PUBLICADO EN LA GACETA
OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 15 DE FEBRERO DE 2010
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL
DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS
LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS
RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN
TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR
AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA
DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL
(Al margen superior un
escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)
MARCELO LUIS EBRARD
CASAUBON,
Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122,
apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 8°, fracción II, 12, fracciones I, II, IV y
VI, 52, 67, fracción II, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;
5°, 7°, 14, párrafo tercero, y 19 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 21 del Decreto de Presupuesto de Egresos del
Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2010; y 15, 114, fracción VIII, 115 y
116 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal;
y
C O N S
I D E R A N D O
Que la organización
administrativa del Distrito Federal en los procedimientos y actos
administrativos en general debe atender a los principios de simplificación,
agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e
imparcialidad.
Que de conformidad con
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno
promulgará, publicará y ejecutará las leyes y decretos que expida la Asamblea
Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia,
mediante la expedición de reglamentos, decretos y acuerdos.
Que el Jefe de
Gobierno es el titular de la Administración Pública local, correspondiéndole
originalmente todas las facultades establecidas en los ordenamientos jurídicos
relativos al Distrito Federal, pudiendo delegarlas a los servidores públicos
subalternos, excepto aquellas que por disposición jurídica no sean delegables.
Que los titulares de
las Dependencias, de las Unidades Administrativas, de los órganos político –
administrativos y de los órganos desconcentrados pueden encomendar el ejercicio
de sus funciones a servidores públicos de nivel jerárquico inferior adscritos a
ellos, mediante acuerdo del Jefe de Gobierno, que se publique en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, sin que pierdan por ello la facultad de su
ejercicio directo cuando lo juzguen necesario.
Que de acuerdo con lo
dispuesto por el artículo 21 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2010, las Dependencias, Órganos
Desconcentrados, Delegaciones y Entidades previo al ejercicio de los recursos
autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite
promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por
liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por
autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la
Administración Pública del Distrito Federal, deberán contar con el visto bueno
de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
Que la Comisión de
Estudios Jurídicos es un órgano colegiado de la Administración Pública
centralizada del Distrito Federal, debidamente establecido en el artículo 115
del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,
presidida y coordinada por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, con
atribuciones para preparar y en su caso expedir las interpretaciones y
homologación de criterios jurídicos que permitan la adecuada protección de los
intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México, he tenido a bien
expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE
DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y
DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO
DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE
JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS
DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL
SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE
CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS
DEL DISTRITO FEDERAL.
PRIMERO. – Se delega en el
Director General de Servicios Legales la facultad de otorgar a las
Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades el Visto Bueno
previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por
conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración
Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o
sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los
trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal.
SEGUNDO. – Se constituye la
Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito
Federal, con el objeto de que se homologuen los criterios jurídicos en materia
de conciliaciones y laudos laborales para una adecuada protección de los
intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México.
TERCERO. – La Mesa de Asuntos
Laborales se integra de la siguiente forma:
I. Un representante de
la Secretaría de Gobierno;
II. Un representante
de la Secretaría de Finanzas;
III. Un representante
de la Oficialía Mayor, y
IV. Un representante
de la Contraloría General.
La Mesa de Asuntos
Laborales será presidida por el Director General de Servicios Legales.
CUARTO. – El Director
General de Servicios Legales se auxiliará por los integrantes de la Mesa de
Asuntos Laborales para la revisión de la documentación presentada por las
Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal.
QUINTO. – Los titulares de las
Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, a través de sus áreas competentes,
serán los responsables directos de dar cumplimiento a los laudos y sentencias
definitivas dictados por autoridad competente favorable a los trabajadores al
servicio de la Administración Pública del Distrito Federal.
Así también, serán los
responsables directos de negociar, cuando así lo consideren necesario en
beneficio de los intereses de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación
o Entidad a la que se encuentren adscritos, para lograr la conciliación con los
actores por los juicios en trámite promovidos en contra de la Administración
Pública del Distrito Federal.
Al solicitar el visto
bueno, en ambos casos, deberán demostrar que cuentan con la suficiencia
presupuestal para cumplir con el compromiso económico y cumplir
irrestrictamente con los lineamientos, procedimientos y requisitos que se
dicten en la materia, en caso contrario se dará vista al órgano de control
interno correspondiente.
SEXTO. – La Mesa de Asuntos
Laborales reportará trimestralmente a los Secretarios de Gobierno y Finanzas,
Oficial Mayor, Contralor General y Consejera Jurídica y de Servicios Legales,
el avance en el cumplimiento de las acciones a que se refiere el presente Acuerdo.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO. El presente Acuerdo
entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
TERCERO. Se dejan sin efectos
todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en
el presente Acuerdo.
CUARTO. El presente Acuerdo
estará vigente durante el ejercicio fiscal de 2010.
Dado en la Residencia
del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los cuatro
días del mes de febrero del año dos mil diez.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE
GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y
VIVIENDA, FELIPE LEAL FERNÁNDEZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO
ECONÓMICO, LAURA VELÁZQUEZ ALZÚA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE,
MARTHA DELGADO PERALTA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, FERNANDO
JOSÉ ABOITIZ SARO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, MARTÍ BATRES
GUADARRAMA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SALUD, JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA.-
FIRMA.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, MARIO MARTÍN DELGADO CARRILLO.- FIRMA.- EL
SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD, ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ.- FIRMA.- EL
SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, MANUEL MONDRAGÓN Y KALB.- FIRMA.- EL
SECRETARIO DE TURISMO, ALEJANDRO ROJAS DÍAZ DURÁN.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE
CULTURA, ELENA CEPEDA DE LEÓN.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE PROTECCIÓN CIVIL,
ELÍAS MIGUEL MORENO BRIZUELA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL
EMPLEO, BENITO MIRÓN LINCE.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN, MARIO MIGUEL
CARRILLO HUERTA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS
COMUNIDADES, MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA.- FIRMA.