PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 16
DE FEBRERO DE 2010
LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO
BUENO PREVIAMENTE AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS
GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE O PARA EL CUMPLIMIENTO DE
SENTENCIAS DEFINITIVAS FAVORABLES A LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES, EN LOS
PROCESOS JUDICIALES DE CARÁCTER CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y CONTENCIOSO-
ADMINISTRATIVO, PROMOVIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O
EN CONTRA DE ÉSTA
LEÓN JAVIER MARTÍNEZ
SÁNCHEZ,
Director General de Servicios Legales y Presidente de la Mesa de Asuntos
Civiles de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, con
fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso
b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8°, fracción
II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 67, fracción II, y 87 del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal; 2°, 5°, 7°, 14 y 15, fracción XVI, 16,
fracciones I y IV, 19 y 35, fracciones I, VII, IX y XXVIII de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Distrito Federal; 7°, fracción XV, numeral 2,
37, fracciones I, VIII, XV y XVIII y 116, fracciones VI y XI, del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y los puntos
primero, segundo, tercero y cuarto parte final del Acuerdo por el que se
establecen los criterios para la protección del patrimonio de la Administración
Pública del Distrito Federal en los procesos judiciales de carácter civil,
mercantil, agrario y contencioso-administrativo, y por el que se constituye la
Mesa de Asuntos Civiles de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito
Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de febrero
de 2010; y
C O N S
I D E R A N D O
Que de conformidad con
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal, se deben instrumentar acciones tendentes a
simplificar los procedimientos administrativos mediante la expedición de
reglamentos, decretos y acuerdos, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna
con las atribuciones correspondientes.
Que de acuerdo con lo
dispuesto en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal 2010, las Dependencias y Órganos Desconcentrados que ejerzan
recursos aprobados, y los servidores públicos encargados de la administración
de los mismos, serán responsables del manejo y aplicación de éstos; así como
que los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones,
Entidades y Órganos de Gobierno y Autónomos, y los servidores públicos
encargados de la administración de los recursos asignados, sin exceder sus
presupuestos autorizados, responderán de las cargas financieras que se causen
por otra causa que les sea imputable, conforme a sus funciones y las
disposiciones legales correspondientes.
Que fue publicado en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de febrero del año 2010, el
Acuerdo por el que se establecen los criterios para la protección del patrimonio
de la Administración Pública del Distrito Federal en los procesos judiciales de
carácter civil, mercantil, agrario y contencioso-administrativo, y por el que
se constituye la Mesa de Asuntos Civiles de la Comisión de Estudios Jurídicos
del Distrito Federal.
Que para la defensa de
los intereses del Distrito Federal, el pago de las conciliaciones de juicios en
trámite promovidos por la Administración Pública del Distrito Federal o en
contra de ésta y el cumplimiento de sentencias definitivas favorables a las
personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil,
mercantil, agrario y contencioso-administrativo, es necesario establecer los
lineamientos que deberán cumplir las Dependencias, Órganos Desconcentrados,
Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal para
solicitar el otorgamiento del Visto Bueno, en la materia de competencia de ésta
Unidad Administrativa, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo Quinto
Transitorio del acuerdo por el que se establecen los criterios para la
protección del patrimonio de la Administración Pública del Distrito Federal en
los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso –
administrativo, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Civiles de la
Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, he tenido a bien expedir
los siguientes:
LINEAMIENTOS PARA
OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIAMENTE AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS
PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE O PARA EL
CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS FAVORABLES A LAS PERSONAS FÍSICAS O
MORALES, EN LOS PROCESOS JUDICIALES DE CARÁCTER CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y
CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO, PROMOVIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
DISTRITO FEDERAL O EN CONTRA DE ÉSTA.
PRIMERO. Las Dependencias,
Órganos Desconcentrados, Órganos Político – Administrativos y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, deberán presentar por oficio ante
la Dirección General de Servicios Legales, solicitud de visto bueno previamente
al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por
conciliaciones de juicios en trámite o para el cumplimiento de sentencias
definitivas favorables a las personas físicas o morales, en los procesos
judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso-administrativo,
promovidos por la Administración Pública del Distrito Federal o en contra de
ésta, a través del formato y su instructivo de llenado que forma parte de los
presentes lineamientos (anexo 1) y que podrá ser obtenido a través de la página
Web de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, en la siguiente dirección
electrónica: www.consejeria.df.gob.mx
SEGUNDO. A la solicitud
señalada en el punto anterior, se deberá acompañar la documentación que a
continuación se precisa:
I. “Estado Procesal”
del asunto desde el inicio hasta su conclusión, señalando los recursos
interpuestos en defensa de los intereses de la Administración Pública, de los
cuales se desprenda que fueron agotados todos los medios de defensa, hasta
llegar a la sentencia definitiva.
II. “Justificación de
Conciliación”, donde se señalen los motivos y las consideraciones legales por
los que se propone negociar y el beneficio que representa para la
Administración Pública del Distrito Federal. Debiendo ser firmado por el
titular del área jurídica solicitante.
III. Copia simple de
la resolución definitiva emitida en el juicio, así como de las resoluciones
dictadas en los recursos interpuestos; en caso de existir, resolución
incidental de liquidación y de la resolución administrativa relativa al acto
impugnado.
IV. Copia simple de la
identificación oficial del actor, del demandado o del tercero perjudicado, de
su representante legal o bien la persona moral, según sea el caso.
V. Acreditar con
documento expedido por el titular del área administrativa correspondiente, que
se cuenta con la suficiencia presupuestal autorizada y comprometida para el
ejercicio fiscal 2009, por la cantidad total a cubrir.
VI. Para el caso de
que exista una modalidad en el cumplimiento de la condena o para la
conciliación, deberá adjuntarse el proyecto de convenio para dar por concluido
el expediente.
VII. Cuantificación de
los conceptos, cantidades y períodos a cubrir como cumplimiento total de la
condena, así como las deducciones y retenciones de ley que procedan; en su
caso, los pagos parciales efectuados.
TERCERO. En caso de
considerarse necesario, se citará a las partes a efecto de corroborar las condiciones
en que se llevará a cabo el cumplimiento de la sentencia y en su caso el
convenio respectivo.
CUARTO. La falta de
cualquier requisito o presentación de documentos establecidos en el Acuerdo y
los presentes lineamientos será causa de devolución sin el correspondiente
visto bueno, de conformidad con el Punto Séptimo del Acuerdo publicado el
diecisiete de febrero del año dos mil nueve.
ANEXO 1
INSTRUCTIVO
PARA EL USO Y LLENADO DEL FORMATO PARA OBTENER EL VISTO BUENO QUE EMITE LA
DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS LEGALES.
Es de carácter
obligatorio adjuntar la documentación que se establece como requisito en los
presentes lineamientos. En caso de omisión, la solicitud se devolverá para
subsanar los faltantes.
I.- El llenado de la
solicitud es responsabilidad exclusiva de la autoridad que lo presenta, así
como los documentos que se anexan al formato.
PARA EL LLENADO DEL
FORMATO DE ESTE APARTADO, LA DEPENDENCIA, ÓRGANO DESCONCENTRADO, ÓRGANO
POLÍTICO-ADMINISTRATIVO O ENTIDAD TOMARÁ COMO BASE LAS SIGUIENTES
DISPOSICIONES:
DEPENDENCIA: enunciar el nombre
completo de la Dependencia, órgano Desconcentrado, Órgano Político
-Administrativo o Entidad, que solicita el visto bueno.
ÁREA QUE LO REMITE: Enunciar de manera
completa, el nombre del área Jurídica y/o administrativa que solicita el visto
bueno.
FECHA DE SOLICITUD A
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES: Enunciar el día, mes y año, así como
precisar las referencias del oficio que se anexa a la presente solicitud.
CLASE DE JUICIO: Se colocan las
posibles opciones respecto a la materia de los juicios, que en este caso podrá
ser civil, mercantil, agrario, de nulidad y de amparo indirecto. En este
cuadro, sólo marcarán con una cruz la opción que corresponda, en el caso de
tratarse de amparo indirecto se deberá especificar la materia y en el supuesto
de que exista otro tipo de juicio, se deberá especificar.
EXPEDIENTE: Anotar el número de
expediente de la autoridad judicial o administrativa.
SALA O JUZGADO O
TRIBUNAL: Precisar
la autoridad ante quien se promueve.
ACTOR Y/O DEMANDADO
Y/O QUEJOSO Y/O TERCERO PERJUDICADO: Señalar el nombre completo del actor y/o
demandado y/o quejoso y/o tercero perjudicado.
REGISTRO FEDERAL DE
CONTRIBUYENTES (RFC), DOMICILIO FISCAL Y CLAVE ÚNICA
DEREGISTRO DE POBLACIÓN
(CURP): Se
deberán citar y presentar copia de estos documentos para la debida
identificación del actor y/o demandado y/o quejoso y/o tercero perjudicado.
ACTO O PRESTACIÓN
RECLAMADA: Precisar
el acto administrativo impugnado y/o acto reclamado y/o las prestaciones que se
demandaron, según el actor y/o quejoso.
NATURALEZA JURÍDICA
DEL ACTO O PRESTACIÓN RECLAMADA: Precisar la naturaleza jurídica de la cual
deriva el acto o prestación reclamada.
FECHA DEL ACTO O
PRESTACIÓN RECLAMADA: Anotar
en el espacio la fecha del acto o prestación reclamada y en su caso fecha de
conocimiento, asimismo, anexar copia del documento que soporte la información.
MONTO DEL ACTO O
PRESTACIÓN RECLAMADA A LA FECHA DE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA: Anotar el monto del acto
o prestación reclamada, cantidades determinadas, especificando montos y
conceptos.
DOCUMENTOS QUE EXHIBE
PARA ACREDITAR EL ACTO O PRESTACIONES RECLAMADAS EN LA DEMANDA, CONTESTACIÓN O
INFORME JUSTIFICADO: En
este cuadro, sólo marcarán con una cruz la opción que corresponda, en el
supuesto de que existan otros documentos, se deberá especificar.
RECURSOS O INCIDENTES
INTERPUESTOS: Señalar
los medios de impugnación interpuestos dentro del proceso judicial y/o
administrativo.
FECHA DE SENTENCIA O
RESOLUCIÓN. Precisar
fecha de emisión de la sentencia o resolución, emitido por la autoridad
judicial o administrativa.
FECHA DE LA SENTENCIA
O RESOLUCIÓN QUE CAUSA EJECUTORIA: Precisar la fecha en que causo ejecutoria,
la sentencia o resolución, así como la autoridad jurisdiccional que la emite.
EFECTOS DEL
CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA EJECUTORIA: Este punto versará sobre las
consecuencias mismas que producen la resolución o sentencia en cuanto a su
cumplimiento, dando así opciones a elegir en el presente recuadro. La opción
que corresponda deberá ser seleccionada con una cruz, de no coincidir ninguno
de los efectos, será necesario especificar la situación que produjo tal efecto,
así como el monto.
DOCUMENTOS ANEXOS A LA
SOLICITUD DEL VISTO BUENO: Debe anexarse la documentación señalada como requisito en
el presente instrumento, la irregularidad o la omisión en la presentación de
alguno de ellos, será causa de devolución a la autoridad solicitante, para su
debida integración.
PARA EL CASO DE
CELEBRAR CONVENIO: En
este punto se deberán especificar las prestaciones o conceptos que van a quedar
cubiertos, así como el monto al que ascienden.
NOMBRE, CARGO, FIRMA Y
SELLO DE LA AUTORIDAD QUE REMITE: Precisar claramente los datos.
II. ESTE APARTADO ES
DE LLENADO EXCLUSIVO PARA LOS INTEGRANTES DE LA MESA DE ASUNTOS CIVILES Y EL
DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO. Los presentes Lineamientos
entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal.
TERCERO. Se dejan sin efectos
todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en
el presente Acuerdo.
Dado en la Ciudad de
México, a los quince días del mes de febrero del año dos mil diez.
EL
DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES
(Firma)
LEÓN
JAVIER MARTÍNEZ SÁNCHEZ