PROCURADURÍA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL

 

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL EL 24 DE AGOSTO DE 2010

 

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS Y MECANISMOS DE

OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL PARA LAS UNIDADES HABITACIONALES DE INTERÉS

SOCIAL OLLIN CALLAN CON UNIDAD EN MOVIMIENTO EJERCICIO 2010.

 

LIC. DIONE ANGUIANO FLORES, Procuradora Social del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 98 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 40, 47 y 70, fracción II, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2, 3, 13, fracciones I, II y VI, y 19, fracción II, de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal; el 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 6, fracción VI, del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal; 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y

 

CONSIDERANDO

 

Que se publicaron los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social para las Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN con Unidad en Movimiento, ejercicio 2010, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2010, con base en lo establecido en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

 

Que es manifiesta la deteriorada situación social y física existente en las unidades habitacionales, cuyos requerimientos de atención y apoyo oficial motivan la intervención y el acercamiento derivados de la aplicación del propio Programa Social.

 

Que a partir de un balance de los ejercicios 2001 al 2006 del Programa para el Rescate de Unidades Habitacionales de Interés Social (PRUH) y del ejercicio 2007 al 2009 del Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento, se consideró necesario reforzar el trabajo social y de organización condominal con los habitantes de las unidades habitacionales, además de fortalecer el trabajo interinstitucional para llevar a éstas los programas y servicios que tienen a su cargo los diferentes Órganos de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que en el ejercicio 2009 el Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN con Unidad en Movimiento, se atendieron 517 Unidades Habitacionales con un monto total de $57,764,000.00 (Cincuenta y siete millones setecientos sesenta y cuatro mil pesos 00/100 M.N.) Y que el Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social del Distrito Federal aprobó, mediante acuerdo número (O/113/616) estos Lineamientos y Mecanismos de Operación, he tenido a bien expedir los siguientes:

 

LINEAMIENTOS Y MECANISMOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL PARA UNIDADES

HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL

OLLIN CALLAN CON UNIDAD EN MOVIMIENTO, EJERCICIO 2010

 

1. ANTECEDENTES

 

Durante décadas los conjuntos habitacionales del Distrito Federal no recibieron apoyo alguno por parte del gobierno de la Ciudad, lo que contribuyó al paulatino deterioro físico de los inmuebles, equipamiento urbano y áreas comunes. Este detrimento físico, aunado a la afectación en la calidad de vida de la población habitante en ellas, propició la implementación del Programa para el Rescate de Unidades Habitacionales de Interés Social (PRUH) en el año 2001, a cargo de la Procuraduría Social.

 

Durante los seis años en que se aplicó este programa se ejerció un monto acumulado de $540, 279,136.00, con el que se realizaron 6,227 acciones en beneficio de 1,326 unidades habitacionales. No obstante los esfuerzos invertidos en este programa y su contribución a detener el deterioro físico de estos conjuntos habitacionales, las condiciones de deterioro prevalecían, lo que hizo necesario que en 2007 se creara el Programa Social para Unidades Habitacionales OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento, con el propósito de continuar contribuyendo a mejorar las condiciones físicas de las unidades y más enfáticamente las capacidades organizativas de las comunidades que las habitan.

 

En el periodo 2007-2009 el Programa Social para Unidades Habitacionales OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento, realizaron 2,520 acciones de mejoramiento y mantenimiento en áreas comunes de unidades habitacionales de interés social del Distrito Federal, en las que se empleó un monto de $297´390,087.00 pesos. Particularmente en el ejercicio 2009 no fue posible cumplir la meta programada de 850 unidades habitacionales, debido a la situación de crisis económica que vivió el país y que afectó al presupuesto de la Ciudad de México.

 

Pese a estos importantes esfuerzos, en la actualidad sigue siendo necesario atender la problemática presente en las unidades habitacionales caracterizada por:

 

1)     Prolongación e incremento del deterioro físico de los inmuebles en razón de la ausencia de recursos vecinales propios para mantenimiento.

2)     La multiplicidad de problemas de convivencia vecinal debido a la falta de responsabilidad y participación en su solución.

3)     Falta de conocimiento del régimen de propiedad en condominio y en general del marco normativo cívico.

4)     Alteraciones en el uso del suelo establecido para la vivienda y áreas comunes en las unidades habitacionales.

5)     Déficit, invasión y pérdida de áreas verdes y espacios comunes.

6)     Falta de organización condominal.

7)     Morosidad en el pago o inexistencia de cuotas para mantenimiento e incumplimiento de obligaciones de administradores y condóminos.

8)     Un grave deterioro social que se expresa en elevados índices de delincuencia, alcoholismo, drogadicción y violencia.

9)     Desatención hacia los grupos de población vulnerable.

 

En esas circunstancias el objetivo de mejorar las condiciones de las unidades habitacionales, así como el fortalecimiento de la identidad comunitaria y el impulso de los procesos de organización condominal, resulta necesario e irrenunciable.

 

2. PRESENTACIÓN

 

Con base en lo anterior y con el propósito de articular la acción conjunta e integral del Gobierno del Distrito Federal en las unidades habitacionales, la Procuraduría Social del Distrito Federal diseñó el Programa Social para Unidades Habitacionales OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento, basado en los principios de universalidad, igualdad, equidad de género, equidad social, justicia redistributiva, diversidad, integralidad, territorialidad, sustentabilidad, participación, transparencia y efectividad.

 

El Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento se realiza mediante una estrategia interinstitucional, para coadyuvar en la solución de los problemas de orden social y de organización condominal de los conjuntos habitacionales y otorgar ayuda económica para realizar acciones de mejoramiento y mantenimiento físico de sus áreas comunes; con el fin de convertir al Programa en un instrumento fundamental de la política social del Gobierno de la Ciudad de México, dirigida a los habitantes de las unidades, que representan la tercera parte de la población de esta Ciudad.

 

Con el Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento se propone reposicionar a la Procuraduría Social del Distrito Federal como la institución responsable de la política pública en materia condominal de la Ciudad de México. En este sentido el impulso de la organización condominal será un detonador decisivo de los procesos de participación vecinal y de mejora permanente de su calidad de vida.

 

Este Programa opera a partir de tres fuentes de apoyo, que son:

 

1.     La participación y experiencia de los habitantes de las unidades habitacionales del Distrito Federal como base para un ejercicio de corresponsabilidad social para la administración de los recursos económicos.

 

2.     Los beneficios económicos que otorga la Procuraduría Social a las unidades habitacionales con el objetivo de renovar y dar mantenimiento a sus áreas comunes.

 

3.     Las políticas públicas, los servicios y programas sociales, que el Gobierno del Distrito Federal, cuyos apoyos y recursos se canalizarán a los habitantes de las unidades habitacionales del Distrito Federal.

 

La política social del Gobierno del Distrito Federal tiene como objetivo posibilitar el cumplimiento del conjunto de derechos sociales definidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las demás leyes y normas de aplicación en la Ciudad de México, para ello diseñó un conjunto de programas encaminados a combatir toda forma de exclusión, desigualdad, inequidad y discriminación.

 

A través del Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento se facilitará la participación de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político-administrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, para acercar los programas y servicios que cada uno ofrece a la población de las unidades habitacionales y de esta manera contribuir a su desarrollo social.

 

Mediante comités ciudadanos de administración y de supervisión electos en Asamblea Ciudadana, los habitantes de las unidades destinarán los recursos públicos asignados para realizar trabajos de mejoramiento y mantenimiento en áreas comunes conforme a estos lineamientos y promoverán actividades tendientes a mejorar el entorno social de su unidad habitacional de acuerdo a sus propias necesidades y requerimientos.

 

3. OBJETIVOS

 

3.1. Objetivo General

 

Mejorar la calidad de vida de los habitantes de las unidades habitacionales de interés social en el Distrito Federal, a través del mejoramiento físico de sus áreas comunes y de impulsar procesos que contribuyan a la organización condominal, conforme a la Ley de Propiedad en Condominio para Inmuebles del Distrito Federal.

 

3.2. Objetivos Específicos

 

a.     Impulsar obras de mejoramiento y mantenimiento de las áreas comunes de las unidades habitacionales

b.     Fortalecer la vida condominal a través del fomento de los valores de la convivencia: tolerancia, respeto, cooperación y participación.

c.     Fomentar el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio para Inmuebles del Distrito Federal.

d.     Promover la organización formal de las administraciones de las unidades habitacionales.

e.     Articular las distintas acciones sociales de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político-administrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, así como con organizaciones civiles, sociales y privadas para promover el desarrollo social, ambiental y cultural de las unidades habitacionales.

f.      Orientar e impulsar el uso de los recursos del programa para desarrollar proyectos y acciones de beneficio ambiental.

g.     Fomentar la participación de los habitantes de las unidades a través de la toma colectiva de decisiones para la administración de los recursos y su supervisión.

h.     Promover una cultura de corresponsabilidad entre gobierno y sociedad en la solución de los problemas.

 

Para el logro de los objetivos y el desarrollo del Programa se definieron los siguientes ejes de acción, cuya aplicación requiere hacerse en estrecha colaboración con las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político-administrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, así como con organizaciones civiles, sociales y privadas, según corresponda a la naturaleza de cada eje:

 

I. Unidad Habitacional Digna

 

Con los recursos para el mejoramiento físico de las unidades habitacionales se podrán apoyar acciones dirigidas a la recuperación de las áreas comunes y la creación de espacios de encuentro y convivencia; se apoyará y rescatará el valor histórico, estético y arquitectónico de sus edificaciones para mejorar la imagen urbana.

 

II. Unidad Habitacional Amigable, Respetuosa y Ordenada

 

Se fomentará la cultura condominal a fin de crear condiciones para una convivencia pacífica y organizada en las unidades habitacionales, que se apropie de los espacios comunes, que sea integradora, respetuosa, incluyente, solidaria, tolerante y participativa; que tenga como núcleo principal a las familias en su diversidad para contribuir al mejoramiento de sus condiciones de vida.

 

III. Unidad Habitacional con Equidad de Género

 

Se promoverán acciones para fomentar las relaciones armónicas equitativas entre hombres y mujeres, y una cultura en la que se erradique toda clase de discriminación y violencia contra las mujeres, que apoye el fortalecimiento de su autoestima y su valoración social.

 

IV. Unidad Habitacional Tolerante

 

Se apoyarán procesos que contribuyan a la solución pacifica de conflictos en la comunidad, a la prevención de la violencia familiar y al mejoramiento general de la calidad de las relaciones comunitarias entre todos los habitantes.

 

V. Unidad Habitacional Sustentable

 

Se promoverá la restauración del equilibrio ambiental en las unidades habitacionales; se impulsará el uso de tecnologías ambientales alternativas; se apoyarán soluciones ambientalmente apropiadas para el manejo del agua y los residuos sólidos, así como el rescate y fomento de áreas verdes, entre otras actividades.

 

VI. Unidad Habitacional Cultural

 

Se apoyarán iniciativas que promuevan el desarrollo de la creatividad y el talento artístico de los habitantes de las unidades, así como las que refuercen los símbolos de identidad y las que revaloren a las áreas comunes como un patrimonio colectivo que debe cuidarse, fomentando con ello nuevas formas de convivencia con respeto a la diversidad y la integración intergeneracional. Se promoverá y apoyará el desarrollo de talleres para la formación de grupos culturales y la presentación de eventos y actividades artísticas.

 

VII. Unidad Habitacional Corresponsable

 

Conjuntamente con los vecinos se considerarán las condiciones de riesgo de los espacios habitacionales, se fomentará y sensibilizará a los habitantes de las unidades de la importancia de tomar medidas de prevención y protección civil para salvaguardar su integridad física.

 

VIII. Unidad Habitacional Sana

 

Se promoverán jornadas de salud, prevención de enfermedades y canalizaciones al Sistema de Salud del Gobierno de la Ciudad de México, con énfasis en la atención a mujeres, niños y adultos mayores, impulsando acciones de promoción, capacitación y atención para la salud.

 

IX. Unidad Habitacional Educadora

 

Se orientará a los habitantes para transformar sus unidades en espacios propicios para la educación de niños y niñas, jóvenes y adultos; para lo cual se apoyarán diversas acciones dirigidas a abatir el analfabetismo y/o promover la educación media superior, entre otras.

 

X. Unidad Habitacional Productiva

 

Se apoyará la organización comunitaria o familiar para la promoción de proyectos productivos, para favorecer a personas desempleadas o grupos poblacionales en situación de precariedad económica. Énfasis especial merecerán las mujeres jefas de familia, jóvenes y adultos mayores.

 

XI. Unidad Habitacional Segura

 

Se orientará a los vecinos para que se integren a los programas de prevención del delito y capacitación para la vigilancia condominal en general, y se apoyarán medidas de protección específica hacia los grupos agredidos, tales como mujeres, adultos mayores y población infantil.

 

XII. Unidad Habitacional Deportiva

 

Se apoyarán actividades deportivas para todos sus habitantes y se fomentarán torneos deportivos entre las unidades habitacionales.

 

XIII. Unidad Habitacional con Patrimonio Seguro

 

Se apoyarán iniciativas que diversas instancias, públicas y privadas, dirijan a otorgar certeza y seguridad jurídica al patrimonio de sus habitantes.

 

XIV. Unidad Habitacional Promotora del Derecho a la Ciudad

 

Se realizarán acciones de información, concientización y defensa de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales que se traducen en el derecho a esta Ciudad.

 

XV. Unidad Habitacional Organizada Condominalmente

 

Se buscará intensificar la intervención de la Procuraduría en la aplicación de la Ley de Propiedad en Condominio y se promoverá el conocimiento de ésta; se apoyarán acciones para regularizar la situación administrativa de las unidades habitacionales y para el cumplimiento de las responsabilidades que tienen sus habitantes con la unidad.

 

En todo momento la Procuraduría Social estará en disposición de trabajar con las Comisiones de Educación Cultura y Organización Condominal y con los vecinos, para que desarrollen las acciones que decidan en los ejes descritos.

 

4. METAS

 

Para el ejercicio 2010 se tiene programada la meta de apoyar hasta 550 unidades habitacionales con más viviendas e índice poblacional, mediante la asignación de recursos para la ejecución de proyectos de mejoramiento, mantenimiento u obra nueva en las áreas comunes de cada unidad habitacional, de la ejecución de acciones sociales para promover y fortalecer la organización condominal, y el acercamiento de los programas sociales para atender una diversidad de necesidades y demandas y para asignar recursos para la ejecución de proyectos de mejoramiento, mantenimiento u obra nueva en las áreas comunes de cada unidad habitacional, toda vez que el presupuesto asignado a esta Procuraduría para el presente ejercicio lo permita.

 

5. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL

 

Para el ejercicio 2010 se autorizaron $90, 000,000.00 en la Partida Presupuestal 4105 “Ayudas Sociales y Culturales” para el Programa Social de Unidades Habitacionales OLLIN CALLAN “Con Unidad en Movimiento”, los cuales se entregarán de manera directa a los comités de administración de las unidades habitacionales para su ejercicio. La entrega de los recursos estará sujeta a la suficiencia presupuestal.

 

6. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO Y EXCLUSION AL PROGRAMA

 

6.1. Requisitos de acceso

 

Para efectos de la asignación de los recursos, las unidades habitacionales que pretendan participar, deberán cumplir los siguientes requisitos:

 

a)     Ser de interés social. Se considera de interés social a las promovidas por un organismo público: FIDEUR, FOVISSSTE, INFONAVIT, FONHAPO, IMSS, FIVIDESU, FICAPRO, INDECO, INVI, o bien que las viviendas hayan sido adquiridas a terceros a través de financiamientos de estos organismos u otros similares.

b)     Contar con 30 o más viviendas.

c)     Tener una antigüedad de cinco o más años.

d)    En caso de haber sido beneficiadas en años anteriores, haber cumplido de manera satisfactoria con los respectivos Mecanismos de Operación del Programa.

e)     Solicitarán por escrito la inclusión al Programa aquellas UH que cuenten con los requisitos mencionados en los incisos anteriores, debiendo presentar dicha solicitud en los meses de noviembre, diciembre y primeros días de enero previo al ejercicio que se inicie y en seguimiento a las obras ya realizadas.

f)      Se podrán incorporar al Programa, de manera excepcional y mediante solicitud expresa de los habitantes, aquellas unidades habitacionales que de manera extemporánea hayan presentado su petición (anexando dictamen de Protección Civil) y las que cuenten con menos de 30 viviendas, y que además presenten un deterioro mayor (problemas en la estructura, en el sistema hidráulico o eléctrico) que signifiquen riesgos para la seguridad o integridad física de las personas; y que se comprometan a iniciar un proceso de organización condominal, o en su caso, a fortalecer el existente, previo acuerdo del Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social.

 

En todos los casos, prevalecerá el criterio de justicia social en atención al nivel socioeconómico de los habitantes de la unidad habitacional. Será el Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social quien apruebe el universo de unidades habitacionales susceptibles de ser beneficiarias de OLLIN CALLAN (Universo de Atención 2010). La Coordinación General de Programas Sociales una vez que haya sido aprobada la inclusión, o se determine la exclusión de las U.H. del padrón 2010, por el Consejo de Gobierno, levantará una minuta para que quede asentado dicho acto.

 

Se dará prioridad en el orden establecido:

 

a.     Las que por su situación física, social o económica lo requieran, por encontrarse en una situación de emergencia o riesgo para sus habitantes o;

b.     Las unidades Habitacionales incluidas en el Universo de Atención 2009 pero que por motivos del recorte presupuestal no fueron beneficiadas o;

c.     Las que no formaron parte del Universo de Atención del programa en el año anterior.

 

Las unidades habitacionales que encuadren en alguno de estos supuestos y además cuente con una administración general registradas ante la PROSOC, o que se encuentren en proceso de organización, se considerará prioritariamente.

 

Las U.H. sean aprobadas por el Consejo de Gobierno del Distrito Federal para formar parte del Universo de atención 2010 se promoverá activamente la organización condominal.

 

6.1.1. En caso de exclusión

 

El Coordinador General de Programas Sociales pondrá a consideración del Consejo de Gobierno, de acuerdo a las gestiones que se hayan llevado a cabo, la exclusión de unidades habitacionales del padrón 2010 será:

 

a)     Cuando no haya acuerdo entre los habitantes;

b)     Y cuando en el ejercicio vigente no hayan cumplido cabalmente con el procedimiento de aplicación del recurso.

 

6.2. Asignación de recursos a las Unidades Habitacionales

 

Los recursos destinados al Programa OLLIN CALLAN 2010 serán asignados en función de los siguientes criterios:

 

a.     Los recursos se distribuirán de manera equitativa entre un número determinado de las unidades habitacionales del Distrito Federal que conforman el Universo de Atención aprobado por el Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social

b.     Se establecerá una base general de $400.00 (CUATROCIENTOS PESOS 00/100 MN) por vivienda para cada una de las unidades habitacionales incorporadas al Programa.

c.     Se considerará previo recorrido y evaluación del personal especializado (área técnica), y las asignaciones en obras anteriores para determinar las condiciones actuales de las unidades habitacionales y los trabajos posibles a realizar.

d.     De manera excepcional, a solicitud de los vecinos, o en el caso de unidades habitacionales de más de 1,000 viviendas, la Procuraduría Social podrá subdividir los recursos por secciones, manzanas, o regímenes condominales, para facilitar la administración de los recursos.

e.     La Procuraduría Social otorgará los recursos para el apoyo a las unidades habitacionales y establecerá las normas para su aplicación, para ello se firmará un convenio de corresponsabilidad entre los miembros de los Comités Ciudadanos de Administración y Supervisión y el/la titular de la Procuraduría Social. El objeto de este convenio es establecer un esquema de corresponsabilidad en el que, la Procuraduría Social del Distrito Federal y los vecinos, asuman compromisos que permitan la aplicación de recursos públicos para obras de mejoramiento y mantenimiento de áreas comunes de las unidades habitacionales.

f.      En los casos de aquellas unidades habitacionales que también estén consideradas en los programas de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político-administrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, las propuestas de mejoramiento y mantenimiento deberán ser diferentes o complementarse, previa firma de un convenio.

g.     Los habitantes de la unidad habitacional también podrán hacer aportaciones económicas u obtener apoyos adicionales con el fin de complementar los recursos asignados por el Programa.

h.     Se asignarán recursos adicionales a unidades habitacionales que formen parte de un Proyecto Integral de Mejoramiento Ambiental, de Desarrollo Social y sustentabilidad, que cuenten con una administración condominal registrada en la Procuraduría Social. Estos recursos deberán ser aprobados previamente por el Consejo de Gobierno.

i.      Los recursos que no hayan sido ejercidos o que no puedan ser comprobados conforme a los presentes lineamientos y mecanismos de operación, así como en los criterios establecidos en los convenios de corresponsabilidad deberán de ser reintegrados a la Procuraduría Social del Distrito Federal a fin de que ésta los reasigne.

 

6.3. Conceptos en los cuales se podrán utilizar los recursos

 

Los recursos del Programa Social deberán ser utilizados en trabajos de mantenimiento, mejoramiento y construcción de obras de desarrollo social y ambiental, encaminado a la sustentabilidad de las U.H., así como en reparaciones de las áreas comunes generales, conforme al siguiente catálogo de conceptos.

 

*Condicionado a la contratación de una empresa especializada.

 

En ningún caso se podrán utilizar los recursos del Programa para la construcción de obras que infrinjan la normatividad que rige el uso de las áreas comunes condominales.

 

Tampoco se podrán adquirir accesorios o artículos que se entreguen a cada vivienda, con excepción de aquellos que sean de beneficio ambiental alternativo previa aprobación de la Coordinación General del Programa.

 

Los trabajos propuestos en Asamblea Ciudadana, correspondiente a la definición del proyecto de obra, no previstos en este catálogo de conceptos, se deberán dar a conocer a la Coordinación General del Programa, con el fin de ser presentados ante el Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social quien decidirá lo procedente.

 

7. INSTANCIAS QUE OPERAN EL PROGRAMA

 

La Procuraduría Social a través de la Coordinación General de Programas Sociales, dirigirá la aplicación del OLLIN CALLAN en cada unidad habitacional. En el esquema de trabajo para la ejecución del OLLIN CALLAN, se consideran tres instancias principales de intervención, en primer lugar están las que corresponden a las áreas de la propia Procuraduría Social, luego se hallan aquéllas que requieren de la participación ciudadana y aquéllas que se denominan como externas. La Coordinación General de Programas Sociales será la instancia encargada de coordinar la participación de las distintas áreas de la Procuraduría Social en este programa. La descripción de las diferentes instancias participantes en el programa se describen enseguida:

 

7.1. Internas

 

7.1.1. Coordinación General:

 

La Coordinación del Programa a cargo de la Coordinación General de Programas Sociales, es la instancia central responsable de la planeación y operación del OLLIN CALLAN y se encargará de garantizar que se ejecute conforme a lo establecido por estos Lineamientos y Mecanismos de Operación.

 

7.1.2. Coordinaciones Regionales:

 

Para dar una mejor atención a los ciudadanos, la coordinación del Programa se distribuirá en siete regiones para atender las delegaciones de la Ciudad de México, en la siguiente forma:

 

Región I Álvaro Obregón-Cuajimalpa-Miguel Hidalgo-Magdalena Contreras

Región II Azcapotzalco-Gustavo A. Madero

Región III Benito Juárez-Cuauhtémoc

Región IV Coyoacán-Tlalpan-Xochimilco

Región V Iztacalco-Venustiano Carranza

Región VI Iztapalapa

Región VII Tláhuac

 

7.1.3. Coordinaciones Zonales:

 

A fin de optimizar la organización del Programa y hacer más expedita la tramitación administrativa, a partir de la estructura regional se distribuirán las Coordinaciones Zonales según lo requiera cada región.

 

7.1.4. Promotores(as):

 

En colaboración con las demás instancias son los encargados de operar directamente el Programa y de servir de enlace para facilitar el cumplimiento de las tareas y actividades que se requiere ejecutar.

 

7.1.5. Área Técnica:

 

La Procuraduría Social tendrá personal calificado y apoyará en el aspecto técnico las obras que se realicen en las unidades habitacionales del Distrito Federal, a través de la Subdirección de Evaluación y Supervisión, la cual para efectos de los Mecanismos de Operación se denomina “Área Técnica”.

 

7.2. Externas

 

7.2.1. Asambleas Ciudadanas:

 

Constituyen la instancia decisoria de mayor jerarquía dentro del esquema de presupuesto participativo con el que opera el Programa, se integran con los vecinos que a ellas asisten y participan, se encargan de establecer en definitiva en qué se usarán los recursos económicos y de elegir a quiénes se encargarán de administrarlos y de vigilar que los trabajos se cumplan correctamente. Las asambleas ciudadanas deberán integrarse con un quórum mínimo del 10% en Unidades Habitacionales con más de 200 viviendas y del 20% en aquellas de menos de 200 viviendas.

 

7.2.2. Comités de Administración:

 

Estos comités se elegirán en Asamblea Ciudadana y se integrarán con tres ciudadanos(as) de la siguiente forma:

 

a) En su caso, el Administrador General de áreas comunes de la unidad habitacional con registro ante la Procuraduría Social vigente, y dos habitantes titulares del cargo con sus suplentes electos en la Asamblea Ciudadana de la unidad habitacional, o

 

b) Tres habitantes de la unidad habitacional titulares del cargo con sus suplentes electos en la Asamblea Ciudadana.

Tanto titulares como suplentes sólo podrán ser reelectos al mismo cargo hasta por una vez consecutiva a partir del presente ejercicio. Los suplentes entrarán en funciones únicamente en ausencia definitiva de los titulares.

 

Estos comités son los encargados de manejar los recursos que otorga la Procuraduría Social, así como de hacer las contrataciones y compras que requieran los proyectos de la unidad habitacional dentro del Programa. En todos los casos, los comités de administración no deberán contratar a prestadores de servicios quien tenga lazos de parentesco con sus miembros.

 

7.2.3. Comités de Supervisión:

 

Estos comités se elegirán mediante Asamblea Ciudadana y se integrarán con cinco ciudadanos(as) del siguiente modo:

 

a) El Coordinador o el Presidente del Comité de Vigilancia de la unidad habitacional y cuatro habitantes titulares del cargo con sus suplentes, electos en la Asamblea Ciudadana de la unidad habitacional, o

 

b) Cinco habitantes de la unidad habitacional titulares del cargo y sus suplentes, electos en la Asamblea Ciudadana.

Tanto titulares como suplentes solo podrán ser reelectos al mismo cargo hasta por una vez consecutiva a partir del presente ejercicio. Los suplentes entrarán en funciones únicamente en ausencia definitiva de los titulares.

 

Conformados también por elección de los vecinos, les corresponde, conjuntamente con el Área Técnica, hacer el seguimiento del proyecto de obra y vigilar que los trabajos se cumplan debidamente en tiempo y forma. En todos los casos, no se deberá contratar a prestadores de servicios que tengan lazos de parentesco con sus miembros.

 

7.2.4. Comisiones de Educación, Cultura y Organización Condominal:

 

Se conforman mediante la participación voluntaria de vecinas y vecinos que no requieren ser electos para participar en ella, y tienen como objetivo, con el apoyo de la Procuraduría Social, impulsar y desarrollar la organización condominal y en su caso promover acciones sociales de beneficio colectivo.

 

7.2.5. Prestadores de Servicios:

 

Son las personas físicas o morales encargadas de ejecutar los trabajos correspondientes a los diversos proyectos de obra en cada unidad habitacional.

 

La Procuraduría Social elaborará un Directorio de Prestadores de Servicios, con aquellos que demuestren su capacidad técnica y presenten los requisitos establecidos y publicados en la página Web de la Institución www.prosoc.df.gob.mx.

 

La Procuraduría Social mantendrá abierta durante un tiempo determinado la incorporación a este Directorio; los prestadores de servicios registrados en ejercicios anteriores deberán actualizar su registro en el Directorio conforme a los requisitos publicados en la página Web.

 

Ningún prestador de servicios podrá iniciar trabajos de mejoramiento y mantenimiento en áreas comunes si no está incluido en el Directorio.

 

8. ETAPAS DE INSTRUMENTACIÓN DEL PROGRAMA

 

El procedimiento de acciones y actividades del Programa implica establecer compromisos de participación y coordinación entre todas sus instancias, esto se logra mediante un proceso de instrumentación del Programa en tres etapas básicas de operación conectadas entre sí, que son:

 

I. Definición de acciones físicas, de organización condominal y sociales.

 

Mediante dos asambleas ciudadanas la comunidad de cada unidad habitacional, con apoyo de la Procuraduría Social, establece los trabajos de mejoramiento y mantenimiento en las áreas comunes a realizar y las acciones de organización condominal y social a seguir.

 

II. Ejecución de acciones de organización condominal y de acciones sociales.

 

Mediante las comisiones de Educación, Cultura y Organización Condominal y con el apoyo de la Procuraduría Social se impulsarán acciones para la elegir y registrar una administración condominal y llevar a cabo acciones sociales para fomentar la convivencia vecinal.

 

III. Ejecución de los trabajos de mantenimiento y mejoramiento físico.

 

En un proceso de corresponsabilidad acordada formalmente entre la Procuraduría Social y los comités ciudadanos electos en asamblea ciudadana, se ejecutarán las obras de mantenimiento y mejoramiento de las áreas comunes descritas en el catálogo de conceptos.

 

8.1. Primera Asamblea Ciudadana.

 

La Procuraduría Social convocará a los habitantes de cada unidad habitacional, por medio de volantes, carteles y visitas de promotores, a la 1ª. Asamblea Ciudadana en la que:

 

a)     Se integrará la Comisión de Educación, Cultura y Organización Condominal,

b)     Se definirán los trabajos de mejoramiento y mantenimiento en las áreas comunes,

c)     Se nombrarán a los integrantes de los comités de administración y supervisión y

d)    Se firmará el Acta de Asamblea donde se asentarán los acuerdos tomados, con por lo menos 2 miembros del Comité de Administración y 3 miembros del Comité de Supervisión.

 

A la Asamblea Ciudadana podrán asistir todos los habitantes de la unidad habitacional que quieran hacerlo. Todos tendrán derecho a voz, pero sólo podrá votar una persona por vivienda, presentando una identificación oficial vigente, para verificar domicilio, u otra identificación formal y comprobante de domicilio.

 

La Procuraduría Social estará representada por un promotor y personal del Área Técnica, quienes presidirán la 1ª. Asamblea Ciudadana, en la cual los vecinos nombraran de entre ellos un secretario y dos escrutadores. La subsecuente asamblea se realizará en el mismo tenor.

 

8.2. Acciones Entre la Primera y Segunda Asambleas

 

Las acciones entre la 1ª. y 2ª. Asamblea serán:

 

a)     Previo a la 2ª. Asamblea Ciudadana, los comités de administración y de supervisión de la unidad habitacional, elegirán libremente del directorio de prestadores de servicios registrados y autorizados por la Prosoc que participarán en la elaboración de los presupuestos.

Si el monto asignado a la unidad habitacional es superior a $75,000.00 se tendrá que convocar a, por lo menos, tres prestadores de servicios.

 

b)     Con base en los trabajos definidos en la 1ª. Asamblea Ciudadana, se solicitara a los prestadores de servicio que elaboren su propuesta de presupuesto que incluirá el proyecto, los precios unitarios, el catalogo de conceptos debidamente requisitados y el calendario de ejecución el cual servirá de referencia y se turnara al Área Técnica para su valoración.

 

c)     Cada presupuesto será analizado y valorado por el Área Técnica para su presentación en la 2ª. Asamblea Ciudadana, teniendo no más de 10 días hábiles para dar su respuesta y que se lleve a cabo la programación de dicha asamblea.

 

d)    La Comisión de Educación, Cultura y Organización Condominal elaborará su plan de trabajo para la organización condominal en aquellas unidades habitacionales donde no haya administración registrada en la Procuraduría Social, debiendo realizar el trámite y finalizarlo antes de que se dé por concluida la aplicación del programa en la UH, en los casos donde ya exista una administración registrada el plan de trabajo se enfocará en las acciones de educación y cultura condominal y acciones sociales para la convivencia vecinal.

 

8.3. Segunda Asamblea Ciudadana

 

La convocatoria a la 2ª. Asamblea Ciudadana se dará a conocer mediante los comités de administración y supervisión que, con apoyo del promotor(a), difundirán la convocatoria.

 

A la 2ª. Asamblea Ciudadana podrán asistir todos los habitantes de la unidad habitacional que quieran hacerlo. Todos tendrán derecho a voz, pero sólo podrá votar una persona por vivienda, presentando una identificación oficial vigente, para verificar domicilio, u otra identificación formal y comprobante de domicilio.

 

En la 2ª. Asamblea Ciudadana:

 

a)     La Comisión de Educación, Cultura y Organización Condominal informará el avance de su Plan de Trabajo para la organización condominal, así también los habitantes y condóminos que integran la Comisión de Protección Civil dará a conocer el calendario de talleres, y podrá establecer nuevas fechas a solicitud de interesados con el fin de que se imparta la capacitación en el tema.

 

b)     Se dará a conocerá los presupuestos de obra que presentan los prestadores de servicios y, considerando la valoración hecha por el Área Técnica, se elegirá al prestador de servicios.

 

c)     Se firmará el Convenio de Corresponsabilidad entre los Comités de Administración y Supervisión y la Procuraduría Social.

 

d)    Una vez designado por mayoría de votos el o los prestadores de servicios, de acuerdo con la naturaleza de los trabajos a realizar, se firmará el contrato o contratos (uno por cada prestador) de obra a base de precios unitarios, entre el comité de administración y el prestador de servicios, asistidos por el comité de supervisión.

 

e)     Se firmará el Acta de Asamblea donde se asentarán los acuerdos tomados, con por lo menos 2 miembros del Comité de Administración y 3 miembros del Comité de Supervisión.

 

8.4. Ejecución de los Trabajos de Mantenimiento y Mejoramiento Físico

 

8.4.1. Entrega de recursos

 

a)     Para el manejo de los recursos el comité de administración abrirá una cuenta de cheques mancomunada de los tres integrantes, en la institución bancaria que establezca la Procuraduría Social.

 

b)     El comité de administración solicitará la entrega de recursos a la Procuraduría Social a través de la Coordinación Regional que, conjuntamente con la Coordinación General del Programa, realizará el trámite correspondiente ante la Coordinación General Administrativa de la Procuraduría Social, con el procedimiento respectivo.

 

c)     La entrega de los recursos al prestador de servicios se asentará en la Bitácora de Obra y Gasto, la cual la firmarán por lo menos dos miembros del Comité de Administración y tres miembros del Comité de Supervisión.

 

d)    Para la ejecución de los trabajos de mantenimiento y mejoramiento físico de las unidades habitacionales, el recurso se entregará al Comité de Administración correspondiente en dos exhibiciones del 50 % cada una.

 

e)     Se consideran como devengados los recursos otorgados en el momento mismo en que se hace entrega de éstos al Comité de Administración de cada unidad habitacional.

 

f)      no se podrá modificar una vez aprobados los trabajos de obra en asamblea ciudadana salvo en situación especial establecida en el punto 10 inciso d) de este instrumento.

 

8.4.2. Inicio de la obra y supervisión de los avances de obra

 

El inicio y avances de la obra se realizarán con base en lo estipulado en el contrato de prestación de servicios a precios unitarios, que firmarán los comités ciudadanos con el prestador de servicios, y en el proyecto de obra en los cuales quedará señalada la fecha de inicio y de conclusión de los trabajos establecidos.

 

Los avances de los trabajos quedarán registrados en la Bitácora de Obra la cual se firmarán por lo menos 2 miembros del Comité de Administración y 3 miembros del Comité de Supervisión.

 

En ningún caso la Coordinación General del Programa autorizará la primera ministración al comité de administración si el expediente respectivo está incompleto; y no autorizará la segunda ministración si, además, existen reportes de incumplimiento o deficiencias en los trabajos realizados, motivo por el cual no podrán darse por cumplidos los avances de obra comprometidos.

 

8.4.3. Conclusión de la obra

 

Para concluir la obra se deberá:

 

a)     Elaborar el Acta de Entrega-Recepción de los trabajos, la cual será preparada y presentada por los Comités de Administración y Supervisión, asistidos por el Promotor (a), el Área Técnica, el Coordinador de Zona, en su caso, y el Prestador de Servicios; para hacer válido ese documento al menos dos miembros del Comité de Administración y tres del Comité de Supervisión deben manifestar su entera satisfacción con los trabajos realizados; en caso de incumplimiento u otra dificultad que impida la conclusión, los comités expondrán los motivos de esas fallas y propondrán alternativas de solución.

 

b)     Realizar una Asamblea Ciudadana para entregar las obras y rendir cuentas a la comunidad, en la que se firmará el Acta de Asamblea de Rendición de Cuentas, con por lo menos dos miembros del Comité de Administración y tres miembros del Comité de Supervisión.

 

8.5. Guarda y custodia de los expedientes

 

Una vez concluida la obra, el Promotor(a) deberá entregar al Coordinador de Zona y éste a su vez al Coordinador Regional, los expedientes de las unidades habitacionales de su zona, siendo éste último el que deberá entregar finalmente a la Coordinación General del Programa, mediante un oficio de Guarda y Custodia por cada caso, donde se especifique los documentos que integran el expediente, y el número de folio de cada uno de dichos documentos.

 

Para la revisión de los órganos fiscalizadores la Procuraduría Social deberá mantener en resguardo y dispuesto para su consulta pública un expediente por cada proyecto realizado en cada unidad habitacional, el cual será integrado por el Promotor(a) y el o la Coordinador(a) de Zona correspondiente, y que contendrá específicamente los siguientes documentos:

 

·         Registros de Asistencia y actas de las Asambleas Ciudadanas, donde conste la integración y registro de los Comités de Administración y de Supervisión.

·         Convenio de Corresponsabilidad

·         Copia de las pólizas de cheques firmadas por el Comité de Administración de los recursos entregados o bien de la documentación comprobatoria que expida la institución bancaria correspondiente, para el caso de la transferencia electrónica de los recursos.

·         Bitácora debidamente requisitada

·         Memoria Fotográfica

·         Acta de Entrega-Recepción de la obra, en donde los comités manifiesten su conformidad de que los trabajos se realizaron conforme a lo acordado en la Asamblea Ciudadana

·         Copia del contrato de Prestación de Servicios a Precios Unitarios.

·         Diagnostico de la U. H.

·         Copia de la documentación probatoria de que se llevó a cabo el procedimiento de registro de administración ante la PROSOC (convocatoria, libro de actas, registro de administrador general).

·         Otra documentación.

 

El procedimiento detallado de la ejecución del Programa se encuentra descrito en la Guía de Procedimientos del Programa Social para las Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento que deberá publicarse en la página web de la Entidad, y/o en el Manual Administrativo de la Procuraduría Social del Distrito Federal, en su parte de “Procedimientos”.

 

9. SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

 

a) Comités de Administración y Supervisión: Si los integrantes de los Comités de Administración y Supervisión no apegan su actuación a los términos de los presentes Lineamientos así como al Convenio de Corresponsabilidad suscrito para la participación de su unidad habitacional en el Programa, el Coordinador de Zona los apercibirá hasta por tres ocasiones, para que cumplan con los compromisos adquiridos; de lo contrario, por conducto de la Coordinación General del Programa, enviará a la Coordinación General de Asuntos Jurídicos de la Procuraduría Social el expediente, los documentos y la información necesaria para que analice y, en su caso, proceda a inhabilitarlos para formar parte de dichos Comités en, al menos, los tres ejercicios subsecuentes del Programa o de cualquier otro programa implementado por la Procuraduría Social que beneficie a su unidad habitacional. Contra tal resolución no procederá recurso alguno.

En caso de conocer probadamente de alguna gratificación recibida por los participantes en los Comités y Comisiones del Programa de parte del Prestador de Servicios o cualquier usufructo de ese tipo, la Coordinación General del Programa podrá proceder a la revisión del caso y de comprobarse la falta dar por cancelado el programa en esa unidad habitacional.

 

b) Prestadores de Servicios: Si los prestadores de servicios contratados para la realización de las obras no apegan su actuación a los términos de los presentes Lineamientos y de los contratos que al efecto se hayan suscrito, el Coordinador de Zona hará del conocimiento de la Coordinación General del Programa los hechos, así como la documentación con que se cuente para proceder a la inclusión del Prestador de Servicios en el Padrón de Prestadores de Servicios Incumplidos, a efecto de no volver a contratar los servicios de tales personas en ejercicios subsecuentes del Programa. Ello independientemente de que debido al incumplimiento, mala calidad de los trabajos u otra causa el contrato establecido pueda ser rescindido, para este efecto el Área Técnica tiene la facultad de emitir un dictamen de la calidad de los trabajos. La Procuraduría Social tendrá como criterios principales para considerar incumplimiento de un prestador de servicios los siguientes:

 

·         Mala calidad de los trabajos, con base en el reporte del Área Técnica y del comité de supervisión.

·         Incumplimiento del contrato.

·         Retraso en el tiempo establecido para llevar a cabo los trabajos.

·         Actitud conflictiva o de falta de respeto hacia los vecinos o los involucrados en la operación del Programa.

 

c) Servidores Públicos (que participen en cualquiera de las etapas del Programa): En caso de que existan elementos que permitan presumir la responsabilidad civil, penal o administrativa de servidores públicos de la Procuraduría por su actuación durante el desarrollo de las diversas etapas del Programa, la Coordinación General del Programa deberá hacerlo del conocimiento de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos, a efecto de dar vista a la Contraloría Interna y, en su caso, a la autoridad competente.

 

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que la Coordinación General de Asuntos Jurídicos detecte la posible responsabilidad civil, penal o administrativa tanto de los miembros de los Comités, como de los Prestadores de Servicios o de Servidores Públicos, prestará la asesoría necesaria y en su caso, dará vista a las autoridades competentes, realizando el seguimiento necesario a los procedimientos que se inicien, hasta su total conclusión.

 

10. SITUACIONES ESPECIALES

 

a.     Se podrán realizar las asambleas ciudadanas extraordinarias que sean necesarias conforme a las necesidades y problemáticas de cada Unidad Habitacional, en cualquier momento que se requiera, cumpliendo con los procedimientos mínimos respecto a las convocatorias, quórum y votación.

b.     En aquellas unidades habitacionales en donde por falta de participación de los vecinos no se realicen las Asambleas Ciudadanas, el Promotor (a) podrá convocar una vez más a realizar la Asamblea Ciudadana y de no efectuarse se dará por cancelada la asignación de recursos a esa unidad habitacional.

c.     Cuando existan dificultades por parte de los vecinos para determinar la adecuada utilización del recurso asignado o se presenten problemas que rebasen a los Comités de Administración y de Supervisión para ejecutar los proyectos de obra, la Coordinación General del Programa tendrá la facultad para cancelar el Programa en la unidad habitacional correspondiente mediante acta circunstanciada para realizar la baja y terminación de la obra en el ejercicio de que se trate.

d.     En caso de que se requiera modificar parcialmente, alguno de los términos del proyecto de obra aprobado por la asamblea ciudadana, tanto en montos como en conceptos, lo solicitará por escrito el Comité de Administración, sometiéndolo a consideración del Área Técnica y solo podrán autorizarlo por lo menos tres de los cinco miembros del Comité de Supervisión, el Área Técnica y la CGPS.

e.     Cuando por causas justificadas se requiera de hacer cambios mayores a un proyecto de obra, capaces de hacer nulo el proyecto original, éste deberá cancelarse y realizar una nueva Asamblea Ciudadana, presidida por la Procuraduría Social conjuntamente con los Comités de Administración y de Supervisión, para que ahí se tome la decisión de modificación.

f.      Cuando por fundadas razones los recursos asignados a una Unidad Habitacional deban subdividirse por edificio, no podrá autorizarse otra fragmentación menor o que haya una contratación de prestadores de servicios por entrada, pasillo, piso u otra subdivisión de ese tipo.

g.     En los casos donde se presenten situaciones no previstas en los Mecanismos de Operación, la Coordinación General del Programa resolverá lo concerniente a tales asuntos.

h.     En todo momento la Procuraduría Social, previo acuerdo del Consejo de Gobierno, tendrá la facultad de ajustar la asignación y entrega de recursos de acuerdo a la disponibilidad presupuestal.

i.      En caso de que exista imposibilidad material de recabar el total de las firmas requeridas en los documentos que integran el expediente de cada unidad habitacional, se levantará el Acta Circunstanciada correspondiente y se hará del conocimiento del H. Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social.

 

11. PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR QUEJAS Y DENUNCIAS

 

Los ciudadanos que así lo requieran, podrán presentar una queja o denuncia en el teléfono 5209-6628 de la Coordinación General del Programa, cuando consideren que la actuación de algún promotor(a) o coordinador(a) del Programa OLLIN CALLAN, no esté respetando lo establecido en los Mecanismos de Operación del Programa o incumpliendo el Convenio de Corresponsabilidad firmado. De no ser atendida esa queja, podrán reportarlo a LOCATEL 5658-1111, o también al teléfono 5564-6884 de la Contraloría Interna de la Procuraduría Social o acudir personalmente a la oficina de la misma en Calle Zacatecas No. 4 (casi esquina con Av. Cuauhtémoc) Col. Roma, D.F.

 

Conforme a la normatividad aplicable, la instancia correspondiente de la Procuraduría Social, deberá responder por escrito a la persona física o moral que interponga la queja, dando cuenta del estado en que se encuentra el seguimiento de la misma.

 

12. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD

 

El Programa busca contribuir a que los ciudadanos del Distrito Federal ejerzan el derecho a una vivienda digna. Además, siendo la Procuraduría Social la instancia de gobierno legalmente facultada para promover la defensa de los derechos sociales de los capitalinos, resulta importante que los habitantes de las unidades habitacionales inscritas en el Programa puedan exigir el cumplimiento cabal de los objetivos del mismo, así como denunciar cualquier tipo de irregularidad en su ejecución, contando con los mecanismos necesarios para hacer exigible su derecho a la vivienda digna.

 

Los habitantes de las unidades habitacionales inscritas en el Programa podrán exigir el cumplimiento de lo establecido en el Convenio de Corresponsabilidad, una vez que haya sido firmado por las partes involucradas, conforme a lo establecido en estos Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento, ejercicio 2010.

 

Es obligación de los servidores públicos responsables de la ejecución del Programa tener a la vista del público los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos para que los beneficiarios puedan acceder a su disfrute y en caso de omisión, puedan exigir su cumplimiento a la autoridad responsable en apego a la normatividad aplicable.

 

En todo momento la ejecución del Programa OLLIN CALLAN deberá ajustarse a lo dispuesto por el Art. 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal que a la letra señala:

 

Es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

 

13. MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO

 

La Procuraduría Social convocará a asambleas ciudadanas periódicas en cada unidad habitacional inscrita en el Programa para informar, coordinar y evaluar todas las acciones desarrolladas en la ejecución de OLLIN CALLAN.

 

Además se dará un puntual seguimiento a la ejecución del Programa en el Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social, independientemente del procedimiento de seguimiento y supervisión de las obras, descrito en estos Mecanismos de Operación.

 

Con fundamento en los artículos 42 segundo y tercer párrafo de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y 65 del Reglamento de la citada ley, la Coordinación General de Programas Sociales de esta Procuraduría Social realizará la evaluación interna del Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social Ollin Callan “Con Unidad en Movimiento”, de acuerdo a los términos establecidos en “Lineamientos para la evaluación interna de los Programas Sociales”, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

14. PARTICIPACIÓN SOCIAL

 

El Programa tiene como eje central la participación ciudadana. Es uno de los pocos programas con presupuesto participativo que existen, incluso, dentro del conjunto de los programas sociales a cargo de los órganos de la Administración Pública del Distrito Federal. Por ello, uno de sus principios fundamentales es la corresponsabilidad.

Es a través de las Asambleas Ciudadanas que los habitantes de la unidad habitacional deciden colectivamente las acciones que se van a realizar con el recurso asignado y eligen a los prestadores de servicios que ejecutarán los trabajos de cada proyecto de obra aprobado, conforme a sus necesidades prioritarias y los criterios establecidos por los Mecanismos de Operación del Programa.

 

Los ciudadanos que participen a través de los Comités de Administración, serán los encargados de administrar el recurso asignado.

 

Por su parte, los miembros de los Comités de Supervisión, serán los encargados de vigilar el avance de la obra, y en su caso denunciar las irregularidades.

 

15. ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS Y/O ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

 

En la ejecución del presente programa y con la finalidad de procurar se ejecuten los 15 ejes de acción social señalados en los objetivos, se realizarán las acciones y actividades necesarias para promover todos los programas sociales existentes susceptibles de ser implementados para beneficio de los habitantes de las unidades habitacionales. Para ello, la Procuraduría Social del Distrito Federal será canal y enlace con las dependencias, órganos desconcentrados, órganos políticoadministrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal que pueden ofertar sus programas sociales, incluso con organizaciones e instituciones privadas y civiles sin fines de lucro, que tengan proyectos de carácter social, para lo que se realizará la coordinación necesaria y en su caso la firma de convenios de colaboración.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor a partir de la aprobación del Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social del Distrito Federal.

 

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su conocimiento y difusión.

 

TERCERO.- Se abroga el acuerdo por el que se emiten los Lineamientos y Mecanismos de Operación publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, Décima Séptima Época del 29 de enero de 2010 con número setecientos sesenta y nueve.

 

CUARTO.- Todos los procedimientos y proyectos correspondientes al Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento 2009, continuarán hasta la total conclusión de los mismos, conforme a lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se emiten los Lineamientos y Mecanismos mencionados en el Transitorio anterior.

 

México, Distrito Federal, a 21 de julio de 2010.

 

 

 

 

(Firma)

 

 

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LIC. DIONE ANGUIANO FLORES

PROCURADORA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL