PUBLICADO EN LA GACETA
OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 26-DE JULIO DEL 2010
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO
FEDERAL Y SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS APLICABLES A SU OPERACIÓN
(Al margen superior un escudo que dice:
Ciudad de México.- Capital en Movimiento)
MARCELO LUIS EBRARD
CASAUBON,
Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado
C, Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 8º, fracción II, 12, fracción X, 67, fracción II y 90
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5º, 12, 14, 15, fracciones, IV y
XIV, 26, fracciones I, III, IX y X, 27 y 33, fracción XXII de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º, fracciones I y II, 2º,
fracciones VI y VII, 8º, fracciones I y XI, 9°, fracciones VIII, X, XI, XIX y
XXVII, 13 fracción II, 23, fracción IV, 107, fracción II, 122 y 129 de la Ley
Ambiental del Distrito Federal; y 56, fracciones VII, XII, XV, XX y XXIII, y
99, fracciones I y II del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la política ambiental es uno de los
ejes rectores del Gobierno del Distrito Federal, la cual se inscribe en la
interacción entre las diferentes dependencias, órganos desconcentrados,
delegaciones y entidades que integran a la administración pública;
Que es responsabilidad de las
dependencias y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal,
observar los principios de sustentabilidad en corresponsabilidad con la
sociedad del Distrito Federal, de la cual es parte, durante el desarrollo de
las actividades administrativas y operativas propias de la gestión pública;
Que el impacto ambiental originado por
la actividad administrativa puede ser minimizado al incorporar criterios
ambientales durante la planeación y desarrollo de la misma y mediante el
desarrollo de programas que establezcan los criterios ambientales a que deberán
sujetarse los programas, adquisiciones y obras de las dependencias órganos
desconcentrados, delegaciones y entidades que integran a la administración
pública, con el involucramiento coordinado de éstas en acciones de educación
ambiental de prevención y control del deterioro ambiental conservación,
protección y restauración del ambiente en el territorio del Distrito Federal;
Que los servidores públicos de la
Administración Pública del Distrito Federal deben realizar sus actividades
cotidianas bajo criterios de ahorro y uso eficiente de los recursos, con el
propósito de asegurar su disponibilidad y abatir los niveles de desperdicio;
Que se requiere que la actividad de la
administración pública del Distrito Federal en materia de adquisiciones de
bienes muebles, tome en consideración los aspectos de conservación ambiental,
así como de ahorro de energía eléctrica y agua y de mínima generación de todo
tipo de residuos sólidos;
Que es necesaria la coordinación entre
las dependencias de la administración pública del Distrito Federal para la
aplicación y seguimiento de políticas y la normatividad inherentes a los
programas de ahorro de agua, energía y consumo responsable de materiales de
oficina, así como para promover y fomentar la reducción, el reuso
y el reciclaje de los diferentes tipos de residuos y políticas para la
educación y participación comunitaria, social y privada, encaminadas a la
preservación y restauración de los recursos naturales y la protección al
ambiente;
Que es necesario generar un sistema que
englobe las acciones y medidas coordinadas en toda la Administración Pública
del Distrito Federal para contribuir a la minimización de los impactos
negativos al medio ambiente que son ocasionadas por el consumo de recursos,
generación de residuos sólidos y contaminantes;
Que es necesario instrumentar el
Sistema de Administración Ambiental en todos los edificios ocupados por la Administración
Pública del Distrito Federal, a fin de mejorar su desempeño ambiental y
fomentar entre los servidores públicos una cultura de responsabilidad en
beneficio del medio ambiente y de la sociedad;
Que para el mejor ejercicio de las
funciones a que se refieren los considerandos anteriores, resulta necesario
crear un Comité que dé seguimiento, elabore, establezca, supervise, monitoree,
y emita las recomendaciones y los lineamientos necesarios para la adecuada
asunción de las metas que persigue el Sistema de Administración Ambiental;
Que un Sistema de Administración
Ambiental para la Administración Pública del Distrito Federal logrará una forma
sistemática y documentada para disminuir los efectos negativos al medio
ambiente, asociados a las actividades administrativas y operativas en la
Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el
siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE
CREA EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
DISTRITO FEDERAL Y SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS APLICABLES A SU OPERACIÓN.
PRIMERO.- Se crea el Sistema de
Administración Ambiental de la Administración Pública del Distrito Federal, con
el objeto de hacer sustentable la operación de la Administración Pública del
Distrito Federal, a través de un manejo ambiental adecuado de los recursos
materiales, el uso más eficiente del agua y la energía, así como la separación
de los residuos generados.
SEGUNDO.- Se expiden los
lineamientos aplicables a la operación del Sistema a que se refiere el artículo
anterior, mismos que se publican de manera conjunta con el presente Acuerdo y
forman parte del mismo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente
Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo
entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, dejando sin efectos el Acuerdo de fecha 24 de julio del 2001 por el
que se creó el Comité del Sistema de Administración Ambiental de la
Administración Pública del Distrito Federal.
TERCERO.- Las dependencias,
órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal, deberán enviar su registro, dentro del plazo máximo de 30
días naturales después de la entrada en vigor del presente Acuerdo, utilizando
el formato de registro que les proporcionará la Coordinación General del
Sistema de Administración Ambiental.
Dado en la Residencia del Oficial del
Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los veintitrés
días del mes de julio del año dos mil diez.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO
DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO
AMBIENTE, MARTHA DELGADO PERALTA.- FIRMA.-EL SECRETARIO DE FINANZAS,
MARIO DELGADO CARRILLO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, FERNANDO
ABOITIZ SARO.- FIRMA.-