PUBLICADO EN LA GACETA
OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 23 DE ABRIL DE 2010
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA
CREACIÓN DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE DENUNCIANTES DE LA PROCURADURÍA
AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL
PROCURADURÍA
AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL
DIANA LUCERO PONCE
NAVA TREVIÑO,
Procuradora Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracciones I y XI de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 10 fracciones I y
XXIV de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento
Territorial del Distrito Federal, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 21 y 22 de la Ley de
Protección de Datos Personales del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Protección de Datos
Personales del Distrito Federal tiene entre sus objetivos establecer los
principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección y
tratamiento de los datos personales en posesión de los Entes Públicos.
Que de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 5° y 6° de dicho ordenamiento, los sistemas de datos personales
se regirán por los principios de seguridad, licitud, confidencialidad,
consentimiento, calidad de los datos, disponibilidad y temporalidad,
correspondiendo a cada Ente Público la creación de Sistemas de Datos
Personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.
Que el artículo 22 Bis 1 de la Ley
Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial establece
los requisitos para que la población denuncie violaciones o incumplimientos a
las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial
ante esta Entidad pudiendo solicitar la confidencialidad sobre sus datos
personales, en cuyo caso, la Procuraduría deberá adoptar las medidas
respectivas.
Que a fin de dar cumplimiento a los
preceptos legales antes invocados y de garantizar el correcto tratamiento de
los datos personales de los denunciantes que detenta la Procuraduría Ambiental
y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, he tenido a bien emitir el
presente:
AVISO POR EL QUE SE DA
A CONOCER LA CREACIÓN DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE DENUNCIANTES DE LA
PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL
PRIMERO.- Con el objeto de dar
seguridad, licitud, confidencialidad y certeza al tratamiento de datos
personales de los denunciantes que se encuentran en poder de esta Procuraduría
Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, tengo a bien
determinar la creación del Sistema de Datos Personales de Denunciantes de la
Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, el
cual se encuentra compuesto por:
I. Nombre y cargo del responsable y los
usuarios:
Responsable: Brenda Daniela Araujo
Castillo, Auxiliar de Asuntos Jurídicos
II. Finalidad del Sistema: El artículo
22 BIS 1 de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento
Territorial del Distrito Federal, establece que el escrito de la denuncia a que
se refiere el artículo 22 de esta Ley, deberá señalar: Nombre, denominación o
razón social del denunciante, así como su domicilio completo y teléfono si lo
tiene; para realizar las investigaciones de denuncias ciudadanas por presuntos
incumplimientos a la legislación en materia ambiental y del ordenamiento
territorial.
El o los denunciantes podrán solicitar
a la Procuraduría confidencialidad sobre sus datos personales, en cuyo caso, se
deberán adoptar las medidas respectivas.
La Procuraduría pondrá a disposición de
los interesados formatos para facilitar la elaboración y presentación de
denuncias ciudadanas.
III. Naturaleza de los datos personales
contenidos en el Sistema: Datos identificativos: nombre, domicilio y teléfono.
IV. Forma de recolección y
actualización de datos: Medios mixtos
V. Destino de los datos y personas
físicas o morales a las que pueden ser trasmitidos: Pueden ser transmitidos
internamente a las Subprocuradurías de Protección Ambiental y de Ordenamiento
Territorial encargadas de la sustanciación de la denuncia, además de otras
transmisiones a las autoridades competentes conforme a lo previsto en la Ley
Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, así como
en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
VI. Modo de interrelacionar la
información registrada: Sistema de Atención y Seguimiento de Denuncias y
Actuaciones de Oficio VII. Tiempo de conservación de los datos:
Medio automatizado 6-10 años
En el archivo de trámite 1-5 años
En el archivo de concentración 1-5 años
VIII. Medidas de seguridad: Básico
TRANSITORIO
ÚNICO. Publíquese el presente
Sistema de Datos Personales en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en la
página de Internet de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial
del Distrito Federal y regístrese ante el Instituto de Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal.
Dado en la ciudad de México, Distrito
Federal, a los 13 días del mes de abril de 2010.
LA TITULAR DE LA
PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL,
DIANA LUCERO PONCE NAVA TREVIÑO. (Firma)
(Firma)