PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 13 DE ABRIL DE 2010

 

CONVOCATORIA DF/SMA/DEVA/2010-1, PARA REALIZAR LA CAPACITACIÓN, CERTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE ECOGUARDAS PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES DE VIGILANCIA AMBIENTAL APLICABLES AL PROGRAMA DE VEHÍCULOS CONTAMINANTES

 

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

 

Lic. Martha T. Delgado Peralta, Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 12 fracción I, 118 fracción IV del Estatuto del Distrito Federal; 1º, 2º, 15 fracción IV, 16 fracción IV y 26 fracciones I, V, XVI y XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6º fracción II, 9º fracciones XXIX, XXIX BIS, 130, 131, 132, 133, 134, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 182, 183, 184, 185, 186, 201, 201 BIS,202, 203, 204, 205, 205 BIS y 210 de la Ley Ambiental del Distrito Federal; 1º, 7º fracción IV, numeral 7 y 56 Quintus del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien emitir la siguiente:

 

CONVOCATORIA DF/SMA/DEVA/2010-1, PARA REALIZAR LA CAPACITACIÓN, CERTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE ECOGUARDAS PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES DE VIGILANCIA AMBIENTAL APLICABLES AL PROGRAMA DE VEHÍCULOS CONTAMINANTES

 

C O N S I D E R A N D O

 

Que conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal corresponde a la Secretaría del Medio Ambiente aplicar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Ambiental del Distrito Federal, así como realizar actividades de vigilancia y verificación ambiental, y aplicar las sanciones previstas en las disposiciones jurídicas de la materia. Que de conformidad con el artículo 56 Quintus fracción XXV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal vigente, corresponde a la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Ambiental realizar la capacitación, certificación y acreditación de los inspectores y ecoguardas ambientales adscritos a la Secretaría del Medio Ambiente, se emite la siguiente:

 

C O N V OC A T O R I A

 

DF/SMA/DEVA/2010-1

 

B A S E S

 

PRIMERA.- Podrán participar en la presente convocatoria las personas físicas que demuestren contar con los siguientes requisitos legales, físicos y de conocimientos en materia ambiental, según el área de vigilancia ambiental:

 

 

SEGUNDA.- Solo podrán participar en la presente Convocatoria las personas físicas que estrictamente cubran los perfiles solicitados, que no cuenten con antecedentes penales, que no hayan sido inhabilitados o amonestados por escrito para el desempeño de cargos públicos, que no hayan desempeñado previamente actividades relacionadas a la vigilancia ambiental en la Secretaría del Medio Ambiente y que no tengan lazos de consanguinidad hasta el cuarto grado, con personal adscrito a la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Ambiental.

 

TERCERA.- Los interesados en participar en la presente Convocatoria, deberán presentarse personalmente al quinto día hábil inmediato siguiente a la publicación de la convocatoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y por el término de cinco días hábiles consecutivos, de las 9:30 a las 15:00 horas, para la recepción y entrega de documentos en el módulo de recepción, que para tal efecto instalará la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Ambiental, en la planta baja del edificio ubicado en Agricultura # 21, Col. Escandón, C.P. 11800, Delegación Miguel Hidalgo, Distrito Federal.

 

CUARTA.- Cada aspirante deberá ingresar de manera personal, su documentación probatoria con todas y cada una de las fojas foliadas (de atrás hacia adelante), conforme al orden establecido en la Base Quinta.

 

QUINTA.- El orden establecido para el ingreso de la documentación, será el siguiente:

 

1. Formato de solicitud para registro (proporcionado por la SMA);

 

2. Solicitud de empleo;

 

3. Curriculum Vitae actualizado, con fotografía reciente;

 

4. Copia simple del Acta de Nacimiento;

 

5. Copia simple legible de la Cédula de Identificación Fiscal, en la que se exhiba claramente el Registro Federal de Contribuyentes;

 

6. Copia simple de su Clave Única de Registro de Población;

 

7. Comprobante máximo de estudios con anexo de las materias cursadas, expedido por el plantel escolar que incluya logotipo oficial, o en su caso, certificado.

 

8. Copia simple de una identificación oficial vigente con fotografía;

 

9. Certificado médico vigente de buena salud; y

 

10. Copia simple del comprobante de domicilio vigente (marzo de 2010).

 

SEXTA.- Al momento de la entrega de la documentación, el aspirante deberá exhibir los originales de las copias simples, para cotejo.

 

SÉPTIMA.- En caso de no cumplir en tiempo y forma con cualquiera de los requisitos establecidos y/o no presentar la documentación solicitada, conforme al orden establecido en la Base Quinta, la solicitud se tendrá por no presentada; asimismo, transcurridos los plazos señalados en la Base Tercera, no se permitirá el ingreso de ningún documento.

 

OCTAVA.- Una vez evaluada la documentación y la trayectoria curricular de los participantes, posterior al día inmediato siguiente al último día de recepción de la documentación, se publicará en estrados la lista de los participantes que cumplieron fehacientemente con los requisitos, así como el calendario para realizar la entrevista, evaluación psicométrica y pruebas de acondicionamiento físico.

 

NOVENA.- Sólo los participantes que formen parte del listado señalado en la Base Octava, podrán presentarse a la entrevista, evaluación psicométrica y pruebas de acondicionamiento físico, conforme al calendario mencionado en la Base antes enumerada.

 

DÉCIMA.- Una vez realizada la entrevista, evaluación psicométrica y pruebas de acondicionamiento físico, al segundo día hábil inmediato siguiente de dicha actividad, se publicará en estrados de la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Ambiental, la lista de los participantes que fueron aceptados para recibir capacitación en temas ambientales, procedimientos de vigilancia y legislación ambiental, previos al examen de selección.

 

DÉCIMO PRIMERA.- Los participantes que formen parte de dicho listado deberán presentarse, de acuerdo al calendario publicado para tal efecto, en los sitios y horarios establecidos, al curso de capacitación, establecido en la Base Décima; solo aquellos que cumplan con el 100% de asistencia podrán solicitar la aplicación del examen de conocimientos.

 

DÉCIMO SEGUNDA.- Para tener derecho a presentar el examen de conocimientos, el participante deberá entregar previamente por escrito un ensayo (no mas de tres cuartillas, letra arial, 11 puntos), desarrollando un tema relacionado con la inspección y vigilancia del Medio Ambiente y los Recursos Naturales de competencia del Gobierno del Distrito Federal.

 

DÉCIMO TERCERA.- El segundo día hábil inmediato siguiente a la realización del examen de conocimientos se publicarán, en los estrados y en la Página Web de la Secretaría del Medio Ambiente, los resultados del proceso, señalando claramente a aquellos participantes que cumplieron fehacientemente con los requisitos y demostraron su capacidad técnica para realizar actividades relacionadas con la inspección y vigilancia del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, así como aquellos que no cumplieron con los requisitos para desempeñar este tipo de funciones.

 

DÉCIMO CUARTA.- Una vez concluido el proceso de evaluación, se elaborará el listado de prelación conforme al orden de la evaluación del proceso, de aquellos participantes que cumplan con los requisitos, perfil y capacidad técnica para desarrollar actividades de vigilancia ambiental para el Programa de Vehículos Contaminantes.

 

DÉCIMO QUINTA.- La contratación del personal se realizará conforme a la prelación establecida en el listado señalado en la Base Décimo Cuarta, considerando las necesidades de vigilancia o inspección ambiental solicitadas por la Coordinación de Inspección de Fuentes de Contaminación Ambiental adscrita a la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Ambiental en el rubro de Ecoguarda para el Programa de Vehículos Contaminantes (PVC).

 

DÉCIMO SEXTA.- La vigencia de los resultados de la presente Convocatoria será de un año, contado a partir de la publicación de la misma o bien agotado el listado de participantes aptos para realizar funciones de inspección y vigilancia del Medio Ambiente.

 

DÉCIMO SÉPTIMA.- Las decisiones que se determinen en relación a la presente Convocatoria serán inapelables y lo no considerado en la misma será resuelto por el Titular de la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Ambiental.

 

DÉCIMO OCTAVA.- Las peticiones ó solicitudes escritas de oportunidades, promociones y/o excepciones que hagan referencia al proceso de la presente Convocatoria, se tendrán por no interpuestas.

 

A T E N T A M E N T E

LIC. MARTHA T. DELGADO PERALTA

 

(Firma)

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SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE DEL

GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL