PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 8 DE DICIEMBRE DE 2010.

 

DELEGACIÓN COYOACÁN

 

Emilio Anaya Aguilar, Director General de Administración en la Delegación Coyoacán, con fundamento en los artículos 15, 122 Fracción II y último párrafo y 122 Bis Fracción IV, inciso b) del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y Apartado B de las Delegaciones, de las “Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se Recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se Asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los Generen, Mediante el Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos”,  publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de mayo de 2010, el C. Director General de Administración en Coyoacán, establece los siguientes:

 

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS NUEVAS CUOTAS DE  INGRESO QUE SE RECAUDE POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SE ASIGNEN A LAS DEPENDENCIAS, DELEGACIONES Y ORGANOS DESCONCENTRADOS QUE LOS GENEREN MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA

 

LISTADO DE CONCEPTOS, CUOTAS Y TARIFAS AUTORIZADAS PARA LOS CENTROS GENERADORES

 

 

 

 

CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO

"CUAUHTÉMOC"

 

 

 

 

2.2.13

Servicios de los Cibercentros  “COYONET”

 

 

2.2.13.1

Módulo de curso de computación.

Modulo/Persona

158.00

2.2.13.2

1 hora de uso de computadora.

Hora

5.00

2.2.13.3

Impresión láser blanco y negro.

Impresión

*1.00

2.2.13.4

Impresión a color.

Impresión

*5.00

2.2.13.5

Disco compacto.

Unidad

*2.00

2.2.13.6

Diskette 3 ½.

Unidad

*2.00

2.2.13.7

Escaneado.

Unidad

*2.00

 

 

CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO

"VILLA PANAMERICANA"

 

 

 

 

2.2.13

Servicios de los Cibercentros  “COYONET”

 

 

2.2.13.1

Módulo de curso de computación.

Modulo/Persona

158.00

2.2.13.2

1 hora de uso de computadora.

Hora

5.00

2.2.13.3

Impresión láser blanco y negro.

Impresión

*1.00

2.2.13.4

Impresión a color.

Impresión

*5.00

2.2.13.5

Disco compacto.

Unidad

*2.00

2.2.13.6

Diskette 3 ½.

Unidad

*2.00

2.2.13.7

Escaneado.

Unidad

*2.00

 

Esta actualización de Cuotas Autorizadas para los Centros Generadores, por medio del cual se establecen las tarifas que cobrará la Delegación Coyoacán por el concepto indicado, es parte integral de la Actualización a los Lineamientos de la Delegación Coyoacán para la Aplicación de Reducción de Cuotas Fijadas o Modificadas por el Uso y Aprovechamiento de Centros Culturales, Sociales, Comunitarios, Deportivos, Recreativos y Ambientales por concepto de Captación de Ingresos de Aplicación Automática (Autogenerados), para el Ejercicio Fiscal 2010.

 

TRANSITORIOS

 

Primero.-  El uso indebido de los Recursos de Aplicación Automática (Autogenerados), será motivo de sanción de acuerdo con la Ley aplicable y por la autoridad correspondiente.

 

Segundo.- La presente actualización de Cuota es de carácter obligatorio para el área involucrada con la captación de los Recursos de Aplicación Automática (Autogenerados), de lo contrario, el incumplimiento de los mismos será reportado al Órgano de Control Interno de ésta Delegación. 

 

Tercero.- La presente actualización de Cuota surtirá efecto el día siguiente de su publicación.

 

Cuarto.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.

 

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

 

EN LA DELEGACIÓN COYOACÁN

 

(Firma)

 

LIC. EMILIO ANAYA AGUILAR