PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 31 DE
DICIEMBRE DE 2010.
ACUERDO
QUE CREA LA COMISIÓN DE GOBIERNO ELECTRÓNICO DEL DISTRITO FEDERAL
(Al margen superior un escudo que dice:
Ciudad de México.- Capital en Movimiento)
MARCELO LUIS EBRARD
CASAUBON,
Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, Apartado
C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 1º, 2º, 8, fracción II, 12, fracciones II, IV y VI,
67, fracción II, 90 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5º,
7º, 14, 15, fracciones I y XV, 23, fracción XXII y 34, fracciones XXXIII,
XXXIV, XXXVII, XXXIX, XL y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal; y 5, fracción I, 111 y 113 Bis del Reglamento Interior de
la Administración Pública del Distrito Federal.
CONSIDERANDO
Que el Jefe de Gobierno del Distrito
Federal tiene facultades para crear unidades de asesoría y planeación que
coadyuven al correcto desempeño de funciones públicas de conformidad con el
artículo 5° de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Que en este sentido desde 1995 existe
el Comité de Informática, mismo que en el transcurso del tiempo ha requerido de
ajustes en mayo de 2004 y junio de 2007 acordes a la evolución del marco
jurídico, el ejercicio administrativo y los avances tecnológicos.
Que la redistribución de atribuciones
entre la Oficialía Mayor y la Contraloría General hace necesario precisar la conformación
y atribuciones del Comité de Informática de la Administración Pública del
Distrito Federal a efecto de brindar certeza jurídica a todos los entes que
requieren el uso de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Que de acuerdo al Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal, se necesita implementar un ambicioso programa
de modernización administrativa, con innovadoras herramientas y tecnologías que
promuevan la mejora continua de la administración, optimicen el uso de los
recursos, estimulen la participación ciudadana y transparenten la gestión gubernamental
con el fin de instaurar plenamente un gobierno digital, empleando para ello los
recursos tecnológicos que permitan reducir costos de operación, tiempos de
espera y mejorar la atención al público, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
QUE CREA LA COMISIÓN DE GOBIERNO ELECTRÓNICO DEL DISTRITO FEDERAL
PRIMERO.- Se crea la Comisión de
Gobierno Electrónico del Distrito Federal como unidad de asesoría y planeación
para el diseño e implementación estratégica de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones, la generación y difusión de conocimiento en la materia y
asesorar en proyectos transversales de modernización e innovación a las
dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados y entidades paraestatales
de la Administración Pública del Distrito Federal.
SEGUNDO.- Para efectos del
presente Acuerdo, se entenderá por:
I. CGMA.- La Coordinación
General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito
Federal;
II. DGGTIC.- La Dirección
General de Gobernabilidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de
la Contraloría General del Distrito Federal;
III. DICTAMEN TÉCNICO.-
Documento emitido por la Dirección General de Gobernabilidad de Tecnologías de
la Información y Comunicaciones de la Contraloría General del Distrito Federal
que requieren las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y
entidades para avalar técnicamente la adquisición o arrendamiento de los bienes
y/o servicios informáticos que no estén especificados en los estándares
técnicos de bienes informáticos del Gobierno del Distrito Federal, al igual que
la contratación de desarrollo de sistemas (herramientas, aplicaciones,
lenguajes, metodologías) o la adquisición o arrendamiento de cualquier
aplicación o servicio informático que tenga funciones iguales o similares a las
de los sistemas informáticos institucionales de la Administración Pública del
Distrito Federal.
IV. LA COMISIÓN.- Comisión de
Gobierno Electrónico del Distrito Federal.
TERCERO. La conformación de la
Comisión es la siguiente:
I. Un Presidente que será el titular de
la Contraloría General del Distrito Federal;
II. Un Presidente Suplente que será el
titular de la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría
General del Distrito Federal;
III. Un Secretario Técnico que será el
titular de la Dirección General de Gobernabilidad de Tecnologías de la
Información y Comunicaciones de la Contraloría General del Distrito Federal;
IV. Un Vocal por cada una de las
dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal.
Los representantes deberán ser
titulares del área de tecnologías de la información, sistemas, informática o
modernización del ente público, con un puesto de nivel subdirección o superior.
En caso de que en la estructura del ente público el área que está a cargo de
esta materia no cuente con ese nivel jerárquico, el representante deberá ser el
superior jerárquico inmediato con nivel subdirección o mayor.
CUARTO.- Corresponde al pleno
de la Comisión:
I. Difundir las normas y criterios que
en materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones emita la unidad administrativa
competente;
II. Revisar y emitir recomendaciones a los
planes estratégicos de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de las
dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades paraestatales
de la Administración Pública del Distrito Federal, cuando lo solicite el
Presidente de la Comisión;
III. Emitir opiniones sobre solicitudes
de dictaminación técnica y proyectos de Tecnología de la Información y Comunicaciones,
cuando lo solicite el Presidente de la Comisión;
IV. Diseñar políticas públicas que
atiendan las necesidades de las dependencias, delegaciones y entidades en
materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones;
V. Generar y captar conocimiento en
materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones;
VI. Tomar conocimiento sobre el
incumplimiento de la normatividad en materia de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones, para los efectos a que haya lugar;
VII. Proponer modificaciones a los
Estándares de Bienes y Servicios de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones (Estándares de Dictaminación Técnica)
VIII. Difundir los Sistemas
Informáticos Institucionales en las dependencias, órganos desconcentrados,
delegaciones y entidades paraestatales de la Administración Pública del
Distrito Federal;
IX. Coadyuvar en el análisis de la
viabilidad de los nuevos proyectos materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
y preparar las opiniones técnicas correspondientes cuando la Dirección General
de Gobernabilidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la
Contraloría General del Distrito Federal o la Coordinación General de
Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal lo
soliciten.
X. Crear grupos de trabajo para cumplir
los objetivos de este órgano colegiado.
XI. Aprobar el objetivo y plan de
trabajo de los grupos de trabajo, y
XII. Expedir su manual administrativo
correspondiente, de conformidad con las disposiciones jurídicas y
administrativas aplicables.
QUINTO. La Comisión se reunirá
en sesiones ordinarias dos veces al año y, en sesiones extraordinarias, para
conocer de las cuestiones urgentes a convocatoria del Presidente de la Comisión
en cualquier tiempo.
SEXTO.- La Comisión deberá
hacer uso de herramientas tecnológicas para mantener la comunicación constante
entre sus integrantes, y podrá realizar las sesiones de manera no presencial
bajo las bases que establezca la Secretaría Técnica de la Comisión. En este
último supuesto para la integración de minutas y acuerdos se deberá recabar la
firma autógrafa salvo que se utilice firma electrónica.
Se establece como principal herramienta
tecnológica de comunicación de la Comisión el sitio de internet www.cge.df.gob.mx
SÉPTIMO.- La Contraloría General
del Distrito Federal vigilará el cumplimiento del presente Acuerdo y queda
facultada para la interpretación de los mismos, así como para la expedición de
normatividad relacionada.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Acuerdo
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
Segundo.- Se deroga el Acuerdo
por el que se crea el Comité de Informática de la Administración Pública del
Distrito Federal así como el acuerdo que lo modifica publicados en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 19 de mayo de 2004 y el 27 de junio de 2007,
respectivamente.
Tercero.- Los trabajos y
acciones que hayan iniciado su atención o desarrollo antes de la entrada en
vigor del presente Acuerdo se concluirán de conformidad con las disposiciones
jurídicas y administrativas con las que se iniciaron y la Comisión determinará
lo procedente para incorporarlas al nuevo marco jurídico.
Cuarto.- La sesión de
instalación de la Comisión deberá contar con la participación de al menos los
representantes de todas las dependencias y deberá, entre otras situaciones,
presentarse el respectivo manual para su expedición.
Quinto.- Las menciones
realizadas al Comité de Informática de la Administración Pública del Distrito
Federal en todas las disposiciones jurídicas y administrativas se entenderán
realizadas a la Comisión de Gobierno Electrónico del Distrito Federal.
Sexto.- En tanto se expiden
los instrumentos y normatividad conducente, en lo que no se oponga al presente
acuerdo y demás disposiciones jurídicas aplicables, se continuará utilizando
aquellos que se encuentren vigentes, así como el sitio de internet
www.ci.gob.mx
Dado en la residencia del Jefe de
Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México a los veintinueve días
del mes de diciembre del año 2010.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO
FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ
ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA.