PUBLICADA EN LA G.O. DE FECHA 24 DE OCTUBRE DE 2002

 

Secretaría de Salud del Distrito Federal

 

Acuerdo por el que se delega en los Directores Generales de la Secretaría de Salud del Distrito Federal y en el Director General de Administración en dicha Dependencia, las facultades que se indican.

 

(Al margen superior izquierdo dos escudos que dicen: Gobierno del Distrito Federal.- México – La Ciudad de la Esperanza.- Jefe de Gobierno del Distrito Federal)

 

Andrés Manuel López Obrador, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, base segunda, Fracción II, inciso B) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2°, 8°, fracción II, 12 fracciones I, IV y VI, 67, fracción II y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 7°, 11, 27 y 44 al 48 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; 5°, 21, fracción VI, 27, 52, 53, 54, 55, 56 y 57 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; 2°, 5°, 7°, 14, 15, fracción VII, 16, fracción IV y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y

 

C o n s i d e r a n d o

 

Que conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, es facultad del Jefe de Gobierno del Distrito Federal instrumentar acciones tendientes a simplificar los procedimientos administrativos que realizan las diferentes áreas de la Administración Pública Local, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna las atribuciones y obligaciones que les corresponden.

 

Que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su Reglamento Interior corresponde a los Titulares de las Secretarías la formalización de los contratos que se realicen en el ámbito de su competencia, inclusive los relativos a la obra pública, a las adquisiciones, arrendamiento y prestación de servicios.

 

Que con el objeto de que la Secretaría de Salud del Distrito Federal pueda cumplir oportunamente con sus funciones y a fin de que el ejercicio administrativo inherente a la misma se continúe realizando, se hace necesario delegar en otros servidores públicos la facultad de suscribir los convenios, contratos y demás instrumentos que se realicen conforme a la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, así como los que se realicen conforme a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, sin que ello prive de una continua y permanente autorización y supervisión por parte del Titular de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

Acuerdo por el que se delega en los Directores Generales de la Secretaría de Salud del Distrito Federal y en el Director General de Administración en dicha dependencia, las facultades que se indican.

 

Primero.- Se delega en la Dirección General de Administración en la Secretaría de Salud del Distrito Federal, dentro del ámbito de su competencia, la facultad para suscribir todos aquellos convenios, contratos y demás instrumentos estrictamente relacionados con los mismos, que se asignen por el procedimiento de licitación pública de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, y para el caso de contratos derivados de procedimientos de invitación restringida a cuando menos tres proveedores o de adjudicación directa, hasta por los montos de actuación fijados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal correspondiente.

 

Segundo.- Se delega en la Dirección General de Administración en la Secretaría de Salud del Distrito Federal, dentro del ámbito de su competencia, la facultad para revisar y suscribir todos aquellos convenios, contratos y demás instrumentos, que se asignen por el procedimiento de licitación pública de conformidad con la Ley de Adquisiciones para Distrito Federal y su Reglamento, y para el caso de contratos derivados de Procedimientos de Invitación Restringida a cuando menos Tres Proveedores o de Adjudicación Directa, hasta por los montos de actuación fijados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal correspondiente.

 

Tercero.- Se delega en la Dirección General de Administración en la Secretaría de Salud del Distrito Federal, la facultad para suscribir los contratos de prestación de servicios profesionales.

 

Cuarto.- Se delega en la Dirección General de Servicios Médicos y Urgencias de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, la facultad de suscribir contratos, convenios y demás instrumentos jurídicos en materia de investigación en salud y aquellos que deriven de Programas aprobados por la Dependencia, en ejercicio de las atribuciones que les confiere el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Quinto.- Se delega en la Dirección General de Medicamentos e Insumos de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, la facultad de suscribir contratos, convenios y demás instrumentos jurídicos en materia de investigación en salud y aquellos convenios que deriven de Programas aprobados por la Dependencia, en ejercicio de las atribuciones que les confiere el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Sexto.- Se delega en la Dirección General de Planeación y Coordinación Sectorial de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, la facultad de suscribir, contratos, convenios, y demás instrumentos jurídicos con el Sistema Educativo en materia de Educación e Investigación en Salud y aquellos que deriven de Programas materia de Educación e Investigación en Salud y aquellos que deriven de Programas aprobados por la Dependencia, en ejercicio de las atribuciones que les confiere el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito federal.

 

Séptimo. La Titular de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, establecerá los mecanismos de autorización y supervisión, sobre los contratos, convenios y demás instrumentos jurídicos que conforme a este Acuerdo se formalicen en el ámbito de su competencia, conservando en todo momento la facultad de suscribir los mismos, cuando así lo considere conveniente.

 

T r a n s i t o r i o

 

Único.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

Dado en la residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México a los nueve días del mes de octubre del dos mil dos.- Andrés Manuel López Obrador, Jefe de Gobierno del Distrito Federal.- Firma.- Asa Ebba Crhistina Laurell, Secretaria de Salud.- Firma.