artículo Segundo.- El Comité tiene por objeto evaluar,
vigilar y resolver todos los actos administrativos con terceros que confieran
el uso o utilización de los espacios dentro del Bosque de Chapultepec y de los
Zoológicos de la Ciudad de México.
Artículo Tercero.- El Comité para la asignación de
aprovechamientos y administración de espacios en el Bosque de Chapultepec y en
los Zoológicos de la Ciudad de México estará integrado por los siguientes
miembros:
I.- Presidente.-El Titular de la Secretaría del Medio
Ambiente del Distrito Federal;
II.-
Secretario Técnico.- Quien será designado por el Presidente del Comité;
III.-El
Titular de la Unidad de Bosques Urbanos y Educación Ambiental
IV.-El
Titular de la Dirección General de Zoológicos de la Ciudad de México;
III.-Un Representante
de la Oficialía Mayor;
IV.-Un
Representante de la Secretaría de Finanzas; como invitado permanente;
V.- Un
Representante de la Contraloría Interna, e
VI.-Invitados permanentes, con derecho a voz pero sin voto
dentro del comité.
Por cada miembro
titular que integre el Comité, se elegirá un suplente.
El Presidente del Comité podrá invitar a un representante
del consejo rector ciudadano del Bosque de Chapultepec y del Fideicomiso
Pro-Bosque, quienes en caso de aceptar la invitación se integrarán como
invitados permanentes con derecho a voz pero sin voto dentro del Comité. Dichos
representantes serán convocados cuando se involucren asuntos relacionados ya
sea con el Bosque o el Zoológico de Chapultepec.
Artículo Cuarto.- El Comité sesionará de manera
ordinaria por lo menos cuatro veces al año y en forma extraordinaria las veces
que sean necesarias, cuando sea convocado para ello por su Presidente.
Las sesiones serán válidas con la asistencia de la mitad más
uno de sus miembros.
Las
decisiones serán tomadas por mayoría de votos de los miembros.
Primero.- El presente Acuerdo entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del
Distrito Federal.
Segundo. El Comité deberá expedir las bases de organización y
funcionamiento in terno del mismo, dentro de los cuarenta días hábiles
siguientes a la fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del
Distrito Federal.
Dado en la residencia del Jefe de Gobierno del Distrito
Federal, en la Ciudad de México a los veintiséis días del mes de noviembre del
año dos mil dos.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel
López Obrador.- Firma.- La Secretaria del Medio Ambiente, Claudia Sheinbaum
Pardo .- Firma.