CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL A 1º DE JULIO DE 2009
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL,
EN LO SUCESIVO "EL GDF" Y EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA,
EN LO SUCESIVO "EL SAT", CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS ACCIONES
NECESARIAS Y MECANISMOS DE COLABORACIÓN PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA
AVANZADA (FIEL)
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN
EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO "EL GDF",
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. RICARDO GARCÍA SÁINZ LAVISTA, CONTRALOR
GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL CON LA INTERVENCIÓN DEL LIC. JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ,
SECRETARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y, ASISTIDOS POR EL LIC. IRAK LÓPEZ
DÁVILA, COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CONTRALORÍA
GENERAL, Y POR LA OTRA, EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EN LO
SUCESIVO "EL SAT", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. CARLOS GARZA
CANTÚ AGUIRRE ADMINISTRADOR GENERAL DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE, AL TENOR DE
LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Que el
Gobierno Federal, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), órgano
desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha venido instrumentando
el uso de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) con diferentes dependencias de
la Administración Pública Federal.
Que la
firma electrónica es un instrumento capaz de permitir una comprobación de la
procedencia y de la integridad de los mensajes intercambiados a través de redes
de telecomunicaciones, ofreciendo las bases para evitar el mal uso de los mismos,
si se adoptan las medidas oportunas.
Que como
parte de los esfuerzos que las dependencias federales y las entidades federativas
han realizado a fin de que los ciudadanos cuenten con una sola firma digital
que les permita realizar sus trámites y presentar solicitudes de servicios a través
de medios electrónicos, el 28 de agosto del 2008, el Comité de Informática de
la Administración Pública Estatal y Municipal (CIAPEM) y el Servicio de Administración
Tributaria celebraron el Convenio de Colaboración para fomentar el uso de la
Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
Dicho
documento busca propiciar la cooperación entre los tres niveles de gobierno para
impulsar entre los Estados y Municipios del país el uso de una plataforma única
de firma electrónica, dado que .la FIEL brinda a los ciudadanos un recurso único
de máxima seguridad, que sirve para facilitar y dar celeridad a todo tipo de trámites
electrónicos.
Con el
uso de la FIEL se logrará minimizar tiempo en trámites, costos y una reducción
considerable a los problemas que se presentan actualmente, y tiene el objetivo
principal de fomentar la rápida incorporación de las nuevas tecnologías de seguridad
de las comunicaciones electrónicas entre los ciudadanos y las dependencias de la
Administración Pública del Distrito Federal.
Por lo
tanto, resulta necesario homologar criterios y plataformas en todas las
Entidades Federativas y Municipios, considerando los estándares técnicos de mayor
aplicación y seguridad, para que a través del uso de la FIEL en todo el país
sea posible el desarrollo e intercambio de Información en forma digital.
El uso
de la FIEL permitirá impulsar el desarrollo y los estándares de calidad de la
Administración Pública del Distrito Federal, basados en el establecimiento de
un marco jurídico para la utilización de una herramienta que aporta seguridad y
confianza en la realización de operaciones electrónicas en redes abiertas, como
es el caso de Internet.
En
primera instancia, el Convenio de Colaboración para el impedimento y uso de la FIEL
servirá como precursor y quizá se convierta en un patrón a seguir para otras instancias
locales, lo cual permitirá unificar esfuerzos federales y locales.
Que la
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, al igual que diversos
ordenamientos del ámbito local, da plena validez a las promociones de particulares
y a los actos de autoridad que se lleven a cabo utilizando la firma electrónica,
para lo cual, dispone que el Jefe de Gobierno debe emitir las normas que la
hagan aplicable.
DECLARACIONES
1. DE “EL
GDF"
Que el Distrito
Federal es una Entidad Federativa con personalidad y patrimonio propio,
conforme a lo establecido en los artículos 44 y 122 de la Constitución Política
de los Estrados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 8 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 1, 8 y 12 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal; y 1 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Que
entre las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal, se encuentra
la Secretaría de Gobierno, en términos de los dispuesto por los artículos 15
fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal
y 7 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal a quien le corresponde conducir las relaciones del Jefe de Gobierno con
otros órganos de gobierno local, poderes de la unión, con los gobiernos de los
estados y con las autoridades municipales, acorde con el artículo 23 fracción
III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Que el
Lic. José Ángel Ávila Pérez, fue nombrado Secretario de Gobierno del Distrito
Federal, el 5 de diciembre de 2006, por el Lic. Marcelo Luis Ebrard Casaubón,
Jefe de Gobierno del Distrito Federal, e. interviene en este acto en términos
de los artículos 16 fracción IV y 23 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal.
Que la
Contraloría General es la dependencia de la Administración Pública Centralizada
a la que corresponde determinar y conducir la política informática y de
telecomunicaciones, así como el despacho de las materias relacionadas con la simplificación,
modernización e innovación de la actuación administrativa en la Administración Pública
del Distrito Federal, de conformidad con los artículos 87, 88 y 115 del
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 1, 2, 15 fracción XV y 34 fracciones
XXXIV y XXXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Que el
Licenciado Ricardo García Sáinz Lavista fue designado Contralor General por el
Jefe de Gobierno del Distrito Federal el 7 de febrero de 2008 y tiene atribuciones
bastantes y suficientes para suscribir esta clase de instrumentos, en términos
de lo dispuesto por et artículo 16 fracción IV de la Ley Orgánica de !a Administración
Pública del Distrito Federal.
El
Licenciado Irak López Dávila; titular de la Coordinación General de Modernización
Administrativa, fungirá como asistente para coordinar la ejecución de las
acciones que resulten del presente Convenio de Colaboración, basado en las
atribuciones que establece e! artículo 113 Bis del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal en sus fracciones I, II, III, IV, XVII, XXI, XXXII,
XXXIII, XXXVII, XXXVIII y XL.
Que para
los fines y efectos legales del presente convenio, señala como domicilio el
ubicado en Avenida Juárez número 92, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc C. P.06040,
Distrito Federal.
2. DE
"EI SAT":
Que es
un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el
carácter de autoridad fiscal, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 2 fracción
I, 17, 26 y 31 fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
2, rubro D, fracción I y 98-B del Reglamento Interior de la Secretara de Hacienda
y Crédito Público y el artículo 1 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.
Que el
Administrador General de Servicios al Contribuyente, Lic. Carlos Garza Cantú
Aguirre, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio,
de conformidad con !o dispuesto en el artículo 9 fracción XXIII en relación con
e! artículo 14 fracción VII del Reglamento Interior del Servicio de Administración
Tributaria.
Que para
los fines y efectos legales del presente Convenio, señala como domicilio el
ubicado en Av. Hidalgo número 77, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, Código
Postal 06300, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
Las
partes manifiestan que es su deseo celebrar el presente Convenio de manera
gratuita como marco de colaboración, de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
El objeto del presente convenio consiste en establecer las acciones necesarias
y mecanismos de colaboración para el uso de la Firma Electrónica Avanzada
(FIEL) del SAT en los trámites o servicios de "EL GDF" que en su
momento se definan.
SEGUNDA.-
El "GDF" reconocerá los certificados digitales de Firma Electrónica
Avanzada que emita el SAT, los cuales se utilizarán en los trámites que
"EL GDF" lleve a cabo conforme a las normas que permitan la actuación
administrativa mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada; por lo que
"EL GDF" implementará la Infraestructura tecnológica que se requiera
para llevar a cabo el procedimiento completo de dichos trámites.
Para
tales efectos, de conformidad con el plan de trabajo que "EL GDF"
tenga definido y que haya dado a conocer a "EL SAT”, "EL GDF"
podrá solicitar a dicho órgano desconcentrado, la colaboración y asesoría técnica
notificándole por escrito, con un mínimo de un mes de anticipación, las fechas
en que se requiera dicha asesoría.
TERCERA.-
Para la correcta implementación de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) en los
trámites que en su momento defina "EL GDF", éste se compromete a actualizar
los procedimientos administrativos para incorporar la “FIEL" en dichos trámites
o servicios, para lo cual "EL GDF" verificará la autenticidad de la
"FIEL" que conste en la solicitud electrónica que formulen los
particulares o usuarios, a fin de estar en posibilidad de brindar, en su caso,
la autorización del tramite o servicio, que en su momento defina "EL
GDF", a través de medios electrónicos.
CUARTA.-
"EL GDF" verificará ante "El SAT” la validez y vigencia de los certificados
digitales de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) de los servidores públicos de
"EL GDF" facultados para autorizar el servicio o trámite correspondiente,
conforme al procedimiento establecido en los lineamientos que al respecto se diseñen,
mismos que debidamente suscritos por las partes y una vez que se conozcan los
trámites o servidos que "EL GDF" defina, los mismos se relacionarán
como parte integrante del presente Convenio, previa validación de las, partes.
QUINTA,-
"EL GDF" promoverá entre sus Dependencias, Órganos Desconcentrados,
Delegaciones, Entidades y demás Unidades Administrativas, la adopción y uso de
la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) que los usuarios de los trámites y servicios
de "El GDF" hayan tramitado previamente ante "El SAT”. Para
tales efectos, este último podrá prestar la asesoría técnica necesaria que
"EL GDF" requiera para poner en marcha el uso de dicha herramienta.
SEXTA.-
"EL GDF" se compromete a no utilizar el nombre e imagen de la
"FIEL" en actividades de publicidad, promoción o similares sin contar
con el consentimiento previo y por escrito de "El SAT".
SEPTIMA.-
Las partes manifiestan que el presente convenio es producto de su buena fe, por
lo que realizarán todas las acciones posibles para su cumplimiento, pero en
caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación, las resolverán
de mutuo acuerdo y por escrito.
OCTAVA.-
El presente convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá
una vigencia indefinida, pudiendo ser modificado por acuerdo expreso de las
partes que en él firman. Así mismo, podrá darse por terminado por cualquiera de
ellas, previa notificación por escrito a su contraparte, con tres meses de anticipación.
NOVENA.-
Las partes convienen asumir cada una cualquier responsabilidad con relación al
personal que ocupen para dar cumplimiento al objeto materia del presente
convenio, reconociendo expresamente que no existirá sustitución ni solidaridad patronal
entre las partes.
Leído
que fue el presente Convenio y enteradas las partes de su contenido y alcance
legal, se firma por cuadriplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los
__ días del mes de julio de 2009.
Por “El SAT” (firma) ___________________________ Lic. Carlos Garza Cantú Aguirre Administrador General de Servicios al Contribuyente |
Por “El GDF” (firma) ________________________ Lic. José Ángel Ávila Pérez Secretario de Gobierno del Distrito Federal |
|
(firma) _____________________________ Lic. Ricardo García Sáinz Lavista Contralor General del Distrito Federal |
Asistente (firma) ______________________ Lic. Irak López Dávila Coordinador General de Modernización Administrativa |