PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 25 DE ENERO DE 2010

 

PLAN DE CUENTAS DEL CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE

 

(Al margen superior derecho un escudo que dice: CONAC.- Consejo Nacional de Armonización Contable)

 

PLAN DE CUENTAS

 

ANTECEDENTES

 

El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad Gubernamental (Ley de Contabilidad), que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso públicos.

 

La Ley de Contabilidad es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales y estatales.

 

El órgano de coordinación para la armonización de la Contabilidad Gubernamental es el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), el cual tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos, previamente formuladas y propuestas por el Secretario Técnico.

 

El CONAC desempeña una función única debido a que los instrumentos normativos, contables, económicos y financieros que emite deben ser implementados por los entes públicos, a través de las modificaciones, adiciones o reformas a su marco jurídico, lo cual podría consistir en la eventual modificación o expedición de leyes y disposiciones administrativas de carácter local, según sea el caso.

 

Por lo anterior, el CONAC, en el marco de la Ley de Contabilidad está obligado a contar con un mecanismo de seguimiento que informe el grado de avance en el cumplimiento de las decisiones de dicho cuerpo colegiado. El Secretario Técnico del CONAC realizará el registro de los actos que los gobiernos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal ejecuten para adoptar e implementar las decisiones tomadas por el CONAC en sus respectivos ámbitos de competencia.

 

El Secretario Técnico será el encargado de publicar dicha información, asegurándose que cualquier persona pueda tener fácil acceso a la misma. Lo anterior cumple con la finalidad de proporcionar a la población una herramienta de seguimiento, mediante la cual se dé cuenta sobre el grado de cumplimiento de las entidades federativas y municipios. No se omite mencionar que la propia Ley de Contabilidad establece que las entidades federativas que no estén al corriente en sus obligaciones, no podrán inscribir obligaciones en el Registro de Obligaciones y Empréstitos.

 

En el marco de la Ley de Contabilidad, las entidades federativas deberán asumir una posición estratégica en las actividades de armonización para que cada uno de sus municipios logre cumplir con los objetivos que dicha ley ordena. Los gobiernos de las entidades federativas deben brindar la cooperación y asistencia necesarias a los gobiernos de sus municipios, para que éstos logren armonizar su contabilidad, con base en las decisiones que alcance el CONAC.

 

Asimismo, es necesario considerar que el presente acuerdo se emite con el fin de establecer las bases para que los gobiernos: federal, de las Entidades Federativas y municipales, cumplan con las obligaciones que les impone el artículo cuarto transitorio de la Ley de Contabilidad. Lo anterior en el entendido de que los entes públicos de cada nivel de gobierno deberán realizar las acciones necesarias para cumplir con dichas obligaciones.

 

El presente acuerdo fue sometido a opinión del Comité Consultivo, el cual integró distintos grupos de trabajo, contando con la participación de representantes de entidades federativas, municipios, Auditoría Superior de la Federación, entidades estatales de Fiscalización, Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas, Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos y Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación.

 

El 23 de octubre de 2009 el Comité Consultivo hizo llegar al Secretario Técnico la opinión sobre el proyecto de Acuerdo por el que se emite el Plan de Cuentas.

 

En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 6, primer párrafo y 9, fracción I de la Ley de Contabilidad, el CONAC ha decidido lo siguiente:

 

PRIMERO.- Se emiten el Plan de Cuentas al que hace referencia el artículo tercero transitorio, fracción III de la Ley de Contabilidad.

 

Plan de Cuentas

 

El Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG) que cada ente público utilizará como instrumento de la administración financiera gubernamental, registrará de manera armónica, delimitada y específica las operaciones contables y presupuestarias derivadas de la gestión pública, así como otros flujos económicos.

 

Cada ente público será responsable de su contabilidad, de la operación del sistema; así como del cumplimiento de lo dispuesto por la Ley General de Contabilidad Gubernamental (Ley de Contabilidad), las normas y lineamientos que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).

 

El sistema estará conformado por el conjunto de registros, procedimientos, criterios e informes, estructurados sobre la base de principios técnicos comunes destinados a captar, valuar, registrar, clasificar, informar e interpretar, las transacciones, transformaciones y eventos que, derivados de la actividad económica, modifican la situación patrimonial del gobierno y de las finanzas públicas.

 

Los entes públicos deberán asegurarse que el sistema:

 

• Refleje la aplicación de los Postulados Básicos, normas contables generales y específicas e instrumentos que establezca el CONAC;

 

• Facilite el reconocimiento de las operaciones de ingresos, gastos, activos, pasivos y patrimonio de los entes públicos;

 

• Integre en forma automática el ejercicio presupuestario con la operación contable, a partir de la utilización del ingreso y del gasto devengado;

 

• Permita que los registros se efectúen considerando la base acumulativa para la integración de la información contable y presupuestaria;

 

• Refleje un registro congruente y ordenado de cada operación que genere derechos y obligaciones derivados de la gestión económico-financiera de los entes públicos;

 

• Genere, en tiempo real, estados financieros, de ejecución presupuestaria y otra información que coadyuve a la toma de decisiones, a la transparencia, a la programación con base en resultados, a la evaluación y a la rendición de cuentas, y

 

• Facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos.

 

Los registros contables de los entes públicos se llevarán con base acumulativa. La contabilización de las transacciones de gasto se hará conforme a la fecha de su realización, independientemente de la de su pago, y la del ingreso se registrará cuando exista jurídicamente el derecho de cobro.

 

Para el registro único de las operaciones presupuestarias y contables, los entes públicos dispondrán de clasificadores presupuestarios, listas de cuentas y catálogos de bienes o instrumentos similares que permitan su interrelación automática.

 

1. Aspectos Generales

 

El Plan de Cuentas, tal como lo define la Ley de Contabilidad, comprende los dos primeros agregados a los que deberán alinearse las listas de cuentas que formularán los entes públicos, la cual permitirá registrar todas las transacciones de tipo financiero patrimonial que ocurran en los mismos.

 

Para la elaboración del Plan de Cuentas se tomó en consideración las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) emitidas por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (International Public Sector Accounting Standards Board, International Federation Accounting Committee) y las Normas de Información Financiera (NIF) del Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF).

 

El objetivo del Plan de Cuentas es proporcionar a los entes públicos, los elementos necesarios que les permita contabilizar sus operaciones, proveer información útil en tiempo y forma, para la toma de decisiones por parte de los responsables de administrar las finanzas públicas, para garantizar el control del patrimonio; así como medir los resultados de la gestión pública financiera y para satisfacer los requerimientos de todas las instituciones relacionadas con el control, la transparencia y la rendición de cuentas.

 

En este sentido constituye una herramienta básica para el registro de las operaciones, que otorga consistencia a la presentación de los resultados del ejercicio y facilita su interpretación, proporcionando las bases para consolidar bajo criterios armonizados la información contable.

 

El Plan de Cuentas que se presenta comprende la enumeración de cuentas ordenadas sistemáticamente e identificadas con nombres para distinguir un tipo de partida de otras, para los fines del registro contable de las transacciones.

 

Al diseñar el Plan de Cuentas se han tomado en consideración los siguientes aspectos contables:

 

• Cada cuenta debe reflejar el registro de un tipo de transacción definida;

 

• Las transacciones iguales deben registrarse en la misma cuenta;

 

• El nombre asignado a cada cuenta debe ser claro y expresar su contenido a fines de evitar confusiones y facilitar la interpretación de los estados financieros a los usuarios de la información, aún que éstos no sean expertos en Contabilidad Gubernamental;

 

• Se adopta un sistema numérico para codificar las cuentas, el cual es flexible para permitir la incorporación de otras cuentas que resulten necesarias a los propósitos perseguidos.

 

Para el registro de las operaciones contables y presupuestarias, los entes públicos deberán ajustarse a sus respectivos Clasificadores por Rubros de Ingresos y Objeto del Gasto al Plan de Cuentas, mismos que estarán armonizados, tanto conceptualmente como en sus principales agregados, para lo cuál se consideró la propuesta respecto al Plan de Cuentas, del Comité Consultivo en la octava reunión del 27 y 28 de agosto de 2009 en relación a considerar los siguientes niveles de agregación: Un primer nivel conformado por género, grupo y rubro; y un segundo nivel integrado por la cuenta.

 

Para tal propósito, se tomarán en consideración las necesidades de administración financiera de los entes públicos, así como las de control y fiscalización, pudiendo desagregar las cuentas, al nivel que se consideren adecuadas para cubrir las necesidades internas de los mismos, denominándose subcuentas de primer orden, subcuentas de segundo orden, etc.

 

La Lista de Cuentas alineada al Plan de Cuentas, será aprobada, por la unidad administrativa o instancia competente en materia de Contabilidad Gubernamental de cada orden de gobierno, quienes autorizarán la desagregación del Plan de Cuentas de acuerdo a sus necesidades, a partir de la estructura básica que se está presentando (4 dígitos).

 

2. Base de Codificación

 

El código de cuentas ha sido diseñado con la finalidad de establecer una clasificación, flexible, ordenada y pormenorizada de las cuentas de mayor y de las subcuentas que se utilizan para el registro contable de las operaciones. La estructura presentada en el presente documento, permite formar agrupaciones que van de conceptos generales a conceptos particulares, la cual se conforma de 4 niveles de clasificación y de 4 dígitos como sigue:

 

PRIMER AGREGADO

 

Género 1 Activo

Grupo 1.1 Activo Circulante

Rubro 1.1.1 Efectivo y Equivalentes

 

SEGUNDO AGREGADO

 

Cuenta 1.1.1.1 Efectivo

 

GÉNERO: Considera el universo de la clasificación.

 

GRUPO: Determina el ámbito del universo en rubros compatibles con el género en forma estratificada, permitiendo conocer a niveles agregados su composición.

 

RUBRO: Permite la clasificación particular de las operaciones del ente público.

 

CUENTA: Establece el registro de las operaciones a nivel libro mayor.

 

3. Definición Conceptual del Primer y Segundo Nivel del Plan de Cuentas

 

1 ACTIVO: Recursos controlados por un ente público, identificados, cuantificados en términos monetarios y de los que se esperan, beneficios económicos futuros, derivados de operaciones ocurridas en el pasado, que han afectado económicamente a dicha entidad.

 

1.1 ACTIVO CIRCULANTE: Recursos, propiedad del ente público de fácil realización, tales como efectivo, cuentas bancarias, inventarios, cuentas por cobrar y demás recursos cuyo flujo normal de realización no exceda de un año, a partir de la fecha de emisión de los estados financieros.

 

1.2 ACTIVO NO CIRCULANTE: Constituido por el conjunto de valores y derechos de realización o disponibilidad con un período de tiempo superior a un año, como inversiones financieras a plazo mayor a un año, los bienes muebles, agrícolas y forestales, activo biológico y bienes inmuebles, entre otros.

 

2 PASIVO: Obligaciones presentes de la entidad, virtualmente ineludibles, identificadas, cuantificadas en términos monetarios y que representan una disminución futura de beneficios económicos, derivadas de operaciones ocurridas en el pasado que han afectado económicamente a dicha entidad.

 

2.1 PASIVO CIRCULANTE: Constituido por las obligaciones cuyo vencimiento se producirá dentro de un año o en el ciclo normal de las operaciones, cuando éstas sean mayores a un año. Deben liquidarse dentro del periodo de doce meses a partir de la fecha de emisión de los estados financieros.

 

2.2 PASIVO NO CIRCULANTE: Constituido por las obligaciones cuyo vencimiento sea posterior a un año o al ciclo normal de las operaciones, si éste es mayor a un año.

 

3 HACIENDA PÚBLICA/PATRIMONIO: Representa el importe de los bienes y derechos que son propiedad del ente público.

 

3.1 PATRIMONIO CONTRIBUIDO: Representa las aportaciones del sector privado, público y externo que incrementan el patrimonio del ente público, adicionales al saldo inicial.

 

3.2 PATRIMONIO GENERADO: Representa la acumulación de resultados de ejercicios anteriores, incluyendo las aplicadas a reservas así como el resultado del ejercicio corriente.

 

3.3 EXCESO O INSUFICIENCIA EN LA ACTUALIZACIÓN DEL PATRIMONIO: Representa el beneficio o la pérdida neta del ente público durante un periodo, como consecuencia de la posición monetaria por la fluctuación en el poder adquisitivo del dinero.

 

4 INGRESOS: Representa el aumento del patrimonio durante el ejercicio fiscal proveniente de los ingresos de gestión, transferencias, subsidios, aportaciones recibidas y otros ingresos.

 

4.1 INGRESOS DE GESTIÓN: Representa el monto de los ingresos devengados durante el ejercicio fiscal correspondientes a las contribuciones, productos, aprovechamientos, así como la venta de bienes y servicios.

 

4.2 PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS: Recursos destinados a cubrir las participaciones y aportaciones para las entidades federativas y los municipios. Incluye los recursos destinados a la ejecución de programas federales a través de las entidades federativas y los municipios mediante la reasignación de responsabilidades y recursos presupuestarios, en los términos de los convenios que celebren con el Gobierno Federal. Además de los recursos que se destinen para el sostenimiento y desempeño de las actividades de los entes públicos.

 

4.3 OTROS INGRESOS: Se derivan de transacciones y de otros eventos inusuales, es decir, que no son propios del objeto del ente público.

 

5 GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS: Este grupo representa el monto de los hechos contables que disminuyen el patrimonio neto del ente público, incurridos por gastos de funcionamiento, intereses transferencias otorgadas, otras pérdidas de la gestión y extraordinarias.

 

5.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO: Comprende las erogaciones destinadas a financiar los servicios personales, materiales y suministros y los servicios no personales necesarios para producir los bienes y servicios a cargo de los entes públicos

 

5.2 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS: Asignaciones destinadas en forma directa o indirecta a los sectores público, privado y externo, organismos y empresas paraestatales y apoyos como parte de su política económica y social, de acuerdo a las estrategias y prioridades de desarrollo para el sostenimiento y desempeño de sus actividades.

 

5.3 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES: Asignaciones destinadas a cubrir las participaciones y aportaciones para las entidades federativas y los municipios. Incluye las asignaciones destinadas a la ejecución de programas federales a través de las entidades federativas, mediante la reasignación de responsabilidades y recursos presupuestarios, en los términos de los convenios que celebre el Gobierno Federal con éstas.

 

5.4 INTERESES, COMISIONES Y OTROS GASTOS DE LA DEUDA PÚBLICA: Asignaciones destinadas a cubrir obligaciones del Gobierno por concepto de intereses, gastos y comisiones de la deuda pública, así como las erogaciones relacionadas con la emisión y/o contratación de deuda.

 

5.5 OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS: Comprenden los flujos de salida de recursos incurridos por el ente público, no considerados en los gastos de funcionamiento y sus clasificaciones. Incluyen las pérdidas por estimaciones, depreciaciones, deterioros, amortizaciones y provisiones, las variaciones negativas de inventarios, etc. y otros gastos tales como multas, penalidades, pérdidas por responsabilidades, sentencias y resoluciones judiciales, bonificaciones y descuentos otorgados, diferencias de cambio negativas y diferencias de cotización negativas en valores y otros conceptos de gastos no clasificados específicamente en apartados precedentes.

 

Adicionalmente, incluye los gastos por conceptos extraordinarios y otras pérdidas de la gestión.

 

6. CUENTAS DE CIERRE O CORTE CONTABLE: Resumen los ingresos y gastos de tipo corriente que refleja el resultado positivo o negativo del ejercicio en la cuenta corriente.

 

6.1 RESUMEN DE INGRESOS Y GASTOS: Diferencia entre los ingresos y gastos de tipo corriente. Su saldo permite determinar el resultado del ejercicio.

 

6.2 AHORRO DE LA GESTIÓN: Refleja el resultado positivo del ejercicio en el estado de actividades.

 

6.3 DESAHORRO DE LA GESTIÓN: Refleja el resultado negativo del ejercicio en el estado de actividades.

 

7. CUENTAS DE ORDEN CONTABLES: Registran eventos, que, si bien no representan hechos económico-financieros que alteren el patrimonio y por lo tanto los resultados del ente público, informan sobre circunstancias contingentes o eventuales de importancia respecto de éste, que en determinadas condiciones, pueden producir efectos patrimoniales en el mismo.

 

7.1 VALORES: Representan títulos, valores y préstamos que aún no conforman pasivos por no haberse recibido activos relacionados con los bienes.

 

7.2 EMISIÓN DE OBLIGACIONES: Representa el conjunto de valores emitidos y puestos en circulación.

 

7.3 AVALES Y GARANTÍAS: Corresponde al registro de la responsabilidad subsidiaria o solidaria que adquiere un ente público ante un acreedor por el otorgamiento de créditos a un tercero.

 

7.4 JUICIOS: Representa el monto de las demandas interpuestas por el ente público contra terceros o viceversa.

 

7.5 INVERSIÓN PÚBLICA: Informe sobre el monto de los contratos de obra o similares, formalmente aprobados y que aún no están en todo o en partes ejecutados.

 

8. CUENTAS DE ORDEN PRESUPUESTARIAS: Cuentas que se contabilizan por partida doble las operaciones presupuestarias efectuadas por el ente público y que generan ingresos y egresos durante el periodo.

 

8.1 LEY DE INGRESOS: Cuentas en que se contabilizan las operaciones que generan ingresos que se perciben en el periodo, establecidas en la Ley de Ingresos.

 

8.2 PRESUPUESTO DE EGRESOS: Cuentas en que se contabilizan las operaciones que generan gastos que se devengará en el periodo, establecidas en el Presupuesto de Egresos.

 

9. CUENTAS DE LIQUIDACIÓN Y CIERRE PRESUPUESTARIO: Comprende las cuentas relacionadas con el resultado presupuestario.

 

9.1 SUPERÁVIT FINANCIERO: Cuenta de cierre que se utiliza cuando los ingresos percibidos superan a los gastos devengados

 

9.2 DÉFICIT FINANCIERO: Cuenta de cierre que se utilizan cuando los gastos devengados del ejercicio superan a los ingresos percibidos.

 

DESAGREGADA AL CUARTO NIVEL

 

1 ACTIVO

 

1.1 ACTIVO CIRCULANTE

 

1.1.1 Efectivo y Equivalentes

1.1.1.1 Efectivo

1.1.1.2 Bancos/Tesorería

1.1.1.3 Bancos/Dependencias y otros

1.1.1.4 Inversiones Temporales (Hasta 3 meses)

1.1.1.5 Fondos con Afectación Específica

1.1.1.6 Depósitos de Fondos de Terceros

1.1.1.9 Otros Efectivos y Equivalentes

 

1.1.2 Derechos a recibir efectivo o equivalentes

1.1.2.1 Inversiones financieras de corto plazo

1.1.2.2 Cuentas por Cobrar a Corto Plazo

1.1.2.3 Deudores Diversos por cobrar a Corto Plazo

1.1.2.4 Contribuciones por recuperar a Corto Plazo

1.1.2.5 Deudores por anticipos de Tesorería a Corto Plazo

1.1.2.6 Préstamos otorgados a Corto Plazo

1.1.2.9 Otros Derechos a recibir efectivo o equivalentes a Corto Plazo

 

1.1.3 Derechos a recibir bienes o servicios

1.1.3.1 Anticipo a proveedores por prestación de servicios a Corto Plazo

1.1.3.2 Anticipo a proveedores por adquisición de bienes inmuebles y muebles a Corto Plazo

1.1.3.3 Anticipo a proveedores por adquisición de bienes intangibles a Corto Plazo

1.1.3.4 Anticipo a contratistas (obras) a Corto Plazo

1.1.3.9 Otros Derechos a recibir bienes o servicios a Corto Plazo

 

1.1.4 Inventarios

1.1.4.1 Inventario de Mercancías para Reventa

1.1.4.2 Inventario de Mercancías Terminadas

1.1.4.3 Inventario de Mercancías en Proceso de Elaboración

1.1.4.4 Inventario de Materias Primas, Materiales y suministros para producción

1.1.4.5 Mercancías en Tránsito

 

1.1.5 Almacén

1.1.5.1 Almacén de Materiales y Suministros de Consumo

 

1.1.6 (Estimación por pérdidas o deterioro de Activos Circulantes)

1.1.6.1 (Estimaciones para cuentas incobrables por Derechos a recibir efectivo o equivalentes)

1.1.6.2 (Estimación para cuentas incobrables por Derechos a recibir Bienes o Servicios)

1.1.6.3 (Estimación por pérdidas de Inventarios)

 

1.1.9 Otros Activos Circulantes

1.1.9.1 Valores en Garantía

1.1.9.2 Otros Bienes en Garantía (excluye depósitos de fondos)

1.1.9.3 Bienes Muebles derivados de embargos, decomisos, aseguramientos y dación en pago

 

1.2 ACTIVO NO CIRCULANTE

 

1.2.1 Inversiones Financieras a Largo Plazo

1.2.1.1 Colocaciones a Largo Plazo

1.2.1.2 Títulos y Valores a Largo Plazo

1.2.1.3 Fideicomisos, Mandatos y Análogos

1.2.1.4 Participaciones y Aportaciones de Capital

 

1.2.2 Derechos a recibir efectivo o equivalentes a Largo Plazo

1.2.2.1 Documentos por Cobrar a Largo Plazo

1.2.2.2 Deudores diversos a Largo Plazo

1.2.2.3 Contribuciones a Largo Plazo

1.2.2.4 Préstamos Otorgados a Largo Plazo

1.2.2.9 Otros Derechos a recibir efectivo o equivalentes a Largo Plazo

 

1.2.3 Bienes Inmuebles

1.2.3.1 Terrenos

1.2.3.2 Edificios

1.2.3.3 Infraestructura

1.2.3.4 Construcciones en proceso (Obra Pública)

 

1.2.4 Bienes Muebles

1.2.4.1 Mobiliario y Equipo de Administración

1.2.4.2 Mobiliario y Equipo Educacional y Recreativo

1.2.4.3 Equipo e Instrumental Médico y de Laboratorio

1.2.4.4 Equipo de Transporte

1.2.4.5 Equipo de Defensa y Seguridad

1.2.4.6 Maquinaria, otros Equipos y Herramientas

1.2.4.7 Colecciones, Obras de Arte y Objetos Valiosos

1.2.4.8 Activos Biológicos

1.2.4.9 Otros Bienes Muebles

 

1.2.5 Activos Intangibles

1.2.5.1 Software

1.2.5.2 Patentes, Marcas y Derechos

1.2.5.3 Concesiones y Franquicias

1.2.5.4 Licencias

1.2.5.9 Otros Activos Intangibles

 

1.2.6 (Depreciaciones, Deterioro y Amortizaciones Acumuladas de Bienes)

1.2.6.1 (Depreciación Acumulada de Inmuebles)

1.2.6.2 (Depreciación Acumulada Muebles)

1.2.6.3 (Deterioro Acumulado de Activos Biológicos)

1.2.6.4 (Amortización acumulada de Activos Intangibles)

 

1.2.7 Activos Diferidos

1.2.7.1 Estudios y Proyectos

1.2.7.2 Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento Financiero

1.2.7.3 Gastos Pagados por Adelantado a Largo Plazo

1.2.7.4 Anticipos a Largo Plazo

1.2.7.5 Beneficios al Retiro de empleados pagados por adelantado

1.2.7.9 Otros Activos Diferidos

 

1.2.8 (Estimación por pérdidas o deterioro de Activos no Circulantes)

1.2.8.1 (Deterioro de Inversiones Financieras a Largo Plazo)

1.2.8.2 (Estimaciones para cuentas incobrables de Documentos por Cobrar a Largo Plazo)

1.2.8.3 (Estimaciones para cuentas incobrables de Deudores Diversos por cobrar a Largo Plazo)

1.2.8.4 (Estimaciones para cuentas incobrables de Contribuciones por cobrar a Largo Plazo)

1.2.8.5 (Estimaciones para cuentas incobrables de Préstamos Otorgados a Largo Plazo)

1.2.8.9 (Estimaciones para otras cuentas incobrables por Derechos a Recibir Efectivo o Equivalentes a Largo Plazo)

 

1.2.9 Otros Activos no Circulantes

1.2.9.1 Bienes en Concesión

1.2.9.2 Bienes en Arrendamiento Financiero

1.2.9.3 Bienes en Comodato

 

2 PASIVO

2.1 PASIVO CIRCULANTE

 

2.1.1 Cuentas por pagar a Corto Plazo

2.1.1.1 Servicios Personales por pagar a Corto Plazo

2.1.1.2 Proveedores por pagar a Corto Plazo

2.1.1.3 Subsidios, Participaciones y Aportaciones por pagar a Corto Plazo

2.1.1.4 Contratistas por pagar a Corto Plazo

2.1.1.5 Transferencias otorgadas por pagar a Corto Plazo

2.1.1.6 Intereses y Comisiones por pagar a Corto Plazo

2.1.1.7 Retenciones y Contribuciones por pagar a Corto Plazo

2.1.1.8 Devoluciones de Contribuciones por pagar a corto plazo

2.1.1.9 Otras Cuentas por pagar a Corto Plazo

 

2.1.2 Documentos por pagar a Corto Plazo

2.1.2.1 Documentos Comerciales por pagar a Corto Plazo

2.1.2.2 Documentos con Contratistas por pagar a Corto Plazo

2.1.2.9 Otros Documentos por pagar a Corto Plazo

 

2.1.3 Porción a Corto Plazo de la Deuda Pública a Largo Plazo

2.1.3.1 Porción a Corto Plazo de la Deuda Pública Interna

2.1.3.2 Porción a Corto Plazo de la Deuda Pública Externa

2.1.3.3 Porción a Corto Plazo de Arrendamiento Financiero

 

2.1.4 Títulos y Valores a Corto Plazo

2.1.4.1 Títulos y Valores de la Deuda Pública Interna a Corto Plazo

2.1.4.2 Títulos y Valores de la Deuda Pública Externa a Corto Plazo

 

2.1.5 Pasivos Diferidos a Corto Plazo

2.1.5.1 Ingresos Cobrados por Adelantado a Corto Plazo

2.1.5.2 Intereses Cobrados por Adelantado a Corto Plazo

2.1.5.9 Otros Pasivos Diferidos a Corto Plazo

 

2.1.6 Fondos y Bienes de Terceros en Administración y/o en Garantía a Corto Plazo

2.1.6.1 Fondos en Garantía a Corto Plazo

2.1.6.2 Fondos en Administración a Corto Plazo

2.1.6.3 Fondos Contingentes a Corto Plazo

2.1.6.4 Fondos de Fideicomisos, Mandatos y Análogos a Corto Plazo

2.1.6.5 Otros Fondos de Terceros a Corto Plazo

2.1.6.6 Bienes en Garantía a Corto Plazo

 

2.1.7 Provisiones a Corto Plazo

2.1.7.1 Provisión para Demandas y Litigios a Corto Plazo

2.1.7.2 Provisión para contingencias a Corto Plazo

2.1.7.9 Otras Provisiones a Corto Plazo

 

2.1.9 Otros Pasivos a Corto Plazo

2.1.9.1 Ingresos por Clasificar

2.1.9.2 Recaudación por Participar

2.1.9.9 Otros Pasivos Circulantes

 

2.2 PASIVO NO CIRCULANTE

 

2.2.1 Cuentas por pagar a Largo Plazo

2.2.1.1 Proveedores por pagar a Largo Plazo

2.2.1.2 Contratistas por pagar a Largo Plazo

 

2.2.2 Documentos por pagar a Largo Plazo

2.2.2.1 Documentos Comerciales por pagar a Largo Plazo

2.2.2.2 Documentos con Contratistas por pagar a Largo Plazo

2.2.2.9 Otros Documentos por pagar a Largo Plazo

 

2.2.3 Deuda Pública a Largo Plazo

2.2.3.1 Títulos y Valores de la Deuda Pública Interna a Largo Plazo

2.2.3.2 Títulos y Valores de la Deuda Pública Externa a Largo Plazo

2.2.3.3 Préstamos de la Deuda Interna por Pagar a Largo Plazo

2.2.3.4 Préstamos de la Deuda Externa por Pagar a Largo Plazo

2.2.3.5 Arrendamiento Financiero a Largo Plazo

 

2.2.4 Pasivos Diferidos a Largo Plazo

2.2.4.1 Créditos Diferidos a Largo Plazo

2.2.4.2 Intereses Cobrados por Adelantados a Largo Plazo

2.2.4.9 Otros Pasivos Diferidos a Largo Plazo

 

2.2.5 Fondos y Bienes de Terceros en Administración y/o en Garantía a Largo Plazo

2.2.5.1 Fondos en Garantía a Largo Plazo

2.2.5.2 Fondos en Administración a Largo Plazo

2.2.5.3 Fondos Contingentes a Largo Plazo

2.2.5.4 Fondos de Fideicomisos, Mandatos y Análogos a Largo Plazo

2.2.5.5 Otros Fondos de Terceros a Largo Plazo

2.2.5.6 Bienes en Garantía a Largo Plazo

 

2.2.6 Provisiones a Largo Plazo

2.2.6.1 Provisión para Demandas y Litigios a Largo Plazo

2.2.6.2 Provisión por Pensiones a Largo Plazo

2.2.6.3 Provisión para Contingencias a Largo Plazo

2.2.6.9 Otras Provisiones a Largo Plazo

 

3 HACIENDA PÚBLICA/ PATRIMONIO

3.1 Patrimonio contribuido

 

3.1.1 Aportaciones

 

3.1.2 Revaluaciones del Patrimonio

 

3.1.3 Donaciones de Capital

 

3.2 Patrimonio Generado

 

3.2.1 Resultados del Ejercicio: (Ahorro/ Desahorro)

 

3.2.2 Resultados de Ejercicios Anteriores

 

3.2.3 Superávit o Déficit por Revaluación Acumulada

 

3.2.4 Modificaciones al Patrimonio

 

3.2.5 Revalúos

 

3.2.6 Reservas

 

3.2.7 Rectificaciones de Resultados de Ejercicios Anteriores

3.2.7.1 Cambios en Políticas Contables

3.2.7.2 Cambios por Errores Contables

 

3.3 Exceso o Insuficiencia en la actualización del Patrimonio

 

3.3.1 Resultado por posición monetaria

 

3.3.2 Resultado por tenencia de Activos no monetarios

 

4 INGRESOS

 

4.1 Ingresos de Gestión

 

4.1.1 Impuestos

4.1.1.1 Impuesto sobre los Ingresos

4.1.1.2 Impuestos sobre el Patrimonio

4.1.1.3 Impuesto sobre la producción, el consumo y las transacciones

4.1.1.4 Impuestos al comercio exterior

4.1.1.5 Impuestos sobre Nóminas y Asimilables

4.1.1.6 Impuestos Ecológicos

4.1.1.7 Accesorios

4.1.1.9 Otros Impuestos

 

4.1.2 Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social

4.1.2.1 Aportaciones para Fondos de Vivienda

4.1.2.2 Cuotas para el Seguro Social

4.1.2.3 Cuotas de Ahorro para el Retiro

4.1.2.4 Accesorios

4.1.2.9 Otras Cuotas y Aportaciones para la Seguridad Social

 

4.1.3 Contribuciones de Mejoras

4.1.3.1 Contribución de mejoras por obras públicas

 

4.1.4 Derechos

4.1.4.1 Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público

4.1.4.2 Derechos a los hidrocarburos

4.1.4.3 Derechos por prestación de servicios

4.1.4.4 Accesorios

4.1.4.9 Otros Derechos

 

4.1.5 Productos de tipo corriente

4.1.5.1 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público

4.1.5.2 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados

4.1.5.9 Otros productos que generan ingresos corrientes

 

4.1.6 Aprovechamientos de tipo corriente

4.1.6.1 Incentivos derivados de la Colaboración Fiscal

4.1.6.2 Multas

4.1.6.3 Indemnizaciones

4.1.6.4 Reintegros

4.1.6.5 Aprovechamientos provenientes de obras públicas

4.1.6.6 Aprovechamientos por Participaciones derivadas de la aplicación de leyes

4.1.6.7 Aprovechamientos por Aportaciones

4.1.6.8 Aprovechamientos por Cooperaciones

4.1.6.9 Otros Aprovechamientos

 

4.1.7 Ingresos por Venta de Bienes y Servicios

4.1.7.1 Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno

4.1.7.2 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados

4.1.7.3 Ingresos de operación de Entidades Paraestatales empresariales no financieras

 

4.1.9 Contribuciones no comprendidas en las Fracciones de la ley de Ingresos Causadas en ejercicios Fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

4.1.9.1 Contribuciones no comprendidas en las Fracciones de la ley de Ingresos Causadas en ejercicios Fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

 

4.2 Participaciones, Aportaciones, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas

 

4.2.1 Participaciones y Aportaciones

4.2.1.1 Participaciones

4.2.1.2 Aportaciones

4.2.1.3 Convenios

 

4.2.2 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas

4.2.2.1 Transferencias Internas y Asignaciones al Sector Público

4.2.2.2 Transferencias al Resto del Sector Público

4.2.2.3 Subsidios y Subvenciones

4.2.2.4 Ayudas Sociales

4.2.2.5 Pensiones y Jubilaciones

4.2.2.6 Transferencias a Fideicomisos, Mandatos y Análogos

 

4.3 Otros Ingresos

 

4.3.1 Ingresos Financieros

4.3.1.1 Utilidad por Participación Patrimonial

4.3.1.2 Intereses ganados de valores, créditos, bonos y otros

4.3.1.9 Otros Ingresos financieros

 

4.3.2 Beneficios por Variación de Inventarios

4.3.2.1 Beneficios por Variación de Inventarios de Mercancías para Reventa

4.3.2.2 Beneficios por Variación de Inventarios de Mercancías Terminadas

4.3.2.3 Beneficios por Variación de Inventarios de Mercancías en Proceso de Elaboración

4.3.2.4 Beneficios por Variación de Inventarios de Materias Primas, Materiales y suministros para producción

4.3.2.5 Beneficios por Variación de Almacén de Materias Primas, Materiales y suministros de consumo

 

4.3.3 Disminución de Estimaciones, Provisiones y Reservas por Exceso

4.3.3.1 Disminución de Estimaciones por pérdidas o deterioro de Activos circulantes por Exceso

4.3.3.2 Disminución de Estimaciones por pérdidas o deterioro de Activos no circulantes por Exceso

4.3.3.3 Disminución de Provisiones a Corto Plazo por Exceso

4.3.3.4 Disminución de Provisiones a Largo Plazo por Exceso

4.3.3.5 Disminución de Reservas de Capital por Exceso

 

4.3.4 Otros Ingresos

4.3.4.1 Otros Ingresos de Ejercicios Anteriores

4.3.4.2 Bonificaciones y Descuentos Obtenidos

4.3.4.3 Diferencias de cambio positiva en “efectivo y equivalentes”

4.3.4.4 Diferencias de Cotización positiva en Valores Negociables

4.3.4.9 Otros Ingresos varios

 

4.3.5 Ingresos Extraordinarios

 

5 GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS

5.1 Gastos de Funcionamiento

 

5.1.1 Servicios Personales

5.1.1.1 Remuneraciones al Personal de carácter Permanente

5.1.1.2 Remuneraciones al Personal de carácter Transitorio

5.1.1.3 Remuneraciones Adicionales y Especiales

5.1.1.4 Seguridad Social

5.1.1.5 Otras Prestaciones Sociales y Económicas

5.1.1.6 Previsiones

5.1.1.7 Pago de estímulos a servidores públicos

5.1.1.8 Impuestos sobre Nominas y Otros que se deriven de una relación laboral

 

5.1.2 Materiales y Suministros

5.1.2.1 Materiales de Administración, Emisión de documentos y Artículos Oficiales

5.1.2.2 Alimentos y Utensilios

5.1.2.3 Materias Primas y Materiales de Producción y Comercialización

5.1.2.4 Materiales y Artículos de Construcción y de reparación

5.1.2.5 Productos Químicos, Farmacéuticos y de Laboratorio

5.1.2.6 Combustibles, Lubricantes y Aditivos

5.1.2.7 Vestuario, Blancos, Prendas de Protección y Artículos Deportivos

5.1.2.8 Materiales y suministros para Seguridad

5.1.2.9 Herramientas, Refacciones y Accesorios menores

 

5.1.3 Servicios Generales

5.1.3.1 Servicios Básicos

5.1.3.2 Servicios de Arrendamiento

5.1.3.3 Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos y Otros Servicios

5.1.3.4 Servicios Financieros, Bancarios y Comerciales

5.1.3.5 Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento y Conservación

5.1.3.6 Servicios de Comunicación Social y Publicidad

5.1.3.7 Servicios de Traslado y Viáticos

5.1.3.8 Servicios Oficiales

5.1.3.9 Otros Servicios Generales

 

5.2 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas

 

5.2.1 Transferencias Internas y Asignaciones al Sector Público

 

5.2.2 Transferencias al resto del Sector Público

 

5.2.3 Subsidios y Subvenciones

 

5.2.4 Ayudas Sociales

 

5.2.5 Pensiones y Jubilaciones

 

5.2.6 Transferencias a Fideicomisos, Mandatos y Análogos

 

5.2.7 Transferencias al Exterior

 

5.3 Participaciones y aportaciones

 

5.3.1 Participaciones

 

5.3.2 Aportaciones

 

5.3.3 Convenios

 

5.4 Intereses, comisiones y otros gastos de la deuda pública

 

5.4.1 Intereses de la deuda pública

 

5.4.2 Comisiones de la deuda pública

 

5.4.3 Gastos de la deuda pública

 

5.4.4 Costo por coberturas

 

5.4.5 Gastos por apoyos financieros

 

5.5 OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS

 

5.5.1 Estimaciones, Depreciaciones, Deterioros, Amortizaciones, Provisiones y Reservas

5.5.1.1 Estimaciones de Activos Circulantes

5.5.1.2 Estimaciones de Activos no Circulantes

5.5.1.3 Depreciación de Bienes Inmuebles

5.5.1.4 Depreciación de Bienes Muebles

5.5.1.5 Deterioro de los Activos Biológicos

5.5.1.6 Amortización de Activos Intangibles

5.5.1.7 Provisiones de los Pasivos Corto Plazo

5.5.1.8 Provisiones de los Pasivos Largo Plazo

5.5.1.9 Reservas de Capital

 

5.5.2 Variación de Inventarios

5.5.2.1 Variación de Inventarios de Mercancías para Reventa

5.5.2.2 Variación de Inventarios de Mercancías Terminadas

5.5.2.3 Variación de Inventarios de Mercancías en Proceso de Elaboración

5.5.2.4 Variación de Inventarios de Materias Primas, Materiales y suministros para producción

5.5.2.5 Variación de Almacén de Materiales y Suministros de consumo

 

5.5.3 Pérdidas por Constitución de Estimaciones, Deterioros, Provisiones y Reservas

5.5.3.1 Pérdidas por constitución de Estimaciones y Deterioros del Activo Circulante

5.5.3.2 Pérdidas por constitución de Estimaciones y Deterioros del Activo no Circulante

5.5.3.3 Pérdidas por constitución de Provisiones de Corto Plazo

5.5.3.4 Pérdidas por constitución de Provisiones de Largo Plazo

5.5.3.5 Pérdidas por constitución de Reservas

 

5.5.4 Otros Gastos

5.5.4.1 Penas, Multas, Accesorios y Actualizaciones

5.5.4.2 Pérdidas por Responsabilidades

5.5.4.3 Sentencias y Resoluciones Judiciales

5.5.4.4 Bonificaciones y Descuentos Otorgados

5.5.4.5 Diferencias de Cambio Negativas en “Efectivo y equivalentes”

5.5.4.6 Diferencias de Cotización negativa en Valores Negociables

5.5.4.7 Resultado Integral de Financiamiento

5.5.4.9 Otros Gastos varios

 

5.5.5 Gastos Extraordinarios

5.5.5.1 Gastos de Ejercicios Anteriores

5.5.5.2 Devoluciones de ingresos ejercicios anteriores

5.5.5.9 Otros Gastos Extraordinarios

 

5.5.9 Otras Pérdidas

5.5.9.1 Pérdidas por Participación Patrimonial

5.5.9.9 Otras Pérdidas

 

6 CUENTAS DE CIERRE O CORTE CONTABLE

 

6.1 Resumen de Ingresos y Gastos

6.2 Ahorro de la Gestión

6.3 Desahorro de la Gestión

 

7 CUENTAS DE ORDEN CONTABLES

7.1 Valores

 

7.1.1 Valores en Custodia

 

7.1.2 Custodia de Valores

 

7.1.3 Instrumentos de crédito prestados a formadores de mercado

 

7.1.4 Préstamo de instrumentos de crédito a formadores de mercado y su garantía

 

7.1.5 Instrumentos de crédito recibidos en garantía de los formadores de mercado

 

7.1.6 Garantía de créditos recibidos de los formadores de mercado

 

7.2 Emisión de Obligaciones

 

7.2.1 Autorización para la emisión de bonos, títulos, valores, autorizaciones para contratar préstamos y otras obligaciones en el marco de la ley

 

7.2.2 Autorización para firma de préstamos

 

7.2.3 Emisión de bonos y otros valores de la deuda interna no puestos en circulación

 

7.2.4 Bonos y otros valores de la deuda interna emitidos puestos en circulación

 

7.2.5 Emisión de bonos y otros valores de la deuda externa no puestos en circulación

 

7.2.6 Bonos y otros valores de la deuda externa emitidos puestos en circulación

 

7.3 Avales y Garantías

 

7.3.1 Autorización de Avales

 

7.3.2 Avales Firmados

 

7.3.3 Registro de Garantías

 

7.3.4 Garantías Registradas

 

7.4 Juicios

 

7.4.1 Demandas Judiciales en Proceso de Resolución

 

7.4.2 Resoluciones de Demandas en Procesos Judiciales

 

7.5 Inversión Pública

 

7.5.1 Contratos para Inversión Pública

 

7.5.2 Inversión Pública Contratada

 

8 Cuentas de Orden Presupuestarias

8.1 Ley de Ingresos

 

8.1.1 Ley de Ingresos Estimada

 

8.1.2 Ley de Ingresos por Ejecutar

 

8.1.3 Ley de Ingresos Modificada

 

8.1.4 Ley de Ingresos Devengada

 

8.1.5 Ley de Ingresos Recaudada

 

8.2 Presupuesto de Egresos

 

8.2.1 Presupuesto de Egresos Aprobado

 

8.2.2 Presupuesto de Egresos por Ejercer

 

8.2.3 Presupuesto Modificado

 

8.2.4 Presupuesto de Egresos Comprometido

 

8.2.5 Presupuesto de Egresos Devengado

 

8.2.6 Presupuesto de Egresos Ejercido

 

8.2.7 Presupuesto de Egresos Pagado

 

9 CUENTAS DE LIQUIDACIÓN Y CIERRE PRESUPUESTARIO

9.1 Superávit Financiero

9.2 Déficit Financiero

 

SEGUNDO.- En cumplimiento con los artículos 7 y cuarto transitorio de la Ley de Contabilidad, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y entidades federativas; las entidades y los órganos autónomos deberán adoptar e implementar, con carácter obligatorio, el Acuerdo por el que se emite el Plan de Cuentas a más tardar, el 31 de diciembre de 2010, considerando lo señalado en el acuerdo tercero del presente documento. Lo anterior, a efecto de construir junto con los elementos técnicos y normativos que el CONAC deba emitir para 2009, la matriz de conversión y estar en posibilidad de cumplir con lo señalado en el cuarto transitorio de la Ley de Contabilidad, sobre la emisión de información contable y presupuestaria en forma periódica bajo las clasificaciones administrativas, económica, funcional y programática.

 

TERCERO.- Al adoptar e implementar lo previsto en el presente Plan de Cuentas, las autoridades en materia de contabilidad gubernamental en los poderes ejecutivos federal, locales y municipales establecerán la forma en que las entidades paraestatales y paramunicipales, respectivamente atendiendo a su naturaleza, se ajustarán al mismo. Lo anterior, en tanto el Consejo Nacional de Armonización Contable emite lo conducente.

 

CUARTO.- En cumplimiento con los artículos 7 y quinto transitorio de la Ley de Contabilidad, los ayuntamientos de los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal deberán adoptar e implementar, con carácter obligatorio, el Acuerdo por el que se emite el Plan de Cuentas a más tardar, el 31 de diciembre de 2010. Lo anterior, a efecto de construir junto con los elementos técnicos y normativos que el CONAC deba emitir para 2009, la matriz de conversión y estar en posibilidad de cumplir con lo señalado en el quinto transitorio de la Ley de Contabilidad.

 

QUINTO.- De conformidad con los artículos 1 y 7 de la Ley de Contabilidad, los gobiernos de las entidades federativas deberán adoptar e implementar las decisiones del CONAC, vía la adecuación de sus marcos jurídicos, lo cual podría consistir en la eventual modificación o formulación de leyes o disposiciones administrativas de carácter local, según sea el caso.

 

SEXTO.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 1 de la Ley de Contabilidad, los gobiernos de las entidades federativas deberán coordinarse con los gobiernos municipales para que logren contar con un marco contable armonizado, a través del intercambio de información y experiencias entre ambos órdenes de gobierno.

 

SÉPTIMO.- En términos de los artículos 7 y 15 de la Ley de Contabilidad, el Secretario Técnico llevará un registro público en una página de Internet de los actos que los gobiernos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal realicen para la adopción e implementación del presente acuerdo. Para tales efectos, los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal remitirán al Secretario Técnico la información relacionada con dichos actos. Dicha información deberá ser enviada a la dirección electrónica conac_sriotecnico@hacienda.gob.mx, dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la conclusión del plazo fijado por el CONAC.

 

OCTAVO.- En términos del artículo 15 de la Ley de Contabilidad, las entidades federativas y municipios sólo podrán inscribir sus obligaciones en el Registro de Obligaciones y Empréstitos si se encuentran al corriente con las obligaciones contenidas en la Ley de Contabilidad.

 

NOVENO.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7, segundo párrafo de la Ley de Contabilidad, el Plan de Cuentas serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación, así como en los medios oficiales de difusión escritos y electrónicos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal.