PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL
DISTRITO FEDERAL EL 3 DE NERO DE 2011
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
MARTÍ
BATRES GUADARRAMA, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los artículos 87, 89 y 115
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción VI, 16 fracciones
III, IV y VII y 28 de
LINEAMIENTOS Y MECANISMOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
COMUNITARIO DE MEJORAMIENTO BARRIAL 2011
Antecedentes
El 12 de junio del año 2007 se
publicaron los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Comunitario
de Mejoramiento Barrial, para el ejercicio fiscal 2007, y
El 11 de octubre de 2007, el
31 de enero de 2008 y el 5 de agosto de 2009, se publicó en
Desde el año 2007, hasta el
cierre del ejercicio fiscal 2009, el Programa Comunitario de Mejoramiento
Barrial, ha registrado un importante crecimiento en la demanda de proyectos a
ejecutar por parte de las organizaciones sociales, civiles, comunitarias,
grupos de vecinos e instituciones académicas. Así, en el año 2007 se
registraron 139 proyectos a concurso y se aprobaron 49, en 2008 se ingresaron
267 y se aprobaron 102, en 2009 se registraron 549 y se aprobaron 191 proyectos
y en 2010 se registraron 752 y se aprobaron 199 proyectos, lo que demuestra una considerable detonación
de la demanda.
El 17 de noviembre de 2009, el
Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, fue merecedor del primer lugar
del concurso internacional denominado IV Distinción de Buenas Prácticas,
por parte del Observatorio Internacional de
El 22 de julio de 2010 en
Considerandos
Que uno de los objetivos
básicos del Desarrollo Social que promueve el Gobierno del Distrito Federal es
el cumplimiento cabal de los derechos sociales consagrados en
Que con el propósito de
fortalecer la democracia participativa en el Distrito Federal, el Gobierno de
Que el movimiento popular
urbano es uno de los principales promotores del proceso de transición a la
democracia en el Distrito Federal y que desde sus orígenes, el impulso que
motiva su participación en el quehacer político y social de
Que es derecho inalienable de
toda la población residente en el Distrito Federal, el goce y disfrute de los
espacios públicos, y que es del mayor interés para los fines que persigue
1. Del Objeto
1.1. Objetivo General
Desarrollar un proceso
integral, sostenido y participativo de mejoramiento de los espacios públicos de
los pueblos, barrios y colonias de
1.2. Objetivos particulares
Promover la participación
ciudadana en el diseño, ejecución y evaluación de la política social del
Distrito Federal, en el ámbito del mejoramiento del entorno urbano, la
construcción de infraestructura social y la recuperación de los espacios
públicos.
Impulsar el ejercicio del
derecho a la ciudad por parte de todos los residentes de
Mejorar las condiciones de
vida territorial y las oportunidades de desarrollo de los habitantes de zonas
en condiciones de mayor rezago social y degradación urbana.
Impulsar acciones de micro urbanismo que favorezcan la
reconstrucción incluyente de la ciudad, creando condiciones adecuadas para el
desarrollo humano.
1.3. Alcances del Programa
Incidir en la mejora de la
calidad de vida socio territorial, de los habitantes de
2. Metas físicas
Al menos 90
proyectos.
3. Presupuesto programado
Los recursos del Programa se ejercerán a través de un
fondo que para tal efecto establecerá el Gobierno del Distrito Federal y en su
caso, cada uno de los Gobiernos Delegacionales, a los cuales podrán sumarse
contribuciones de la iniciativa privada, así como de organizaciones sociales y
civiles interesadas; para lo cual deberán suscribir el acuerdo de colaboración
respectivo y apegarse a estos lineamientos y mecanismos de operación.
El presupuesto programado para el ejercicio fiscal
2011 para el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial será de al menos
$96’425,000.00 (noventa y seis millones, cuatrocientos veinticinco mil pesos
00/100 MN).
4. Del Grupo de Apoyo Interinstitucional del Programa Comunitario de
Mejoramiento Barrial
Es el órgano colegiado interinstitucional de asesoría
técnica y social, encargado de coordinar las acciones de las instancias de
gobierno que participan en el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial.
Está integrado por
El Grupo de Apoyo interinstitucional, conocerá de los
proyectos aprobados por el Comité Técnico Mixto, con la finalidad de
participar, en su caso, en el desarrollo de cada uno durante el proceso y una
vez concluidos, de acuerdo a las facultades de cada dependencia.
5. Requisitos y procedimientos de acceso tanto para proyectos que se
presentan por primera vez, como para proyectos de continuidad
Con el propósito de incentivar la participación de
Las organizaciones sociales, civiles, comunitarias,
grupos de vecinos e instituciones académicas, interesadas en participar deberán
sujetarse al siguiente procedimiento:
5.1. De
También se podrá consultar a través del sistema de
orientación telefónica LOCATEL (56581111).
La convocatoria establecerá el formato al que deberán
apegarse los proyectos presentados.
5.2. De
5.2.1. De la presentación de proyectos nuevos.
a) Se podrán presentar Proyectos Comunitarios de
Mejoramiento Barrial por cada pueblo, barrio o colonia de
b) No habrá polígonos, pueblos, barrios, colonias y
unidades habitacionales predeterminadas. Pueden participar todos aquellos que
requieran de acciones de mejoramiento de sus espacios públicos y del entorno
urbano, preferentemente aquellos que tengan altos grados de conflictividad
social y/o degradación urbana o estén clasificados como de media, alta y muy
alta marginación, conforme a la clasificación del Índice de Marginación del
Distrito Federal 2003, realizado por
c) Los responsables o promoventes de los Proyectos de
Mejoramiento Barrial que se presenten, deberán ser residentes del pueblo,
barrio, o colonia del lugar propuesto para llevar a cabo un Plan.
d) En ningún caso se financiarán con Recursos del
Programa Comunitario Barrial, obras de pavimentación, compra de predios o
inmuebles.
e) Los proyectos que como finalidad tengan el
mejoramiento de la imagen urbana, a través de la intervención de las fachadas
que componen el entorno urbano, deberán presentarse con un mínimo del 30% de
acciones complementarias, tales como alumbrado, construcción de banquetas,
reforestación entre otras y se deberá exponer el proceso participativo que
definió el proyecto.
f) En los casos
de Planes para construir casas de cultura, centros comunitarios, auditorios,
espacios deportivos u otro tipo de recinto que brinde un servicio público, se
deberá presentar lo siguiente:
1) Documentación oficial de la autoridad competente sobre la certeza jurídica
y la legalidad del predio o inmueble, donde se proponga la realización del
proyecto y que permita su ejecución.
2) Un reglamento de acceso público y no discriminación.
3) Un reglamento de operación.
4) Un reglamento que garantice la gratuidad en los servicios que se prestarían
a la comunidad.
Se descartaran todos aquellos proyectos que no
presenten la documentación correspondiente sobre la certeza jurídica del predio
y su legalidad, emitido por la autoridad competente.
En el caso de las Unidades Habitacionales, sólo podrán
participar acciones en áreas comunes que por cualquier motivo no puedan
financiarse a través del Programa Social Ollin
Callan de
Quedan excluidos los asentamientos irregulares en
suelo de conservación, salvo aquellos que se encuentren en proceso de
regularización. En tal caso, deberá emitirse un dictamen favorable por la autoridad
competente.
Para participar en el concurso de selección, es
requisito indispensable que los interesados soliciten a
a)
La solicitud deberá hacerse llegar por escrito a
b) El acuse de recibo de la solicitud de realización de
c)
Con base en todas las solicitudes recibidas,
d) Las Asambleas se llevarán a cabo conforme al procedimiento emitido por
e)
Las Asambleas serán conducidas por personal de
La aprobación del proyecto expuesto por los
promoventes en una Asamblea Vecinal, se refiere exclusivamente al aval de la
asamblea para que dicho proyecto se presente al concurso del Programa
Comunitario de Mejoramiento Barrial y no constituye garantía alguna de
aprobación del mismo por parte del Comité Técnico Mixto. Asimismo en la
selección de proyectos por parte del Comité Técnico Mixto, será un factor para
la aprobación de los mismos, el grado de participación vecinal en las
asambleas.
5.2.2 De la presentación de Proyectos de Continuidad
Podrán participar todos
aquellos proyectos que hayan sido aprobados por el Comité Técnico Mixto en
a) Hayan cumplido a satisfacción de
b) No tengan adeudo alguno en la comprobación
de los gastos al momento de presentar la solicitud para la continuación de los
mismos en el ejercicio fiscal 2011.
c) Los proyectos de continuidad no se
podrán registrar como proyectos nuevos en la convocatoria del Programa
Comunitario de Mejoramiento Barrial para el ejercicio fiscal 2011.
d) Deberán presentar la ficha de Informe Final
debidamente requisitada, emitida por
e) Las propuestas para proyectos de continuidad
deberán presentarse de acuerdo al formato establecido por
f) Los proyectos que sean presentados para su
continuidad en el ejercicio fiscal 2011, deberán cubrir los mismos requisitos
de los proyectos que se presenten por primera vez en
g) Para su participación en el
ejercicio fiscal 2011, los proyectos de continuidad deberán contar con el aval
de una Asamblea Vecinal que será convocada por
h) Los comités de
Administración y Supervisión de los proyectos aprobados en el ejercicio fiscal
2009, podrán ser ratificados para la ejecución de los proyectos de continuidad,
salvo en los casos en que se presente por escrito una solicitud motivada y
fundamentada para su modificación, sobre la cual dictaminará
i) El Asesor Técnico podrá continuar en el
proyecto de continuidad salvo en los casos en que éste presente su renuncia por
escrito de manera voluntaria o exista una razón motivada y fundada para su
remoción, presentada por el Comité de Administración y/o de Supervisión ante
5.3. Del monto de apoyo por Proyecto
El costo del proyecto anual seleccionado no podrá ser
inferior a $1, 000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N), ni superior a $5, 000,000.00 (cinco millones
de pesos 00/100 MN) con impuestos incluidos. Sin embargo, tomando en cuenta la situación económica y financiera
extraordinaria por la que atraviesan el país y la propia Ciudad de México, a
juicio del Comité Técnico Mixto, se podrán autorizar proyectos inclusive desde
$500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 MN)
En caso de ser aprobado el proyecto, el costo del
seguimiento, la asesoría técnica y la elaboración del reporte final por parte
del Asesor Técnico, no podrá ser superior al 5% (cinco por ciento) del monto
total anual aprobado por cada plan. Asimismo, y sólo en el caso de que la
ejecución del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial requiera de un Proyecto
Ejecutivo, el costo de este no podrá ser superior al 4% (cuatro por ciento) del
presupuesto autorizado para el proyecto. El proyecto ejecutivo deberá estar
plenamente justificado y se deberá entregar a
Igualmente, y con el propósito de cumplir con todos
los requerimientos establecidos en las leyes y reglamentos de construcción del
Distrito Federal aplicables para la ejecución del proyecto, los costos de los
derechos y permisos de obra, que en su caso se requieran, serán pagados del
monto aprobado y deberán ser tramitados por los vecinos. Para tal efecto,
5.4. De las características de los Proyectos presentados:
El Proyecto de Plan Comunitario de Mejoramiento
Barrial deberá ser coherente con el Programa de Desarrollo Urbano Delegacional
vigente el cual se puede consultar en la siguiente dirección electrónica: http://www.seduvi.df.gob.mx/seduvi/planeacionurbana/pddu.php
Es necesario que los promoventes autodefinan el
territorio que abarcará el proyecto, estableciendo un diagnóstico
socio-territorial de la comunidad donde se pretende llevarlo a cabo.
Asimismo se expondrá en que
medida el proyecto mejora la equidad de género en el espacio público a
desarrollarse y de que manera genera entornos urbanos
amigables y seguros para las mujeres, los jóvenes, los adultos mayores y la
infancia.
Los promoventes deberán describir cómo se realizó el
proceso de planeación participativa entre los ciudadanos, cuáles fueron los
resultados obtenidos y cómo fueron incorporados al proyecto que se presenta;
Las propuestas que se presenten deben exponer en forma
sencilla, clara y precisa lo siguiente:
a)
Los alcances y objetivos del Proyecto de Plan
propuesto,
b) Sus características fundamentales,
c)
Su factibilidad urbana, social y ambiental,
d) Su factibilidad técnica y jurídica,
e)
Esbozo del proyecto arquitectónico del Plan, que
describa su correspondencia con el proyecto social, señalando el uso y destino
de suelo del objeto arquitectónico, el número de posibles usuarios, las
actividades a desarrollar, el requerimiento de espacios, la capacidad en metros
cuadrados y la evaluación del entorno urbano.
f)
Detallar las acciones necesarias que integran el Plan,
incluyendo un presupuesto tentativo para cada una de las acciones a realizar.
Las cotizaciones que se realicen no podrán en ningún caso rebasar lo estipulado
en el Tabulador General de Precios Unitarios de
g)
Incluir un calendario de trabajo tentativo.
h) Las metas que pretende conseguir el Plan.
i)
Indicadores y
procedimientos a seguir para realizar la evaluación del Proyecto de Plan
propuesto.
j)
Incluir un registro fotográfico de al menos 10
fotografías, del lugar o la zona donde se propone ejecutar el Plan.
Los planes de mejoramiento podrán ser hasta por tres
años con etapas anuales bien definidas.
5.5. De la recepción de Proyectos.
Una vez emitida
Los Proyectos de Plan propuestos deberán entregarse en
original y dos copias, anexando archivo en formato digital, en las oficinas de
El resultado de los proyectos registrados a concurso
se hará del conocimiento de los gobiernos delegacionales y de los Comités Ciudadanos,
con la finalidad de que conozcan de las propuestas de proyectos que fueron
presentadas dentro de la convocatoria pública.
5.6. De la selección de Proyectos
Para la selección de los Proyectos de Plan que habrán
de realizarse, el Comité Técnico Mixto revisará y valorará todos los proyectos
presentados con base en los lineamientos y criterios que sus integrantes
definan, los cuales se harán de dominio público, una vez que se publiquen los
proyectos ganadores.
Los proyectos seleccionados serán publicados en el
mismo medio en el que se realice
Se informará a los gobiernos delegacionales, a las
diversas instancias del Gobierno del Distrito Federal y a los Comités
Ciudadanos sobre los proyectos aprobados, con la finalidad de establecer los
mecanismos de cooperación necesarios, que en su caso, permitan la óptima
ejecución de los proyectos. Asimismo a solicitud de sus promoventes, los
proyectos que no sean aprobados, serán canalizados a las diversas dependencias
del Gobierno del Distrito Federal y los gobiernos delegacionales
correspondientes, para gestionar diversos apoyos para su ejecución.
5.7. Del
Comité Técnico Mixto
El Comité Técnico Mixto dictaminará sobre los
proyectos nuevos, así como los de continuidad y estará integrado de la
siguiente manera:
a) Integrantes del Gobierno del Distrito Federal: una
persona representante de
b) Integrantes de la sociedad civil. Cinco personas
especialistas en los temas del desarrollo social y del desarrollo urbano
participativo, invitadas por el Jefe de Gobierno de
Ninguna organización podrá presentar proyectos si
alguno de sus integrantes de trabajo forma parte del Comité Técnico Mixto.
Asimismo, quedará invalidada la elección de algún proyecto, si se detecta que
fue violada esta cláusula, y los participantes estarán obligados a devolver a
entera satisfacción de
El Comité Técnico Mixto tendrá capacidad autónoma
sobre la forma en que habrán de llevarse a cabo sus sesiones, así como resolver
sobre aquellos asuntos de su competencia que no estuvieran considerados en las
presentes reglas de operación.
Las decisiones del Comité Técnico Mixto serán
inapelables e inatacables.
El Comité Técnico Mixto podrá estar constituido por
los mismos integrantes hasta por tres
años.
Para asegurar el cumplimiento de los requisitos
establecidos en los presentes Lineamientos de Operación, en caso de que algún
proyecto aprobado por el Comité Técnico Mixto, presente impedimentos jurídicos,
administrativos o de otra índole, que impidan su ejecución o viabilidad,
6. De la instrumentación
6.1. De la ejecución de los Planes Comunitarios de Mejoramiento Barrial
Una vez aprobados los planes,
Sólo cuando las condiciones del Plan Comunitario de
Mejoramiento Barrial lo ameriten, podrán constituirse un Comité de
Administración y de Supervisión adicionales. En casos excepcionales y a
propuesta de los vecinos, podrá haber más de tres miembros en los comités.
Ninguna de las personas integrantes de los comités de
Administración y de Supervisión podrá prestar servicios, vender materiales o
contratar empresas de su propiedad para la ejecución del proyecto. Asimismo, y
en el caso de que la ejecución del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial
requiera de un Proyecto Ejecutivo, los documentos que lo integran deberán ser
firmados por los comités de Administración y de Supervisión para asegurar que
las acciones se apeguen a lo que en él se establezca.
Los integrantes de los Comités de Administración y de
Supervisión no podrán desempeñarse paralelamente dentro de otro Comité de
Administración o Supervisión o fungir como Asesores Técnicos, responsables o
promoventes de otro proyecto del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial y
de preferencia no deberán pertenecer a otro comité similar.
Las decisiones al interior de los comités de Administración
y Supervisión se tomarán por consenso. En caso de no existir consenso, las
decisiones se tomaran por mayoría simple al interior de cada comité y el
resultado quedará debidamente asentado en un acta.
Cualquiera de los integrantes de los comités o los
comités en su conjunto podrán ser removidos, cuando por voluntad propia de
alguno de sus integrantes decida no continuar o por
6.1.1 Del Comité de Administración
1
El Comité de Administración vecinal será el
responsable de la correcta ejecución de los trabajos del Plan Comunitario de
Mejoramiento Barrial, de la administración de los recursos, la rendición
permanente de cuentas y la comprobación correcta y oportuna de los mismos. Para
el correcto uso de los recursos deberá abrir una cuenta de cheques a nombre de
los integrantes del Comité de Administración y todos los recursos que gire
deberán ser con cheques firmados de manera mancomunada y con respaldo
documental de todos los recursos utilizados. En todo momento deberá
proporcionar a
2
Deberá publicar de manera mensual, en algún sitio
visible de la ejecución del proyecto, un informe de los gastos que se vayan
erogando, con respecto al total asignado. Dichos informes deberán estar
firmados por los integrantes del Comité de Administración, de Supervisión y del
Asesor Técnico, deberán ser visibles y se deberá entregar una fotografía de
cada una de las publicaciones a
3
Las personas que hayan formado parte de algún Comité
de Administración y que tengan adeudos de comprobación, con la secretaria de Desarrollo Social, no podrán pertenecer a
algún otro comité de otro proyecto y tampoco podrán presentar proyectos a
concurso.
6.1.2. Del Comité de Supervisión
El Comité de Supervisión vecinal tendrá por función
vigilar que las obras y acciones del Plan se ejecuten de manera correcta y los
recursos se utilicen y comprueben de manera correcta y oportuna. En todo
momento podrá solicitar la información que juzgue necesaria al Comité de
Administración y estará obligado a informar de manera inmediata a
6.1.3. Del Comité de Desarrollo Comunitario
El Comité de Desarrollo Comunitario tendrá como tareas
fundamentales sensibilizar, promover, desarrollar y consolidar los procesos ciudadanos a través
de trabajos de planeación participativa (diagnósticos, análisis, diseño de
líneas estratégicas, proyectos), organización ciudadana, impulsando grupos de
trabajo vecinal para asegurar la sustentabilidad del proyecto durante su
construcción y posterior a este proceso.
Será el promotor de la construcción de un proceso
local, que permita la formulación de una agenda de desarrollo local, a partir
del proyecto presentado y aprobado en Asamblea vecinal, garantizando de esta
manera el desarrollo permanente así como la consolidación de los espacios
recuperados a partir del proyecto del PCMB una vez concluidos en su parte
técnico-administrativa. Para esto trabajará de manera coordinada con los
Comités de Administración y Supervisión.
Participará en las reuniones de los Comités de
Administración y Supervisión en calidad de observador con derecho a voz y
deberá respetar las decisiones que en materia técnico-administrativa tomen los
Comités de administración y Supervisión.
Establecerá comunicación con las diferentes
dependencias del Gobierno del Distrito Federal, con la finalidad de promover en
los espacios recuperados, los diferentes programas sociales y/o políticas
públicas, que beneficien a las comunidades y su desarrollo integral. Deberá
entregar a
6.1.4. Del Asesor Técnico
Para garantizar el seguimiento permanente, asesoría
técnica y la elaboración del reporte final del Plan, se contratará un Asesor
Técnico que deberá conocer y cumplir con los requisitos de estos Lineamientos y
Mecanismos de Operación. El Comité de Administración deberá suscribir un
convenio con el Asesor Técnico que designe, en el que se especifiquen sus
responsabilidades y el monto de sus servicios. Dicho convenio no implica
relación laboral alguna con el Gobierno del Distrito Federal, ni con el Comité
de Administración.
Podrán ser asesores técnicos las instituciones
académicas, las organizaciones civiles con experiencia en la supervisión de
obras que cuenten con su registro ante
Los Asesores Técnicos participantes que se presenten
bajo el régimen fiscal de personas físicas,
podrán trabajar hasta en un máximo de dos proyectos aprobados, en el
caso de personas morales, podrán participar en el asesoramiento de hasta un
máximo de 5 proyectos aprobados. En los dos casos el número de proyectos que
podrán asesorar, será la suma de su participación en proyectos nuevos y en los proyectos de 2010
aprobados para su continuidad.
6.1.5 De la contratación de ejecutores de obra.
En el caso de contratación de obras y otros servicios
de mantenimiento, con empresas o contratistas privados, el Comité de
Administración del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, se sujetará a los
siguientes criterios de asignación:
a)
En todos los casos, deberá existir cuando menos tres
cotizaciones del trabajo a realizar, en caso contrario, se declarará desierta
la contratación, reponiéndose el procedimiento. Las cotizaciones deberán ser
realizadas sólo por el Comité de Administración, con el apoyo del Comité de
Supervisión. Los prestadores de servicios entregarán en sobre cerrado las
propuestas de presupuesto al Comité de Administración, y los sobres se abrirán
en presencia de los tres comités, el asesor técnico, así como los miembros de
la comunidad interesados. Los comités de administración y de supervisión y el
asesor técnico revisarán las propuestas. De la apertura de sobres con las
propuestas, se levantará una minuta en donde se expongan los motivos para la
elección de la empresa seleccionada, misma que será entregada a
b) Las cotizaciones de los prestadores de servicios, deberán contener
denominación o razón social, datos de localización y desglose de los conceptos
cotizados, así como incluir la documentación legal y fiscal de los prestadores
de servicios consultados.
c)
Se firmará un contrato de prestación de servicios con
la empresa elegida, donde se especifiquen los trabajos a realizar, y se
entregará una copia del mismo a
d) La asignación de cualquier obra deberá contar con el visto bueno del Comité
de Supervisión.
e)
En ningún caso los precios que registren las
asignaciones otorgadas podrá rebasar lo estipulado en el Tabulador General de
Precios Unitarios de
f)
Cuando el presupuesto de algún rubro rebase en 10% lo
estipulado en el Tabulador General de Precios Unitarios de
g)
En caso de presentarse algún incumplimiento por parte
de las empresas o contratistas privados que sean contratados para la ejecución
del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial,
6.1.6 De la transparencia de los proyectos aprobados.
Al iniciar la ejecución del Plan Comunitario de
Mejoramiento Barrial, se deberá instalar en un lugar visible un letrero donde
se indique:
a)
Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial 2011
(logotipos del Gobierno del Distrito Federal y de
b) Nombre del proyecto;
c)
Características generales de la obra o acciones a ejecutar;
d) Pueblo, barrio, colonia o unidad habitacional beneficiada(s);
e)
Fecha de inicio y término del proyecto;
f)
Monto total otorgado;
g)
Incluir al final la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta
prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos.
Quien haga uso indebido de los recursos de este
programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley
aplicable y ante la autoridad competente.”
Conforme lo establecido en el artículo 38 de
Este letrero será proporcionado por
En el caso de que por razones jurídicas,
administrativas o de otra índole, el comité de administración no solvente los
permisos y autorizaciones correspondientes, o encuentre algún impedimento para
la realización del proyecto, deberá informarlo a
A la conclusión del Plan se deberá instalar en un
lugar visible una placa donde se reconozca el apoyo del Programa Comunitario de
Mejoramiento Barrial, la cual se elaborará con cargo al recurso que les fue
destinado y considerando las siguientes características:
a)
La placa deberá ser de un tamaño que garantice su
visibilidad;
b) No podrá tener un costo mayor a los $2,500.00 pesos y el material utilizado
deberá garantizar su visibilidad y conservación en lugares a la intemperie.
c)
Deberá contener la siguiente leyenda:
“Esta obra es para beneficio de (nombre del pueblo,
barrio, colonia o unidad habitacional), fue realizada con recursos del Programa
Comunitario de Mejoramiento Barrial y con el apoyo de los comités vecinales de
administración y de supervisión encargados de su ejecución.”
d) Incluir al final la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines políticos,
electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de
acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”
Conforme lo establecido en el artículo 38 de
e)
La fecha de conclusión del Proyecto.
f)
La placa no podrá contener los nombres de los Comités
de Administración o de Supervisión o del Asesor Técnico. Asimismo se deberá
tomar al menos una fotografía de la placa ya instalada, la cual se deberá entregar como parte del informe
final de los trabajos.
Se deberá publicar de manera mensual, en algún sitio
visible de la ejecución del proyecto, un informe de los gastos que se vayan
erogando, con respecto al total asignado. Dichos informes deberán estar
firmados por los integrantes del Comité de Administración, de Supervisión y del
Asesor Técnico, deberán ser visibles y se deberá entregar una fotografía de
cada una de las publicaciones a
6.2. De la asignación de recursos autorizados para el Plan Comunitario de
Mejoramiento Barrial
Aprobado el Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial,
los comités de Administración y de Supervisión deberán suscribir un Convenio de
Colaboración con
En el caso de que participe el Gobierno Delegacional,
los comités de administración y de supervisión deberán suscribir un Convenio de
Colaboración con
Cubierta esta formalidad y considerando las
características, el presupuesto tentativo y el calendario de trabajo del Plan
Comunitario de Mejoramiento Barrial,
a)
La primera ministración será
hasta por el 50% (cincuenta por ciento) de los recursos autorizados, una vez
que los integrantes de ambos comités tomen el curso de capacitación que los
oriente sobre los criterios para la contratación de empresas, verificación de
precios, manejo de los recursos y rendición de informes.
b) La segunda ministración de recursos para
completar el monto total de recursos convenidos, se otorgará una vez
justificado el ejercicio de al menos el 50% (por ciento) de los recursos
entregados en la primera asignación a entera satisfacción de
En el caso de que por razones jurídicas,
administrativas o de otra índole, el comité de administración y de supervisión,
no logre concretar el proyecto original o encuentre algún impedimento para la
realización del mismo, solicitarán por escrito a
Respecto de la fecha límite para la entrega de los
reportes finales y la comprobación de gastos de cada Plan Comunitario de
Mejoramiento Barrial, será el 30 de diciembre de 2011. La entrega de los
informes correspondientes y las comprobaciones podrá ser posterior a la fecha
antes mencionada, siempre y cuando se solicite por escrito a
6.3. Seguimiento
Corresponde a
Con el propósito de informar y rendir cuentas sobre
las acciones realizadas,
6.4 De la comprobación de gastos
Para efectos de control interno, el Comité de
Administración deberá registrar en un cuaderno el control de los gastos que
lleve a cabo, en donde deberá registrar y anexar los comprobantes
correspondientes, sean estas notas de remisión, recibos de pago, de honorarios,
y/o facturas. Para este efecto deberá sujetarse a lo que establezca
Cada registro que se realice en el cuaderno de gastos
deberá estar firmado por el Comité de Administración, el Comité de Supervisión
y por el asesor técnico. Solo en casos excepcionales y previa justificación, se
aceptara el cuaderno de control de gastos con al menos dos de las tres firmas
de los integrantes de cada comité. Con esta información se deberá elaborar la
bitácora de gastos por parte del comité de administración, que deberá ser
revisada y avalada por el comité de supervisión y el asesor técnico.
El comité de administración deberá entregar
mensualmente a
6.5 De las sanciones por incumplimiento
En caso de presentarse algún incumplimiento de los
compromisos adquiridos por los comités de Administración y de Supervisión, o
por el asesor técnico,
Agotadas las diligencias de la vía conciliatoria antes
descrita, o en caso de incumplimiento de los acuerdos que para tal efecto se
establezcan,
Ninguna persona sujeta a un procedimiento por
incumplimiento de los compromisos adquiridos por los Comités de Administración
y de Supervisión o por el Asesor Técnico, podrá participar en proyecto alguno
del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, hasta que solventen a
satisfacción de
Si las conductas irregulares fueran atribuibles a
servidores públicos, además se dará vista a
Si el incumplimiento se debe a causas de fuerza mayor
o eventualidades fuera del alcance de los comités de Administración y de
Supervisión, del asesor técnico e incluso de
7. De
En cumplimiento con lo
establecido en
a)
Dará una amplia difusión de los objetivos y alcances del Programa
Comunitario de Mejoramiento Barrial y de
b)
Se promoverá que la aplicación de los subsidios se realice con estricto
apego a la normatividad aplicable en la materia.
c)
La información de este Programa se dará a conocer en el Sistema de
Información del Desarrollo Social del Distrito Federal.
d)
Se publicará el padrón de los proyectos aprobados.
Una vez aprobadas las reglas de operación se
publicarán en
8. Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana
Cualquier persona podrá
interponer una queja ante
En ese sentido y conforme a la
normatividad aplicable,
Asimismo se podrá interponer alguna inconformidad de acuerdo a
lo dispuesto en
9. Mecanismos de exigibilidad
Para aquellos vecinos
interesados en que sus pueblos, barrios o colonias sean considerados para el
diseño y la realización de un Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial y que no
cuenten con la capacidad técnica para integrar por ellos mismos su propio
proyecto, podrán presentar ante
También podrán presentar queja
si se consideran indebidamente excluidos de este Programa o por incumplimiento
de la garantía de acceso al mismo ante
10. Mecanismos e Indicadores de Evaluación.
Anualmente se lleva a cabo el
Encuentro de Evaluación y Experiencias del Programa Comunitario de Mejoramiento
Barrial, promovido en conjunto con las organizaciones, civiles, sociales,
comunitarias y académicas, así mismo, se llevarán a cabo las evaluaciones
internas y externas previstas, por las dependencias oficiales.
Se lleva a cabo una evaluación
Interna del Programa, así como, una Evaluación Externa del mismo, a cargo del
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal.
Dentro de los indicadores se
encuentran, número de proyectos presentado en
Los
cuales se integraran de la siguiente manera:
a) Total de proyectos aceptados entre total de
proyectos presentados a concurso.
b) Numero total de asambleas realizadas para avalar
proyectos entre el número de asambleas realizadas para elegir comités.
c) Acciones de infraestructura social
d) Total de mujeres que participan en la
presentación de proyectos entre total de mujeres que se integran a los comités
en el programa
e) Total de jóvenes que participan en la presentación
de proyectos entre total de jóvenes que se integran a los comités en el
programa
f)
Numero de personas que participan en asambleas vecinales
g) Numero total de población beneficiada por colonia
11.
Articulación con otros programas.
A través del Consejo de Mejoramiento Barrial se
establecerá la coordinación con el resto de políticas y programas del Gobierno
del Distrito Federal y los procedimientos de gestión.
12. Las formas de participación social.
El Programa Comunitario de
Mejoramiento Barrial, tiene por esencia promover la participación y
organización ciudadana en el mejoramiento de los espacios públicos de
Para su operación, el programa
emite una convocatoria pública y promueve la realización de asambleas
ciudadanas, en donde se discuta y aprueben acciones para el mejoramiento de los
pueblos, barrios y colonias de
La participación social se
articula en las siguientes etapas de Programa:
a) Presentación de Planes de proyecto ante
b) Asambleas vecinales de aprobación de proyectos
c) Asambleas vecinales para constitución de Comités
de Administración y Supervisión
d) Ejecución del proyecto por parte de los Comités
Ciudadanos.
e) Asambleas vecinales de rendición de cuentas
13. Derechos y obligaciones de los ciudadanos residentes de los pueblos,
barrios o colonias beneficiados.
La población beneficiaria del Programa tiene derecho a
recibir un trato digno, respetuoso y equitativo, sin distinción de preferencias
políticas, partido político o religión y a que todas las decisiones se ajusten
a lo establecido en las presentes reglas.
Tiene derecho a participar en la organización,
integración y definición del Plan Comunitario de Mejoramiento,
14. Consideraciones finales.
En los casos de
proyectos construidos con recursos del Programa Comunitario de Mejoramiento
Barrial,
TRANSITORIOS
Primero. Publíquense los presentes
Lineamientos y Mecanismos de Operación en
México Distrito
Federal a 3 de enero de 2011
(Firma)
MARTI BATRES GUADARRAMA
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por
partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan
todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de
este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a
los establecidos.
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito
Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad
competente.”
Artículo 38, de
ANEXO 1
DIRECTORIO DE
Nombre |
Cargo |
Domicilio |
Teléfono |
JESUS VALDES PEÑA |
SUBSECRETARIO |
Cuauhtemoc # 142 Col. Del Carmen Coyoacán Deleg. Coyoacán |
56592720 |
NORMA GUADALUPE HERNANDEZ AVILA |
DIRECTORA EJECUTIVA REGION ORIENTE |
Av. Panteón # 80 Col. Paraje San Juan Deleg. Iztapalapa |
56142298 |
Correo:
nghernandez@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
ANGEL LOPEZ CRUZ |
DIRECTOR EJECUTIVO REGION NORTE |
Xocongo 225 - 1er Piso Col. Tránsito Deleg. Cuauhtémoc |
57408680 |
Correo: alopez@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
JORGE LUIS PEREZ SANTOS |
DIRECTOR EJECUTIVO REGION CENTRO |
Plaza de Col. Centro Deleg. Cuauhtémoc |
53458269
53458366 |
Correo:
jlperez@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
RAUL POZOS GUERRERO |
DIRECTOR EJECUTIVO REGION PONIENTE |
Cda. De Col Tizapán Deleg. Álvaro Obregón |
55502562 |
Correo:
rpozos@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
ARMANDO MARTINEZ GUERRERO |
DIRECTOR EJECUTIVO REGION SUR |
Calle Cuauhtémoc # 142 Col. Del Carmen Coyoacán Deleg. Coyoacán |
56592672 Ext. 204 56584898 |
Correo:
amartinez@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
ADRIAN MENDOZA AYALA |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN AZCAPOTZALCO |
Calle Santa Ma. # 263 Col. Santa Ma. Malinalco Deleg. Azcapotzalco |
55614831 |
Correo:
amendoza@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
JOSE MARTIN TREJO DIAZ |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN GUSTAVO A. MADERO |
Calle Fco. Morazán Esq. 1525 Col. San Juan de Aragón 6ª Secc. Deleg. Gustavo A. Madero |
57997412 |
Correo: jmtrejo@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
ESPERANZA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA |
Calle Huepac # 11 Col. Magdalena Mixhuca Deleg. Venustiano Carranza |
26121661 |
Correo:
hernandeze@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
GUILLERMO CASTILLO ALEGRÍA |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN CUAUHTEMOC |
Plaza De Col. Centro Deleg. Cuauhtémoc |
53458270 |
Correo:
gcastillo@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
Nombre |
Cargo |
Domicilio |
Teléfono |
ALEJANDRA DIAZ MARTINEZ |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN BENITO JUAREZ |
Eje Central Lázaro Cárdenas # 695 - 2do Piso Col. Narvarte Deleg. Benito Juárez |
56987956 |
Correo:
adiaz@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
FRANCISCO JAVIER CASAS HERNANDEZ |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN MIGUEL HIDALGO |
Calz. México Tacuba #
235 - 2º Piso Col. Un Hogar para Nosotros Deleg. Miguel
Hidalgo |
53422775 |
Correo:
fcasas@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
MA. ANTONIETA OLAYA CRUZ |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN COYOACAN |
Calle Rey Netzahualpilli Manzana 23, Lote 21 Col. Ajusco Delg. Coyoacán |
56109582 |
Correo:
maolaya@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
ERICK FLORES CRUZ |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN MILPA ALTA |
Guanajuato 6 - 2° Piso Col. Barrio de San Mateo Deleg. Milpa Alta |
58445729 |
Correo:
eflores@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
ANA MARIA TREJO PEREZ |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN TLALPAN |
Calle 7 Oriente 92 Col. Isidro Fabela Deleg. Tlalpan |
54245507 |
Correo:
amtrejo@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
MONSERRAT GOMEZ RAMIREZ |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN XOCHIMILCO |
Cda. De Morelos # 17 Col. Barrio San Pedro Deleg. Xochimilco |
56418766 |
Correo:
mgomez@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
RAUL SERENO PEREZ |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN IZTACALCO |
Calle Oriente # 116 Esq. San Juan Carbonero Col. Cuchilla Ramos Millán |
56648033 |
Correo: rsereno@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
AURELIO VELASCO ORTIZ |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA |
Av. Panteón # 80 Col. Paraje San Juan, Deleg. Iztapalapa |
56142298 |
Correo:
avelasco@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
ANA BELEN JIMENEZ TAPIA |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN TLAHUAC |
2da Cda. De Jerusalén S/N, Lote 29 Mz. 44 Col. San Fco. Tlaltenco
Deleg. Tláhuac |
25943698 |
Correo:
abjimenez@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
TERESA HERNANDEZ ALVARADO |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN ALVARO OBREGON |
Cda. De Col. Tizapán Deleg. Álvaro Obregón |
55502562 |
Correo:
thernandez@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
Nombre |
Cargo |
Domicilio |
Teléfono |
CONSUELO CORREA ALVERA |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN CUAJIMALPA DE MORELOS |
Av. Veracruz # 81 Bis - 2º Piso Col. Cuajimalpa Deleg. Cuajimalpa de
Morelos |
58139848 |
Correo:
ccorrea@participacionciudadana.df.gob.mx |
|||
RAFAEL RUÍZ ESTRADA |
COORDINADOR DELEGACIONAL EN MAGDALENA CONTRERAS |
Calle Pachuca # 35 Col. San Jerónimo Aculco, Deleg. Magdalena
Contreras |
56887153 |
Correo:
vasanchez@participacionciudadana.df.gob.mx |
_______________________________________________________________________________________
ANEXO 2
PROCEDIMIENTO PARA
Primero. Con base en todas las
solicitudes recibidas,
Segundo.
Tercero. Podrán participar en
ella todas aquellas personas que vivan en el pueblo, barrio o colonia que
comprenda el proyecto o proyectos presentados, de acuerdo a la delimitación
manifestada por los promoventes del proyecto. De las personas participantes en
Cuarto.
Quinto. El orden del día será
el siguiente:
I.
La instalación, explicación del objetivo, finalidad e
información del número de personas registradas en
II.
Exposición por un máximo de 30 minutos del proyecto o
proyectos comunitarios de mejoramiento barrial presentados.
III.
Deliberación de
IV.
Manifestación de la voluntad de
V.
Llenado del acta.
VI.
Levantamiento y entrega de la constancia de
celebración de
VII.
Cierre de
ANEXO 3
REGLAS PARA
MEJORAMIENTO BARRIAL 2011
Capítulo I
De
Primero.-
Segundo.- Con base en los proyectos aprobados por el Comité
Técnico Mixto del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial,
Tercero.-
La difusión de la convocatoria a
Cuarto.- Podrán participar
en ella todas aquellas personas que vivan en el pueblo, barrio, colonia o
unidad habitacional que determine el propio proyecto. Sólo podrán votar en
Quinto.- El orden del día
será el siguiente:
1.
Instalación, explicación del objetivo de
2.
Presentación del objetivo del Programa Comunitario de
Mejoramiento Barrial y del monto aprobado para el proyecto, por personal de
3.
Presentación de las acciones aprobadas para el proyecto
Comunitario de Mejoramiento Barrial, a cargo de la persona promovente.
4.
Integración de los Comités de Administración, de
Supervisión y de Desarrollo Comunitario, y dos personas suplentes por comité.
a) Funciones
de los Comités de Administración, de Supervisión y de Desarrollo Comunitario
b) Cierre del
registro de asistentes en
c) Elección
del Comité de Administración y dos suplentes.
d) Elección del
Comité de Supervisión y dos suplentes.
e) Elección
del Comité de Desarrollo Comunitario y dos suplentes.
5.
Toma de protesta de los integrantes de los Comités de
Administración, de Supervisión y de Desarrollo Comunitario.
6.
Clausura y firma del Acta de Asamblea.
Sexto.-
Capítulo II
De
Séptimo.- Sólo se elegirá un
Comité de Administración, un Comité de Supervisión y uno de Desarrollo
Comunitario por Plan. Pero cuando las condiciones del Plan Comunitario de
Mejoramiento Barrial, así lo ameriten, podrá constituirse un Comité adicional
de Administración y de Supervisión. En casos excepcionales y a solicitud de los
vecinos podrá haber más de cinco integrantes en los comités. Cada Comité de
Administración, Supervisión y de Desarrollo Comunitario contará con dos
suplentes elegidos en una segunda ronda de votación. Los suplentes entraran en
funciones cuando alguno de los integrantes de los comités renuncie o sea
reemplazado de su encargo.
Octavo.- La elección de las
tres personas del Comité de Administración, las tres del Comité de Supervisión
y las tres personas del Comité de Desarrollo Comunitario y las dos personas
suplentes por comité se realizará de la siguiente manera:
a)
Podrán participar con su voto los ciudadanos que, al
momento del registro de asistentes, acrediten vivir en el área de impacto del
proyecto definida en los términos del artículo Cuarto del presente reglamento,
a quienes se les entregará durante su registro las papeletas de votación.
b) Las papeletas que para tal efecto se utilicen, las proporcionará
c)
El procedimiento de elección de los Comités de
Administración, de Supervisión y de Desarrollo Comunitario se sujetará a las
siguientes reglas
Se procederá al
cierre del registro de asistencia posterior al desahogo del inciso a) del
numeral 4, del Articulo Quinto de las presentes
reglas.
La votación se
llevará a cabo de manera económica.
Se solicitará a la
asamblea que presente sus propuestas para integrar los comités, iniciando por
el de Administración.
Se elaborará una
lista con los nombres de las personas propuestas o auto propuestas, que estará
a la vista de los asistentes a
Una vez que se
agotó la recepción de las propuestas, se procederá a la votación.
Quien conduce
Personal
de
Los escrutadores
manifestarán en voz alta el número de votos de cada una de las personas
propuestas.
Una vez concluida la votación del total de personas propuestas o auto
propuestas, se identificará a los tres ciudadanos con la mayor votación
obtenida en cada una de las rondas, quienes serán los que integren el Comité de
Administración.
En caso de que se
presente un empate se repetirá la votación solamente por las personas que estén
en este supuesto.
Una vez concluida
la elección de los tres integrantes del comité de administración, se procederá
a una segunda ronda en la que se elegirán los dos suplentes del comité.
Posteriormente, se
procederá a la elección del Comité de Supervisión y el de Desarrollo
Comunitario con el mismo procedimiento.
Noveno.- El cargo de
integrante de los Comités de Administración, de Supervisión y de Desarrollo
Comunitario es honorífico y representa una alta distinción de servicio entre
los miembros de la comunidad. Todos ellos tienen la misma jerarquía y
responsabilidad.
Los integrantes de los Comités deberán acudir al curso
de capacitación que organizará
Capítulo III
Del Comité de Administración
Décimo.- El Comité de Administración es el responsable
de la correcta ejecución del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, de la
administración de los recursos, la rendición permanente de cuentas, así como de
su correcta y oportuna comprobación. Este comité contará con dos suplentes que
entraran en funciones cuando alguno de los integrantes renuncie o sea relevado
de su encargo.
Décimo primero.- Para formar parte
del Comité de Administración son requisitos:
a)
Entregar documento a
b) Ser vecino o vecina del ámbito territorial de ejecución del proyecto,
c)
Ser responsable o promovente del proyecto del Plan
Comunitario de Mejoramiento Barrial, y/o
d) Estar registrado como asistente en
e)
No formar parte de otro Comité de Administración o
Supervisión o fungir como asesor técnico de otro proyecto del Programa
Comunitario de Mejoramiento Barrial y de preferencia no debe ser integrante de
algún otro comité similar.
En caso de que no pueda cumplirse el requisito del
inciso d), los vecinos presentes podrán solicitar al personal de alguna de las
áreas de
Décimo Segundo.- Para el correcto
uso de los recursos, y una vez firmado el Convenio de Colaboración con
Deberá elaborar los informes financiero, narrativo y
fotográfico de como se desarrolla el Plan Comunitario
de Mejoramiento Barrial. Asimismo, informar y rendir cuentas del Plan
correspondiente.
Asimismo deberá publicar de manera mensual, en algún
sitio visible de la ejecución del proyecto, un informe de los gastos que se
vayan erogando, con respecto al total asignado. Dichos informes deberán estar
firmados por los integrantes del Comité de Administración, de Supervisión y del
Asesor Técnico.
Décimo Tercero.- Para garantizar el
seguimiento, asesoría técnica y elaborar un reporte final del Plan Comunitario
de Mejoramiento Barrial, el Comité de Administración deberá firmar el Convenio
Contractual con el (la) Asesor(a) Técnico(a) que al efecto hayan designado.
Capítulo IV
Del Comité de Supervisión
Décimo Cuarto.- El Comité de
Supervisión es el órgano encargado de vigilar que las obras y acciones del Plan
Comunitario del Programa Comunitario se ejecuten de manera correcta y que los
recursos se comprueben de manera transparente y honesta. Este comité contará
con dos suplentes que entraran en funciones cuando alguno de los integrantes
renuncie o sea relevado de su encargo.
Décimo Quinto.- Para formar parte
del Comité de Supervisión son requisitos indispensables:
a)
No ser servidor público del Gobierno del Distrito
Federal o Delegacional o tener mando
medio o superior en el Gobierno Federal,
b) Ser vecino o vecina del ámbito territorial de ejecución del proyecto,
c)
Ser responsable o promovente del proyecto del Plan
Comunitario de Mejoramiento Barrial, y/o
d) Estar registrado como asistente en
e)
No formar parte de otro Comité de Administración o
Supervisión o fungir como asesor técnico de otro proyecto del Programa
Comunitario de Mejoramiento Barrial y de preferencia no debe ser integrante de
algún otro comité similar.
En caso de que no pueda cumplirse el requisito del
inciso d), los vecinos presentes podrán solicitar al personal de alguna de las
áreas de
Décimo Sexto.- Para la correcta
ejecución de sus funciones, y una vez firmado el Convenio de Colaboración con
Asimismo, deberá dar el visto bueno a los informes
financiero, narrativo y fotográfico que elaborará el Comité de Administración.
Capítulo V
Del Comité de Desarrollo Comunitario
Décimo Séptimo.- Es el
responsable de consolidar los procesos de participación y organización
ciudadana para garantizar el desarrollo permanente y asegurar la
sustentabilidad del proyecto en el tiempo y a partir de esto lograr la
formulación de una agenda de desarrollo local.
Décimo Octavo.- Para formar parte
del Comité de Desarrollo Comunitario son requisitos indispensables:
a)
No ser servidor público del Gobierno del Distrito
Federal o Delegacional o tener mando
medio o superior en el Gobierno Federal,
b) Ser vecino o vecina del ámbito territorial de ejecución del proyecto,
c)
Ser responsable o promovente del proyecto del Plan
Comunitario de Mejoramiento Barrial, y/o
d) Estar registrado como asistente en
e)
No formar parte de otro Comité de Administración o
Supervisión o fungir como asesor técnico de otro proyecto del Programa
Comunitario de Mejoramiento Barrial y de preferencia no debe ser integrante de
algún otro comité similar.
En caso de que no pueda cumplirse el requisito del
inciso d), los vecinos presentes podrán solicitar al personal de alguna de las
áreas de
Décimo Noveno.- El Comité de
Desarrollo Comunitario tendrá como tareas fundamentales sensibilizar, promover,
desarrollar y consolidar los procesos
ciudadanos a través de trabajos de planeación participativa (diagnósticos,
análisis, diseño de líneas estratégicas, proyectos), organización ciudadana,
impulsando grupos de trabajo vecinal para asegurar la sustentabilidad del
proyecto durante su construcción y posterior a este proceso.
Será el promotor de la construcción de un proceso
local, que permita la formulación de una agenda de desarrollo local, a partir
del proyecto presentado y aprobado en Asamblea vecinal, garantizando de esta
manera el desarrollo permanente así como la consolidación de los espacios
recuperados a partir del proyecto una
vez concluidos en su parte técnico-administrativa. Para esto trabajará de
manera coordinada con los Comités de Administración y Supervisión.
Participará en las reuniones de los Comités de
Administración y Supervisión en calidad de observador con derecho a voz y
deberá respetar las decisiones que en materia técnico-administrativa tomen los
Comités de administración y Supervisión.
Establecerá comunicación con las diferentes
dependencias del Gobierno del Distrito Federal, con la finalidad de promover en
los espacios recuperados, los diferentes programas sociales y/o políticas
públicas, que beneficien a las comunidades y su desarrollo integral. Deberá
entregar a
ANEXO 4
SECRETARÍA DE
DESARROLLO SOCIAL
PROGRAMA COMUNITARIO DE MEJORAMIENTO BARRIAL
MANUAL DE ADMINISTRACION Y CONTROL DE GASTOS 2011
INDICE
Introducción
1.
¿Qué es el Programa Comunitario de Mejoramiento
Barrial?
2.
Objetivos
3.
De
4.
Comité de Administración
5.
Comité de Supervisión
6.
Comité de Desarrollo Comunitario
7.
Cursos de Capacitación
8.
Del convenio de Colaboración para
9.
Liberación de Recursos
10.
Aplicación de Recursos
11.
Gastos Directos de Operación del Plan Comunitario de
Mejoramiento Barrial y Comprobación de Gastos
12.
Presentación de los Informes Correspondientes
13.
Registro de los Gastos
14.
Sanciones por Incumplimiento
Introducción
El Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial
persigue la superación en la calidad de vida de los habitantes de los pueblos,
barrios, colonias y de la ciudad de
México, particularmente de aquellos que se han visto poco favorecidos en el
crecimiento sustantivo de la metrópoli.
El mejoramiento del espacio público en el marco de
ejecución de cada Plan Comunitario de
Mejoramiento Barrial puede comprender una o más fases, para ello es
fundamental la transparencia y correcto ejercicio del presupuesto autorizado a
fin de obtener los recursos adicionales y necesarios para concluir el plan en
fases posteriores, así como para cumplir estrictamente con la normatividad
aplicable, garantizando que los miembros del Comité de Administración en
particular eviten verse involucrados en cualquier problema por la falta de
control y comprobación de los gastos realizados para cumplir en forma y tiempo
con su proyecto.
Las presentes notas dirigidas particularmente a los
miembros de los Comités de Administración y Supervisión tienen por objeto
proporcionar las herramientas técnico-administrativas necesarias para que los
responsables de la administración de los recursos cumplan con su función
entregando “cuentas claras” al termino de su gestión.
1. ¿Qué es el
Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial?
El Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, es
una iniciativa de la sociedad civil que retoma el Gobierno del Distrito
Federal, para que la ejecute
2. Objetivos
Desarrollar un proceso integral, sostenido y participativo
de mejoramiento de los espacios públicos de los pueblos, barrios y colonias que
integran el Distrito Federal, particularmente de aquellos que tengan altos
grados de conflictividad social y/o degradación urbana o estén clasificados
como de media, alta y muy alta marginación.
Promover la participación ciudadana en el diseño,
ejecución y evaluación de la política
social del Distrito Federal, en el ámbito de desarrollo urbano, la construcción
de infraestructura social y la recuperación de los espacios públicos.
Impulsar el ejercicio del derecho a la ciudad por
parte de todos los residentes del Distrito Federal.
Mejorar las condiciones de vida y las oportunidades de
desarrollo de los habitantes de zonas en condiciones de mayor rezago social.
3. De
Una vez aprobado el Plan Comunitario de Mejoramiento
Barrial por el Comité Técnico Mixto;
4. Comité
de Administración
4
Es el responsable de la correcta ejecución de los trabajos del Plan
Comunitario de Mejoramiento Barrial, de la administración de los recursos, la
rendición permanente de cuentas y la comprobación correcta y oportuna de los
mismos.
5
Para el correcto uso de los recursos y una vez firmado el Convenio de
Colaboración con
6
Para el inicio, realización y conclusión satisfactoria
de los trabajos y previamente a la recepción de los recursos asignados por
7
Este comité debe hacer efectiva, previa aprobación y
autorización del Comité de Supervisión y en su presencia, la entrega de cheques
a los prestadores de servicios.
8
Además será el encargado de solicitar la segunda ministración, una vez justificado al menos el 50% en el
ejercicio de los recursos entregados en la primera asignación.
9
Deberá entregar mensualmente a
10 Se deberá publicar de manera mensual, en algún sitio visible de la
ejecución del proyecto, un informe de los gastos que se vayan erogando, con
respecto al total asignado. Dichos informes deberán estar firmados por los
integrantes del Comité de Administración, de Supervisión y del Asesor Técnico,
deberán ser visibles y se deberá entregar una fotografía de cada una de las
publicaciones a
11 De no cumplir con los informes en tiempo y forma,
5. Comité de Supervisión
12 Es el que vigila que las obras y acciones del Plan se ejecuten de manera
correcta y los recursos se utilicen y comprueben de manera transparente y
honesta.
13 Llevará una bitácora de supervisión en la que se incluya constancia del desarrollo de cada paso del plan, así
como las dificultades que se presenten durante la ejecución. (Anexo I).
14 Dará el visto bueno a los informes narrativo, fotográfico, así como, el
cuaderno de gastos (Anexos F, G Y D) que el Comité de Administración elaborará
para entregar a
15 Autorizará la solicitud de la segunda ministración
a
16 Con el Comité de Administración y el Asesor Técnico elaborará el Acta de
Entrega Recepción de
17 Por ultimo elaborará un dictamen de conformidad
con la aplicación de los recursos, que se anexará al reporte final.
6. Comité de Desarrollo Comunitario
El Comité de Desarrollo Comunitario tendrá como tareas
fundamentales sensibilizar, promover, desarrollar y consolidar los procesos ciudadanos a través
de trabajos de planeación participativa (diagnósticos, análisis, diseño de
líneas estratégicas, proyectos), organización ciudadana, impulsando grupos de
trabajo vecinal para asegurar la sustentabilidad del proyecto durante su
construcción y posterior a este proceso.
Será el promotor de la construcción de un proceso
local, que permita la formulación de una agenda de desarrollo local, a partir
del proyecto presentado y aprobado en Asamblea vecinal, garantizando de esta
manera el desarrollo permanente así como la consolidación de los espacios
recuperados a partir del proyecto del PCMB una vez concluidos en su parte
técnico-administrativa. Para esto trabajará de manera coordinada con los
Comités de Administración y Supervisión.
Participará en las reuniones de los Comités de
Administración y Supervisión en calidad de observador con derecho a voz y
deberá respetar las decisiones que en materia técnico-administrativa tomen los
Comités de administración y Supervisión.
Establecerá comunicación con las diferentes dependencias
del Gobierno del Distrito Federal, con la finalidad de promover en los espacios
recuperados, los diferentes programas sociales y/o políticas públicas, que
beneficien a las comunidades y su desarrollo integral. Deberá entregar a
7. Cursos de
Capacitación
Los Comités de Administración,
de Supervisión y de Desarrollo Comunitario, deben acudir a los cursos de
capacitación que
8. Del
Convenio de Colaboración para
Una vez aprobado el Plan
Comunitario de Mejoramiento Barrial por el Comité Técnico Mixto, presentado por
los promoventes a la comunidad y avalado por esta en Asamblea Vecinal y electos
los Comités de Administración y de Supervisión, ambos comités deberán suscribir un Convenio de Colaboración con
9. Liberación
de Recursos
Al recibir el cheque el Comité
de Administración deberá acudir a una institución bancaria, para abrir una cuenta de cheques, debiendo
registrarse la firma de los tres miembros del comité. Deberá recordarse que
para la expedición de cheques será necesario que estos vayan firmados por dos
de las tres firmas registradas. La segunda ministración
de recursos para complementar el monto total convenido se otorgará una vez
justificado al menos el cincuenta por ciento del ejercicio de los recursos
entregados en la primera asignación a entera satisfacción de
Para abrir la cuenta, deben
acudir personalmente los tres integrantes del Comité de Administración a la
institución bancaria, con los siguientes
documentos en original y copia:
1
Identificación oficial (credencial del IFE, pasaporte
vigente o cédula profesional).
2
Comprobante de domicilio reciente de cada uno de los
miembros del Comité de Administración (recibo del teléfono, predial, agua).
3
Sólo uno de los tres integrantes del Comité de
Administración quedará registrado como titular de la cuenta y esto no le da
ningún poder por encima de sus compañeros, los otros dos integrantes serán
cotitulares de la misma cuenta bancaria.
4
Copia del Convenio de Corresponsabilidad firmado con
5
Una cuenta de cheques mancomunada significa que para
poder emitir los cheques, éstos deben estar firmados por dos de las personas
que abrieron la cuenta.
6
Preguntar cuál es el saldo mínimo que debe haber en la
cuenta para que no les cobren comisión por “manejo de cuenta”. Llevar un
registro de los cheques que expidan y hacer cuentas para saber cuanto dinero les queda.
7
Recordar que la comisión que cobra el banco por cheque
devuelto es muy alta. No vale la pena “perder” ese dinero por no haber hecho
bien sus cuentas.
8
Las comisiones, intereses e impuestos por manejo de
cuenta que cobra el banco, no se aceptarán como comprobantes de gastos.
9
Al concluir el proyecto deben cancelar la cuenta de
cheques. Para hacerlo deben asistir los tres integrantes del Comité de
Administración. En la comprobación final de los gastos erogados en el proyecto
deberá anexarse la solicitud de cancelación de la cuenta de cheques dirigida al
banco.
10 La cancelación de la cuenta es un requisito que deben cumplir.
1
Hacer todas las preguntas que tengan y aclarar sus
dudas al momento de abrir la cuenta.
2
Evitar realizar retiros en efectivo, en caso de
pérdida, será responsabilidad de los integrantes del Comité de Administración.
1
Al realizar estos trámites llevar a
10. Aplicación
de Recursos
Los recursos asignados se destinarán
a las acciones aprobadas por el Comité Técnico Mixto y en su caso en las
acciones que los comités de Administración y Supervisión soliciten por escrito
a
Todos los bienes y obras
adquiridos y ejecutados con los recursos del proyecto serán exclusivamente para
uso público gratuito y de beneficio comunitario sin exclusión.
Se prohíbe usar los recursos
otorgados por
Ningún recurso del proyecto
podrá ser utilizado con fines de proselitismo político- partidista, religioso,
comercial, personal o cualquier otro. La violación de lo anterior será sujeto
de responsabilidad legal.
Los intereses bancarios que se
generen con los recursos otorgados por
Cualquier compra superior a
mil pesos deberá ser autorizada previa y mancomunadamente por los comités de
Administración y Supervisión. (Anexo C).
11. Gastos
Directos de Operación del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial y
Comprobación de Gastos
11.1
Asesoría
Para asegurar el seguimiento
permanente, asesoría técnica y elaboración del reporte final del proyecto, el
Comité de Administración, de común acuerdo con el Comité de Supervisión deberá
contratar a un Asesor Técnico, debiendo celebrarse un contrato que en ningún
modo implica relación laboral entre el Gobierno del Distrito Federal y el
asesor. Las asignaciones destinadas a cubrir la asesoría técnica no podrán ser
superiores al 5% (cinco por ciento) del monto total aprobado por cada plan,
incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). El pago al asesor técnico será
en dos ministraciones y para su comprobación el
Comité de Administración requerirá un comprobante que reúna todos los
requisitos fiscales (recibo de honorarios, recibo de pago y/o factura). El
asesor técnico deberá cubrir alguno de los requisitos siguientes: ser de una
institución de educación superior, o pertenecer a una organización civil con
experiencia en el tema e inscrita en el registro de organizaciones civiles de
desarrollo social de
11.2
Proyecto ejecutivo
En los casos de Planes para construir casas de
cultura, centros comunitarios, auditorios, u otro tipo de edificación que por
su complejidad lo requiera y/o que brinde un servicio público, el costo del
proyecto arquitectónico y ejecutivo de este, no podrá ser superior al 4%
(cuatro por ciento) del presupuesto autorizado para el proyecto. Su
comprobación será mediante el recibo de honorarios y/o factura, correspondiente
y quedará registrado en el Anexo I
de comprobación. Debe cumplir con las normas y disposiciones técnicas
establecidas en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y
Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano vigentes, incluyendo la
responsiva del Director Responsable de Obra.
11.3
Licencias y permisos
Los costos del pago de
derechos y responsivas de obra, que en su caso, requiera el proyecto para su
ejecución serán parte del presupuesto aprobado, debiendo ser tramitados por los
propios vecinos,
11.4
Fondo revolvente
El Comité de Administración
contará con un fondo revolvente de hasta
$1,000.00 (un mil pesos 00/100 m.n) mensuales, no acumulables. Los gastos realizados con
este fondo deberán estar comprobados con las notas de remisión o recibos
correspondientes. Con este fondo no podrán realizarse compras que impliquen
obtener una factura, de acuerdo a las normas aplicables a este programa.
11.5
Ejecución de Obras
Para la ejecución del Plan
Comunitario de Mejoramiento Barrial el Comité de Administración podrá elegir
según su criterio y según la factibilidad de los trabajos entre tres
modalidades de obra:
I. Autoadministración. En esta modalidad, será directamente la
comunidad apoyada por el asesor técnico la responsable de la compra de
materiales, construcción y contratación de la mano obra.
a)
Todas las compras de insumos y materiales deberán
estar respaldadas por una factura a excepción de aquellas compras menores a
$1,000.00 (un mil pesos 00/100 m.n) en cuyo caso será suficiente una nota de
remisión. Deberá tenerse cuidado de no realizar varias compras del mismo
artículo a fin de que no aparezca como compra fraccionada para no exceder el
monto autorizado.
b) La comprobación del trabajo realizado por los trabajadores, se solventará
mediante Recibo Simple (Anexo A), debiendo adjuntarse copia de la
identificación de la persona que prestó el servicio, señalando domicilio
actual, tiempo laborado y el tipo de actividades desarrolladas.
c)
Se deberá llenar un recibo de pago (Anexo A), por cada
uno de los miembros de la comunidad que presten sus servicios. No se podrán
realizar pagos a una sola persona, que a su vez pague a otros trabajadores.
d) Cuando la compra de insumos o materiales rebase la cantidad de $15,000,
quince mil pesos, deberán obtenerse cuando menos tres cotizaciones obteniendo
el visto bueno del Comité de Supervisión para elegir al proveedor.
e)
En ningún caso los precios que registren las
asignaciones otorgadas podrán rebasar lo estipulado en el Tabulador General de
Precios Unitarios de
II. Contratación
de empresas y prestadores de servicios. En el caso de contratación de obras y
otros servicios, con empresas o contratistas privados, los Comités de
Administración y Supervisión, se sujetarán a los siguientes criterios de
asignación:
a) En
todos los casos, deberá existir cuando menos tres cotizaciones del trabajo a
realizar, en caso contrario, se declarará desierta la contratación,
reponiéndose el procedimiento. Las cotizaciones deberán ser realizadas sólo por
el Comité de Administración, con el apoyo del Comité de Supervisión. Los
prestadores de servicios entregarán en sobre cerrado las propuestas de
presupuesto al Comité de Administración, y los sobres se abrirán en presencia
de los dos comités, el asesor técnico, así como los miembros de la comunidad
interesados. Los comités y el asesor técnico revisarán las propuestas. De la
apertura de sobres con las propuestas, se levantará una minuta en donde se
expongan los motivos para la elección de la empresa seleccionada, misma que
será entregada a
b) Las
cotizaciones de los prestadores de servicios, deberán contener denominación o
razón social, datos de localización y desglose de los conceptos cotizados, así
como incluir la documentación legal y fiscal de los prestadores de servicios
consultados.
c) De
las tres cotizaciones el Comité de Administración elegirá la que ofrezca mejor
precio, garantía, servicio o cualquier otra ventaja que a juicio del comité la haga
merecedora de ser contratada, pero necesitará del visto bueno del Comité de Supervisión y del Asesor
Técnico.
d) En
ningún caso los precios que registren las asignaciones otorgadas podrá rebasar
lo estipulado en el Tabulador General de Precios Unitarios de
e) Cuando
la compra de insumos o materiales rebase la cantidad de $15,000.00 (quince mil
pesos 00/100 M.N), deberán obtenerse cuando menos tres cotizaciones obteniendo
el visto bueno del Comité de Supervisión para elegir al proveedor.
f) Cuando
el presupuesto de algún rubro rebase en 10% lo estipulado en el Tabulador
General de Precios Unitarios de
g) En
el caso de contratación empresas y personas físicas la comprobación del pago
por sus servicios se realizará mediante factura en el caso de la primera o
recibo de honorarios en el caso de las personas físicas.
III. Mixto.
Esta modalidad es una combinación de las anteriores, la comunidad puede optar
por contratar empresas o servicios profesionales para ciertas acciones, y a la
par realizar actividades de autoadministración,
siempre y cuando las acciones a ejecutar sean diferentes en cada caso, la forma
de comprobar gastos será mediante la aplicación de los criterios señalados para
cada uno en los puntos I y II.
a) Todos
los egresos se registrarán en el Cuaderno de Gastos (Anexo D), al que se le
adjuntarán los comprobantes respectivos, los cuales deberán ser entregados en
hojas blancas para su entrega y numerados en el mismo orden que aparecen en el
cuaderno de gastos.
b) No
se permite la compra de materiales y contratar a trabajadores para que una
empresa ejecute la obra.
c) En
el caso de las acciones que ejecute una constructora o prestador de servicios,
estas serán en su totalidad responsabilidad de la misma.
d) Todas
las notas, recibos y facturas serán emitidos a nombre de la persona integrante
del Comité de Administración que ellos mismos determinen. Las notas, recibos y
facturas deberán contener la información del proveedor y descripción de los
artículos que se compren. Los comprobantes fiscales que amparen las compras o
contratación de servicios, deberán estar vigentes al momento de la comprobación
y registrados en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
e) A
partir de estos datos se elaborará
f) Aquellos
recursos que no hayan sido ejercidos o que no puedan ser comprobados conforme a
los criterios establecidos en el Convenio de Colaboración deberán ser
notificados a
12. Presentación
de los informes correspondientes.
1
Los informes a presentar son: financiero, narrativo y
fotográfico. (Anexos D, F y G).
2
El Comité de Administración deberá mensualmente
entregar a
3
A su vez el Comité de Supervisión entregará
4
De la evaluación que realice
5
Una vez que
13. Registro de
los Gastos
A fin de facilitar el control
y transparencia de los gastos y facilitar la presentación de los informes, el
Comité de Administración será responsable del registro y la custodia de todos
los gastos y comprobantes, debiendo auxiliarse para tal fin del Cuaderno de
Gastos ya mencionado, en el que deberán registrar todos los erogaciones
relacionadas con el plan aprobado, archivando provisionalmente los comprobantes
anexándolos al Cuaderno de Gastos.
En cada informe parcial se
entregarán los originales a
14. Sanciones
por Incumplimiento
En caso de presentarse algún incumplimiento de los
compromisos adquiridos por los Comités de administración y Supervisión, o por
el Asesor Técnico,
ANEXO A
RECIBO DE APOYO
A MIEMBROS DE
Anexar copia de
identificación oficial obligatorio y utilizar un recibo por cada miembro de la
comunidad que reciba el apoyo
BUENO POR $ _____________ FECHA:
_________________
RECIBI DEL COMITÉ DE
ADMINISTRACIÓN DEL PROYECTO:
_______________________________________________________________________________________
la cantidad de $ _____ ( ________________ _________/100 M. N.__)
(Importe con letra)
Periodo del trabajo realizado: del_____________________al___________________________de
2011.
Cuota diaria: $_____________________/M.N.)
Días trabajados:_____Total:$_______________________
DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS |
|
|
|
|
RECIBÍ
______________________________________________________________________________________
NOMBRE Y FIRMA
DEL TRABAJADOR
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma |
Este programa es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta
prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con
ANEXO B
SOLICITUD DE
SEGUNDA MINISTRACIÓN
(Una vez
ejercido y comprobado mínimo, el 50% de la primera ministración)
México, D. F. a _________ de __________________ de
2011.
Secretaria de Desarrollo
Social:
Con base en el
Convenio de Colaboración firmado el día _______________________ por el Comité
de Administración y el Comité de Supervisión con
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Este programa es de carácter público, no es patrocinado
ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los
impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta
prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con
ANEXO C
ORDEN DE COMPRA
PARA COMPRAS
MAYORES A $1,000.00 (UN MIL PESOS 00/100 M.N.)
CUANDO EL
PROYECTO SEA POR AUTOADMINISTRACIÓN
PROYECTO:
____________________________________________________FOLIO_______________
DESCRIPCIÓN DEL ARTICULO
________________________________________________________
FECHA ____________________________
IMPORTE: $ ________________
(___________________________________________/100 M.N.)
PROVEEDOR
__________________________________________________________________
DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR CON LOS
INSUMOS O MATERIAL(ES) |
|
|
|
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma Nombre y firma |
Este programa es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta
prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con
ANEXO D
CUADERNO DE
GASTOS
ENTREGAR
MENSUALMENTE
PROYECTO :
FOLIO: MONTO APROBADO PARA EL PROYECTO $ |
|||||
No. |
No. nota, factura o recibo |
Fecha |
Concepto |
Importe |
Observaciones |
|
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|
|
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|
|
SUBTOTAL * |
|
|
|
|
|
IMPORTE DE COMPROBACIONES ANTERIORES * |
|
|
|
|
|
TOTAL ACUMULADO* |
|
|
*El Subtotal, Importe de Comprobaciones Anteriores
y el Total Acumulado, sólo deberá aparecer al final del Cuaderno de Gastos.
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma |
Este programa es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta
prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con
ANEXO E
BITACORA DE
GASTOS
ENTREGAR CON EL
INFORME FINAL
Proyecto:
____________________________________________________No.
folio___________________
El Comité de Administración presenta para su revisión
los comprobantes de gastos derivados de
la aplicación de los recursos otorgados por
Los comprobantes presentados, mismos que se anexan
hacen constar que el importe otorgado ha sido aplicado exclusivamente en las
obras del Proyecto antes mencionado, mismo que fue autorizado por el Comité
Técnico Mixto. Ratificado por
No. |
No. nota o factura |
Fecha factura |
Concepto |
Importe |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma |
Este programa es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta
prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con
ANEXO F
INFORME
FOTOGRÁFICO
FOLIO PROYECTO__________________
NOMBRE DEL PROYECTO
____________________________________________
Estado original de la obra |
Fecha
____________________ |
|
Avance de la obra |
Fecha
____________________ |
|
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma |
Este programa es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta
prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con
ANEXO G
INFORME NARRATIVO
Hoja 1 de 3
FECHA DE PRESENTACIÓN DEL INFORME NARRATIVO:
Datos de las personas integrantes del comité de
administración responsable del informe narrativo.
NOMBRE |
DOMICILIO |
TELÉFONO |
E mail (EN SU CASO) |
NOMBRE |
DOMICILIO |
TELÉFONO |
E mail (EN SU CASO) |
NOMBRE |
DOMICILIO |
TELÉFONO |
E mail (EN SU CASO) |
Datos de las personas integrantes del comité de
supervisión responsables de evaluar el informe narrativo
NOMBRE |
DOMICILIO |
TELÉFONO |
E mail (EN SU CASO) |
NOMBRE |
DOMICILIO |
TELÉFONO |
E mail (EN SU CASO) |
NOMBRE |
DOMICILIO |
TELÉFONO |
E mail (EN SU CASO) |
Datos del Asesor Técnico
NOMBRE |
DOMICILIO |
TELÉFONO |
E mail (EN SU CASO) |
Fecha de corte _____________________________________
1.- DATOS GENERALES DEL PROYECTO
NOMBRE:
DURACIÓN:
PERIODO QUE CUBRE EL INFORME:
MONTO TOTAL APROBADO POR El COMITÉ TÉCNICO MIXTO:
Hoja 2 de 3
1.1 APORTE DE CONTRAPARTES (SI EXISTEN APORTACIONES
ALTERNATIVAS COMPLEMENTARIAS AL
PRESUPUESTO POR ALGUNOS OTROS ORGANISMOS
DIFERENTES A
|
CANTIDAD |
FECHA (DÍA, MES, AÑO) |
Monto total aprobado por el Comité Técnico Mixto. |
$ |
|
Monto entregado ( % ) |
$ |
|
Monto justificado en Informe |
$ |
|
Saldo por entregar |
$ |
|
Otras aportaciones: |
$ |
|
|
|
|
|
|
1.2 METAS DEL PROYECTO
1.3 DELEGACION DONDE SE LLEVO A CABO EL PROYECTO:
2. VALORACIÓN
DEL PROYECTO
2.1 Describa brevemente el desarrollo del Proyecto,
situación actual, describa las acciones realizadas hasta el momento.
2.2 Especifique los cambios surgidos y los ajustes
efectuados respecto a todas las actividades.
2.3 Si es el caso, describa las acciones que de
acuerdo con su programa de trabajo, están retrasadas y señale las medidas que
se han tomado para lograr el cumplimiento del proyecto.
2.4 Describa si la ejecución del proyecto ha generado
procesos de integración comunitario o vecinal y señale el grado de
participación vecinal.
2.5 Señalar en que medida la
ejecución del proyecto se ha articulado con otras iniciativas de entidades
delegacionales, organismos civiles y otras organizaciones sociales.
2.6 Hacer un análisis objetivo del desempeño del
comité de administración y del comité de supervisión durante la ejecución del
proyecto y si es el caso comentar que problemas han tenido y como los han
resuelto.
2.7 Hacer un análisis objetivo del trabajo del asesor
técnico.
Hoja 3 de 3
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma |
Este programa es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta
prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con
ANEXO H
BITACORA DE
SUPERVISIÓN
NO. |
ACTIVIDAD SUPERVISADA |
COMENTARIOS |
FECHA DE SUPERVISIÓN |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Este programa es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta
prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con
ANEXO I
FORMATO DE PAGO
PARA PROYECTO EJECUTIVO
NOMBRE DEL PROYECTO: |
|
COLONIA: |
DELEGACIÓN: |
FOLIO: |
MONTO APROBADO: |
COSTO DE PROYECTO EJECUTIVO: |
PORCENTAJE EXACTO QUE REPRESENTA
EL PROYECTO EJECUTIVO DEL MONTO TOTAL: |
DESCRIBA SI EL PROYECTO EJECUTIVO SE DESGLOSA EN EL PROYECTO AJUSTADO Y
COINCIDEN CANTIDADES: |
DESCRIPCION DE ACCIONES QUE COMPRENDE EL PROYECTO
EJECUTIVO |
|
|
|
|
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma |
Nombre y firma |
Nombre y firma |
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma |
Este programa es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta
prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con