PUBLICADO EN LA GACETA
OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 13 DE ABRIL DE 2010
CONVOCATORIA DF/SMA/DEVA/2010-1,
PARA REALIZAR LA CAPACITACIÓN, CERTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE ECOGUARDAS PARA
DESEMPEÑAR FUNCIONES DE VIGILANCIA AMBIENTAL APLICABLES AL PROGRAMA DE
VEHÍCULOS CONTAMINANTES
SECRETARÍA
DEL MEDIO AMBIENTE
Lic. Martha T. Delgado Peralta,
Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento
en los artículos 12 fracción I, 118 fracción IV del Estatuto del Distrito
Federal; 1º, 2º, 15 fracción IV, 16 fracción IV y 26 fracciones I, V, XVI y XIX
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6º
fracción II, 9º fracciones XXIX, XXIX BIS, 130, 131, 132, 133, 134, 139, 140,
141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 182, 183, 184, 185, 186, 201, 201
BIS,202, 203, 204, 205, 205 BIS y 210 de la Ley Ambiental del Distrito Federal;
1º, 7º fracción IV, numeral 7 y 56 Quintus del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien emitir la
siguiente:
CONVOCATORIA
DF/SMA/DEVA/2010-1, PARA REALIZAR LA CAPACITACIÓN, CERTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN
DE ECOGUARDAS PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES DE VIGILANCIA AMBIENTAL APLICABLES AL
PROGRAMA DE VEHÍCULOS CONTAMINANTES
C O N S
I D E R A N D O
Que conforme a lo establecido en la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal corresponde a la
Secretaría del Medio Ambiente aplicar y vigilar el cumplimiento de las
disposiciones de la Ley Ambiental del Distrito Federal, así como realizar
actividades de vigilancia y verificación ambiental, y aplicar las sanciones
previstas en las disposiciones jurídicas de la materia. Que de conformidad con
el artículo 56 Quintus fracción XXV del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal vigente, corresponde a la Dirección
Ejecutiva de Vigilancia Ambiental realizar la capacitación, certificación y
acreditación de los inspectores y ecoguardas ambientales adscritos a la
Secretaría del Medio Ambiente, se emite la siguiente:
C O N V
OC A T O R I A
DF/SMA/DEVA/2010-1
B A S E
S
PRIMERA.- Podrán participar en
la presente convocatoria las personas físicas que demuestren contar con los
siguientes requisitos legales, físicos y de conocimientos en materia ambiental,
según el área de vigilancia ambiental:
SEGUNDA.- Solo podrán participar
en la presente Convocatoria las personas físicas que estrictamente cubran los
perfiles solicitados, que no cuenten con antecedentes penales, que no hayan
sido inhabilitados o amonestados por escrito para el desempeño de cargos públicos,
que no hayan desempeñado previamente actividades relacionadas a la vigilancia
ambiental en la Secretaría del Medio Ambiente y que no tengan lazos de
consanguinidad hasta el cuarto grado, con personal adscrito a la Dirección
Ejecutiva de Vigilancia Ambiental.
TERCERA.- Los interesados en
participar en la presente Convocatoria, deberán presentarse personalmente al
quinto día hábil inmediato siguiente a la publicación de la convocatoria en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal y por el término de cinco días hábiles
consecutivos, de las 9:30 a las 15:00 horas, para la recepción y entrega de
documentos en el módulo de recepción, que para tal efecto instalará la
Dirección Ejecutiva de Vigilancia Ambiental, en la planta baja del edificio
ubicado en Agricultura # 21, Col. Escandón, C.P. 11800, Delegación Miguel
Hidalgo, Distrito Federal.
CUARTA.- Cada aspirante deberá
ingresar de manera personal, su documentación probatoria con todas y cada una
de las fojas foliadas (de atrás hacia adelante), conforme al orden establecido
en la Base Quinta.
QUINTA.- El orden establecido
para el ingreso de la documentación, será el siguiente:
1. Formato de solicitud para registro
(proporcionado por la SMA);
2. Solicitud de empleo;
3. Curriculum Vitae actualizado, con
fotografía reciente;
4. Copia simple del Acta de Nacimiento;
5. Copia simple legible de la Cédula de
Identificación Fiscal, en la que se exhiba claramente el Registro Federal de
Contribuyentes;
6. Copia simple de su Clave Única de
Registro de Población;
7. Comprobante máximo de estudios con
anexo de las materias cursadas, expedido por el plantel escolar que incluya
logotipo oficial, o en su caso, certificado.
8. Copia simple de una identificación
oficial vigente con fotografía;
9. Certificado médico vigente de buena
salud; y
10. Copia simple del comprobante de
domicilio vigente (marzo de 2010).
SEXTA.- Al momento de la
entrega de la documentación, el aspirante deberá exhibir los originales de las
copias simples, para cotejo.
SÉPTIMA.- En caso de no cumplir
en tiempo y forma con cualquiera de los requisitos establecidos y/o no
presentar la documentación solicitada, conforme al orden establecido en la Base
Quinta, la solicitud se tendrá por no presentada; asimismo, transcurridos los
plazos señalados en la Base Tercera, no se permitirá el ingreso de ningún
documento.
OCTAVA.- Una vez evaluada la
documentación y la trayectoria curricular de los participantes, posterior al
día inmediato siguiente al último día de recepción de la documentación, se
publicará en estrados la lista de los participantes que cumplieron
fehacientemente con los requisitos, así como el calendario para realizar la
entrevista, evaluación psicométrica y pruebas de acondicionamiento físico.
NOVENA.- Sólo los
participantes que formen parte del listado señalado en la Base Octava, podrán
presentarse a la entrevista, evaluación psicométrica y pruebas de
acondicionamiento físico, conforme al calendario mencionado en la Base antes
enumerada.
DÉCIMA.- Una vez realizada
la entrevista, evaluación psicométrica y pruebas de acondicionamiento físico, al
segundo día hábil inmediato siguiente de dicha actividad, se publicará en
estrados de la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Ambiental, la lista de los
participantes que fueron aceptados para recibir capacitación en temas
ambientales, procedimientos de vigilancia y legislación ambiental, previos al
examen de selección.
DÉCIMO PRIMERA.- Los participantes
que formen parte de dicho listado deberán presentarse, de acuerdo al calendario
publicado para tal efecto, en los sitios y horarios establecidos, al curso de
capacitación, establecido en la Base Décima; solo aquellos que cumplan con el
100% de asistencia podrán solicitar la aplicación del examen de conocimientos.
DÉCIMO SEGUNDA.- Para tener derecho a
presentar el examen de conocimientos, el participante deberá entregar
previamente por escrito un ensayo (no mas de tres cuartillas, letra arial, 11
puntos), desarrollando un tema relacionado con la inspección y vigilancia del
Medio Ambiente y los Recursos Naturales de competencia del Gobierno del
Distrito Federal.
DÉCIMO TERCERA.- El segundo día
hábil inmediato siguiente a la realización del examen de conocimientos se
publicarán, en los estrados y en la Página Web de la Secretaría del Medio
Ambiente, los resultados del proceso, señalando claramente a aquellos
participantes que cumplieron fehacientemente con los requisitos y demostraron
su capacidad técnica para realizar actividades relacionadas con la inspección y
vigilancia del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, así como aquellos que
no cumplieron con los requisitos para desempeñar este tipo de funciones.
DÉCIMO CUARTA.- Una vez concluido el
proceso de evaluación, se elaborará el listado de prelación conforme al orden
de la evaluación del proceso, de aquellos participantes que cumplan con los
requisitos, perfil y capacidad técnica para desarrollar actividades de
vigilancia ambiental para el Programa de Vehículos Contaminantes.
DÉCIMO QUINTA.- La contratación del
personal se realizará conforme a la prelación establecida en el listado
señalado en la Base Décimo Cuarta, considerando las necesidades de vigilancia o
inspección ambiental solicitadas por la Coordinación de Inspección de Fuentes
de Contaminación Ambiental adscrita a la Dirección Ejecutiva de Vigilancia
Ambiental en el rubro de Ecoguarda para el Programa de Vehículos Contaminantes
(PVC).
DÉCIMO SEXTA.- La vigencia de los
resultados de la presente Convocatoria será de un año, contado a partir de la
publicación de la misma o bien agotado el listado de participantes aptos para
realizar funciones de inspección y vigilancia del Medio Ambiente.
DÉCIMO SÉPTIMA.- Las decisiones que se
determinen en relación a la presente Convocatoria serán inapelables y lo no
considerado en la misma será resuelto por el Titular de la Dirección Ejecutiva
de Vigilancia Ambiental.
DÉCIMO OCTAVA.- Las peticiones ó solicitudes
escritas de oportunidades, promociones y/o excepciones que hagan referencia al
proceso de la presente Convocatoria, se tendrán por no interpuestas.
A T E N T
A M E N T E
LIC.
MARTHA T. DELGADO PERALTA
(Firma)
______________________________________
SECRETARIA
DEL MEDIO AMBIENTE DEL
GOBIERNO
DEL DISTRITO FEDERAL