PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 14
DE OCTUBRE DE 2010.
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CONVENIO DE SUPLENCIA,
QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS URIEL OLIVA SÁNCHEZ, TITULAR DE LA NOTARIA NÚMERO
215 Y FERNANDO DÁVILA REBOLLAR, TITULAR DE LA NOTARÍA NÚMERO 235 AMBOS DEL
DISTRITO FEDERAL.
(Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en
Movimiento.-CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS
LEGALES.- DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.- DIRECCIÓN
CONSULTIVA Y DE ASUNTOS NOTARIALES.- SUBDIRECCIÓN DE NOTARIADO.- JEFATURA DE UNIDAD DE
NOTARIADO)
LICENCIADA
REBECA ALBERT DEL CASTILLO, DIRECTORA GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS
LEGISLATIVOS, con fundamento en los
artículos 2º, fracción VI, de
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER
EL CONVENIO DE SUPLENCIA, QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS URIEL OLIVA SÁNCHEZ,
TITULAR DE LA NOTARIA NÚMERO 215 Y FERNANDO DÁVILA REBOLLAR, TITULAR DE LA
NOTARÍA NÚMERO 235 AMBOS DEL DISTRITO FEDERAL.
Primero.-
Se comunica que los Licenciados Uriel Oliva Sánchez y Fernando Dávila Rebollar,
titulares de las Notarías Números 215 y 235 del Distrito Federal,
respectivamente, celebraron convenio de suplencia para suplirse recíprocamente,
con fundamento en los artículos 182 y 183 de la Ley del Notariado para el
Distrito Federal.
Segundo.-
En ausencia del licenciado Uriel Oliva Sánchez, titular de la Notaría 215 del
Distrito Federal, lo suplirá en primer término el licenciado Fernando Dávila
Rebollar, titular de la Notaría 235 del Distrito Federal, y en segundo término
lo suplirá el licenciado Guillermo Aarón Vigil Chapa,
titular de la Notaría 247 del Distrito Federal.
Tercero.- En ausencia del licenciado
Fernando Dávila Rebollar, titular de la Notaría 235 del Distrito Federal, lo
suplirá en primer término el licenciado Uriel Oliva Sánchez, titular de la
Notaría 215 del Distrito Federal; y en segundo término el licenciado Antonio
Velarde Violante, titular de la Notaría 164 del
Distrito Federal.
Cuarto.- El presente convenio surtirá
efectos a partir de su suscripción y tendrá una vigencia indefinida, por lo que
los licenciados Uriel Oliva Sánchez, titular de la Notaría 215 del Distrito
Federal y Fernando Dávila Rebollar, titular de la Notaría 235 del Distrito
Federal, acuerdan que cualquiera de ellos podrá darlo por terminado en
cualquier momento, previo aviso por escrito dado cuando menos 15 días hábiles
de anticipación.
TRANSITORIOS.
Primero. El
presente convenio queda registrado, a partir del tres de junio de dos mil diez, fecha en la que se dio cabal cumplimiento a
lo dispuesto en los artículos 182, 183, 184 y 189 de
Segundo. Publíquese
en
(Firma)
LICENCIADA
REBECA ALBERT DEL CASTILLO
Ciudad de
México a 7 de septiembre de 2010