PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL
DISTRITO FEDERAL EL 6 DE ABRIL DE 2010
AVISO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO AL PÚBLICO EN
GENERAL LOS DÍAS INHÁBILES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2010 Y ENERO DE 2011 PARA
EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE SOLICITUDES DE ACCESO
A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, DATOS PERSONALES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN
GENERAL, COMPETENCIA DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA POLICÍA
AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL
CONSIDERANDO.
1.- Que de acuerdo con lo establecido por el artículo
2 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal (LTAIPDF), los Entes Públicos en su relación con los particulares
atenderán los principios de legalidad, certeza jurídica, información,
celeridad, veracidad, transparencia y publicidad de sus actos.
Asimismo en el artículo 46 de LTAIPDF, se
establece que las personas ejercerán su derecho de acceso a la información por
medio de la Oficina de Información Pública del Ente Público que la posea.
2.- Que la LTAIPDF establece en su artículo 7 que
en todas aquéllas cuestiones relacionadas con el procedimiento, no previstas en
dicho ordenamiento, se aplicará de manera supletoria la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal y, en su defecto, el Código de Procedimientos
Civiles para el Distrito Federal.
3.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo
del Distrito Federal establece en su artículo 71 que las actuaciones y
diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles,
considerando entre otros, como inhábiles los días en que tengan vacaciones
generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las
labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular
de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
4.- Que en términos de lo dispuesto por los
artículos 47, 51, 53, 80 fracción II, 86, 90 y 91 de la LTAIPDF, se establecen
plazos perentorios para la atención de las solicitudes de acceso a la información
pública, la sustanciación y resolución del recurso de revisión, que se
promuevan ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal.
5.- Que el numeral 22 segundo párrafo, de los
LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN OBSERVAR LOS ENTES PÚBLICOS DEL DISTRITO FEDERAL EN LA
RECEPCIÓN, REGISTRO, TRÁMITE, RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA A TRAVÉS DEL SISTEMA ELECTRÓNICO INFOMEX,
publicados el 27 de mayo de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
establece que serán días inhábiles los días en que tengan vacaciones generales
las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los
términos relativos a los procedimientos previstos en dichos lineamientos,
mismos que se publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el
órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el
sitio de Internet de INFOMEX.
6.- Que con la finalidad de que los servidores
públicos que laboran en la Oficina de Información Pública de la Policía
Auxiliar del Distrito Federal pueden gozar de vacaciones correspondientes del
año 2010, en términos de lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley Federal de
Trabajadores al Servicio del Estado, sin afectar la calidad de la tramitación
de solicitudes de información, así como elaborar en su caso los Informes de Ley
que se requieran en los Recursos de Revisión promovidos ante el Instituto de
Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, es necesario declarar
como días inhábiles los correspondientes al año 2010 y enero del año 2011.
7.- Que durante los días declarados inhábiles se
suspenderán los plazos y términos aplicables en la tramitación de las
solicitudes de acceso a la información pública, datos personales y
procedimientos administrativos en general que reciba para su atención la
Policía Auxiliar del Distrito Federal.
8.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a
los particulares, se hace del conocimiento del público en general el presente
Acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en
los estrados de la Policía Auxiliar y en su portal de Internet.
9.- Que en el ejercicio de sus atribuciones, el
Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, emite el Acuerdo
por el que se hace del conocimiento del público en general, los días del año
2010 y enero del año 2011, que serán considerados como inhábiles, para efectos
de los actos y procedimientos administrativos de solicitudes de acceso a la
información pública, datos personales y procedimientos administrativos en
general, atendidos por la Oficina de Información Pública de la Policía Auxiliar
del Distrito Federal.
Por las consideraciones y fundamentos
anteriormente expuestos, en este acto se emite el siguiente:
ACUERDO.
PRIMERO. Para efectos de los actos y
procedimientos administrativos de solicitudes de acceso a la información
pública, datos personales y procedimientos administrativos en general,
atendidos por la Oficina de Información Pública de la Policía Auxiliar, se
considerarán días inhábiles; 1 de febrero en conmemoración del 5 de febrero; 15
de marzo en conmemoración del 21 de marzo; 29, 30 y 31 de marzo; 1 y 2 de
abril; 5 de mayo; 26, 27, 28, 29 y 30 de julio, 2, 3, 4, 5 y 6 de agosto
correspondientes al primer periodo vacacional (INFODF); 16 de septiembre; 1 y 2
de noviembre; 15 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; y 24, 27,
28, 29, 30 y 31 de diciembre todos del año dos mil diez, así como los días 3,
4, 5 y 6 de enero de dos mil once, correspondientes al segundo periodo
vacacional (INFODF).
SEGUNDO. Asimismo, serán considerados como
días inhábiles los sábados y domingos, los de descanso obligatorio como lo
señala en lo que corresponde al año por terminar conforme a los artículos 74 y
715 de la Ley Federal del Trabajo.
TERCERO. El presente Acuerdo surtirá efectos al
día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
CUARTO. Una vez publicado el presente Acuerdo
Gaceta Oficial del Distrito Federal, de igual manera deberá de hacerse del
conocimiento del público en general en los estrados de la Policía Auxiliar del
Distrito Federal y a través de la sección de Transparencia del Portal de la
Policía Auxiliar y en la sección de avisos del sistema INFOMEX.
México D. F., a los 16 días del mes de marzo
de dos mil diez.
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA POLICÍA AUXILIAR
DEL DISTRITO FEDERAL
(Firma)
______________________________________________
AMÉRICO I. MELÉNDEZ
REYNA