PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 31 DE MARZO DE 2010

 

LINEAMIENTOS PARA LA OPTIMIZACIÓN DEL PRESUPUESTO Y GASTO EFICIENTE DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

 

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

 

ACUERDO TOMADO POR LA JUNTA DE GOBIERNO DE ESTE TRIBUNAL EN SU SESIÓN DE FECHA 11 DE MARZO DEL PRESENTE AÑO, EN EL QUE SE APRUEBAN LOS “LINEAMIENTOS PARA LA OPTIMIZACIÓN DEL PRESUPUESTO Y GASTO EFICIENTE DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL”.

 

CONSIDERANDO

 

1.- Que de conformidad con el artículo 1° de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, es un Órgano Jurisdiccional con autonomía y jurisdicción plena para dirimir las controversias entre los particulares y las autoridades de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

2.- Que el treinta y uno de diciembre de dos mil nueve en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, fue publicado el Decreto por el que se expide la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, que entró en vigor a partir del primero de enero del dos mil diez, siendo de observancia obligatoria para éste Tribunal, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo de su artículo 1°.

 

3.- Que el segundo párrafo del artículo 3, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, señala que los Órganos Autónomos y de Gobierno, podrán establecer las medidas conducentes para interpretar y aplicar correctamente lo dispuesto en la misma Ley, las cuales para su vigencia deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

4.- Que el artículo Séptimo Transitorio de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, dispone que los Órganos de Gobierno y Autónomos deberán elaborar y determinar lineamientos tendientes a optimizar sus presupuestos y el gasto eficiente, y presentarlos ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en el primer trimestre del año, para ser incorporado en la citada Ley.

 

5.- Que de conformidad con el artículo 30 fracciones X y XII de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, son atribuciones de la Junta de Gobierno acordar la distribución de los recursos presupuestales conforme a la Ley, dictar las órdenes relacionadas con su ejercicio y supervisar su legal y adecuada aplicación, así como elaborar el Reglamento Interior del Tribunal, que comprenderá las normas de trabajo del mismo.

 

Derivado de lo anterior, la Junta de Gobierno del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, emite el siguiente:

 

ACUERDO

 

PRIMERO. Se aprueban los Lineamientos para la Optimización del Presupuesto y Gasto Eficiente del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

 

SEGUNDO. Se instruye al Magistrado Presidente para que comunique el presente Acuerdo a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

 

TERCERO. Se instruye al Secretario General de Compilación y Difusión para que realice las gestiones pertinentes y publique el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

CUARTO. Se instruye a la Dirección Administrativa para su debida aplicación.

 

QUINTO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

LINEAMIENTOS PARA LA OPTIMIZACIÓN DEL PRESUPUESTO Y GASTO EFICIENTE DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL.

 

Con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en su artículo Séptimo Transitorio, se presentan los siguientes lineamientos que establecen los criterios de economía y gasto que regirán para la elaboración, control y ejercicio del presupuesto 2010, dentro del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (Tribunal).

 

I.- EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS:

 

a) Becas.- El número de prestadores de servicio social no podrá incrementarse, a menos que la carga de trabajo lo requiera y exista la suficiencia presupuestal para ello.

 

b) Capacitación.- El Programa Anual de Capacitación será elaborado de acuerdo a las necesidades del Tribunal. En medida de lo posible, se solicitará el apoyo de diversas instituciones educativas y jurisdiccionales que proporcionen diversos cursos de formación profesional y que no signifiquen una erogación para este Tribunal.

 

II.- EN MATERIA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES:

 

a) Adquisiciones.- Toda adquisición deberá tener racionalidad económica, ser necesaria, cumplir un fin determinado, no ser redundante y su costo monetario deberá sea inferior al beneficio que aporte.

 

b) Servicios.- La contratación de servicios se sujetará a lo estrictamente indispensable, y deberá contar con suficiencia presupuestal.

 

c) Energía Eléctrica.- Su uso se sujetará a lo siguiente:

 

1.- De lunes a viernes, las luces se mantendrán prendidas de las 8:00 a las 16:00 horas, sólo por motivos de trabajo justificado se proporcionará energía eléctrica hasta las 18:00 horas.

 

2.- Los fines de semana las instalaciones del Tribunal permanecerán cerradas, por tal motivo éste servicio no será proporcionado, salvo en situaciones extraordinarias y previa autorización del Magistrado Presidente.

 

3.- Durante los periodos vacacionales, solamente se dará servicio de alumbrado al personal que esté de guardia.

 

4.- Se continuará con el programa de “Sustitución de Focos y Lámparas Ahorradores de Energía”, mismos que deberán limpiarse continuamente para no restar luminosidad.

 

5.- Para evitar el gasto excesivo de energía eléctrica, se dará mantenimiento mayor dos veces al año a los motores eléctricos, elevadores y aire acondicionado.

 

6.- El servicio de aire acondicionado se activará a partir de las 10:00 horas en horario de verano y a las 11:00 horas en horario invernal. En ambos casos este servicio concluirá a las 15:00 horas.

 

d) Fotocopiado.- Su uso se sujetará a lo siguiente:

 

1.- Las fotocopiadoras se encenderán únicamente durante el horario y días de labores, de las 9:00 horas a las 15:00 horas.

 

2.- El servicio de fotocopiado es para uso exclusivo del personal que labora en el Tribunal y sólo será para documentación de carácter oficial.

 

3.- Los servidores públicos encargados del servicio de fotocopiado, registrarán el consumo mensual por clave numérica, a fin de detectar variaciones en el mismo. En caso de presentarse una variación significativa en un periodo determinado, deberá hacerse del conocimiento del servidor público a cargo del resguardo de la fotocopiadora, para que actúe en consecuencia.

 

4.- Se deberá potenciar el aprovechamiento de los medios de reprografía con la impresión a doble cara.

 

e) Suministro de Agua.- Para evitar el desperdicio y mal uso del agua se realizará lo siguiente:

 

1.- Recorridos periódicos para la detección oportuna de fugas de agua en tuberías y accesorios sanitarios, que, en caso de presentarse, deberán ser reparadas inmediatamente por personal del área competente.

 

2.- Por lo menos una vez al año, se revisará el funcionamiento del equipo de bombeo y la cisterna, para mantenerlos en condiciones óptimas de operación.

 

3.- Mediante la instalación de cartelones en áreas de uso común, se promoverá el consumo eficiente del agua.

 

f) Papel.- Se promoverá su uso eficiente y racional a través de la cultura de reciclaje, a fin de causar un menor impacto en el medio ambiente y obtener ahorros en este rubro. Asimismo, en la medida de lo posible, se privilegiará el uso del correo electrónico.

 

g) Artículos de Oficina.- Se determinará un stock mensual por área, de acuerdo a la evaluación de las solicitudes anteriores.

 

h) Mantenimiento de Vehículos.- El pago relativo a este concepto será de conformidad con lo establecido en el “Manual del Usuario”. Sólo se pagarán gastos por concepto de hojalatería y reparaciones que sean necesarios para mantener el buen funcionamiento de las unidades. Tratándose de montos mayores a $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.) anuales, será necesario contar con la autorización expresa de la Junta de Gobierno.

 

i) Gasolina.- La cantidad de apoyo por concepto de gasolina para vehículos del Tribunal asignados a funcionarios, (Magistrados, Secretaría General de Acuerdos y Dirección Administrativa) será determinada por la Junta de Gobierno.

 

j) Seguros del Parque Vehicular.- Sólo se cubrirá el monto del deducible, cuando el siniestro ocurra en días y horarios laborables, o bien durante una comisión de trabajo.

 

k) Telefonía.- Su uso se ajustará a lo siguiente:

 

1) Celular.- Únicamente tendrán derecho a este servicio los Magistrados de Sala Superior, de acuerdo al monto y criterios señalados por la Sala Superior.

 

2) Convencional.- Cuando el consumo en llamadas de larga distancia y a números celulares sea mayor a $100.00 (Cien pesos 00/100M.N.) mensuales, deberá solicitarse al servidor público a cargo de dicha extensión, identifique las llamadas no oficiales para que en su caso, realice el pago del excedente que se haya generado.

 

l) Gastos de Orden Social.- Se contemplan los mismos conceptos de gasto del ejercicio anterior, siempre y cuando se cuenten con los recursos presupuestales para tal fin.

 

m) Gastos de Representación.- Por ningún motivo, se otorgarán gastos de representación.

 

n) Gastos de Alimentación.- Sólo se otorgarán a servidores públicos de mandos superiores y previa autorización de la Junta de Gobierno.

 

o) Viáticos y Pasajes Nacionales.- Se tomarán como referencia los montos y criterios aplicables a los servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal, reduciendo el gasto a lo estrictamente indispensable.

 

En caso de que suceda alguna situación extraordinaria o de fuerza mayor, es facultad del Magistrado Presidente dictar las medidas que a su juicio resulten convenientes para atender dichos imprevistos.

 

ATENTAMENTE

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN

 

(Firma)

LIC. RUBÉN ALCALÁ FERREIRA

SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS