PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 29
DE OCTUBRE DE 2010.
DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC
AVISO POR EL QUE SE
SUSPENDEN LOS TÉRMINOS INHERENTES A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ANTE LA
DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, DURANTE LOS DÍAS QUE SE INDICAN.
AGUSTÍN TORRES PÉREZ, Jefe Delegacional
en Cuauhtémoc, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 y 39 fracción
XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; así
como por lo dispuesto en el artículo 71 fracción IX de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal, y
C O N S I D E R A N D O
Que la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal es el ordenamiento legal que regula la
actuación de la Administración Pública del Distrito Federal ante los
particulares, misma en la que se establece que las actuaciones y diligencias de
orden administrativo deben ser ejecutadas en días hábiles, señalando como
inhábiles entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las
labores de las Dependencias, Entidades o Delegación respectiva de la Administración
Pública del Distrito Federal;
Que en cumplimiento a lo dispuesto por
la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, los días inhábiles
que se determinen mediante Acuerdo, deben darse a conocer al público mediante
la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, he tenido a bien expedir
el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS
INHERENTES A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ANTE LA DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC,
DURANTE LOS DÍAS QUE SE INDICAN.
PRIMERO.- Los días 01 y 02 de
Noviembre de 2010, se considerarán inhábiles para efectos de la recepción de
documentos e informes, trámites, resoluciones, avisos, actuaciones,
diligencias, cómputo de términos, inicio, substanciación, desahogo de
procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos,
solicitudes de informes o documentos, recursos de inconformidad, revocación o
algún otro medio de impugnación, así como cualquier acto administrativo,
respecto a servidores públicos adscritos a la Delegación Cuauhtémoc.
En virtud de lo anterior, para los
efectos legales y/o administrativos, en el cómputo de términos no deben ser
considerados como días hábiles los días citados en el párrafo precedente, por
lo que estarán cerradas la Ventanilla Única Delegacional y el Centro de
Servicios y Atención Ciudadana (CESAC).
SEGUNDO.- Se excluye de lo
dispuesto en el punto que antecede, a la materia de protección civil, en cuyo
caso se estará a lo dispuesto por la ley específica de que se trate; lo
señalado en el artículo 97 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal, respecto a las visitas de verificación administrativas, así como
cualquier actuación o resolución que tenga efectos al interior de la
Administración Pública del Órgano Político-Administrativo en Cuauhtémoc.
TERCERO.- Cualquier actuación
o promoción ante la Delegación Cuauhtémoc en los días considerados como
inhábiles por el presente acuerdo, surtirá efectos hasta el primer día hábil
siguiente. Cuando se cuente con plazo para la presentación de promociones y el
último día de éste sea el considerado como inhábil, sus efectos se prorrogarán
hasta el día hábil siguiente.
T R A N S I T O
R I O S
ÚNICO. Publíquese en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
(Firma)
LIC.
AGUSTÍN TORRES PÉREZ
JEFE
DELEGACIONAL EN CUAUHTÉMOC