PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2010.

 

DELEGACIÓN IZTAPALAPA

 

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN INHÁBILES LOS DÍAS 15 Y 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010; EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS Y PLAZOS PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS A CARGO DE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA.

 

CLARA MARINA BRUGADA MOLINA, Jefa Delegacional en Iztapalapa, con fundamento en los artículos 104 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 39 fracciones XLV, LXXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 71 fracción IX, 72 y 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

 

CONSIDERANDO

 

Primero.- Que la Delegación Iztapalapa es un órgano político-administrativo desconcentrado de la Administración Pública del Distrito Federal, con autonomía funcional en acciones de gobierno, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su Reglamento.

 

Segundo.- Que la Delegación Iztapalapa está dotada de atribuciones de decisión, ejecución y autonomía de gestión, dentro de su respectiva jurisdicción, en las materias de gobierno, administración, asuntos jurídicos, obras, servicios, actividades sociales, protección civil, seguridad pública, promoción económica, cultural y deportiva, y las demás que señalen las leyes.

 

Tercero.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal es el ordenamiento legal que regula los actos y procedimientos de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares, en la que se establece que las actuaciones y diligencias deben ser ejecutadas en días y horas hábiles, señalando como inhábiles entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las Dependencias, Entidades o Delegación respectiva, los cuales deberán hacerse del conocimiento mediante acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

Cuarto.- Que durante los días declarados inhábiles se suspenden los plazos y términos en todos aquellos asuntos y procedimientos competencia del Órgano Político Administrativo en Iztapalapa.

 

Quinto.- Que conforme a la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, el 16 de septiembre es día inhábil, y durante el presente año, como parte de las festividades del bicentenario de la Independencia Nacional, se realizarán diversas actividades que iniciarán desde el 15 de septiembre, situación que origina que el personal de este órgano político-administrativo se avoque a la planeación y organización de los festejos que se llevarán a cabo en esta Delegación.

 

Sexto.- Que el día 13 de septiembre de 2010, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Circular DGADP/000051/2010 emitida por el Director General de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor, Lic. Justo Federico Escobedo Miramontes, mediante la cual se informa que los días 15 y 17 de septiembre de 2010 se declaran como días de descanso para los órganos político-administrativos.

 

Séptimo.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a todas las personas relacionadas con los trámites y procedimientos substanciados ante el Órgano Político Administrativo en Iztapalapa, y con el objeto de hacer del conocimiento del público en general la determinación de la titular de la Delegación Iztapalapa, mediante publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN INHÁBILES LOS DÍAS 15 Y 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010; EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS Y PLAZOS PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS A CARGO DE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA.

 

Primero.- Se declaran como inhábiles los días 15 y 17 de septiembre del año 2010, y por tanto no correrán plazos y términos en los trámites y procedimientos a cargo del Órgano Político-Administrativo en Iztapalapa.

 

Para efectos legales y/o administrativos en el cómputo de los términos y plazos, no deberán contarse como hábiles los días citados en el párrafo precedente.

 

Dicha suspensión de términos y plazos es aplicable en la tramitación y recepción de documentos e informes, trámites, resoluciones, acuerdos, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación, desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, solicitudes de acceso a la información pública; de acceso o rectificación de datos personales y de recursos de revisión, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de impugnación, así como cualquier acto administrativo emitido por los servidores públicos adscritos al Órgano Político Administrativo en Iztapalapa que incida o afecte la esfera jurídica de los particulares.

 

Segundo.- Durante los días inhábiles señalados en el artículo 1º del presente Acuerdo, estará cerrada la Ventanilla Única Delegacional y el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC).

 

Tercero.- Se excluyen de lo dispuesto en el punto que antecede, las materias de protección civil, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por la ley de la materia específica de que se trate; lo señalado en el artículo 97 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, respecto a las visitas de verificación administrativas; lo relativo al comercio en vía pública, mercados y tianguis, así como cualquier actuación o resolución que tenga efectos al interior de la Administración Pública del Órgano Político-Administrativo en Iztapalapa.

 

CUARTO.- Cualquier actuación o promoción ante la Delegación Iztapalapa en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente.

 

Cuando se cuente con plazo para la presentación de promociones y el último día de este sea de los considerados como inhábiles, sus efectos se prorrogarán hasta el día hábil siguiente.

 

TRANSITORIOS

 

Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

Segundo.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

 

Dado en Iztapalapa, Distrito Federal, el 13 de septiembre de 2010.

 

 

(Firma)

 

CLARA MARINA BRUGADA MOLINA.

JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA