CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL A 1º DE JULIO DE 2009

 

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO "EL GDF" Y EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EN LO SUCESIVO "EL SAT", CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS ACCIONES NECESARIAS Y MECANISMOS DE COLABORACIÓN PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA (FIEL)

 

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO "EL GDF", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. RICARDO GARCÍA SÁINZ LAVISTA, CONTRALOR GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL CON LA INTERVENCIÓN DEL LIC. JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ, SECRETARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y, ASISTIDOS POR EL LIC. IRAK LÓPEZ DÁVILA, COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CONTRALORÍA GENERAL, Y POR LA OTRA, EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EN LO SUCESIVO "EL SAT", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. CARLOS GARZA CANTÚ AGUIRRE ADMINISTRADOR GENERAL DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

 

ANTECEDENTES

 

Que el Gobierno Federal, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha venido instrumentando el uso de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) con diferentes dependencias de la Administración Pública Federal.

 

Que la firma electrónica es un instrumento capaz de permitir una comprobación de la procedencia y de la integridad de los mensajes intercambiados a través de redes de telecomunicaciones, ofreciendo las bases para evitar el mal uso de los mismos, si se adoptan las medidas oportunas.

 

Que como parte de los esfuerzos que las dependencias federales y las entidades federativas han realizado a fin de que los ciudadanos cuenten con una sola firma digital que les permita realizar sus trámites y presentar solicitudes de servicios a través de medios electrónicos, el 28 de agosto del 2008, el Comité de Informática de la Administración Pública Estatal y Municipal (CIAPEM) y el Servicio de Administración Tributaria celebraron el Convenio de Colaboración para fomentar el uso de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL).

 

Dicho documento busca propiciar la cooperación entre los tres niveles de gobierno para impulsar entre los Estados y Municipios del país el uso de una plataforma única de firma electrónica, dado que .la FIEL brinda a los ciudadanos un recurso único de máxima seguridad, que sirve para facilitar y dar celeridad a todo tipo de trámites electrónicos.

 

Con el uso de la FIEL se logrará minimizar tiempo en trámites, costos y una reducción considerable a los problemas que se presentan actualmente, y tiene el objetivo principal de fomentar la rápida incorporación de las nuevas tecnologías de seguridad de las comunicaciones electrónicas entre los ciudadanos y las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Por lo tanto, resulta necesario homologar criterios y plataformas en todas las Entidades Federativas y Municipios, considerando los estándares técnicos de mayor aplicación y seguridad, para que a través del uso de la FIEL en todo el país sea posible el desarrollo e intercambio de Información en forma digital.

 

El uso de la FIEL permitirá impulsar el desarrollo y los estándares de calidad de la Administración Pública del Distrito Federal, basados en el establecimiento de un marco jurídico para la utilización de una herramienta que aporta seguridad y confianza en la realización de operaciones electrónicas en redes abiertas, como es el caso de Internet.

 

En primera instancia, el Convenio de Colaboración para el impedimento y uso de la FIEL servirá como precursor y quizá se convierta en un patrón a seguir para otras instancias locales, lo cual permitirá unificar esfuerzos federales y locales.

 

Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, al igual que diversos ordenamientos del ámbito local, da plena validez a las promociones de particulares y a los actos de autoridad que se lleven a cabo utilizando la firma electrónica, para lo cual, dispone que el Jefe de Gobierno debe emitir las normas que la hagan aplicable.

 

DECLARACIONES

 

1. DE “EL GDF"

 

Que el Distrito Federal es una Entidad Federativa con personalidad y patrimonio propio, conforme a lo establecido en los artículos 44 y 122 de la Constitución Política de los Estrados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 8 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 8 y 12 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y 1 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que entre las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal, se encuentra la Secretaría de Gobierno, en términos de los dispuesto por los artículos 15 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 7 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal a quien le corresponde conducir las relaciones del Jefe de Gobierno con otros órganos de gobierno local, poderes de la unión, con los gobiernos de los estados y con las autoridades municipales, acorde con el artículo 23 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que el Lic. José Ángel Ávila Pérez, fue nombrado Secretario de Gobierno del Distrito Federal, el 5 de diciembre de 2006, por el Lic. Marcelo Luis Ebrard Casaubón, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, e. interviene en este acto en términos de los artículos 16 fracción IV y 23 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que la Contraloría General es la dependencia de la Administración Pública Centralizada a la que corresponde determinar y conducir la política informática y de telecomunicaciones, así como el despacho de las materias relacionadas con la simplificación, modernización e innovación de la actuación administrativa en la Administración Pública del Distrito Federal, de conformidad con los artículos 87, 88 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 1, 2, 15 fracción XV y 34 fracciones XXXIV y XXXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que el Licenciado Ricardo García Sáinz Lavista fue designado Contralor General por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal el 7 de febrero de 2008 y tiene atribuciones bastantes y suficientes para suscribir esta clase de instrumentos, en términos de lo dispuesto por et artículo 16 fracción IV de la Ley Orgánica de !a Administración Pública del Distrito Federal.

 

El Licenciado Irak López Dávila; titular de la Coordinación General de Modernización Administrativa, fungirá como asistente para coordinar la ejecución de las acciones que resulten del presente Convenio de Colaboración, basado en las atribuciones que establece e! artículo 113 Bis del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal en sus fracciones I, II, III, IV, XVII, XXI, XXXII, XXXIII, XXXVII, XXXVIII y XL.

 

Que para los fines y efectos legales del presente convenio, señala como domicilio el ubicado en Avenida Juárez número 92, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc C. P.06040, Distrito Federal.

 

2. DE "EI SAT":

 

Que es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el carácter de autoridad fiscal, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 17, 26 y 31 fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, rubro D, fracción I y 98-B del Reglamento Interior de la Secretara de Hacienda y Crédito Público y el artículo 1 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

 

Que el Administrador General de Servicios al Contribuyente, Lic. Carlos Garza Cantú Aguirre, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, de conformidad con !o dispuesto en el artículo 9 fracción XXIII en relación con e! artículo 14 fracción VII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.

 

Que para los fines y efectos legales del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Av. Hidalgo número 77, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06300, en la Ciudad de México, Distrito Federal.

 

Las partes manifiestan que es su deseo celebrar el presente Convenio de manera gratuita como marco de colaboración, de conformidad con las siguientes:

 

CLÁUSULAS

 

PRIMERA.- El objeto del presente convenio consiste en establecer las acciones necesarias y mecanismos de colaboración para el uso de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) del SAT en los trámites o servicios de "EL GDF" que en su momento se definan.

 

SEGUNDA.- El "GDF" reconocerá los certificados digitales de Firma Electrónica Avanzada que emita el SAT, los cuales se utilizarán en los trámites que "EL GDF" lleve a cabo conforme a las normas que permitan la actuación administrativa mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada; por lo que "EL GDF" implementará la Infraestructura tecnológica que se requiera para llevar a cabo el procedimiento completo de dichos trámites.

 

Para tales efectos, de conformidad con el plan de trabajo que "EL GDF" tenga definido y que haya dado a conocer a "EL SAT”, "EL GDF" podrá solicitar a dicho órgano desconcentrado, la colaboración y asesoría técnica notificándole por escrito, con un mínimo de un mes de anticipación, las fechas en que se requiera dicha asesoría.

 

TERCERA.- Para la correcta implementación de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) en los trámites que en su momento defina "EL GDF", éste se compromete a actualizar los procedimientos administrativos para incorporar la “FIEL" en dichos trámites o servicios, para lo cual "EL GDF" verificará la autenticidad de la "FIEL" que conste en la solicitud electrónica que formulen los particulares o usuarios, a fin de estar en posibilidad de brindar, en su caso, la autorización del tramite o servicio, que en su momento defina "EL GDF", a través de medios electrónicos.

 

CUARTA.- "EL GDF" verificará ante "El SAT” la validez y vigencia de los certificados digitales de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) de los servidores públicos de "EL GDF" facultados para autorizar el servicio o trámite correspondiente, conforme al procedimiento establecido en los lineamientos que al respecto se diseñen, mismos que debidamente suscritos por las partes y una vez que se conozcan los trámites o servidos que "EL GDF" defina, los mismos se relacionarán como parte integrante del presente Convenio, previa validación de las, partes.

 

QUINTA,- "EL GDF" promoverá entre sus Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones, Entidades y demás Unidades Administrativas, la adopción y uso de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) que los usuarios de los trámites y servicios de "El GDF" hayan tramitado previamente ante "El SAT”. Para tales efectos, este último podrá prestar la asesoría técnica necesaria que "EL GDF" requiera para poner en marcha el uso de dicha herramienta.

SEXTA.- "EL GDF" se compromete a no utilizar el nombre e imagen de la "FIEL" en actividades de publicidad, promoción o similares sin contar con el consentimiento previo y por escrito de "El SAT".

 

SEPTIMA.- Las partes manifiestan que el presente convenio es producto de su buena fe, por lo que realizarán todas las acciones posibles para su cumplimiento, pero en caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación, las resolverán de mutuo acuerdo y por escrito.

 

OCTAVA.- El presente convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia indefinida, pudiendo ser modificado por acuerdo expreso de las partes que en él firman. Así mismo, podrá darse por terminado por cualquiera de ellas, previa notificación por escrito a su contraparte, con tres meses de anticipación.

 

NOVENA.- Las partes convienen asumir cada una cualquier responsabilidad con relación al personal que ocupen para dar cumplimiento al objeto materia del presente convenio, reconociendo expresamente que no existirá sustitución ni solidaridad patronal entre las partes.

 

Leído que fue el presente Convenio y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, se firma por cuadriplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los __ días del mes de julio de 2009.

 

 

Por “El SAT”

 

(firma)

 

___________________________

Lic. Carlos Garza Cantú Aguirre

Administrador General de Servicios al

Contribuyente

Por “El GDF”

 

(firma)

 

________________________

Lic. José Ángel Ávila Pérez

Secretario de Gobierno del Distrito Federal

 

 

 

 

(firma)

 

_____________________________

Lic. Ricardo García Sáinz Lavista

Contralor General del Distrito Federal

 

Asistente

 

(firma)

 

______________________

Lic. Irak López Dávila

Coordinador General de

Modernización Administrativa