PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 14
DE OCTUBRE DE 2010.
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CONVENIO DE SUPLENCIA,
QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS URIEL OLIVA SÁNCHEZ, TITULAR DE LA NOTARÍA 215 Y
EL LICENCIADO GUILLERMO AARÓN VIGIL CHAPA, TITULAR DE LA NOTARIA NÚMERO 247,
AMBOS DEL DISTRITO FEDERAL.
(Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en
Movimiento.-CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS
LEGALES.- DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.- DIRECCIÓN
CONSULTIVA Y DE ASUNTOS NOTARIALES.- SUBDIRECCIÓN DE NOTARIADO.- JEFATURA DE UNIDAD DE
NOTARIADO)
LICENCIADA
REBECA ALBERT DEL CASTILLO, DIRECTORA GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS
LEGISLATIVOS, con fundamento en los
artículos 2º, fracción VI, de
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER
EL CONVENIO DE SUPLENCIA, QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS URIEL OLIVA SÁNCHEZ,
TITULAR DE LA NOTARÍA 215 Y EL LICENCIADO GUILLERMO AARÓN VIGIL CHAPA, TITULAR
DE LA NOTARIA NÚMERO 247, AMBOS DEL DISTRITO FEDERAL.
Primero.-
Se comunica que los Licenciados Uriel Oliva Sánchez y Guillermo Aarón Vigil
Chapa, titulares de las Notarías Números 215 y 247 del Distrito Federal,
respectivamente, celebraron convenio de suplencia para suplirse recíprocamente,
con fundamento en los artículos 182 y 183 de la Ley del Notariado para el
Distrito Federal.
Segundo.-
En ausencia del licenciado Uriel Oliva Sánchez, titular de la Notaría 215 del
Distrito Federal, lo suplirá en primer termino
el licenciado Fernando Dávila Rebollar, titular de la Notaría 235 del Distrito
Federal; y en segundo término lo suplirá el licenciado Guillermo Aarón Vigil Chapa, titular de la Notaría 247 del Distrito
Federal.
Tercero.- En ausencia del licenciado
Guillermo Aarón Vigil Chapa, titular de la Notaría
247 del Distrito Federal, lo suplirá en primer término el licenciado Uriel
Oliva Sánchez, titular de la Notaría 215 del Distrito Federal; y en segundo
término el licenciado Heriberto Castillo Villanueva, titular de la Notaría 69
del Distrito Federal.
Cuarto.- El presente convenio surtirá
efectos a partir de su suscripción y tendrá una vigencia indefinida, por lo que
los licenciados Uriel Oliva Sánchez, titular de la Notaría 215 del Distrito
Federal y Guillermo Aarón Vigil Chapa, titular de la
Notaría 247 del Distrito Federal, acuerdan que cualquiera de ellos podrá darlo
por terminado en cualquier momento, previo aviso por escrito dado cuando menos
15 días hábiles de anticipación.
TRANSITORIOS.
Primero. El
presente convenio queda registrado, a partir del tres de junio de dos mil
diez, fecha en la que se dio cabal
cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 182, 183, 184 y 189 de
Segundo. Publíquese
en
(Firma)
LICENCIADA
REBECA ALBERT DEL CASTILLO
Ciudad de
México a 7 de septiembre de 2010