PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 12 DE MAYO DE 2010

 

LINEAMIENTOS GENERALES DE OPERACIÓN DEL BACHILLERATO A DISTANCIA DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL

 

SECRETARIA DE EDUCACIÓN

 

MARIO MIGUEL CARRILLO HUERTA, SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los artículos 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1° y 32 de la Ley General de Educación; 87, 89 y 115, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción XIX, 16 fracciones III, IV y VII, 17, 23 Quarter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1° 5 y 6 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, 1°, 2, 5 y 13 de la Ley de Educación del Distrito Federal y demás disposiciones legales aplicables, doy a conocer el siguiente:

 

AVISO POR EL CUAL SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE OPERACIÓN DEL BACHILLERATO A DISTANCIA DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL

 

CONSIDERANDO

 

Que conforme a la Ley de Educación, “Todos los habitantes del Distrito Federal tienen el derecho inalienable e imprescriptible a las mismas oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos en todos tipos, niveles y modalidades que preste el Gobierno del Distrito Federal, al que corresponde garantizarlo con equidad e igualdad; considerando las diferencias sociales, económicas o de otra índole de los distintos grupos y sectores de la población, en correspondencia con sus particulares necesidades y carencias y sin más limitaciones que la satisfacción de los requerimientos establecidos por las disposiciones legales respectivas”, se establecen los lineamientos y mecanismos de operación, para el Programa de Bachillerato a Distancia.

 

Que uno de los compromisos del Gobierno del Distrito Federal es garantizar la enseñanza media superior, respetando los principios de igualdad, equidad y libertad de acción, por lo que en cumplimiento a dicha atribución el 15 de febrero de 2007 el Gobierno del Distrito Federal, representado por el jefe de gobierno el Lic. Marcelo Luis Ebrard Casaubón y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) representada por el rector Dr. Juan Ramón de la Fuente, celebraron un Convenio General de Colaboración, con el objeto de realizar proyectos y trabajos conjuntos en materia de docencia, investigación, difusión de la cultura y otras en beneficio de las partes, y derivado de este el 15 de febrero y el 30 de agosto de 2007 respectivamente, la Secretaría de Educación del Distrito Federal y la UNAM, firman Convenios Específicos de Colaboración con el objeto de ofrecer a través de la Secretaría de Educación del Gobierno del Distrito Federal, el programa educativo Bachillerato a Distancia de la UNAM.

 

Que la Secretaría de Educación del Distrito Federal refuerza el compromiso del Gobierno del Distrito Federal proporcionando educación de nivel medio superior a través del Programa de Bachillerato a Distancia, como una alternativa de enseñanza a la población de la Ciudad de México, con lo cual proporciona en los educandos la adquisición de conocimientos e instrumentos metodológicos necesarios para su formación y acceso al conocimiento científico y humanístico, desarrollando actitudes y habilidades para el autoaprendizaje y acceso en forma creativa al mundo del trabajo, a la transformación productiva y a los estudios de nivel superior.

 

En tal virtud y para dar cumplimiento a su misión, se expide el documento que establece los:

 

LINEAMIENTOS GENERALES DE OPERACIÓN DEL BACHILLERATO A DISTANCIA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL

 

I.- EL PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DEL BACHILLERATO A DISTANCIA

 

El Programa de Bachillerato a Distancia fue aprobado por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de México en Octubre de 2006 y respecto a los ejes fundamentales de su funcionamiento se enuncia lo siguiente:

 

A) Características:

 

• Su carácter general y sin áreas de especialización, aunque ofrece una asignatura optativa con objeto de darle una cierta flexibilidad.

 

• Su orientación formativa, mediante el aprendizaje de todo lo esencial para la cultura de un bachiller, que cumple las funciones sociales de preparar para la vida, para realizar nuevos estudios y para desarrollar habilidades y actitudes útiles en cualquier trabajo.

 

• Su énfasis en el desarrollo de habilidades cognitivas y metacognitivas, comunicativas, metodológicas e informáticas, así como el fortalecimiento de valores y actitudes útiles a la sociedad.

 

• Un enfoque pedagógico centrado en el aprendizaje del alumno:

 

- Con un acento decidido en el desarrollo de habilidades;

 

- La adaptabilidad al dominio del alumno con recursos permanentes para cubrir áreas de oportunidad y materiales de enriquecimiento;

 

- La individualización del aprendizaje, para mantener al alumno en su zona de desarrollo próximo y conservar su motivación para aprender;

 

- El desarrollo y aprovechamiento de la curiosidad intelectual;

 

- Una atención personalizada;

 

- La construcción individual y grupal del conocimiento;

 

- Estrategias y materiales didácticos diseñados ex profeso, para asegurar la adecuada comprensión de los temas;

 

- Actividades de evaluación auténtica que incluyen conocimientos y habilidades, así como actividades de autoevaluación para que el estudiante verifique sus avances en forma inmediata;

 

- Mecanismos para amplificar lo aprendido que hagan consciente al estudiante de lo que ya domina y le será útil en la vida;

 

-Y un empleo máximo de las posibilidades del medio.

 

B) Sedes del Bachillerato a Distancia

 

La Secretaría de Educación del Distrito Federal para la operación del Programa de Bachillerato a Distancia establece 30 sedes (aulas de cómputo) en la Ciudad de México distribuidas en las Delegaciones Políticas con el objeto de ser accesibles a toda la población del Distrito Federal, con personal capacitado para su operación, equipo de cómputo e instalación de internet, para que el alumno acceda al estudios de sus asignaturas en dichas instalaciones si así lo desea y realice oportunamente sus evaluaciones presenciales al concluir el estudio de cada asignatura, tanto de los cursos propedéuticos como del plan de estudios.

 

SEDES DELEGACIONALES

 

 

Los lineamientos generales de operación del Bachillerato a Distancia y los correspondientes a las sedes donde los estudiantes pueden estudiar y ser evaluados, están sujetos a la decisión de un Comité Técnico conformado por Convenio, por la Secretaría de Educación y la UNAM.

 

C) Mapa Curricular

 

 

II.- INGRESO, PERMANENCIA Y EGRESO

 

Todos los ESTUDIANTES inscritos en el Bachillerato a Distancia de la SE DF están sujetos a los Lineamientos que se presentan en este documento, cuyo objeto es regular la organización e impartición de esta modalidad educativa a distancia.

 

PRIMERO

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN

 

1. Son requisitos necesarios para ingresar al Bachillerato a Distancia de la SE DF:

 

a. Solicitar formalmente en línea la inscripción al Bachillerato a Distancia.

 

b. Acreditar con documentación oficial que se cubrió en su totalidad el Plan de Estudios de la educación secundaria.

 

c. Acreditar los tres cursos propedéuticos.

 

d. Cumplir con todos los requisitos que la Convocatoria vigente solicite para este efecto.

 

2. El Bachillerato a Distancia de la SE DF, atenderá únicamente a habitantes de la ciudad de México, situación que será comprobada con documento oficial vigente, al momento de la solicitud de inscripción.

 

3. Los aspirantes extranjeros, que demuestren ser habitantes de la ciudad de México, además de satisfacer los requisitos establecidos en la Convocatoria vigente, deberán cumplir con las disposiciones oficiales de revalidación de estudios existentes en nuestro país.

 

SEGUNDO

TRÁMITES DE INSCRIPCIÓN

 

4. Las inscripciones al Bachillerato a Distancia de la SE DF se efectuarán dentro de las fechas señaladas en las Convocatorias que la administración de éste considere pertinentes y se realizarán conforme a los procesos y requisitos establecidos en dichas convocatorias.

 

5. Los trámites de inscripción serán responsabilidad exclusiva del ASPIRANTE. Excepto en aquellos actos en los que el ASPIRANTE deba participar personalmente (como la toma de una fotografía de identificación), el padre o tutor de éste podrá realizarlos, mediante la presentación de una carta poder simple acompañada de una identificación con fotografía y firma del ASPIRANTE o su comprobante de inscripción a los cursos propedéuticos.

 

6. El ASPIRANTE que reúna los requisitos de ingreso y realice oportunamente los trámites de inscripción, adquiere la calidad de ESTUDIANTE, con todos los derechos y responsabilidades que estos lineamientos establecen.

 

7. El Bachillerato a Distancia de la SE DF entenderá que renuncia a su derecho de inscripción el aspirante que no concluya con los trámites necesarios, en las fechas establecidas en la Convocatoria vigente.

 

8. Una vez inscrito, el área de Administración Escolar le asignará la clave de usuario y la contraseña necesarias para ingresar a la plataforma y cumplir con las actividades académicas previstas en este Bachillerato.

 

9. Los ESTUDIANTES inscritos en el Bachillerato a Distancia de la SE DF recibirán un comprobante de dicho trámite.

 

10. Cuando se compruebe la falsedad total o parcial de un documento, exhibido para efectos de inscripción, se anulará dicho trámite y quedarán sin efecto todos los actos derivados del mismo, sin perjuicio de otra clase de responsabilidad por parte del Bachillerato a Distancia de la SE DF.

 

11. El Bachillerato a Distancia de la SE DF le asignará a cada ESTUDIANTE una sede para que éste, si así lo desea, curse ahí el bachillerato; y en donde, además, presentará obligatoriamente los exámenes de acreditación de las asignaturas en el día y hora programados. Esta programación toma en cuenta la delegación política en la que el ESTUDIANTE habita y la disponibilidad de equipo de cómputo y horario de trabajo de cada sede.

 

TERCERO

PROCESO EDUCATIVO

 

12. El ESTUDIANTE cursará los cursos propedéuticos y las asignaturas del Bachillerato en línea bajo la responsabilidad de un profesor ASESOR, quien atenderá todas sus dudas sobre el contenido académico para el logro del aprendizaje en el tiempo programado. Es obligación del ESTUDIANTE entregar sus actividades y presentar las evaluaciones y trabajos requeridos oportunamente. Todo retraso o incumplimiento incidirá en su evaluación y aprovechamiento.

 

13. El ESTUDIANTE también contará con un TUTOR durante sus cursos propedéuticos y a lo largo de su estancia en el bachillerato, quien lo acompañará durante su proceso educativo; lo orientará en las diversas dudas o problemas de índole académico-administrativas; y le proporcionará el apoyo psicopedagógico requerido para fortalecer su formación académica.

 

14. El ESTUDIANTE también será acompañado por un RESPONSABLE DE GENERACIÓN, a quien puede recurrir para resolver o aclarar algún problema o duda que salga de la competencia del ámbito de acción de los asesores o tutores.

 

15. El ESTUDIANTE es responsable del éxito de su aprendizaje en la medida en que se apoye en las figuras académicas con las que cuenta.

 

CUARTO

PERMANENCIA EN LOS ESTUDIOS

 

16. Sobre los cursos propedéuticos:

 

a. La acreditación de los tres cursos propedéuticos será requisito indispensable para que un aspirante pueda ser considerado como estudiante de Bachillerato a Distancia del GDF.

 

b. En caso de que un aspirante no presente el examen del curso propedéutico de Estrategias de Aprendizaje a Distancia será dado de baja definitiva y tendrá que esperar hasta la siguiente convocatoria para iniciar nuevamente el proceso.

 

c. Un aspirante sólo podrá realizar el proceso de ingreso a los cursos propedéuticos por dos ocasiones.

 

d. La calificación mínima aprobatoria será de 6 (seis) debiendo haber presentado el examen final de cada curso.

 

e. Si un aspirante no acredita un curso propedéutico será invitado a recuperar el mismo mediante convocatoria directa de la UNAM.

 

f. Los aspirantes que adeuden dos o los tres cursos propedéuticos que tengan interés en volver a intentar su ingreso al Bachillerato a Distancia, deberán realizar su solicitud a través del Centro de Contacto del Bachillerato a Distancia.

 

17. Sobre las asignaturas:

 

a. El límite de tiempo para ser considerado ESTUDIANTE REGULAR del Bachillerato a Distancia de la SE DF, no debe exceder de cuatro años. En caso de que el ESTUDIANTE requiera de mayor tiempo, deberá realizar una solicitud al Comité Técnico del Bachillerato a Distancia de la SE DF, en un documento escrito que justifique su petición. El Comité emitirá una respuesta a dicha petición que será inapelable.

 

b. Quien hubiere interrumpido sus estudios sin tramitar ante el área de Administración Escolar una Baja temporal o definitiva podrá adquirir por otra sola ocasión la calidad de ESTUDIANTE; para lo cual quedará sujeto a la normatividad vigente.

 

c. Un ESTUDIANTE podrá cursar sólo en dos ocasiones cada una de las asignaturas del Plan de Estudios del Bachillerato: una de manera ordinaria y otra en la modalidad de curso o examen extraordinario. En caso de que el ESTUDIANTE requiera de otra oportunidad, deberá realizar una solicitud en un documento escrito dirigido al Comité Técnico del Bachillerato a Distancia de la SE DF, donde justifique su petición.

 

El Comité emitirá una respuesta a dicha petición que será inapelable.

 

d. El ESTUDIANTE deberá formalizar la solicitud de inscripción a los cursos o exámenes extraordinarios a través del Centro de Contacto del Bachillerato a Distancia.

 

e. Ningún ESTUDIANTE podrá cursar más de una asignatura por curso, ya sea de manera ordinaria o extraordinaria.

 

f. El ESTUDIANTE podrá solicitar una Baja temporal o definitiva según lo dispuesto en el apartado de Bajas de estos Lineamientos.

 

g. Al momento de la elaboración de estos Lineamientos no existe posibilidad de revalidación de estudios.

 

QUINTO

SEDES DELEGACIONALES

 

Para realizar sus estudios, el aspirante o estudiante contará con el servicio gratuito de Sedes Delegacionales, para lo que deberá considerar los siguientes puntos:

 

18. Los días que prestan servicio las sedes son de lunes a domingo, en el horario de 8:00 a 20:00 horas.

 

19. Para ingresar a la sede los usuarios deberán registrar su hora de entrada presentando original de identificación oficial con fotografía y en caso de ser alumno del Bachillerato a Distancia su número de folio.

 

20. No permitirá el acceso a la sede a los usuarios que presenten las siguientes conductas:

 

• Presentarse en estado inconveniente por efecto etílico y/o tóxico.

• Introducir y consumir alimentos y bebidas.

• Llevar acompañantes no inscritos en el Bachillerato a Distancia.

• Llevar mascotas cualquiera que esta sea.

• Introducir objetos voluminosos de cualquier tipo.

 

21. Una vez registrado el usuario, el asistente técnico será el responsable de asignarle un equipo de cómputo.

 

22. El equipo de cómputo será utilizado únicamente para acceder a la plataforma del programa de Bachillerato a

Distancia, ya sea para estudiar o presentar exámenes.

 

23. Queda estrictamente prohibido el uso del equipo de cómputo en los siguientes casos:

 

• Utilizar el software instalado e internet para uso personal en general, como navegar, utilizar cualquier tipo de mensajero, ver correo personal, bajar cualquier software, video y música así como cualquier tipo de consulta distinta a la autorizada.

 

• Conectar o introducir al equipo de cómputo cualquier memoria USB, reproductores de música, MP3, equipo de sonido y /o video, celulares, audífonos o bocinas así como CD, DVD o cualquier equipo distinto al autorizado.

 

• Cambiar configuración del sistema, descargar y/o instalar cualquier programa y almacenar trabajos en disco duro de forma permanente.

 

• Usar los servicios de red con fines de lucro, comerciales, religiosos, políticos, publicitarios, propagar archivos de cualquier tipo, así como mensajes obscenos, destructivos o cualquier uso distinto al autorizado.

 

• No debe golpear, rayar, romper o maltratar de cualquier forma el mobiliario y equipo de cómputo.

 

24. El usuario informará al asistente técnico al decidir retirarse, registrando su hora de salida.

 

25. Cuando por causas de fuerza mayor la sede no pueda prestar el servicio, los usuarios serán canalizados a otras sedes cercanas. El asistente técnico brindará información respecto de la ubicación de sedes alternas.

 

26. Todo usuario que ingrese a la sede y porte equipo de comunicación (teléfono celular u otros similares), en caso de recibir una llamada deberá atenderla fuera de la sede, a fin de evitar molestias al resto de los usuarios.

 

27. Queda prohibido tomar fotografías y/o video, con cualquier tipo de equipo dentro de la sede.

 

28. Sobre los periodos de exámenes finales:

 

a. Las evaluaciones finales de cada curso se llevarán a cabo de manera ordinaria los días viernes, sábado y domingo correspondientes a la última semana de iniciado el mismo.

 

b. El alumno del Bachillerato a Distancia deberá presentar su identificación oficial con fotografía y folio otorgado. e no hacerlo no se permitirá el acceso a la sede.

 

c. El alumno dispondrá de dos horas para realizar su examen. Se recomienda presentarse con 15 minutos de anticipación a la hora asignada.

 

d. Una vez dentro de su sesión, el asistente técnico ingresará la clave para tener acceso al examen final de curso.

 

e. Queda estrictamente prohibido consultar cualquier tipo de material escrito o electrónico, así como el uso de calculadoras, durante la realización de exámenes. Se permitirá únicamente la consulta del material didáctico previamente autorizado por la Coordinación Académica del Bachillerato a Distancia.

 

f. Queda prohibido, durante la realización de su examen, que el alumno acceda a cualquier correo electrónico y/o páginas de internet a través del equipo de cómputo asignado.

 

g. Es responsabilidad del alumno el proceso de envío de su examen, por medio de la plataforma del Bachillerato a Distancia.

 

h. Durante la realización de su examen, el alumno no podrá utilizar ningún medio de comunicación (teléfono celular u otros similares).

 

i. En caso de presentarse alguna eventualidad, durante el tiempo en que se presente el examen, el estudiante tiene la obligación de informar inmediatamente, vía correo electrónico a su asesor y tutor.

 

j. Al concluir su examen, el alumno deberá informar al asistente técnico para que registre su hora de salida.

 

SEXTO

ACREDITACIÓN DE LAS ASIGNATURAS

 

29. Un ESTUDIANTE acreditará una asignatura únicamente si cumple con la entrega en tiempo y forma de las actividades y evaluaciones parciales solicitadas; así como del examen final respectivo y que el promedio de éstos sea aprobatorio. Ningún caso está exento de cumplir estos requisitos.

 

30. La calificación mínima para acreditar una asignatura es de 6. La calificación final aprobatoria obtenida en una asignatura se expresará en el sistema decimal, en la escala de 6 a 10. Las calificaciones se registrarán en las Actas de Evaluación Académica en números enteros.

 

31. Cuando un ESTUDIANTE inscrito y activo en plataforma, no haya cumplido con la calificación mínima aprobatoria en una asignatura, se le registrará NA, que significa No Acreditado.

 

32. En caso de que el ESTUDIANTE inscrito no envíe actividades en su asignatura para evaluación, se le registrará NP como calificación, que significa No Presentado.

 

33. Cuando un estudiante registre inactividad en su sesión por dos semanas o más, se le quitará el acceso a la misma y sólo podrá reincorporarse una vez que aclare su situación académica ante el Responsable de Generación, mediante una entrevista y documento escrito en el que se comprometa a mostrar constancia en sus acciones académicas.

 

34. Cuando excepcionalmente el ASESOR de la asignatura no firme el Acta de Evaluación Académica correspondiente, la firmará el Coordinador General del Bachillerato a Distancia o el Coordinador Académico, previa autorización del Comité Técnico del Bachillerato a Distancia del GDF.

 

SÉPTIMO

CURSOS EXTRAORDINARIOS

 

35. Un ESTUDIANTE tendrá derecho a solicitar curso o examen extraordinario sólo al término del Módulo al que se encuentre inscrito.

 

36. Los ESTUDIANTES sólo podrán realizar un curso o examen extraordinario a la vez.

 

37. Que un ESTUDIANTE solicite inscripción a un curso extraordinario no asegura que sea aceptado. Esto dependerá de la demanda y el cupo que tengan los grupos programados.

 

38. Una vez inscrito a un curso o examen extraordinario, el ESTUDIANTE adquiere la obligación de cumplir en tiempo y forma con las actividades, compromisos y evaluaciones que el mismo contemple.

 

39. Un ESTUDIANTE tiene derecho a un curso o examen extraordinario de una misma asignatura. Si al término de éste el ESTUDIANTE reprueba la asignatura nuevamente, se hará acreedor a la Baja definitiva del Bachillerato a Distancia de la SE DF. Si el ESTUDIANTE tuviera interés de continuar en el Bachillerato, deberá solicitar en un documento por escrito un curso más de la asignatura, donde exponga los motivos que justifiquen su petición. Dicha solicitud especial debe estar dirigida al Comité Técnico del Bachillerato a Distancia de la SE DF. El Comité emitirá una respuesta a dicha solicitud que será inapelable.

 

OCTAVO

DE LAS BAJAS

 

40. Un ESTUDIANTE causa Baja temporal o definitiva del Bachillerato a Distancia, por alguna o varias de las siguientes condiciones:

 

a. Tener reprobada una o más asignaturas después de haber agotado la totalidad de oportunidades a las que tiene

derecho para cursar.

 

b. Por así convenir a los intereses del ESTUDIANTE.

 

c. Por incurrir en alguna falta grave que lo amerite, según dictamen del Comité Técnico del Bachillerato a Distancia del GDF.

 

41. Un ESTUDIANTE podrá solicitar una Baja temporal o definitiva mediante un documento escrito de exposición de motivos, dirigido al área de Administración Escolar.

 

42. Como máximo, un ESTUDIANTE podrá solicitar dos Bajas temporales durante todo el periodo de su estancia en el Bachillerato a Distancia. Cada una de ellas no podrá ser mayor a la duración de un módulo.

 

43. El ESTUDIANTE que haya reprobado todas las asignaturas de un módulo y no manifieste por escrito dirigido al área de Administración Escolar sus intensiones de continuar con su formación académica en el Bachillerato a Distancia será dado de Baja definitiva.

 

44. Durante el periodo de vigencia de una Baja temporal, el ESTUDIANTE perderá sus derechos y beneficios adquiridos como tal; sin embargo, podrá realizar los trámites de reanudación de los mismos cuando se incorpore activamente a los trabajos escolares, con base en las convocatorias vigentes para cada caso.

 

45. El ESTUDIANTE que, al término de un periodo de Baja temporal no notifique por escrito al área de Administración Escolar sus intenciones de continuar con su formación académica en el Bachillerato a Distancia será dado de Baja definitiva.

 

NOVENO

DEL AVANCE ESCOLAR

 

46. El ESTUDIANTE deberá acreditar la totalidad de las asignaturas del módulo en el que se encuentra inscrito para poder ser promovido al siguiente.

 

47. El ESTUDIANTE que regularice su situación académica, en el caso de incurrir en adeudos, podrá ser promovido al módulo correspondiente según la disponibilidad de espacios en los grupos activos.

 

DÉCIMO

DE LAS BECAS Y OTROS BENEFICIOS

 

48. Durante su paso por el Bachillerato a Distancia de la SE DF, los ESTUDIANTES podrán solicitar beca o cualquier otro beneficio al que tengan derecho como estudiantes o habitantes del Distrito Federal.

 

49. La beca y los beneficios serán otorgados por aquellos programas vigentes que el Gobierno del Distrito Federal ponga a disposición de los estudiantes de esta entidad federativa. El Bachillerato a Distancia de la SE DF no tiene injerencia directa en los requisitos que éstos determinen para conceder tales beneficios.

 

50. En ningún caso la beca y los beneficios serán retroactivos.

 

DÉCIMO PRIMERO

DE LAS FALTAS Y LAS SANCIONES

 

51. Son causa de responsabilidad que amerita Sanción:

 

a. Agredir, injuriar, difamar, calumniar o dañar física, verbal o patrimonialmente a cualquier miembro de la comunidad del Bachillerato a Distancia del GDF.

 

b. Hacer mal uso o dañar intencionalmente las instalaciones de las sedes delegacionales y en general el patrimonio del Bachillerato.

 

c. Sustraer recursos materiales y otros bienes propiedad del Bachillerato a Distancia del GDF.

 

d. Acudir en estado de ebriedad o bajo los efectos de algún narcótico (droga, enervante, estupefaciente, etcétera); así como portar armas de cualquier tipo en las sedes delegacionales o en las oficinas centrales del Bachillerato a Distancia de la SE DF.

 

e. Suplantar o permitir ser suplantado al usar la clave de usuario y contraseña para ingresar a la plataforma; así como realizar cualquier acto fraudulento en las actividades, evaluaciones, exámenes, foros, chat y mensajes escolares.

 

f. Falsificar documentos oficiales o utilizar documentos oficiales falsificados.

 

52. Las sanciones a cada caso serán determinadas por el Comité Técnico del Bachillerato a Distancia de la SE DF, y podrán ser de la siguiente índole: amonestación, nota de demérito, suspensión temporal de sus derechos escolares o expulsión definitiva del Bachillerato. En caso de ser una reincidencia, esta circunstancia será una agravante en la aplicación de las sanciones.

 

53. El ESTUDIANTE tendrá la posibilidad de presentar los elementos de convicción que estime necesarios al estar involucrado en cualquiera de las situaciones anteriores, a fin de que se consideren en el análisis de su caso.

 

DÉCIMO SEGUNDO

EGRESO

 

54. El ESTUDIANTE que al término de dos años, a lo más cuatro, haya acreditado el total de las asignaturas contempladas en el Plan de Estudios del Bachillerato a Distancia del GDF será considerados como EGRESADO.

 

55. El EGRESADO deberá atender las indicaciones del área de Administración Escolar, para iniciar sus trámites de certificación de estudios.

 

56. La Secretaría de Educación del Gobierno del Distrito Federal expedirá el documento oficial correspondiente que certifique la formación del EGRESADO en el Nivel Medio Superior.

 

Cualquier situación no contemplada en estos lineamientos será turnada al Comité Técnico del Bachillerato a Distancia UNAM-SEDF para su análisis y resolución.

 

El Comité revisará periódicamente estos lineamientos para su actualización.

 

TRANSITORIO.

 

ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.

 

(Firma)

________________________________

DR. MARIO MIGUEL CARRILLO HUERTA

SECRETARIO DE EDUCACIÓN