PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 15 DE FEBRERO DE 2010

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL

 

(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)

 

MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8°, fracción II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 52, 67, fracción II, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 7°, 14, párrafo tercero, y 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 21 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2010; y 15, 114, fracción VIII, 115 y 116 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

 

C O N S I D E R A N D O

 

Que la organización administrativa del Distrito Federal en los procedimientos y actos administrativos en general debe atender a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad.

 

Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno promulgará, publicará y ejecutará las leyes y decretos que expida la Asamblea Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia, mediante la expedición de reglamentos, decretos y acuerdos.

 

Que el Jefe de Gobierno es el titular de la Administración Pública local, correspondiéndole originalmente todas las facultades establecidas en los ordenamientos jurídicos relativos al Distrito Federal, pudiendo delegarlas a los servidores públicos subalternos, excepto aquellas que por disposición jurídica no sean delegables.

 

Que los titulares de las Dependencias, de las Unidades Administrativas, de los órganos político – administrativos y de los órganos desconcentrados pueden encomendar el ejercicio de sus funciones a servidores públicos de nivel jerárquico inferior adscritos a ellos, mediante acuerdo del Jefe de Gobierno, que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sin que pierdan por ello la facultad de su ejercicio directo cuando lo juzguen necesario.

 

Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 21 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2010, las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán contar con el visto bueno de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.

 

Que la Comisión de Estudios Jurídicos es un órgano colegiado de la Administración Pública centralizada del Distrito Federal, debidamente establecido en el artículo 115 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, presidida y coordinada por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, con atribuciones para preparar y en su caso expedir las interpretaciones y homologación de criterios jurídicos que permitan la adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL.

 

PRIMERO. – Se delega en el Director General de Servicios Legales la facultad de otorgar a las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades el Visto Bueno previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

SEGUNDO. – Se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, con el objeto de que se homologuen los criterios jurídicos en materia de conciliaciones y laudos laborales para una adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México.

 

TERCERO. – La Mesa de Asuntos Laborales se integra de la siguiente forma:

 

I. Un representante de la Secretaría de Gobierno;

 

II. Un representante de la Secretaría de Finanzas;

 

III. Un representante de la Oficialía Mayor, y

 

IV. Un representante de la Contraloría General.

 

La Mesa de Asuntos Laborales será presidida por el Director General de Servicios Legales.

 

CUARTO. – El Director General de Servicios Legales se auxiliará por los integrantes de la Mesa de Asuntos Laborales para la revisión de la documentación presentada por las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

QUINTO. – Los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, a través de sus áreas competentes, serán los responsables directos de dar cumplimiento a los laudos y sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorable a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Así también, serán los responsables directos de negociar, cuando así lo consideren necesario en beneficio de los intereses de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación o Entidad a la que se encuentren adscritos, para lograr la conciliación con los actores por los juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Al solicitar el visto bueno, en ambos casos, deberán demostrar que cuentan con la suficiencia presupuestal para cumplir con el compromiso económico y cumplir irrestrictamente con los lineamientos, procedimientos y requisitos que se dicten en la materia, en caso contrario se dará vista al órgano de control interno correspondiente.

 

SEXTO. – La Mesa de Asuntos Laborales reportará trimestralmente a los Secretarios de Gobierno y Finanzas, Oficial Mayor, Contralor General y Consejera Jurídica y de Servicios Legales, el avance en el cumplimiento de las acciones a que se refiere el presente Acuerdo.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

TERCERO. Se dejan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en el presente Acuerdo.

 

CUARTO. El presente Acuerdo estará vigente durante el ejercicio fiscal de 2010.

 

Dado en la Residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil diez.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, FELIPE LEAL FERNÁNDEZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO, LAURA VELÁZQUEZ ALZÚA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, MARTHA DELGADO PERALTA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, FERNANDO JOSÉ ABOITIZ SARO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, MARTÍ BATRES GUADARRAMA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SALUD, JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, MARIO MARTÍN DELGADO CARRILLO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD, ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, MANUEL MONDRAGÓN Y KALB.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TURISMO, ALEJANDRO ROJAS DÍAZ DURÁN.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE CULTURA, ELENA CEPEDA DE LEÓN.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE PROTECCIÓN CIVIL, ELÍAS MIGUEL MORENO BRIZUELA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, BENITO MIRÓN LINCE.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN, MARIO MIGUEL CARRILLO HUERTA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA.- FIRMA.