PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 23 DE ABRIL DE 2010

 

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CREACIÓN DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE DENUNCIANTES DE LA PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL

 

PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL

 

DIANA LUCERO PONCE NAVA TREVIÑO, Procuradora Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 10 fracciones I y XXIV de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 21 y 22 de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal, y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal tiene entre sus objetivos establecer los principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección y tratamiento de los datos personales en posesión de los Entes Públicos.

 

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5° y 6° de dicho ordenamiento, los sistemas de datos personales se regirán por los principios de seguridad, licitud, confidencialidad, consentimiento, calidad de los datos, disponibilidad y temporalidad, correspondiendo a cada Ente Público la creación de Sistemas de Datos Personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.

 

Que el artículo 22 Bis 1 de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial establece los requisitos para que la población denuncie violaciones o incumplimientos a las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial ante esta Entidad pudiendo solicitar la confidencialidad sobre sus datos personales, en cuyo caso, la Procuraduría deberá adoptar las medidas respectivas.

 

Que a fin de dar cumplimiento a los preceptos legales antes invocados y de garantizar el correcto tratamiento de los datos personales de los denunciantes que detenta la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, he tenido a bien emitir el presente:

 

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CREACIÓN DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE DENUNCIANTES DE LA PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL

 

PRIMERO.- Con el objeto de dar seguridad, licitud, confidencialidad y certeza al tratamiento de datos personales de los denunciantes que se encuentran en poder de esta Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, tengo a bien determinar la creación del Sistema de Datos Personales de Denunciantes de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, el cual se encuentra compuesto por:

 

I. Nombre y cargo del responsable y los usuarios:

 

Responsable: Brenda Daniela Araujo Castillo, Auxiliar de Asuntos Jurídicos

 

II. Finalidad del Sistema: El artículo 22 BIS 1 de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, establece que el escrito de la denuncia a que se refiere el artículo 22 de esta Ley, deberá señalar: Nombre, denominación o razón social del denunciante, así como su domicilio completo y teléfono si lo tiene; para realizar las investigaciones de denuncias ciudadanas por presuntos incumplimientos a la legislación en materia ambiental y del ordenamiento territorial.

 

El o los denunciantes podrán solicitar a la Procuraduría confidencialidad sobre sus datos personales, en cuyo caso, se deberán adoptar las medidas respectivas.

 

La Procuraduría pondrá a disposición de los interesados formatos para facilitar la elaboración y presentación de denuncias ciudadanas.

 

III. Naturaleza de los datos personales contenidos en el Sistema: Datos identificativos: nombre, domicilio y teléfono.

 

IV. Forma de recolección y actualización de datos: Medios mixtos

 

V. Destino de los datos y personas físicas o morales a las que pueden ser trasmitidos: Pueden ser transmitidos internamente a las Subprocuradurías de Protección Ambiental y de Ordenamiento Territorial encargadas de la sustanciación de la denuncia, además de otras transmisiones a las autoridades competentes conforme a lo previsto en la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, así como en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.

 

VI. Modo de interrelacionar la información registrada: Sistema de Atención y Seguimiento de Denuncias y Actuaciones de Oficio VII. Tiempo de conservación de los datos:

 

Medio automatizado 6-10 años

En el archivo de trámite 1-5 años

En el archivo de concentración 1-5 años

 

VIII. Medidas de seguridad: Básico

 

TRANSITORIO

 

ÚNICO. Publíquese el presente Sistema de Datos Personales en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en la página de Internet de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal y regístrese ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

 

Dado en la ciudad de México, Distrito Federal, a los 13 días del mes de abril de 2010.

 

LA TITULAR DE LA PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL, DIANA LUCERO PONCE NAVA TREVIÑO. (Firma)

 

(Firma)