PUBLICADO EN LA GACETA
OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 28 DE MAYO DE 2010
AVISO POR EL CUAL SE
DAN A CONOCER LOS MECANISMOS Y CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE REDUCCIONES EN
LAS CUOTAS FIJADAS PARA LOS APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS, EN LAS INSTALACIONES
Y CENTROS A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LA DELEGACIÓN
BENITO JUÁREZ PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010
DELEGACIÓN
BENITO JUÁREZ
Lic.
Mario Alberto Palacios Acosta, Jefe Delegacional en Benito Juárez, con
fundamento en los artículos 87, 104 y 112 segundo párrafo y 117 del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal; 37, 38, 39 y demás relativos de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Distrito Federal, En la regla decimoquinta, de
las “Reglas para el control y manejo de los ingresos que se recauden por
concepto de aprovechamientos y productos que se asignen a las dependencias,
delegaciones y órganos desconcentrados que los generen, mediante el mecanismo
de aplicación automática de recursos”, publicadas en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 12 de Mayo de 2010 emite el:
AVISO
POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS MECANISMOS Y CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE
REDUCCIONES EN LAS CUOTAS FIJADAS PARA LOS APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS, EN LAS
INSTALACIONES Y CENTROS A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL DE
LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010.
BASES GENERALES
I.
El titular de la Dirección General de Desarrollo Social, podrá designar a los
servidores públicos facultados para autorizar las reducciones en los términos
de las presentes Mecanismos y Criterios.
II.
El titular de la Dirección General de Desarrollo Social, será el encargado de
autorizar, supervisar y establecer los sistemas de control para el cumplimiento
de los presentes mecanismos y criterios.
III.
El titular de la Dirección General de Desarrollo Social, publicará y
actualizará en la página de Internet de la Delegación Benito Juárez el listado
de beneficiarios de las reducciones, cada seis meses.
IV.
El titular de la Dirección General de Desarrollo Social, emitirá un documento
mediante el cual se acredite la reducción otorgada.
V.
Para el caso de las reducciones en los productos, estos serán aplicados solo en
los productos ofrecidos por la Delegación Benito Juárez, a través de la
Dirección General de Desarrollo Social por medio de sus distintas áreas en sus
mecanismos y criterios individuales.
VI.
En el caso de que el aprovechamiento o producto establezca una inscripción o
exista alguna cuota especial, la reducción no será aplicable a éste concepto y
en ningún caso podrá demeritar o modificar el marco del funcionamiento del o
los productos o aprovechamientos otorgados por la Delegación Benito Juárez.
VII.
Todas las reducciones emitidas bajo los presentes mecanismos y criterios
tendrán una vigencia al 31 de diciembre del año 2010 o bien a la emisión de
nuevos mecanismos y criterios. Salvo en los casos en que la reducción sea
motivada por ser estudiante, en cuyo caso la vigencia será al finalizar el
ciclo escolar correspondiente.
VIII.
Las reducciones otorgadas son personales e intransferibles, así mismo no son
acumulables.
En
todos los casos solo procederá la reducción, si el usuario paga de manera
oportuna la cuota respectiva.
IX.
En todos los casos para ser beneficiario de una reducción se deberá llenar el
“Formato para la Reducción de Cuotas de la Dirección General de Desarrollo
Social” (Anexo uno) adjuntando copia de los documentos que demuestren
fehacientemente la condición por la cual se solicita la reducción y entregarse
en el Centro de Atención Ciudadana (CESAC) de la Delegación Benito Juárez o en
la Dirección General de Desarrollo Social, en días y horarios hábiles.
X.
En los casos de la población en situación de calle o indigencia podrá ser
beneficiario de la reducción de Cuotas de la Dirección General de Desarrollo
Social la persona que acredite mediante documento girado por la Subdirección de
Albergues que está inscrito en alguno de sus programas.
MECANISMOS Y CRITERIOS
XI.
El mecanismo para que personas domiciliadas en la Delegación Benito Juárez
puedan obtener una reducción por escasa capacidad económica es:
a.
El personal de trabajo social realizará un estudio socioeconómico avalado por
la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales que se entregará a
través de la Dirección de Servicios Médicos y Sociales a la Dirección General
de Desarrollo Social para la correspondiente emisión del documento que acredite
la reducción otorgada.
XII.
El mecanismo para obtener una reducción por discapacidad es:
a.
El personal médico dependiente de la Jefatura de Unidad Departamental de
Especialidades Médicas y Retos Especiales realizará una valoración y emitirá el
certificado médico correspondiente, que se entregará a través de la Dirección
de Servicios Médicos y Sociales a la Dirección General de Desarrollo Social
para la correspondiente emisión del documento que acredite la reducción
otorgada.
XIII.
El mecanismo para obtener una reducción por ser integrante de Equipos
Deportivos Representativos de la Delegación Benito Juárez en productos será:
a.
La Dirección del Deporte de la Dirección General de Desarrollo Social de la
Delegación Benito Juárez emitirá un padrón de las personas integrantes de los
Equipos Deportivos Representativos de la Delegación Benito Juárez, avalado por
los entrenadores de cada disciplina deportiva y por el titular de la jefatura
de Unidad Departamental de Cultura Deportiva, mismo que se tendrá que
actualizar cuando menos cada seis meses.
b.
Los integrantes de los Equipos Deportivos Representativos de la Delegación
Benito Juárez deberán llenar el “Formato para la Reducción de Cuotas de la
Dirección General de Desarrollo Social” (Anexo uno) especificando que la
reducción solicitada es por esa causa y éste entregarse a la Dirección del
Deporte.
c.
Para el caso de la reducción; el titular de la Dirección General de Desarrollo
Social, emitirá un documento mediante el cual se acredite la reducción otorgada
y ésta podrá aplicarse solo en los productos marcados en el mismo documento.
d.
La vigencia de ésta reducción será aplicada mientras el beneficiario mantenga
la condición de integrante del equipo deportivo representativo y hasta treinta
días naturales posteriores a la fecha que pierda ésta condición.
e.
En caso de que algún beneficiario pierda la condición de integrante de Equipos
Deportivos Representativos de la Delegación Benito Juárez, la Dirección del
Deporte lo notificará en un plazo no mayor a diez días hábiles a la Dirección General
de Desarrollo Social y al beneficiario.
f.
Los criterios de porcentajes de reducción para los integrantes de los Equipos
Deportivos Representativos de la Delegación Benito Juárez serán de la siguiente
manera:
i.
Se aplicará un 50% de reducción a los integrantes de los Equipos Deportivos
Representativos de la Delegación Benito Juárez.
El
aval del entrenador de la disciplina, el aval del área de Desarrollo del
Deporte y su historial deportivo o justificación de aptitudes, así como la
propuesta de reducción, misma que podrá alcanzar el 100% de reducción.
XIV.
Para el caso de solicitar la reducción de manera inmediata en productos
ofrecidos en servicios médicos y médicos veterinarios, sin demérito de poder
acogerse a otros mecanismos y criterios, se deberá atender lo siguiente:
a.
Mecanismo para solicitar la reducción:
i.
Llenar el “Formato para la Reducción de Cuotas de la Dirección General de
Desarrollo Social y entregarlo (Anexo uno).
ii.
Presentar el original del documento que acredite la condición por la cual se
solicita la reducción correspondiente, comprobante de domicilio de hasta 4
meses anteriores y entregar copia de los mismos.
iii.
El servidor público facultado para el efecto, autorizará mediante un visto
bueno plasmado tanto en el formato y en la copia de la documentación
correspondiente, para proceder al mismo.
b.
Criterio para la reducción:
i.
50% de reducción para personas que acrediten tener sesenta años de edad o más
domiciliadas en la Delegación Benito Juárez.
ii.
40% de reducción para personas que acrediten tener sesenta años de edad que no
estén domiciliados en la Delegación Benito Juárez.
iii.40%
de reducción para niños inscritos en el sistema de educación básica pública.
iv.40%
de reducción para trabajadores del Gobierno del Distrito Federal.
XV.
Los criterios de reducción en los centros e instalaciones a cargo de la
Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación Benito Juárez para
productos ofrecidos en ellas son:
a.
50% de reducción para personas que acrediten tener sesenta años de edad o más.
b.
50% de reducción para personas que acrediten ser jubiladas o pensionadas.
c.
40% de reducción para niños inscritos en el sistema de educación básica pública
en la Delegación Benito Juárez.
d.
40% de reducción para el personal docente del sistema de educación básica
pública de la Delegación Benito Juárez.
e.
50% de reducción para niños inscritos en CENDIS de la Delegación Benito Juárez.
f.
50% de reducción para niños inscritos en el sistema AVANDEP.
g.
40% de reducción para trabajadores del Gobierno del Distrito Federal.
h.
40% de reducción para hijos y cónyuges del trabajador del Gobierno del Distrito
Federal.
i.
50% para personas que acrediten discapacidad y que se encuentren domiciliadas
en Benito Juárez mediante los mecanismos y criterios expuestos.
j.
Hasta el 100% para personas que demuestren escasa capacidad económica mediante
los mecanismos y criterios expuestos o bien que el caso amerite por su
inminente condición. Así mismo, se otorgará hasta el 100% a personas con mérito
académico
k.
Hasta el 100% para integrantes de equipos deportivos representativos de acuerdo
a los mecanismos y criterios expuestos.
l.
El 100% de reducción para niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y
adultos mayores inscritos en los programas de la Subdirección de Albergues.
XVI.
Para el caso de la organización de festivales, graduaciones y eventos en foros,
teatros y salones, en beneficio del alumnado de instituciones educativas
públicas domiciliadas en la Delegación Benito Juárez, los mecanismos y
criterios para las reducciones en aprovechamientos serán los siguientes:
a.
Mecanismos:
i.
Solicitar por escrito dicha reducción en papel membretado que deberá contener
cuando menos:
1.
La naturaleza de la solicitud.
2.
Los objetivos, uso y destino del producto o aprovechamiento que otorgará la
Delegación Benito Juárez.
b.
En todos los casos se aplicará una reducción de hasta el 75%.
XVII.
Para el caso de los aprovechamientos de salones de fiestas, foros, auditorios y
salas de usos múltiples, así como para la reducción en productos como la
Orquesta de Cámara de la Delegación Benito Juárez o agrupaciones musicales, se podrán
solicitar únicamente una vez al año y los criterios de reducciones serán los
siguientes:
a.
40% de reducción para trabajadores del Gobierno del Distrito Federal.
b.
Hasta el 100% para personas que demuestren escasa capacidad económica mediante
los mecanismos y criterios expresados en el presente.
XVIII.
Los criterios para las reducciones en el aprovechamiento de instalaciones
deportivas se sujetarán a lo siguiente:
a.
Actividades organizadas por Federaciones y asociaciones deportivas debidamente
acreditadas, sin cuota de recuperación para el público asistente; 100% de
reducción. Dicha Reducción será aplicable solamente para 5 actividades
realizadas por las Federaciones y asociaciones deportivas y tendrán una
vigencia al 31 de diciembre de 2010 o bien a la emisión de nuevos mecanismos o
criterios.
b.
Eventos organizados por Federaciones, asociaciones y ligas delegacionales
deportivas debidamente acreditadas, con cuota de recuperación para el público
asistente o participante; 50% de reducción. Dicha reducción será aplicable
solamente para 5 actividades realizadas por las Federaciones, asociaciones
deportivas y ligas delegacionales deportivas y tendrán una vigencia al 31 de
diciembre de 2010 o bien a la emisión de nuevos mecanismos o criterios.
c.
Eventos avalados por Federaciones y/o asociaciones deportivas debidamente
acreditadas; hasta el 75% de reducción. Dicha reducción será aplicable
solamente para 5 actividades realizadas por las Federaciones y asociaciones
deportivas y tendrán una vigencia al 31 de diciembre de 2010 o bien a la
emisión de nuevos mecanismos o criterios.
Recurso
de Revisión
XIX.
Las personas que hayan solicitado la reducción de cuotas de la Dirección
General de Desarrollo Social y, que por alguna causa no hayan resultado
beneficiadas en los términos de las presentes, tendrán un plazo improrrogable
de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al en que reciban el
documento firmado por la autoridad correspondiente, mediante el cual se informe
sobre la negativa de obtención del citado beneficio, para interponer el recurso
de revisión por escrito, dirigido al titular de la Dirección General de
Desarrollo Social; quien tendrá un termino de diez días hábiles contados a
partir del día siguiente de la recepción del recurso para resolver sobre el
mismo.
Lo
anterior sin demérito de los derechos del solicitante de presentar su queja o
denuncia a través del buzón ciudadano del portal www.dbj.gob.mx o ante el
órgano de control interno.
XX.
Los mecanismos y criterios para la aplicación de reducciones en las cuotas
fijadas para los aprovechamientos y productos, en las instalaciones y centros a
cargo de la Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación Benito Juárez,
se emiten sin demérito de otros ordenamientos jurídicos aplicables.
TRANSITORIO
Los
presentes, entran en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la
Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal. Ciudad de México, mes de Mayo
de 2010.
(Firma)
Lic.
Mario Alberto Palacios Acosta
Jefe
Delegacional en Benito Juárez