PUBLICADO EN LA
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 4 DE DICIEMBRE DE 2003
ACUERDO POR EL QUE
SE DELEGAN EN LOS DIRECTORES GENERALES Y SERVIDOR PÚBLICO DE LA DELEGACIÓN
VENUSTIANO CARRANZA, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN
(Al margen superior tres escudos que dicen:
DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA.- GOBIERNO
DEL DISTRITO FEDERAL.- Delegación Venustiano Carranza)
Ciudad de México, a 26 Noviembre de 2003
RUTH ZAVALETA SALGADO, Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo en
Venustiano Carranza, con fundamento en los artículos 122, Base Segunda de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, 2º, 87, párrafo
tercero, 104 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 2º,
párrafo tercero, 3º, fracciones II y XIII, 7º, 10º, fracción XV, 11, párrafo
decimoquinto, 36, 37, 38, 39, fracciones XLV y LXXVIII, de la Ley Orgánica de
la Administración Pública del Distrito Federal; y 1º, 120, 121, 122, fracción
II, último párrafo, 123, fracción XIV y 125, fracción XVI del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O S
Que la Delegación Venustiano
Carranza es un Órgano Político Administrativo de la Administración Pública del
Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal,
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su
Reglamento.
Qué la Ley Orgánica y su
Reglamento, ambos de la Administración Pública del Distrito Federal, otorgan al
Órgano Político Administrativo en Venustiano Carranza, facultades y
atribuciones propias en materia de Obras y Desarrollo Urbano, Servicios
Urbanos, Desarrollo Social, Desarrollo Delegacional, Jurídica y de Gobierno,
adquisiciones y demás que señalan los diversos ordenamientos legales para el
debido cumplimiento de objetivos, políticas y prioridades establecidas en el
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal.
Que para el estudio, planeación y
despacho de los asuntos que le competen a este Órgano Político Administrativo,
el mismo cuenta con la Dirección General Jurídica y de Gobierno, Dirección
General de Administración, Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano,
Dirección General de Servicios Urbanos, Dirección General de Desarrollo Social
y la Dirección General de Desarrollo Delegacional, así como sus respectivas
Direcciones de Área, Subdirecciones y Jefaturas de Unidad Departamental, cuya
existencia esta prevista en el Reglamento Interior de la Administración Pública
del Distrito Federal, y Manual de Organización de la Delegación.
Que siendo la Jefa Delegacional, la Titular del
Órgano Administrativo, a quien le corresponde ejercer originalmente todas las
facultades establecidas en los ordenamientos jurídicos relativos a las
Delegaciones del Distrito Federal y tomando como fundamento el último párrafo
del artículo 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal, publicado el 28 de diciembre de 2000 y reformado por decreto
publicado el 31 de enero del 2001, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
que establece a favor de los Jefes Delegacionales la facultad de delegar en las
Direcciones Generales y demás Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico-Operativo, las facultades que expresamente les otorguen los
ordenamientos jurídicos correspondientes y con el objeto de eficientar y
agilizar la actividad administrativa realizada por el Órgano Político
Administrativo en relación con los diversos documentos (contratos, convenios,
procedimientos administrativos, etc) que someten a consideración y firma de la
suscrita, y bajo los principios de simplificación, agilidad, economía,
información, precisión, legalidad, trasparencia y legalidad, consagrados en el
artículo 7° de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN EN
LOS DIRECTORES GENERALES Y SERVIDOR PÚBLICO DE LA DELEGACIÓN VENUSTIANO
CARRANZA, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN
Artículo Primero. Se delega en el Director General Jurídico y de Gobierno
la facultad de revisar, otorgar, celebrar y suscribir los contratos, convenios
y demás actos jurídicos de carácter administrativo o de cualquier otra índole
dentro del ámbito de su competencia, necesarios para el ejercicio de sus
funciones, así como realizar, sustanciar, promover o acordar lo necesario para
que dichos instrumentos se cumplan en
sus términos.
Artículo Segundo. Se delega en la Directora General
de Administración y en el Director de Recursos Materiales y Servicios
Generales de la Delegación Venustiano Carranza, la facultad para revisar,
celebrar, otorgar y suscribir los
contratos y convenios derivados de la
aplicación del artículo 125 del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal, así como revisar, otorgar, celebrar y suscribir los contratos,
convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo o de cualquier
otra índole dentro del ámbito de su competencia, necesarios para el ejercicio
de sus funciones, y realizar, sustanciar, promover o acordar lo necesario para
que dichos instrumentos se cumplan en
sus términos.
I.
La Directora General
de Administración de la Delegación Venustiano Carranza tiene
la facultad de revisar, otorgar, celebrar y suscribir contratos derivados del
procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores o de
adjudicación directa hasta por los montos de actuación fijados en el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal
correspondiente. Así mismo podrá celebrar y suscribir los contratos derivados
de licitaciones públicas hasta por el monto fijado en el decreto antes
mencionado.
II.
El Director de
Recursos Materiales y Servicios Generales, tiene la facultad de revisar,
otorgar, celebrar y suscribir aquellos contratos derivados de procedimientos de
invitación restringida a cuando menos tres proveedores o de adjudicación
directa, hasta por el 25% de los montos fijados en el decreto de presupuesto de
egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal correspondiente. Así
mismo puede suscribir los contratos derivados de licitaciones públicas hasta
por el 50% del monto fijado en el decreto antes mencionado, para el
procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores.
Artículo Tercero. Para la suscripción de los contratos los servidores
públicos señalados en el punto anterior, deberán observar las formalidades
previstas en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y demás
disposiciones fiscales aplicables y sujetarse a los formatos y lineamientos que
el ámbito de sus atribuciones expidan las Dependencias competentes en materia
de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, respectivamente.
Artículo Cuarto. Se delega en el Director General
de Obras y Desarrollo Urbano, la facultad para revisar, y suscribir
contratos derivados de la aplicación de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, y en
su caso de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas y
su Reglamento, así como revisar,
otorgar, celebrar y suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos
de carácter administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito de su
competencia, necesarios para el ejercicio de sus funciones, así como realizar,
sustanciar, promover o acordar lo necesario para que dichos instrumentos se
cumplan en sus términos.
Artículo
Quinto. Se delega al Director General de Servicios Urbanos
la facultad de revisar, celebrar, otorgar y suscribir los contratos, convenios
y demás actos jurídicos de carácter administrativos o de cualquier otra índole
dentro del ámbito de su competencia, necesarios para el ejercicio de sus
funciones, así como realizar, sustanciar, promover o acordar lo necesario para que
dichos instrumentos se cumplan en sus
términos.
Artículo Sexto. Se delega en la Directora General
de Desarrollo Delegacional, la facultad de revisar, celebrar, otorgar y
suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos de carácter
administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito de su competencia,
necesarios para el ejercicio de sus funciones, así como realizar, sustanciar,
promover o acordar lo necesario para que dichos instrumentos se cumplan en sus términos.
Artículo Séptimo. Se delega en la Directora General
de Desarrollo Social, la facultad de revisar, celebrar, otorgar y suscribir
los contratos, convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo o
de cualquier otra índole dentro del ámbito de su competencia, necesarios para
el ejercicio de sus funciones, así como realizar, sustanciar, promover o acordar lo
necesario para que dichos instrumentos
se cumplan en sus términos.
ARTÍCULO OCTAVO. La delegación de facultades señalada en los
artículos anteriores, es sin perjuicio del ejercicio directo de las mismas, por
parte de la suscrita, de conformidad con las disposiciones jurídicas
correspondientes.
T
R A N S I T O R I O S
PRIMERO.
El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.
Las facultades delegadas conforme al presente acuerdo pasarán en los
mismos términos a formar parte de las consignadas en el Manual de
Procedimientos Administrativos de esta Delegación, una vez que pueda ser
adecuado.
TERCERO. Los contratos, convenios y demás actos jurídicos de carácter
administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito de competencia de
la Delegación, y que hayan sido celebrados, otorgados y/o suscritos por la Jefa Delegacional,
antes de la vigencia del presente Acuerdo, deberán ser vigilados, revisados y
continuados hasta su total conclusión por los Directores Generales mencionados
en el presente Acuerdo, en el ámbito de competencia a que el asunto
corresponda. Así mismo, deberán realizar, sustanciar, promover o acordar lo
necesario para que dichos instrumentos se cumplan en sus términos.
CUARTO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
LA JEFA DELEGACIONAL EN
VENUSTIANO CARRANZA
(Firma)
RUTH ZAVALETA SALGADO