PUBLICADO EN LA GACETA
OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 12 DE MAYO DE 2010
LINEAMIENTOS GENERALES
DE OPERACIÓN DEL BACHILLERATO A DISTANCIA DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL
DISTRITO FEDERAL
SECRETARIA
DE EDUCACIÓN
MARIO MIGUEL CARRILLO
HUERTA, SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en
los artículos 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
1° y 32 de la Ley General de Educación; 87, 89 y 115, del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 15 fracción XIX, 16 fracciones III, IV y VII, 17, 23
Quarter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;
1° 5 y 6 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal, 1°, 2, 5 y 13 de la Ley de Educación del Distrito Federal y demás
disposiciones legales aplicables, doy a conocer el siguiente:
AVISO
POR EL CUAL SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE OPERACIÓN DEL BACHILLERATO
A DISTANCIA DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL
CONSIDERANDO
Que conforme a la Ley de Educación,
“Todos los habitantes del Distrito Federal tienen el derecho inalienable e
imprescriptible a las mismas oportunidades de acceso y permanencia en los
servicios educativos en todos tipos, niveles y modalidades que preste el
Gobierno del Distrito Federal, al que corresponde garantizarlo con equidad e
igualdad; considerando las diferencias sociales, económicas o de otra índole de
los distintos grupos y sectores de la población, en correspondencia con sus
particulares necesidades y carencias y sin más limitaciones que la satisfacción
de los requerimientos establecidos por las disposiciones legales respectivas”,
se establecen los lineamientos y mecanismos de operación, para el Programa de
Bachillerato a Distancia.
Que uno de los compromisos del Gobierno
del Distrito Federal es garantizar la enseñanza media superior, respetando los
principios de igualdad, equidad y libertad de acción, por lo que en
cumplimiento a dicha atribución el 15 de febrero de 2007 el Gobierno del
Distrito Federal, representado por el jefe de gobierno el Lic. Marcelo Luis
Ebrard Casaubón y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)
representada por el rector Dr. Juan Ramón de la Fuente, celebraron un Convenio
General de Colaboración, con el objeto de realizar proyectos y trabajos
conjuntos en materia de docencia, investigación, difusión de la cultura y otras
en beneficio de las partes, y derivado de este el 15 de febrero y el 30 de
agosto de 2007 respectivamente, la Secretaría de Educación del Distrito Federal
y la UNAM, firman Convenios Específicos de Colaboración con el objeto de
ofrecer a través de la Secretaría de Educación del Gobierno del Distrito
Federal, el programa educativo Bachillerato a Distancia de la UNAM.
Que la Secretaría de Educación del
Distrito Federal refuerza el compromiso del Gobierno del Distrito Federal
proporcionando educación de nivel medio superior a través del Programa de
Bachillerato a Distancia, como una alternativa de enseñanza a la población de
la Ciudad de México, con lo cual proporciona en los educandos la adquisición de
conocimientos e instrumentos metodológicos necesarios para su formación y
acceso al conocimiento científico y humanístico, desarrollando actitudes y
habilidades para el autoaprendizaje y acceso en forma creativa al mundo del
trabajo, a la transformación productiva y a los estudios de nivel superior.
En tal virtud y para dar cumplimiento a
su misión, se expide el documento que establece los:
LINEAMIENTOS
GENERALES DE OPERACIÓN DEL BACHILLERATO A DISTANCIA DE LA SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL
I.- EL PLAN Y
PROGRAMAS DE ESTUDIO DEL BACHILLERATO A DISTANCIA
El Programa de Bachillerato a Distancia
fue aprobado por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma
de México en Octubre de 2006 y respecto a los ejes fundamentales de su
funcionamiento se enuncia lo siguiente:
A) Características:
• Su carácter general y sin áreas de
especialización, aunque ofrece una asignatura optativa con objeto de darle una
cierta flexibilidad.
• Su orientación formativa, mediante el
aprendizaje de todo lo esencial para la cultura de un bachiller, que cumple las
funciones sociales de preparar para la vida, para realizar nuevos estudios y
para desarrollar habilidades y actitudes útiles en cualquier trabajo.
• Su énfasis en el desarrollo de
habilidades cognitivas y metacognitivas, comunicativas, metodológicas e
informáticas, así como el fortalecimiento de valores y actitudes útiles a la
sociedad.
• Un enfoque pedagógico centrado en el
aprendizaje del alumno:
- Con un acento decidido en el
desarrollo de habilidades;
- La adaptabilidad al dominio del
alumno con recursos permanentes para cubrir áreas de oportunidad y materiales
de enriquecimiento;
- La individualización del aprendizaje,
para mantener al alumno en su zona de desarrollo próximo y conservar su
motivación para aprender;
- El desarrollo y aprovechamiento de la
curiosidad intelectual;
- Una atención personalizada;
- La construcción individual y grupal
del conocimiento;
- Estrategias y materiales didácticos
diseñados ex profeso, para asegurar la adecuada comprensión de los temas;
- Actividades de evaluación auténtica
que incluyen conocimientos y habilidades, así como actividades de
autoevaluación para que el estudiante verifique sus avances en forma inmediata;
- Mecanismos para amplificar lo
aprendido que hagan consciente al estudiante de lo que ya domina y le será útil
en la vida;
-Y un empleo máximo de las
posibilidades del medio.
B) Sedes del
Bachillerato a Distancia
La Secretaría de Educación del Distrito
Federal para la operación del Programa de Bachillerato a Distancia establece 30
sedes (aulas de cómputo) en la Ciudad de México distribuidas en las
Delegaciones Políticas con el objeto de ser accesibles a toda la población del
Distrito Federal, con personal capacitado para su operación, equipo de cómputo
e instalación de internet, para que el alumno acceda al estudios de sus
asignaturas en dichas instalaciones si así lo desea y realice oportunamente sus
evaluaciones presenciales al concluir el estudio de cada asignatura, tanto de
los cursos propedéuticos como del plan de estudios.
SEDES DELEGACIONALES
Los lineamientos generales de operación
del Bachillerato a Distancia y los correspondientes a las sedes donde los
estudiantes pueden estudiar y ser evaluados, están sujetos a la decisión de un
Comité Técnico conformado por Convenio, por la Secretaría de Educación y la
UNAM.
C) Mapa Curricular
II.- INGRESO,
PERMANENCIA Y EGRESO
Todos los ESTUDIANTES inscritos
en el Bachillerato a Distancia de la SE DF están sujetos a los Lineamientos que
se presentan en este documento, cuyo objeto es regular la organización e
impartición de esta modalidad educativa a distancia.
PRIMERO
REQUISITOS
DE INSCRIPCIÓN
1. Son requisitos necesarios para ingresar
al Bachillerato a Distancia de la SE DF:
a. Solicitar formalmente en línea la
inscripción al Bachillerato a Distancia.
b. Acreditar con documentación oficial
que se cubrió en su totalidad el Plan de Estudios de la educación secundaria.
c. Acreditar los tres cursos
propedéuticos.
d. Cumplir con todos los requisitos que
la Convocatoria vigente solicite para este efecto.
2. El Bachillerato a Distancia de la SE
DF, atenderá únicamente a habitantes de la ciudad de México, situación que será
comprobada con documento oficial vigente, al momento de la solicitud de
inscripción.
3. Los aspirantes extranjeros, que
demuestren ser habitantes de la ciudad de México, además de satisfacer los
requisitos establecidos en la Convocatoria vigente, deberán cumplir con las
disposiciones oficiales de revalidación de estudios existentes en nuestro país.
SEGUNDO
TRÁMITES
DE INSCRIPCIÓN
4. Las inscripciones al Bachillerato a
Distancia de la SE DF se efectuarán dentro de las fechas señaladas en las
Convocatorias que la administración de éste considere pertinentes y se
realizarán conforme a los procesos y requisitos establecidos en dichas
convocatorias.
5. Los trámites de inscripción serán
responsabilidad exclusiva del ASPIRANTE. Excepto en aquellos actos en los que
el ASPIRANTE deba participar personalmente (como la toma de una fotografía de
identificación), el padre o tutor de éste podrá realizarlos, mediante la
presentación de una carta poder simple acompañada de una identificación con
fotografía y firma del ASPIRANTE o su comprobante de inscripción a los cursos
propedéuticos.
6. El ASPIRANTE que reúna los
requisitos de ingreso y realice oportunamente los trámites de inscripción,
adquiere la calidad de ESTUDIANTE, con todos los derechos y responsabilidades
que estos lineamientos establecen.
7. El Bachillerato a Distancia de la SE
DF entenderá que renuncia a su derecho de inscripción el aspirante que no
concluya con los trámites necesarios, en las fechas establecidas en la
Convocatoria vigente.
8. Una vez inscrito, el área de
Administración Escolar le asignará la clave de usuario y la contraseña
necesarias para ingresar a la plataforma y cumplir con las actividades
académicas previstas en este Bachillerato.
9. Los ESTUDIANTES inscritos en el
Bachillerato a Distancia de la SE DF recibirán un comprobante de dicho trámite.
10. Cuando se compruebe la falsedad
total o parcial de un documento, exhibido para efectos de inscripción, se
anulará dicho trámite y quedarán sin efecto todos los actos derivados del
mismo, sin perjuicio de otra clase de responsabilidad por parte del
Bachillerato a Distancia de la SE DF.
11. El Bachillerato a Distancia de la
SE DF le asignará a cada ESTUDIANTE una sede para que éste, si así lo desea,
curse ahí el bachillerato; y en donde, además, presentará obligatoriamente los
exámenes de acreditación de las asignaturas en el día y hora programados. Esta
programación toma en cuenta la delegación política en la que el ESTUDIANTE
habita y la disponibilidad de equipo de cómputo y horario de trabajo de cada
sede.
TERCERO
PROCESO
EDUCATIVO
12. El ESTUDIANTE cursará los cursos
propedéuticos y las asignaturas del Bachillerato en línea bajo la
responsabilidad de un profesor ASESOR, quien atenderá todas sus dudas sobre el
contenido académico para el logro del aprendizaje en el tiempo programado. Es
obligación del ESTUDIANTE entregar sus actividades y presentar las evaluaciones
y trabajos requeridos oportunamente. Todo retraso o incumplimiento incidirá en
su evaluación y aprovechamiento.
13. El ESTUDIANTE también contará con
un TUTOR durante sus cursos propedéuticos y a lo largo de su estancia en el
bachillerato, quien lo acompañará durante su proceso educativo; lo orientará en
las diversas dudas o problemas de índole académico-administrativas; y le
proporcionará el apoyo psicopedagógico requerido para fortalecer su formación
académica.
14. El ESTUDIANTE también será
acompañado por un RESPONSABLE DE GENERACIÓN, a quien puede recurrir para
resolver o aclarar algún problema o duda que salga de la competencia del ámbito
de acción de los asesores o tutores.
15. El ESTUDIANTE es responsable del
éxito de su aprendizaje en la medida en que se apoye en las figuras académicas
con las que cuenta.
CUARTO
PERMANENCIA
EN LOS ESTUDIOS
16. Sobre los cursos propedéuticos:
a. La acreditación de los tres cursos
propedéuticos será requisito indispensable para que un aspirante pueda ser
considerado como estudiante de Bachillerato a Distancia del GDF.
b. En caso de que un aspirante no
presente el examen del curso propedéutico de Estrategias de Aprendizaje a
Distancia será dado de baja definitiva y tendrá que esperar hasta la siguiente
convocatoria para iniciar nuevamente el proceso.
c. Un aspirante sólo podrá realizar el
proceso de ingreso a los cursos propedéuticos por dos ocasiones.
d. La calificación mínima aprobatoria
será de 6 (seis) debiendo haber presentado el examen final de cada curso.
e. Si un aspirante no acredita un curso
propedéutico será invitado a recuperar el mismo mediante convocatoria directa
de la UNAM.
f. Los aspirantes que adeuden dos o los
tres cursos propedéuticos que tengan interés en volver a intentar su ingreso al
Bachillerato a Distancia, deberán realizar su solicitud a través del Centro de
Contacto del Bachillerato a Distancia.
17. Sobre las asignaturas:
a. El límite de tiempo para ser
considerado ESTUDIANTE REGULAR del Bachillerato a Distancia de la SE DF, no
debe exceder de cuatro años. En caso de que el ESTUDIANTE requiera de mayor
tiempo, deberá realizar una solicitud al Comité Técnico del Bachillerato a
Distancia de la SE DF, en un documento escrito que justifique su petición. El
Comité emitirá una respuesta a dicha petición que será inapelable.
b. Quien hubiere interrumpido sus
estudios sin tramitar ante el área de Administración Escolar una Baja temporal
o definitiva podrá adquirir por otra sola ocasión la calidad de ESTUDIANTE;
para lo cual quedará sujeto a la normatividad vigente.
c. Un ESTUDIANTE podrá cursar sólo en
dos ocasiones cada una de las asignaturas del Plan de Estudios del Bachillerato:
una de manera ordinaria y otra en la modalidad de curso o examen
extraordinario. En caso de que el ESTUDIANTE requiera de otra oportunidad,
deberá realizar una solicitud en un documento escrito dirigido al Comité
Técnico del Bachillerato a Distancia de la SE DF, donde justifique su petición.
El Comité emitirá una respuesta a dicha
petición que será inapelable.
d. El ESTUDIANTE deberá formalizar la
solicitud de inscripción a los cursos o exámenes extraordinarios a través del
Centro de Contacto del Bachillerato a Distancia.
e. Ningún ESTUDIANTE podrá cursar más
de una asignatura por curso, ya sea de manera ordinaria o extraordinaria.
f. El ESTUDIANTE podrá solicitar una
Baja temporal o definitiva según lo dispuesto en el apartado de Bajas de estos
Lineamientos.
g. Al momento de la elaboración de
estos Lineamientos no existe posibilidad de revalidación de estudios.
QUINTO
SEDES
DELEGACIONALES
Para realizar sus estudios, el
aspirante o estudiante contará con el servicio gratuito de Sedes Delegacionales,
para lo que deberá considerar los siguientes puntos:
18. Los días que prestan servicio las
sedes son de lunes a domingo, en el horario de 8:00 a 20:00 horas.
19. Para ingresar a la sede los
usuarios deberán registrar su hora de entrada presentando original de
identificación oficial con fotografía y en caso de ser alumno del Bachillerato
a Distancia su número de folio.
20. No permitirá el acceso a la sede a
los usuarios que presenten las siguientes conductas:
• Presentarse en estado inconveniente
por efecto etílico y/o tóxico.
• Introducir y consumir alimentos y
bebidas.
• Llevar acompañantes no inscritos en
el Bachillerato a Distancia.
• Llevar mascotas cualquiera que esta
sea.
• Introducir objetos voluminosos de
cualquier tipo.
21. Una vez registrado el usuario, el
asistente técnico será el responsable de asignarle un equipo de cómputo.
22. El equipo de cómputo será utilizado
únicamente para acceder a la plataforma del programa de Bachillerato a
Distancia, ya sea para estudiar o
presentar exámenes.
23. Queda estrictamente prohibido el
uso del equipo de cómputo en los siguientes casos:
• Utilizar el software instalado e
internet para uso personal en general, como navegar, utilizar cualquier tipo de
mensajero, ver correo personal, bajar cualquier software, video y música así
como cualquier tipo de consulta distinta a la autorizada.
• Conectar o introducir al equipo de
cómputo cualquier memoria USB, reproductores de música, MP3, equipo de sonido y
/o video, celulares, audífonos o bocinas así como CD, DVD o cualquier equipo
distinto al autorizado.
• Cambiar configuración del sistema,
descargar y/o instalar cualquier programa y almacenar trabajos en disco duro de
forma permanente.
• Usar los servicios de red con fines
de lucro, comerciales, religiosos, políticos, publicitarios, propagar archivos
de cualquier tipo, así como mensajes obscenos, destructivos o cualquier uso
distinto al autorizado.
• No debe golpear, rayar, romper o
maltratar de cualquier forma el mobiliario y equipo de cómputo.
24. El usuario informará al asistente
técnico al decidir retirarse, registrando su hora de salida.
25. Cuando por causas de fuerza mayor
la sede no pueda prestar el servicio, los usuarios serán canalizados a otras
sedes cercanas. El asistente técnico brindará información respecto de la
ubicación de sedes alternas.
26. Todo usuario que ingrese a la sede
y porte equipo de comunicación (teléfono celular u otros similares), en caso de
recibir una llamada deberá atenderla fuera de la sede, a fin de evitar molestias
al resto de los usuarios.
27. Queda prohibido tomar fotografías
y/o video, con cualquier tipo de equipo dentro de la sede.
28. Sobre los periodos de exámenes
finales:
a. Las evaluaciones finales de cada
curso se llevarán a cabo de manera ordinaria los días viernes, sábado y domingo
correspondientes a la última semana de iniciado el mismo.
b. El alumno del Bachillerato a
Distancia deberá presentar su identificación oficial con fotografía y folio
otorgado. e no hacerlo no se permitirá el acceso a la sede.
c. El alumno dispondrá de dos horas
para realizar su examen. Se recomienda presentarse con 15 minutos de
anticipación a la hora asignada.
d. Una vez dentro de su sesión, el
asistente técnico ingresará la clave para tener acceso al examen final de
curso.
e. Queda estrictamente prohibido
consultar cualquier tipo de material escrito o electrónico, así como el uso de
calculadoras, durante la realización de exámenes. Se permitirá únicamente la
consulta del material didáctico previamente autorizado por la Coordinación
Académica del Bachillerato a Distancia.
f. Queda prohibido, durante la
realización de su examen, que el alumno acceda a cualquier correo electrónico
y/o páginas de internet a través del equipo de cómputo asignado.
g. Es responsabilidad del alumno el
proceso de envío de su examen, por medio de la plataforma del Bachillerato a
Distancia.
h. Durante la realización de su examen,
el alumno no podrá utilizar ningún medio de comunicación (teléfono celular u
otros similares).
i. En caso de presentarse alguna
eventualidad, durante el tiempo en que se presente el examen, el estudiante
tiene la obligación de informar inmediatamente, vía correo electrónico a su
asesor y tutor.
j. Al concluir su examen, el alumno
deberá informar al asistente técnico para que registre su hora de salida.
SEXTO
ACREDITACIÓN
DE LAS ASIGNATURAS
29. Un ESTUDIANTE acreditará una
asignatura únicamente si cumple con la entrega en tiempo y forma de las
actividades y evaluaciones parciales solicitadas; así como del examen final
respectivo y que el promedio de éstos sea aprobatorio. Ningún caso está exento
de cumplir estos requisitos.
30. La calificación mínima para
acreditar una asignatura es de 6. La calificación final aprobatoria obtenida en
una asignatura se expresará en el sistema decimal, en la escala de 6 a 10. Las
calificaciones se registrarán en las Actas de Evaluación Académica en números
enteros.
31. Cuando un ESTUDIANTE inscrito y
activo en plataforma, no haya cumplido con la calificación mínima aprobatoria
en una asignatura, se le registrará NA, que significa No Acreditado.
32. En caso de que el ESTUDIANTE
inscrito no envíe actividades en su asignatura para evaluación, se le
registrará NP como calificación, que significa No Presentado.
33. Cuando un estudiante registre
inactividad en su sesión por dos semanas o más, se le quitará el acceso a la
misma y sólo podrá reincorporarse una vez que aclare su situación académica
ante el Responsable de Generación, mediante una entrevista y documento escrito
en el que se comprometa a mostrar constancia en sus acciones académicas.
34. Cuando excepcionalmente el ASESOR
de la asignatura no firme el Acta de Evaluación Académica correspondiente, la
firmará el Coordinador General del Bachillerato a Distancia o el Coordinador
Académico, previa autorización del Comité Técnico del Bachillerato a Distancia
del GDF.
SÉPTIMO
CURSOS
EXTRAORDINARIOS
35. Un ESTUDIANTE tendrá derecho a
solicitar curso o examen extraordinario sólo al término del Módulo al que se encuentre
inscrito.
36. Los ESTUDIANTES sólo podrán
realizar un curso o examen extraordinario a la vez.
37. Que un ESTUDIANTE solicite
inscripción a un curso extraordinario no asegura que sea aceptado. Esto
dependerá de la demanda y el cupo que tengan los grupos programados.
38. Una vez inscrito a un curso o
examen extraordinario, el ESTUDIANTE adquiere la obligación de cumplir en tiempo
y forma con las actividades, compromisos y evaluaciones que el mismo contemple.
39. Un ESTUDIANTE tiene derecho a un
curso o examen extraordinario de una misma asignatura. Si al término de éste el
ESTUDIANTE reprueba la asignatura nuevamente, se hará acreedor a la Baja
definitiva del Bachillerato a Distancia de la SE DF. Si el ESTUDIANTE tuviera
interés de continuar en el Bachillerato, deberá solicitar en un documento por
escrito un curso más de la asignatura, donde exponga los motivos que
justifiquen su petición. Dicha solicitud especial debe estar dirigida al Comité
Técnico del Bachillerato a Distancia de la SE DF. El Comité emitirá una respuesta
a dicha solicitud que será inapelable.
OCTAVO
DE LAS
BAJAS
40. Un ESTUDIANTE causa Baja temporal o
definitiva del Bachillerato a Distancia, por alguna o varias de las siguientes
condiciones:
a. Tener reprobada una o más
asignaturas después de haber agotado la totalidad de oportunidades a las que tiene
derecho para cursar.
b. Por así convenir a los intereses del
ESTUDIANTE.
c. Por incurrir en alguna falta grave
que lo amerite, según dictamen del Comité Técnico del Bachillerato a Distancia
del GDF.
41. Un ESTUDIANTE podrá solicitar una
Baja temporal o definitiva mediante un documento escrito de exposición de motivos,
dirigido al área de Administración Escolar.
42. Como máximo, un ESTUDIANTE podrá
solicitar dos Bajas temporales durante todo el periodo de su estancia en el Bachillerato
a Distancia. Cada una de ellas no podrá ser mayor a la duración de un módulo.
43. El ESTUDIANTE que haya reprobado
todas las asignaturas de un módulo y no manifieste por escrito dirigido al área
de Administración Escolar sus intensiones de continuar con su formación
académica en el Bachillerato a Distancia será dado de Baja definitiva.
44. Durante el periodo de vigencia de
una Baja temporal, el ESTUDIANTE perderá sus derechos y beneficios adquiridos
como tal; sin embargo, podrá realizar los trámites de reanudación de los mismos
cuando se incorpore activamente a los trabajos escolares, con base en las
convocatorias vigentes para cada caso.
45. El ESTUDIANTE que, al término de un
periodo de Baja temporal no notifique por escrito al área de Administración
Escolar sus intenciones de continuar con su formación académica en el
Bachillerato a Distancia será dado de Baja definitiva.
NOVENO
DEL
AVANCE ESCOLAR
46. El ESTUDIANTE deberá acreditar la
totalidad de las asignaturas del módulo en el que se encuentra inscrito para poder
ser promovido al siguiente.
47. El ESTUDIANTE que regularice su
situación académica, en el caso de incurrir en adeudos, podrá ser promovido al módulo
correspondiente según la disponibilidad de espacios en los grupos activos.
DÉCIMO
DE LAS
BECAS Y OTROS BENEFICIOS
48. Durante su paso por el Bachillerato
a Distancia de la SE DF, los ESTUDIANTES podrán solicitar beca o cualquier otro
beneficio al que tengan derecho como estudiantes o habitantes del Distrito
Federal.
49. La beca y los beneficios serán
otorgados por aquellos programas vigentes que el Gobierno del Distrito Federal ponga
a disposición de los estudiantes de esta entidad federativa. El Bachillerato a
Distancia de la SE DF no tiene injerencia directa en los requisitos que éstos
determinen para conceder tales beneficios.
50. En ningún caso la beca y los
beneficios serán retroactivos.
DÉCIMO
PRIMERO
DE LAS
FALTAS Y LAS SANCIONES
51. Son causa de responsabilidad que
amerita Sanción:
a. Agredir, injuriar, difamar,
calumniar o dañar física, verbal o patrimonialmente a cualquier miembro de la comunidad
del Bachillerato a Distancia del GDF.
b. Hacer mal uso o dañar
intencionalmente las instalaciones de las sedes delegacionales y en general el patrimonio
del Bachillerato.
c. Sustraer recursos materiales y otros
bienes propiedad del Bachillerato a Distancia del GDF.
d. Acudir en estado de ebriedad o bajo
los efectos de algún narcótico (droga, enervante, estupefaciente, etcétera);
así como portar armas de cualquier tipo en las sedes delegacionales o en las
oficinas centrales del Bachillerato a Distancia de la SE DF.
e. Suplantar o permitir ser suplantado
al usar la clave de usuario y contraseña para ingresar a la plataforma; así
como realizar cualquier acto fraudulento en las actividades, evaluaciones,
exámenes, foros, chat y mensajes escolares.
f. Falsificar documentos oficiales o
utilizar documentos oficiales falsificados.
52. Las sanciones a cada caso serán
determinadas por el Comité Técnico del Bachillerato a Distancia de la SE DF, y podrán
ser de la siguiente índole: amonestación, nota de demérito, suspensión temporal
de sus derechos escolares o expulsión definitiva del Bachillerato. En caso de
ser una reincidencia, esta circunstancia será una agravante en la aplicación de
las sanciones.
53. El ESTUDIANTE tendrá la posibilidad
de presentar los elementos de convicción que estime necesarios al estar involucrado
en cualquiera de las situaciones anteriores, a fin de que se consideren en el análisis
de su caso.
DÉCIMO
SEGUNDO
EGRESO
54. El ESTUDIANTE que al término de dos
años, a lo más cuatro, haya acreditado el total de las asignaturas contempladas
en el Plan de Estudios del Bachillerato a Distancia del GDF será considerados
como EGRESADO.
55. El EGRESADO deberá atender las
indicaciones del área de Administración Escolar, para iniciar sus trámites de certificación
de estudios.
56. La Secretaría de Educación del
Gobierno del Distrito Federal expedirá el documento oficial correspondiente que
certifique la formación del EGRESADO en el Nivel Medio Superior.
Cualquier situación no contemplada en
estos lineamientos será turnada al Comité Técnico del Bachillerato a Distancia UNAM-SEDF
para su análisis y resolución.
El Comité revisará periódicamente estos
lineamientos para su actualización.
TRANSITORIO.
ÚNICO.- Publíquese en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.
(Firma)
________________________________
DR.
MARIO MIGUEL CARRILLO HUERTA
SECRETARIO
DE EDUCACIÓN