PROCURADURÍA
SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL
PUBLICADO EN LA GACETA
OFICIAL EL 24 DE AGOSTO DE 2010
AVISO POR EL CUAL SE
DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS Y MECANISMOS DE
OPERACIÓN DEL PROGRAMA
SOCIAL PARA LAS UNIDADES HABITACIONALES DE INTERÉS
SOCIAL OLLIN CALLAN
CON UNIDAD EN MOVIMIENTO EJERCICIO 2010.
LIC. DIONE ANGUIANO
FLORES,
Procuradora Social del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 98 del
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 40, 47 y 70, fracción II, de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2, 3, 13, fracciones
I, II y VI, y 19, fracción II, de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito
Federal; el 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal;
6, fracción VI, del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito
Federal; 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50, 51 y
52 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que se publicaron los Lineamientos y
Mecanismos de Operación del Programa Social para las Unidades Habitacionales de
Interés Social OLLIN CALLAN con Unidad en Movimiento, ejercicio 2010, en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2010, con base en lo
establecido en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Que es manifiesta la deteriorada
situación social y física existente en las unidades habitacionales, cuyos
requerimientos de atención y apoyo oficial motivan la intervención y el
acercamiento derivados de la aplicación del propio Programa Social.
Que a partir de un balance de los
ejercicios 2001 al 2006 del Programa para el Rescate de Unidades Habitacionales
de Interés Social (PRUH) y del ejercicio 2007 al 2009 del Programa Social para
Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en
Movimiento, se consideró necesario reforzar el trabajo social y de organización
condominal con los habitantes de las unidades
habitacionales, además de fortalecer el trabajo interinstitucional para llevar
a éstas los programas y servicios que tienen a su cargo los diferentes Órganos
de la Administración Pública del Distrito Federal.
Que en el ejercicio 2009 el Programa
Social para Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN con
Unidad en Movimiento, se atendieron 517 Unidades Habitacionales con un monto
total de $57,764,000.00 (Cincuenta y siete millones
setecientos sesenta y cuatro mil pesos 00/100 M.N.) Y que el Consejo de
Gobierno de la Procuraduría Social del Distrito Federal aprobó, mediante
acuerdo número (O/113/616) estos Lineamientos y Mecanismos de Operación, he
tenido a bien expedir los siguientes:
LINEAMIENTOS
Y MECANISMOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL PARA UNIDADES
HABITACIONALES
DE INTERÉS SOCIAL
OLLIN
CALLAN CON UNIDAD EN MOVIMIENTO, EJERCICIO 2010
1. ANTECEDENTES
Durante décadas los conjuntos habitacionales
del Distrito Federal no recibieron apoyo alguno por parte del gobierno de la Ciudad,
lo que contribuyó al paulatino deterioro físico de los inmuebles, equipamiento
urbano y áreas comunes. Este detrimento físico, aunado a la afectación en la
calidad de vida de la población habitante en ellas, propició la implementación del
Programa para el Rescate de Unidades Habitacionales de Interés Social (PRUH) en
el año 2001, a cargo de la Procuraduría Social.
Durante los seis años en que se aplicó
este programa se ejerció un monto acumulado de $540, 279,136.00, con el que se realizaron
6,227 acciones en beneficio de 1,326 unidades habitacionales. No obstante los
esfuerzos invertidos en este programa y su contribución a detener el deterioro
físico de estos conjuntos habitacionales, las condiciones de deterioro prevalecían,
lo que hizo necesario que en 2007 se creara el Programa Social para Unidades
Habitacionales OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento, con el propósito de
continuar contribuyendo a mejorar las condiciones físicas de las unidades y más
enfáticamente las capacidades organizativas de las comunidades que las habitan.
En el periodo 2007-2009 el Programa
Social para Unidades Habitacionales OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento, realizaron
2,520 acciones de mejoramiento y mantenimiento en áreas comunes de unidades
habitacionales de interés social del Distrito Federal, en las que se empleó un
monto de $297´390,087.00 pesos. Particularmente en el ejercicio 2009 no fue posible
cumplir la meta programada de 850 unidades habitacionales, debido a la
situación de crisis económica que vivió el país y que afectó al presupuesto de
la Ciudad de México.
Pese a estos importantes esfuerzos, en
la actualidad sigue siendo necesario atender la problemática presente en las unidades
habitacionales caracterizada por:
1)
Prolongación
e incremento del deterioro físico de los inmuebles en razón de la ausencia de
recursos vecinales propios para mantenimiento.
2)
La
multiplicidad de problemas de convivencia vecinal debido a la falta de responsabilidad
y participación en su solución.
3)
Falta
de conocimiento del régimen de propiedad en condominio y en general del marco
normativo cívico.
4)
Alteraciones
en el uso del suelo establecido para la vivienda y áreas comunes en las
unidades habitacionales.
5)
Déficit,
invasión y pérdida de áreas verdes y espacios comunes.
6)
Falta
de organización condominal.
7)
Morosidad
en el pago o inexistencia de cuotas para mantenimiento e incumplimiento de
obligaciones de administradores y condóminos.
8)
Un
grave deterioro social que se expresa en elevados índices de delincuencia,
alcoholismo, drogadicción y violencia.
9)
Desatención
hacia los grupos de población vulnerable.
En esas circunstancias el objetivo de
mejorar las condiciones de las unidades habitacionales, así como el fortalecimiento
de la identidad comunitaria y el impulso de los procesos de organización condominal, resulta necesario e irrenunciable.
2. PRESENTACIÓN
Con base en lo anterior y con el
propósito de articular la acción conjunta e integral del Gobierno del Distrito
Federal en las unidades habitacionales, la Procuraduría Social del Distrito
Federal diseñó el Programa Social para Unidades Habitacionales OLLIN CALLAN
Con Unidad en Movimiento, basado en los principios de universalidad,
igualdad, equidad de género, equidad social, justicia redistributiva,
diversidad, integralidad, territorialidad, sustentabilidad, participación,
transparencia y efectividad.
El Programa Social para Unidades
Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento se realiza
mediante una estrategia interinstitucional, para coadyuvar en la solución de
los problemas de orden social y de organización condominal
de los conjuntos habitacionales y otorgar ayuda económica para realizar
acciones de mejoramiento y mantenimiento físico de sus áreas comunes; con el
fin de convertir al Programa en un instrumento fundamental de la política
social del Gobierno de la Ciudad de México, dirigida a los habitantes de las
unidades, que representan la tercera parte de la población de esta Ciudad.
Con el Programa Social para Unidades
Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento se propone
reposicionar a la Procuraduría Social del Distrito
Federal como la institución responsable de la política pública en materia condominal de la Ciudad de México. En este sentido el
impulso de la organización condominal será un
detonador decisivo de los procesos de participación vecinal y de mejora
permanente de su calidad de vida.
Este Programa opera a partir de tres
fuentes de apoyo, que son:
1.
La
participación y experiencia de los habitantes de las unidades habitacionales
del Distrito Federal como base para un ejercicio de corresponsabilidad social
para la administración de los recursos económicos.
2.
Los
beneficios económicos que otorga la Procuraduría Social a las unidades
habitacionales con el objetivo de renovar y dar mantenimiento a sus áreas
comunes.
3.
Las
políticas públicas, los servicios y programas sociales, que el Gobierno
del Distrito Federal, cuyos apoyos y recursos se canalizarán a los habitantes
de las unidades habitacionales del Distrito Federal.
La política social del Gobierno del
Distrito Federal tiene como objetivo posibilitar el cumplimiento del conjunto
de derechos sociales definidos en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y las demás leyes y normas de aplicación en la Ciudad de
México, para ello diseñó un conjunto de programas encaminados a combatir toda
forma de exclusión, desigualdad, inequidad y discriminación.
A través del Programa Social para
Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento
se facilitará la participación de las dependencias, órganos desconcentrados,
órganos político-administrativos y entidades de la Administración Pública del
Distrito Federal, para acercar los programas y servicios que cada uno ofrece a
la población de las unidades habitacionales y de esta manera contribuir a su
desarrollo social.
Mediante comités ciudadanos de
administración y de supervisión electos en Asamblea Ciudadana, los habitantes
de las unidades destinarán los recursos públicos asignados para realizar
trabajos de mejoramiento y mantenimiento en áreas comunes conforme a estos
lineamientos y promoverán actividades tendientes a mejorar el entorno social de
su unidad habitacional de acuerdo a sus propias necesidades y requerimientos.
3. OBJETIVOS
3.1. Objetivo General
Mejorar la calidad de vida de los
habitantes de las unidades habitacionales de interés social en el Distrito
Federal, a través del mejoramiento físico de sus áreas comunes y de impulsar
procesos que contribuyan a la organización condominal,
conforme a la Ley de Propiedad en Condominio para Inmuebles del Distrito
Federal.
3.2. Objetivos
Específicos
a.
Impulsar
obras de mejoramiento y mantenimiento de las áreas comunes de las unidades
habitacionales
b.
Fortalecer
la vida condominal a través del fomento de los
valores de la convivencia: tolerancia, respeto, cooperación y participación.
c.
Fomentar
el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio para Inmuebles del Distrito
Federal.
d.
Promover
la organización formal de las administraciones de las unidades habitacionales.
e.
Articular
las distintas acciones sociales de las dependencias, órganos desconcentrados,
órganos político-administrativos y entidades de la Administración Pública del
Distrito Federal, así como con organizaciones civiles, sociales y privadas para
promover el desarrollo social, ambiental y cultural de las unidades
habitacionales.
f.
Orientar
e impulsar el uso de los recursos del programa para desarrollar proyectos y
acciones de beneficio ambiental.
g.
Fomentar
la participación de los habitantes de las unidades a través de la toma
colectiva de decisiones para la administración de los recursos y su
supervisión.
h.
Promover
una cultura de corresponsabilidad entre gobierno y sociedad en la solución de
los problemas.
Para el logro de los objetivos y el
desarrollo del Programa se definieron los siguientes ejes de acción, cuya
aplicación requiere hacerse en estrecha colaboración con las dependencias,
órganos desconcentrados, órganos político-administrativos y entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, así como con organizaciones
civiles, sociales y privadas, según corresponda a la naturaleza de cada eje:
I. Unidad Habitacional
Digna
Con los recursos para el mejoramiento
físico de las unidades habitacionales se podrán apoyar acciones dirigidas a la recuperación
de las áreas comunes y la creación de espacios de encuentro y convivencia; se
apoyará y rescatará el valor histórico, estético y arquitectónico de sus
edificaciones para mejorar la imagen urbana.
II. Unidad
Habitacional Amigable, Respetuosa y Ordenada
Se fomentará la cultura condominal a fin de crear condiciones para una convivencia
pacífica y organizada en las unidades habitacionales, que se apropie de los
espacios comunes, que sea integradora, respetuosa, incluyente, solidaria,
tolerante y participativa; que tenga como núcleo principal a las familias en su
diversidad para contribuir al mejoramiento de sus condiciones de vida.
III. Unidad
Habitacional con Equidad de Género
Se promoverán acciones para fomentar
las relaciones armónicas equitativas entre hombres y mujeres, y una cultura en
la que se erradique toda clase de discriminación y violencia contra las
mujeres, que apoye el fortalecimiento de su autoestima y su valoración social.
IV. Unidad
Habitacional Tolerante
Se apoyarán procesos que contribuyan a
la solución pacifica de conflictos en la comunidad, a la prevención de la
violencia familiar y al mejoramiento general de la calidad de las relaciones
comunitarias entre todos los habitantes.
V. Unidad Habitacional
Sustentable
Se promoverá la restauración del
equilibrio ambiental en las unidades habitacionales; se impulsará el uso de
tecnologías ambientales alternativas; se apoyarán soluciones ambientalmente
apropiadas para el manejo del agua y los residuos sólidos, así como el rescate
y fomento de áreas verdes, entre otras actividades.
VI. Unidad
Habitacional Cultural
Se apoyarán iniciativas que promuevan
el desarrollo de la creatividad y el talento artístico de los habitantes de las
unidades, así como las que refuercen los símbolos de identidad y las que
revaloren a las áreas comunes como un patrimonio colectivo que debe cuidarse,
fomentando con ello nuevas formas de convivencia con respeto a la diversidad y
la integración intergeneracional. Se promoverá y
apoyará el desarrollo de talleres para la formación de grupos culturales y la
presentación de eventos y actividades artísticas.
VII. Unidad
Habitacional Corresponsable
Conjuntamente con los vecinos se
considerarán las condiciones de riesgo de los espacios habitacionales, se
fomentará y sensibilizará a los habitantes de las unidades de la importancia de
tomar medidas de prevención y protección civil para salvaguardar su integridad
física.
VIII. Unidad
Habitacional Sana
Se promoverán jornadas de salud,
prevención de enfermedades y canalizaciones al Sistema de Salud del Gobierno de
la Ciudad de México, con énfasis en la atención a mujeres, niños y adultos
mayores, impulsando acciones de promoción, capacitación y atención para la
salud.
IX. Unidad
Habitacional Educadora
Se orientará a los habitantes para
transformar sus unidades en espacios propicios para la educación de niños y
niñas, jóvenes y adultos; para lo cual se apoyarán diversas acciones dirigidas
a abatir el analfabetismo y/o promover la educación media superior, entre
otras.
X. Unidad Habitacional
Productiva
Se apoyará la organización comunitaria
o familiar para la promoción de proyectos productivos, para favorecer a
personas desempleadas o grupos poblacionales en situación de precariedad
económica. Énfasis especial merecerán las mujeres jefas de familia, jóvenes y
adultos mayores.
XI. Unidad
Habitacional Segura
Se orientará a los vecinos para que se
integren a los programas de prevención del delito y capacitación para la
vigilancia condominal en general, y se apoyarán
medidas de protección específica hacia los grupos agredidos, tales como
mujeres, adultos mayores y población infantil.
XII. Unidad
Habitacional Deportiva
Se apoyarán actividades deportivas para
todos sus habitantes y se fomentarán torneos deportivos entre las unidades habitacionales.
XIII. Unidad
Habitacional con Patrimonio Seguro
Se apoyarán iniciativas que diversas
instancias, públicas y privadas, dirijan a otorgar certeza y seguridad jurídica
al patrimonio de sus habitantes.
XIV. Unidad
Habitacional Promotora del Derecho a la Ciudad
Se realizarán acciones de información,
concientización y defensa de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales
que se traducen en el derecho a esta Ciudad.
XV. Unidad
Habitacional Organizada Condominalmente
Se buscará intensificar la intervención
de la Procuraduría en la aplicación de la Ley de Propiedad en Condominio y se promoverá
el conocimiento de ésta; se apoyarán acciones para regularizar la situación
administrativa de las unidades habitacionales y para el cumplimiento de las
responsabilidades que tienen sus habitantes con la unidad.
En todo momento la Procuraduría Social
estará en disposición de trabajar con las Comisiones de Educación Cultura y Organización
Condominal y con los vecinos, para que
desarrollen las acciones que decidan en los ejes descritos.
4. METAS
Para el ejercicio 2010 se tiene
programada la meta de apoyar hasta 550 unidades habitacionales con más
viviendas e índice poblacional, mediante la asignación de recursos para la
ejecución de proyectos de mejoramiento, mantenimiento u obra nueva en las áreas
comunes de cada unidad habitacional, de la ejecución de acciones sociales para
promover y fortalecer la organización condominal, y
el acercamiento de los programas sociales para atender una diversidad de
necesidades y demandas y para asignar recursos para la ejecución de proyectos
de mejoramiento, mantenimiento u obra nueva en las áreas comunes de cada unidad
habitacional, toda vez que el presupuesto asignado a esta Procuraduría para el
presente ejercicio lo permita.
5. PROGRAMACIÓN
PRESUPUESTAL
Para el ejercicio 2010 se autorizaron
$90, 000,000.00 en la Partida Presupuestal 4105 “Ayudas Sociales y Culturales”
para el Programa Social de Unidades Habitacionales OLLIN CALLAN “Con Unidad en
Movimiento”, los cuales se entregarán de manera directa a los comités de
administración de las unidades habitacionales para su ejercicio. La entrega de
los recursos estará sujeta a la suficiencia presupuestal.
6. REQUISITOS Y
PROCEDIMIENTOS DE ACCESO Y EXCLUSION AL PROGRAMA
6.1. Requisitos de
acceso
Para efectos de la asignación de los
recursos, las unidades habitacionales que pretendan participar, deberán cumplir
los siguientes requisitos:
a)
Ser
de interés social. Se considera de interés social a las promovidas por un
organismo público: FIDEUR, FOVISSSTE, INFONAVIT, FONHAPO, IMSS, FIVIDESU,
FICAPRO, INDECO, INVI, o bien que las viviendas hayan sido adquiridas a terceros
a través de financiamientos de estos organismos u otros similares.
b)
Contar
con 30 o más viviendas.
c)
Tener
una antigüedad de cinco o más años.
d)
En
caso de haber sido beneficiadas en años anteriores, haber cumplido de manera
satisfactoria con los respectivos Mecanismos de Operación del Programa.
e)
Solicitarán
por escrito la inclusión al Programa aquellas UH que cuenten con los requisitos
mencionados en los incisos anteriores, debiendo presentar dicha solicitud en
los meses de noviembre, diciembre y primeros días de enero previo al ejercicio
que se inicie y en seguimiento a las obras ya realizadas.
f)
Se
podrán incorporar al Programa, de manera excepcional y mediante solicitud
expresa de los habitantes, aquellas unidades habitacionales que de manera
extemporánea hayan presentado su petición (anexando dictamen de Protección
Civil) y las que cuenten con menos de 30 viviendas, y que además presenten un
deterioro mayor (problemas en la estructura, en el sistema hidráulico o
eléctrico) que signifiquen riesgos para la seguridad o integridad física de las
personas; y que se comprometan a iniciar un proceso de organización condominal, o en su caso, a fortalecer el existente, previo
acuerdo del Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social.
En todos los casos, prevalecerá el
criterio de justicia social en atención al nivel socioeconómico de los
habitantes de la unidad habitacional. Será el Consejo de Gobierno de la
Procuraduría Social quien apruebe el universo de unidades habitacionales
susceptibles de ser beneficiarias de OLLIN CALLAN (Universo de Atención 2010).
La Coordinación General de Programas Sociales una vez que haya sido aprobada la
inclusión, o se determine la exclusión de las U.H. del padrón 2010, por el
Consejo de Gobierno, levantará una minuta para que quede asentado dicho acto.
Se dará prioridad en el orden
establecido:
a.
Las
que por su situación física, social o económica lo requieran, por encontrarse
en una situación de emergencia o riesgo para sus habitantes o;
b.
Las
unidades Habitacionales incluidas en el Universo de Atención 2009 pero que por
motivos del recorte presupuestal no fueron beneficiadas o;
c.
Las
que no formaron parte del Universo de Atención del programa en el año anterior.
Las unidades habitacionales que
encuadren en alguno de estos supuestos y además cuente con una administración
general registradas ante la PROSOC, o que se encuentren en proceso de
organización, se considerará prioritariamente.
Las U.H. sean aprobadas por el Consejo
de Gobierno del Distrito Federal para formar parte del Universo de atención
2010 se promoverá activamente la organización condominal.
6.1.1. En caso de
exclusión
El Coordinador General de Programas
Sociales pondrá a consideración del Consejo de Gobierno, de acuerdo a las
gestiones que se hayan llevado a cabo, la exclusión de unidades habitacionales
del padrón 2010 será:
a)
Cuando
no haya acuerdo entre los habitantes;
b)
Y
cuando en el ejercicio vigente no hayan cumplido cabalmente con el
procedimiento de aplicación del recurso.
6.2. Asignación de
recursos a las Unidades Habitacionales
Los recursos destinados al Programa
OLLIN CALLAN 2010 serán asignados en función de los siguientes criterios:
a.
Los
recursos se distribuirán de manera equitativa entre un número determinado de
las unidades habitacionales del Distrito Federal que conforman el Universo de
Atención aprobado por el Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social
b.
Se
establecerá una base general de $400.00 (CUATROCIENTOS PESOS 00/100 MN) por
vivienda para cada una de las unidades habitacionales incorporadas al Programa.
c.
Se
considerará previo recorrido y evaluación del personal especializado (área
técnica), y las asignaciones en obras anteriores para determinar las
condiciones actuales de las unidades habitacionales y los trabajos posibles a
realizar.
d.
De
manera excepcional, a solicitud de los vecinos, o en el caso de unidades
habitacionales de más de 1,000 viviendas, la Procuraduría Social podrá
subdividir los recursos por secciones, manzanas, o regímenes condominales, para facilitar la administración de los
recursos.
e.
La
Procuraduría Social otorgará los recursos para el apoyo a las unidades
habitacionales y establecerá las normas para su aplicación, para ello se
firmará un convenio de corresponsabilidad entre los miembros de los Comités Ciudadanos
de Administración y Supervisión y el/la titular de la Procuraduría Social. El
objeto de este convenio es establecer un esquema de corresponsabilidad en el
que, la Procuraduría Social del Distrito Federal y los vecinos, asuman
compromisos que permitan la aplicación de recursos públicos para obras de
mejoramiento y mantenimiento de áreas comunes de las unidades habitacionales.
f.
En
los casos de aquellas unidades habitacionales que también estén consideradas en
los programas de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político-administrativos
y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, las propuestas
de mejoramiento y mantenimiento deberán ser diferentes o complementarse, previa
firma de un convenio.
g.
Los
habitantes de la unidad habitacional también podrán hacer aportaciones
económicas u obtener apoyos adicionales con el fin de complementar los recursos
asignados por el Programa.
h.
Se
asignarán recursos adicionales a unidades habitacionales que formen parte de un
Proyecto Integral de Mejoramiento Ambiental, de Desarrollo Social y
sustentabilidad, que cuenten con una administración condominal
registrada en la Procuraduría Social. Estos recursos deberán ser aprobados
previamente por el Consejo de Gobierno.
i.
Los
recursos que no hayan sido ejercidos o que no puedan ser comprobados conforme a
los presentes lineamientos y mecanismos de operación, así como en los criterios
establecidos en los convenios de corresponsabilidad deberán de ser reintegrados
a la Procuraduría Social del Distrito Federal a fin de que ésta los reasigne.
6.3. Conceptos en los
cuales se podrán utilizar los recursos
Los recursos del Programa Social
deberán ser utilizados en trabajos de mantenimiento, mejoramiento y
construcción de obras de desarrollo social y ambiental, encaminado a la
sustentabilidad de las U.H., así como en reparaciones de las áreas comunes
generales, conforme al siguiente catálogo de conceptos.
*Condicionado a la contratación de una
empresa especializada.
En ningún caso se podrán utilizar los
recursos del Programa para la construcción de obras que infrinjan la
normatividad que rige el uso de las áreas comunes condominales.
Tampoco se podrán adquirir accesorios o
artículos que se entreguen a cada vivienda, con excepción de aquellos que sean
de beneficio ambiental alternativo previa aprobación de la Coordinación General
del Programa.
Los trabajos propuestos en Asamblea
Ciudadana, correspondiente a la definición del proyecto de obra, no previstos
en este catálogo de conceptos, se deberán dar a conocer a la Coordinación
General del Programa, con el fin de ser presentados ante el Consejo de Gobierno
de la Procuraduría Social quien decidirá lo procedente.
7. INSTANCIAS QUE
OPERAN EL PROGRAMA
La Procuraduría Social a través de la
Coordinación General de Programas Sociales, dirigirá la aplicación del OLLIN CALLAN
en cada unidad habitacional. En el esquema de trabajo para la ejecución del
OLLIN CALLAN, se consideran tres instancias principales de intervención, en
primer lugar están las que corresponden a las áreas de la propia Procuraduría Social,
luego se hallan aquéllas que requieren de la participación ciudadana y aquéllas
que se denominan como externas. La Coordinación General de Programas Sociales
será la instancia encargada de coordinar la participación de las distintas
áreas de la Procuraduría Social en este programa. La descripción de las
diferentes instancias participantes en el programa se describen
enseguida:
7.1. Internas
7.1.1. Coordinación
General:
La Coordinación del Programa a cargo de
la Coordinación General de Programas Sociales, es la instancia central responsable
de la planeación y operación del OLLIN CALLAN y se encargará de garantizar que
se ejecute conforme a lo establecido por estos Lineamientos y Mecanismos de
Operación.
7.1.2. Coordinaciones
Regionales:
Para dar una mejor atención a los
ciudadanos, la coordinación del Programa se distribuirá en siete regiones para
atender las delegaciones de la Ciudad de México, en la siguiente forma:
Región I Álvaro
Obregón-Cuajimalpa-Miguel Hidalgo-Magdalena Contreras
Región II Azcapotzalco-Gustavo A.
Madero
Región III Benito Juárez-Cuauhtémoc
Región IV Coyoacán-Tlalpan-Xochimilco
Región V Iztacalco-Venustiano Carranza
Región VI Iztapalapa
Región VII Tláhuac
7.1.3. Coordinaciones
Zonales:
A fin de optimizar la organización del
Programa y hacer más expedita la tramitación administrativa, a partir de la
estructura regional se distribuirán las Coordinaciones Zonales según lo
requiera cada región.
7.1.4. Promotores(as):
En colaboración con las demás
instancias son los encargados de operar directamente el Programa y de servir de
enlace para facilitar el cumplimiento de las tareas y actividades que se
requiere ejecutar.
7.1.5. Área Técnica:
La Procuraduría Social tendrá personal
calificado y apoyará en el aspecto técnico las obras que se realicen en las
unidades habitacionales del Distrito Federal, a través de la Subdirección de
Evaluación y Supervisión, la cual para efectos de los Mecanismos de Operación
se denomina “Área Técnica”.
7.2. Externas
7.2.1. Asambleas
Ciudadanas:
Constituyen la instancia decisoria de
mayor jerarquía dentro del esquema de presupuesto participativo con el que
opera el Programa, se integran con los vecinos que a ellas asisten y
participan, se encargan de establecer en definitiva en qué se usarán los
recursos económicos y de elegir a quiénes se encargarán de administrarlos y de
vigilar que los trabajos se cumplan correctamente. Las asambleas ciudadanas
deberán integrarse con un quórum mínimo del 10% en Unidades Habitacionales con
más de 200 viviendas y del 20% en aquellas de menos de 200 viviendas.
7.2.2. Comités de
Administración:
Estos comités se elegirán en Asamblea
Ciudadana y se integrarán con tres ciudadanos(as) de la siguiente forma:
a) En su caso, el Administrador General
de áreas comunes de la unidad habitacional con registro ante la Procuraduría
Social vigente, y dos habitantes titulares del cargo con sus suplentes electos
en la Asamblea Ciudadana de la unidad habitacional, o
b) Tres habitantes de la unidad
habitacional titulares del cargo con sus suplentes electos en la Asamblea
Ciudadana.
Tanto titulares como suplentes sólo
podrán ser reelectos al mismo cargo hasta por una vez consecutiva a partir del
presente ejercicio. Los suplentes entrarán en funciones únicamente en ausencia
definitiva de los titulares.
Estos comités son los encargados de
manejar los recursos que otorga la Procuraduría Social, así como de hacer las contrataciones
y compras que requieran los proyectos de la unidad habitacional dentro del
Programa. En todos los casos, los comités de administración no deberán
contratar a prestadores de servicios quien tenga lazos de parentesco con sus miembros.
7.2.3. Comités de
Supervisión:
Estos comités se elegirán mediante
Asamblea Ciudadana y se integrarán con cinco ciudadanos(as) del siguiente modo:
a) El Coordinador o el Presidente del
Comité de Vigilancia de la unidad habitacional y cuatro habitantes titulares
del cargo con sus suplentes, electos en la Asamblea Ciudadana de la unidad
habitacional, o
b) Cinco habitantes de la unidad
habitacional titulares del cargo y sus suplentes, electos en la Asamblea
Ciudadana.
Tanto titulares como suplentes solo
podrán ser reelectos al mismo cargo hasta por una vez consecutiva a partir del
presente ejercicio. Los suplentes entrarán en funciones únicamente en ausencia
definitiva de los titulares.
Conformados también por elección de los
vecinos, les corresponde, conjuntamente con el Área Técnica, hacer el seguimiento
del proyecto de obra y vigilar que los trabajos se cumplan debidamente en
tiempo y forma. En todos los casos, no se deberá contratar a prestadores de
servicios que tengan lazos de parentesco con sus miembros.
7.2.4. Comisiones de
Educación, Cultura y Organización Condominal:
Se conforman mediante la participación
voluntaria de vecinas y vecinos que no requieren ser electos para participar en
ella, y tienen como objetivo, con el apoyo de la Procuraduría Social, impulsar
y desarrollar la organización condominal y en su caso
promover acciones sociales de beneficio colectivo.
7.2.5. Prestadores de
Servicios:
Son las personas físicas o morales
encargadas de ejecutar los trabajos correspondientes a los diversos proyectos
de obra en cada unidad habitacional.
La Procuraduría Social elaborará un
Directorio de Prestadores de Servicios, con aquellos que demuestren su
capacidad técnica y presenten los requisitos establecidos y publicados en la
página Web de la Institución www.prosoc.df.gob.mx.
La Procuraduría Social mantendrá
abierta durante un tiempo determinado la incorporación a este Directorio; los
prestadores de servicios registrados en ejercicios anteriores deberán
actualizar su registro en el Directorio conforme a los requisitos publicados en
la página Web.
Ningún prestador de servicios podrá
iniciar trabajos de mejoramiento y mantenimiento en áreas comunes si no está
incluido en el Directorio.
8. ETAPAS DE
INSTRUMENTACIÓN DEL PROGRAMA
El procedimiento de acciones y
actividades del Programa implica establecer compromisos de participación y
coordinación entre todas sus instancias, esto se logra mediante un proceso de
instrumentación del Programa en tres etapas básicas de operación conectadas
entre sí, que son:
I. Definición de
acciones físicas, de organización condominal y
sociales.
Mediante dos asambleas ciudadanas la
comunidad de cada unidad habitacional, con apoyo de la Procuraduría Social, establece
los trabajos de mejoramiento y mantenimiento en las áreas comunes a realizar y
las acciones de organización condominal y social a
seguir.
II. Ejecución de
acciones de organización condominal y de acciones
sociales.
Mediante las comisiones de Educación,
Cultura y Organización Condominal y con el apoyo de
la Procuraduría Social se impulsarán acciones para la elegir y registrar una
administración condominal y llevar a cabo acciones sociales
para fomentar la convivencia vecinal.
III. Ejecución de los
trabajos de mantenimiento y mejoramiento físico.
En un proceso de corresponsabilidad
acordada formalmente entre la Procuraduría Social y los comités ciudadanos
electos en asamblea ciudadana, se ejecutarán las obras de mantenimiento y
mejoramiento de las áreas comunes descritas en el catálogo de conceptos.
8.1. Primera Asamblea
Ciudadana.
La Procuraduría Social convocará a los
habitantes de cada unidad habitacional, por medio de volantes, carteles y
visitas de promotores, a la 1ª. Asamblea Ciudadana en la que:
a)
Se
integrará la Comisión de Educación, Cultura y Organización Condominal,
b)
Se
definirán los trabajos de mejoramiento y mantenimiento en las áreas comunes,
c)
Se
nombrarán a los integrantes de los comités de administración y supervisión y
d)
Se
firmará el Acta de Asamblea donde se asentarán los acuerdos tomados, con por lo
menos 2 miembros del Comité de Administración y 3 miembros del Comité de
Supervisión.
A la Asamblea Ciudadana podrán asistir
todos los habitantes de la unidad habitacional que quieran hacerlo. Todos
tendrán derecho a voz, pero sólo podrá votar una persona por vivienda,
presentando una identificación oficial vigente, para verificar domicilio, u
otra identificación formal y comprobante de domicilio.
La Procuraduría Social estará
representada por un promotor y personal del Área Técnica, quienes presidirán la
1ª. Asamblea Ciudadana, en la cual los vecinos nombraran de entre ellos un
secretario y dos escrutadores. La subsecuente asamblea se realizará en el mismo
tenor.
8.2. Acciones Entre la
Primera y Segunda Asambleas
Las acciones entre la 1ª. y 2ª. Asamblea serán:
a)
Previo
a la 2ª. Asamblea Ciudadana, los comités de administración y de supervisión de
la unidad habitacional, elegirán libremente del directorio de prestadores de
servicios registrados y autorizados por la Prosoc que
participarán en la elaboración de los presupuestos.
Si
el monto asignado a la unidad habitacional es superior a $75,000.00 se tendrá
que convocar a, por lo menos, tres prestadores de servicios.
b)
Con
base en los trabajos definidos en la 1ª. Asamblea Ciudadana, se solicitara a
los prestadores de servicio que elaboren su propuesta de presupuesto que
incluirá el proyecto, los precios unitarios, el catalogo de conceptos debidamente
requisitados y el calendario de ejecución el cual
servirá de referencia y se turnara al Área Técnica para su valoración.
c)
Cada
presupuesto será analizado y valorado por el Área Técnica para su presentación
en la 2ª. Asamblea Ciudadana, teniendo no más de 10 días hábiles para dar su
respuesta y que se lleve a cabo la programación de dicha asamblea.
d)
La
Comisión de Educación, Cultura y Organización Condominal
elaborará su plan de trabajo para la organización condominal
en aquellas unidades habitacionales donde no haya administración registrada en
la Procuraduría Social, debiendo realizar el trámite y finalizarlo antes de que
se dé por concluida la aplicación del programa en la UH, en los casos donde ya
exista una administración registrada el plan de trabajo se enfocará en las
acciones de educación y cultura condominal y acciones
sociales para la convivencia vecinal.
8.3. Segunda Asamblea
Ciudadana
La convocatoria a la 2ª. Asamblea
Ciudadana se dará a conocer mediante los comités de administración y
supervisión que, con apoyo del promotor(a), difundirán la convocatoria.
A la 2ª. Asamblea Ciudadana podrán
asistir todos los habitantes de la unidad habitacional que quieran hacerlo.
Todos tendrán derecho a voz, pero sólo podrá votar una persona por vivienda,
presentando una identificación oficial vigente, para verificar domicilio, u
otra identificación formal y comprobante de domicilio.
En la 2ª. Asamblea Ciudadana:
a)
La
Comisión de Educación, Cultura y Organización Condominal
informará el avance de su Plan de Trabajo para la organización condominal, así también los habitantes y condóminos que
integran la Comisión de Protección Civil dará a conocer el calendario de
talleres, y podrá establecer nuevas fechas a solicitud de interesados con el
fin de que se imparta la capacitación en el tema.
b)
Se
dará a conocerá los presupuestos de obra que presentan los prestadores de
servicios y, considerando la valoración hecha por el Área Técnica, se elegirá
al prestador de servicios.
c)
Se
firmará el Convenio de Corresponsabilidad entre los Comités de Administración y
Supervisión y la Procuraduría Social.
d)
Una
vez designado por mayoría de votos el o los prestadores de servicios, de
acuerdo con la naturaleza de los trabajos a realizar, se firmará el contrato o
contratos (uno por cada prestador) de obra a base de precios unitarios, entre
el comité de administración y el prestador de servicios, asistidos por el
comité de supervisión.
e)
Se
firmará el Acta de Asamblea donde se asentarán los acuerdos tomados, con por lo
menos 2 miembros del Comité de Administración y 3 miembros del Comité de
Supervisión.
8.4. Ejecución de los
Trabajos de Mantenimiento y Mejoramiento Físico
8.4.1. Entrega de
recursos
a)
Para
el manejo de los recursos el comité de administración abrirá una cuenta de
cheques mancomunada de los tres integrantes, en la institución bancaria que
establezca la Procuraduría Social.
b)
El
comité de administración solicitará la entrega de recursos a la Procuraduría
Social a través de la Coordinación Regional que, conjuntamente con la
Coordinación General del Programa, realizará el trámite correspondiente ante la
Coordinación General Administrativa de la Procuraduría Social, con el
procedimiento respectivo.
c)
La
entrega de los recursos al prestador de servicios se asentará en la Bitácora de
Obra y Gasto, la cual la firmarán por lo menos dos miembros del Comité de
Administración y tres miembros del Comité de Supervisión.
d)
Para
la ejecución de los trabajos de mantenimiento y mejoramiento físico de las
unidades habitacionales, el recurso se entregará al Comité de Administración
correspondiente en dos exhibiciones del 50 % cada una.
e)
Se
consideran como devengados los recursos otorgados en el momento mismo en que se
hace entrega de éstos al Comité de Administración de cada unidad habitacional.
f)
no
se podrá modificar una vez aprobados los trabajos de obra en asamblea ciudadana
salvo en situación especial establecida en el punto 10 inciso d) de este
instrumento.
8.4.2. Inicio de la
obra y supervisión de los avances de obra
El inicio y avances de la obra se
realizarán con base en lo estipulado en el contrato de prestación de servicios
a precios unitarios, que firmarán los comités ciudadanos con el prestador de
servicios, y en el proyecto de obra en los cuales quedará señalada la fecha de
inicio y de conclusión de los trabajos establecidos.
Los avances de los trabajos quedarán
registrados en la Bitácora de Obra la cual se firmarán por lo menos 2 miembros
del Comité de Administración y 3 miembros del Comité de Supervisión.
En ningún caso la Coordinación General
del Programa autorizará la primera ministración al
comité de administración si el expediente respectivo está incompleto; y no
autorizará la segunda ministración si, además,
existen reportes de incumplimiento o deficiencias en los trabajos realizados,
motivo por el cual no podrán darse por cumplidos los avances de obra
comprometidos.
8.4.3. Conclusión de
la obra
Para concluir la obra se deberá:
a)
Elaborar
el Acta de Entrega-Recepción de los trabajos, la cual será preparada y
presentada por los Comités de Administración y Supervisión, asistidos por el
Promotor (a), el Área Técnica, el Coordinador de Zona, en su caso, y el
Prestador de Servicios; para hacer válido ese documento al menos dos miembros
del Comité de Administración y tres del Comité de Supervisión deben manifestar
su entera satisfacción con los trabajos realizados; en caso de incumplimiento u
otra dificultad que impida la conclusión, los comités expondrán los motivos de
esas fallas y propondrán alternativas de solución.
b)
Realizar
una Asamblea Ciudadana para entregar las obras y rendir cuentas a la comunidad,
en la que se firmará el Acta de Asamblea de Rendición de Cuentas, con por lo
menos dos miembros del Comité de Administración y tres miembros del Comité de
Supervisión.
8.5. Guarda y custodia
de los expedientes
Una vez concluida la obra, el
Promotor(a) deberá entregar al Coordinador de Zona y éste a su vez al
Coordinador Regional, los expedientes de las unidades habitacionales de su
zona, siendo éste último el que deberá entregar finalmente a la Coordinación
General del Programa, mediante un oficio de Guarda y Custodia por cada caso,
donde se especifique los documentos que integran el expediente, y el número de
folio de cada uno de dichos documentos.
Para la revisión de los órganos
fiscalizadores la Procuraduría Social deberá mantener en resguardo y dispuesto
para su consulta pública un expediente por cada proyecto realizado en cada
unidad habitacional, el cual será integrado por el Promotor(a) y el o la
Coordinador(a) de Zona correspondiente, y que contendrá específicamente los
siguientes documentos:
·
Registros
de Asistencia y actas de las Asambleas Ciudadanas, donde conste la integración
y registro de los Comités de Administración y de Supervisión.
·
Convenio
de Corresponsabilidad
·
Copia
de las pólizas de cheques firmadas por el Comité de Administración de los
recursos entregados o bien de la documentación comprobatoria que expida la
institución bancaria correspondiente, para el caso de la transferencia electrónica
de los recursos.
·
Bitácora
debidamente requisitada
·
Memoria
Fotográfica
·
Acta
de Entrega-Recepción de la obra, en donde los comités manifiesten su
conformidad de que los trabajos se realizaron conforme a lo acordado en la
Asamblea Ciudadana
·
Copia
del contrato de Prestación de Servicios a Precios Unitarios.
·
Diagnostico
de la U. H.
·
Copia
de la documentación probatoria de que se llevó a cabo el procedimiento de
registro de administración ante la PROSOC (convocatoria, libro de actas,
registro de administrador general).
·
Otra
documentación.
El procedimiento detallado de la
ejecución del Programa se encuentra descrito en la Guía de Procedimientos del
Programa Social para las Unidades Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN
Con Unidad en Movimiento que deberá publicarse en la página web de la Entidad,
y/o en el Manual Administrativo de la Procuraduría Social del Distrito Federal,
en su parte de “Procedimientos”.
9. SANCIONES EN CASO
DE INCUMPLIMIENTO
a) Comités de
Administración y Supervisión: Si los integrantes de los Comités de
Administración y Supervisión no apegan su actuación a los términos de los
presentes Lineamientos así como al Convenio de Corresponsabilidad suscrito para
la participación de su unidad habitacional en el Programa, el Coordinador de
Zona los apercibirá hasta por tres ocasiones, para que cumplan con los
compromisos adquiridos; de lo contrario, por conducto de la Coordinación
General del Programa, enviará a la Coordinación General de Asuntos Jurídicos de
la Procuraduría Social el expediente, los documentos y la información necesaria
para que analice y, en su caso, proceda a inhabilitarlos para formar parte de
dichos Comités en, al menos, los tres ejercicios subsecuentes del Programa o de
cualquier otro programa implementado por la Procuraduría Social que beneficie a
su unidad habitacional. Contra tal resolución no procederá recurso alguno.
En caso de conocer probadamente de
alguna gratificación recibida por los participantes en los Comités y Comisiones
del Programa de parte del Prestador de Servicios o cualquier usufructo de ese
tipo, la Coordinación General del Programa podrá proceder a la revisión del
caso y de comprobarse la falta dar por cancelado el programa en esa unidad
habitacional.
b) Prestadores de
Servicios: Si
los prestadores de servicios contratados para la realización de las obras no
apegan su actuación a los términos de los presentes Lineamientos y de los
contratos que al efecto se hayan suscrito, el Coordinador de Zona hará del
conocimiento de la Coordinación General del Programa los hechos, así como la
documentación con que se cuente para proceder a la inclusión del Prestador de
Servicios en el Padrón de Prestadores de Servicios Incumplidos, a efecto de no
volver a contratar los servicios de tales personas en ejercicios subsecuentes
del Programa. Ello independientemente de que debido al incumplimiento, mala
calidad de los trabajos u otra causa el contrato establecido pueda ser
rescindido, para este efecto el Área Técnica tiene la facultad de emitir un
dictamen de la calidad de los trabajos. La Procuraduría Social tendrá como
criterios principales para considerar incumplimiento de un prestador de
servicios los siguientes:
·
Mala
calidad de los trabajos, con base en el reporte del Área Técnica y del comité
de supervisión.
·
Incumplimiento
del contrato.
·
Retraso
en el tiempo establecido para llevar a cabo los trabajos.
·
Actitud
conflictiva o de falta de respeto hacia los vecinos o los involucrados en la
operación del Programa.
c) Servidores Públicos
(que
participen en cualquiera de las etapas del Programa): En caso de que existan
elementos que permitan presumir la responsabilidad civil, penal o
administrativa de servidores públicos de la Procuraduría por su actuación durante
el desarrollo de las diversas etapas del Programa, la Coordinación General del
Programa deberá hacerlo del conocimiento de la Coordinación General de Asuntos
Jurídicos, a efecto de dar vista a la Contraloría Interna y, en su caso, a la
autoridad competente.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso
de que la Coordinación General de Asuntos Jurídicos detecte la posible
responsabilidad civil, penal o administrativa tanto de los miembros de los
Comités, como de los Prestadores de Servicios o de Servidores Públicos,
prestará la asesoría necesaria y en su caso, dará vista a las autoridades
competentes, realizando el seguimiento necesario a los procedimientos que se
inicien, hasta su total conclusión.
10. SITUACIONES
ESPECIALES
a.
Se
podrán realizar las asambleas ciudadanas extraordinarias que sean necesarias
conforme a las necesidades y problemáticas de cada Unidad Habitacional, en
cualquier momento que se requiera, cumpliendo con los procedimientos mínimos
respecto a las convocatorias, quórum y votación.
b.
En
aquellas unidades habitacionales en donde por falta de participación de los
vecinos no se realicen las Asambleas Ciudadanas, el Promotor (a) podrá convocar
una vez más a realizar la Asamblea Ciudadana y de no efectuarse se dará por
cancelada la asignación de recursos a esa unidad habitacional.
c.
Cuando
existan dificultades por parte de los vecinos para determinar la adecuada
utilización del recurso asignado o se presenten problemas que rebasen a los
Comités de Administración y de Supervisión para ejecutar los proyectos de obra,
la Coordinación General del Programa tendrá la facultad para cancelar el
Programa en la unidad habitacional correspondiente mediante acta
circunstanciada para realizar la baja y terminación de la obra en el ejercicio
de que se trate.
d.
En
caso de que se requiera modificar parcialmente, alguno de los términos del
proyecto de obra aprobado por la asamblea ciudadana, tanto en montos como en
conceptos, lo solicitará por escrito el Comité de Administración, sometiéndolo
a consideración del Área Técnica y solo podrán autorizarlo por lo menos tres de
los cinco miembros del Comité de Supervisión, el Área Técnica y la CGPS.
e.
Cuando
por causas justificadas se requiera de hacer cambios mayores a un proyecto de
obra, capaces de hacer nulo el proyecto original, éste deberá cancelarse y
realizar una nueva Asamblea Ciudadana, presidida por la Procuraduría Social
conjuntamente con los Comités de Administración y de Supervisión, para que ahí
se tome la decisión de modificación.
f.
Cuando
por fundadas razones los recursos asignados a una Unidad Habitacional deban
subdividirse por edificio, no podrá autorizarse otra fragmentación menor o que
haya una contratación de prestadores de servicios por entrada, pasillo, piso u
otra subdivisión de ese tipo.
g.
En
los casos donde se presenten situaciones no previstas en los Mecanismos de Operación,
la Coordinación General del Programa resolverá lo concerniente a tales asuntos.
h.
En
todo momento la Procuraduría Social, previo acuerdo del Consejo de Gobierno,
tendrá la facultad de ajustar la asignación y entrega de recursos de acuerdo a
la disponibilidad presupuestal.
i.
En
caso de que exista imposibilidad material de recabar el total de las firmas
requeridas en los documentos que integran el expediente de cada unidad
habitacional, se levantará el Acta Circunstanciada correspondiente y se hará del
conocimiento del H. Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social.
11. PROCEDIMIENTO PARA
PRESENTAR QUEJAS Y DENUNCIAS
Los ciudadanos que así lo requieran,
podrán presentar una queja o denuncia en el teléfono 5209-6628 de la
Coordinación General del Programa, cuando consideren que la actuación de algún
promotor(a) o coordinador(a) del Programa OLLIN CALLAN, no esté respetando lo
establecido en los Mecanismos de Operación del Programa o incumpliendo el
Convenio de Corresponsabilidad firmado. De no ser atendida esa queja, podrán
reportarlo a LOCATEL 5658-1111, o también al teléfono 5564-6884 de la
Contraloría Interna de la Procuraduría Social o acudir personalmente a la
oficina de la misma en Calle Zacatecas No. 4 (casi esquina con Av. Cuauhtémoc)
Col. Roma, D.F.
Conforme a la normatividad aplicable,
la instancia correspondiente de la Procuraduría Social, deberá responder por
escrito a la persona física o moral que interponga la queja, dando cuenta del
estado en que se encuentra el seguimiento de la misma.
12. MECANISMOS DE
EXIGIBILIDAD
El Programa busca contribuir a que los
ciudadanos del Distrito Federal ejerzan el derecho a una vivienda digna.
Además, siendo la Procuraduría Social la instancia de gobierno legalmente
facultada para promover la defensa de los derechos sociales de los capitalinos,
resulta importante que los habitantes de las unidades habitacionales inscritas
en el Programa puedan exigir el cumplimiento cabal de los objetivos del mismo,
así como denunciar cualquier tipo de irregularidad en su ejecución, contando
con los mecanismos necesarios para hacer exigible su derecho a la vivienda
digna.
Los habitantes de las unidades
habitacionales inscritas en el Programa podrán exigir el cumplimiento de lo
establecido en el Convenio de Corresponsabilidad, una vez que haya sido firmado
por las partes involucradas, conforme a lo establecido en estos Lineamientos y
Mecanismos de Operación del Programa Social para Unidades Habitacionales de
Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento, ejercicio 2010.
Es obligación de los servidores
públicos responsables de la ejecución del Programa tener a la vista del público
los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos para que los
beneficiarios puedan acceder a su disfrute y en caso de omisión, puedan exigir
su cumplimiento a la autoridad responsable en apego a la normatividad
aplicable.
En todo momento la ejecución del
Programa OLLIN CALLAN deberá ajustarse a lo dispuesto por el Art. 38 de la Ley
de Desarrollo Social para el Distrito Federal que a la letra señala:
Es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de
este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a
los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa en
el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la
autoridad competente.
13. MECANISMOS DE
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO
La Procuraduría Social convocará a
asambleas ciudadanas periódicas en cada unidad habitacional inscrita en el
Programa para informar, coordinar y evaluar todas las acciones desarrolladas en
la ejecución de OLLIN CALLAN.
Además se dará un puntual seguimiento a
la ejecución del Programa en el Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social, independientemente
del procedimiento de seguimiento y supervisión de las obras, descrito en estos
Mecanismos de Operación.
Con fundamento en los artículos 42
segundo y tercer párrafo de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal y 65 del Reglamento de la citada ley, la Coordinación General de
Programas Sociales de esta Procuraduría Social realizará la evaluación interna
del Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social Ollin Callan “Con Unidad en Movimiento”, de acuerdo a los
términos establecidos en “Lineamientos para la evaluación interna de los
Programas Sociales”, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
14. PARTICIPACIÓN
SOCIAL
El Programa tiene como eje central la
participación ciudadana. Es uno de los pocos programas con presupuesto participativo
que existen, incluso, dentro del conjunto de los programas sociales a cargo
de los órganos de la Administración Pública del Distrito Federal. Por ello, uno
de sus principios fundamentales es la corresponsabilidad.
Es a través de las Asambleas Ciudadanas
que los habitantes de la unidad habitacional deciden colectivamente las
acciones que se van a realizar con el recurso asignado y eligen a los
prestadores de servicios que ejecutarán los trabajos de cada proyecto de obra
aprobado, conforme a sus necesidades prioritarias y los criterios establecidos
por los Mecanismos de Operación del Programa.
Los ciudadanos que participen a través
de los Comités de Administración, serán los encargados de administrar el
recurso asignado.
Por su parte, los miembros de los
Comités de Supervisión, serán los encargados de vigilar el avance de la obra, y
en su caso denunciar las irregularidades.
15. ARTICULACIÓN CON
OTROS PROGRAMAS Y/O ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
En la ejecución del presente programa y
con la finalidad de procurar se ejecuten los 15 ejes de acción social señalados
en los objetivos, se realizarán las acciones y actividades necesarias para
promover todos los programas sociales existentes susceptibles de ser
implementados para beneficio de los habitantes de las unidades habitacionales.
Para ello, la Procuraduría Social del Distrito Federal será canal y enlace con
las dependencias, órganos desconcentrados, órganos políticoadministrativos
y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal que pueden
ofertar sus programas sociales, incluso con organizaciones e instituciones
privadas y civiles sin fines de lucro, que tengan proyectos de carácter social,
para lo que se realizará la coordinación necesaria y en su caso la firma de
convenios de colaboración.
T
R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- El presente acuerdo
entrará en vigor a partir de la aprobación del Consejo de Gobierno de la
Procuraduría Social del Distrito Federal.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal para su conocimiento y difusión.
TERCERO.- Se abroga el
acuerdo por el que se emiten los Lineamientos y Mecanismos de Operación
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, Décima Séptima Época del
29 de enero de 2010 con número setecientos sesenta y nueve.
CUARTO.- Todos los
procedimientos y proyectos correspondientes al Programa Social para Unidades
Habitacionales de Interés Social OLLIN CALLAN Con Unidad en Movimiento 2009,
continuarán hasta la total conclusión de los mismos, conforme a lo dispuesto
por el Acuerdo mediante el cual se emiten los Lineamientos y Mecanismos
mencionados en el Transitorio anterior.
México,
Distrito Federal, a 21 de julio de 2010.
(Firma)
___________________________________
LIC. DIONE
ANGUIANO FLORES
PROCURADORA
SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL