PUBLICADO EL 21 DE JUNIO DE 2010 EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

DELEGACIÓN DE COYOACÁN

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL TITULAR DE LA DIRECCIÒN GENERAL DE DESARROLLO ECONÒMICO SUSTENTABLE EN COYOACAN, LA FACULTAD DE ACREDITAR LA IDENTIDAD DE LOS SOCIOS COOPERATIVISTAS Y DE CONSTATAR SU VOLUNTAD PARA LA CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES COOPERATIVAS CORRESPONDIENTES A ESTE ÒRGANO POLÌTICO ADMINISTRATIVO; ASÌ COMO AQUELLOS ACTOS DERIVADOS DE LOS MISMOS, ADEMÀS DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A DICHA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESTABLECIDAS EN LAS DIVERSAS DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS APLICABLES.

 

RAÙL ANTONIO FLORES GARCÌA, Titular del Órgano Político-Administrativo en la Delegación de Coyoacán, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Base Tercera, último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 104, 105 y 117 fracciones I, X, XI, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, 3º fracciones I y III, 7, 10 fracción IV, 11 párrafo quinto, 37, 38 y 39 fracciones XLIV, XLV, LI, LXXI, LXXII Y LXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; así como los artículos 1º párrafo segundo, 120, 121, 122 último párrafo, y 144 bis del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y

 

CONSIDERANDO

 

Que los titulares de las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Político-Administrativos, Órganos Desconcentrados, Entidades Paraestatales y demás Unidades Administrativas de la Administración Pública del Distrito Federal, deben coadyuvar con quienes les sustituyan en sus funciones, a fin de que tengan los elementos suficientes para garantizar la debida continuidad de los programas y acciones de gobierno, en beneficio de la ciudadanía.

 

Que es prioridad de esta autoridad Delegacional el eficiente, ágil y oportuno desempeño de la atribución conferida a esta administración contenida en el artículo 39 fracción XLV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 último párrafo de la Ley General de Sociedades Cooperativas, los titulares de los órganos político-administrativos del Distrito Federal tienen la facultad de acreditar la identidad de los socios cooperativistas y de constatar su voluntad para la constitución de sociedades cooperativas del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio.

 

Que el artículo 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, establece a favor de los Jefes Delegacionales, la facultad de delegar en los Directores Generales y demás Unidades Administrativas de Apoyo Técnico- Operativo, las facultades que expresamente les otorguen los ordenamientos jurídicos correspondientes las cuales se ejercerán mediante disposición expresa que deberá publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

Que con virtud de ser del más alto interés de la presente Administración que todos los actos del Gobierno del Distrito Federal, se realicen con la legalidad, transparencia, eficacia y honradez, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL TITULAR DE LA DIRECCIÒN GENERAL DE DESARROLLO ECONÒMICO SUSTENTABLE EN COYOACAN, LA FACULTAD DE ACREDITAR LA IDENTIDAD DE LOS SOCIOS COOPERATIVISTAS Y DE CONSTATAR SU VOLUNTAD PARA LA CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES COOPERATIVAS CORRESPONDIENTES A ESTE ÒRGANO POLÌTICO ADMINISTRATIVO; ASÌ COMO AQUELLOS ACTOS DERIVADOS DE LOS MISMOS, ADEMÀS DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A DICHA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESTABLECIDAS EN LAS DIVERSAS DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS APLICABLES.

 

PRIMERO.- Se delega en el Titular de la Dirección General de Desarrollo Económico Sustentable en Coyoacán, la facultad de acreditar la identidad de los socios cooperativistas y de constatar su voluntad para la constitución de sociedades cooperativas correspondientes a este Órgano Político-Administrativo; así como aquellos actos derivados de los mismos, además de las atribuciones conferidas a dichas unidades administrativas establecidas en las diversas disposiciones legales y administrativas aplicables.

 

SEGUNDO.-En el ejercicio de las facultades que se delegan el titular en mención, deberá observar y cumplir los ordenamientos legales que rige la Administración Pública del Distrito Federal.

 

TERCERO.-El titular de la Dirección General de Desarrollo Económico Sustentable, deberá informar al titular del Órgano Político-Administrativo en Coyoacán, de todos los documentos que suscriba, con base en el presente acuerdo.

 

CUARTO.- La facultad delegada por virtud de este acuerdo, es sin menoscabo de su ejercicio directo por el titular del Órgano Político-Administrativo.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

SEGUNDO.-Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

Dado en la Residencia Oficial del Jefe Delegacional en Coyoacán, en la Ciudad de México Distrito Federal, a los 09 días del mes de junio de dos mil diez.

 

A T E N T A M E N T E

 

(Firma)

 

RAUL ANTONIO FLORES GARCIA

JEFE DELEGACIONAL EN COYOACAN