PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 8 DE FEBRERO DE 2011

 

“ACUERDO POR EL CUAL SE DETERMINA LA UBICACIÓN DE QUINCE NODOS PUBLICITARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO”

 

EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO APROBADO POR EL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN SU CUARTA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEZ, SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LOS HABITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES, EL CONTENIDO DEL “ACUERDO POR EL CUAL SE DETERMINA LA UBICACIÓN DE QUINCE NODOS PUBLICITARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO”:

 

EL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR, con fundamento en el artículo 10, fracción II, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, y

 

CONSIDERANDO

 

Que el artículo Transitorio Cuarto de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal dispone la obligación de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de instalar una mesa de trabajo con las personas físicas y morales incorporadas al Programa de Reordenamiento de Anuncios y Recuperación de la Imagen Urbana del Distrito Federal, con el objeto de reubicar los anuncios que hayan cumplido con los requisitos establecidos por los ordenamientos jurídicos aplicables a dicho Programa, a efecto de instalarlos en los nodos, o en su caso, en los corredores publicitarios previstos en esa misma Ley;

 

Que el artículo Quinto de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal dispone la obligación de instalar el Consejo de Publicidad Exterior en un plazo no mayor a treinta días posteriores a la entrada en vigor de dicha Ley, así como la obligación de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de presentar, una vez instalado el Consejo, la propuesta de acuerdo para determinar la ubicación de los nodos publicitarios;

 

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, el Consejo de Publicidad Exterior quedó integrado por el Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Felipe Leal Fernández; la Secretaria del Medio Ambiente, Martha Delgado Peralta; el Secretario de Transportes y Vialidad, Raúl Armando Quintero Martínez; el Secretario de Protección Civil, Elías Miguel Moreno Brizuela; el Oficial Mayor, Adrián Michel Espino; el Coordinador General de la Autoridad del Espacio Público, Daniel Escotto Sánchez; la Procuradora Ambiental y del Ordenamiento Territorial, Diana Ponce Nava Treviño; la Contralora Ciudadana, Karina Guadalupe Monroy Redondo; el Presidente de la Asociación Mexicana de Publicidad Exterior, A.C., Eduardo Augusto Molina Llovera; el Presidente de la Asociación de Publicistas en Exterior, A.C., Ricardo Escoto Núñez, y el investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Azcapotzalco, Javier Covarrubias Covarrubias;

 

Que el presidente del Consejo de Publicidad Exterior, Felipe Leal Fernández, tuvo a bien invitar a las sesiones del Consejo, con carácter permanente, al Director Corporativo de Vallas y Gigantografías de México, S.A. de C.V., Jorge González Aragón Enríquez de Rivera; a la Contralora Interna en la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, Lizbeth Tovar Alavez; al Director de Educación Continua de la Universidad Iberoamericana, José Luis Cortés Delgado; a la Vicepresidenta General de ICOMOS Mexicano, A.C., Valeria Prieto López; al Director de Proyectos Especiales y Logística de VERDF. Voltear a Ver, A.C., Víctor Zavala Kugler, y a la Directora Ejecutiva del Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria CONAR, A.C., Karla Ávila Jiménez;

 

Que el Consejo de Publicidad Exterior, conformado en los términos descritos en los Considerandos anteriores, quedó instalado en sesión celebrada para ese efecto el día 30 de septiembre de 2010;

 

Que es necesario crear las condiciones que permitan a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda reubicar en los nodos publicitarios los anuncios de las personas físicas y morales incorporadas al Programa de Reordenamiento de Anuncios y Recuperación de la Imagen Urbana del Distrito Federal, a efecto de dar cumplimiento al artículo Transitorio Cuarto de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal;

 

Que los nodos publicitarios son la superficie de los espacios públicos delimitada por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda para instalar anuncios de propaganda, a saber, aquellos anuncios que contienen mensajes de carácter comercial, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3, fracciones VIII y XXVIII, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal;

 

Que por propaganda comercial deben entenderse los mensajes escritos o en imágenes relativos a la compra, venta, consumo o alquiler de bienes y servicios, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3, fracción XXXI, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal;

 

Que el objetivo de los nodos publicitarios es la concentración de anuncios de propaganda para evitar la publicidad exterior desordenada, la saturación publicitaria y la contaminación visual en la ciudad, así como para armonizar el impacto de la publicidad exterior en el paisaje urbano en beneficio del interés general, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2 fracciones IV y V y 31 fracción I de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal;

 

Que los nodos publicitarios pueden comprender predios que alojen bombas de agua, estaciones del Sistema de Transporte Colectivo, del Metrobús y del Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal, y demás inmuebles destinados a un servicio público, incluidos aquellos ubicados en Áreas de Conservación Patrimonial siempre que se ubiquen además en vías primarias, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 14 fracción II y 31 fracción IV de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal;

 

Que la ubicación de los nodos publicitarios será determinada, a propuesta del titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, por acuerdo del Consejo de Publicidad Exterior que deberá contener un plano de zonificación de nodos publicitarios y publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal;

 

Que el 26 de noviembre de 2010 la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, por conducto del Coordinador General de la Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal, Arq. Daniel Escotto Sánchez, remitió al Secretario Técnico del Consejo de Publicidad Exterior, Mtro. Jonathan Mostacero Magadán, una propuesta de “Acuerdo por el Cual se Determina la Ubicación de Quince Nodos Publicitarios en la Ciudad de México”, la cual contiene un plano de zonificación de nodos publicitarios, y en general, cumple con las disposiciones que para dicha ubicación establece la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal;

 

Que el Consejo de Publicidad Exterior tiene facultad para aprobar las propuestas sobre ubicación de nodos publicitarios que le presente la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 fracción II de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal; ha tenido a bien aprobar el siguiente:

 

ACUERDO POR EL CUAL SE DETERMINA LA UBICACIÓN DE QUINCE NODOS PUBLICITARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

 

Primero. Se aprueban quince nodos publicitarios ubicados de la siguiente manera en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México:

 

I. Uno en Álvaro Obregón y Coyoacán

 

II. Dos en Álvaro Obregón;

 

III. Uno en Coyoacán y Tlalpan

 

IV. Dos en Coyoacán;

 

V. Uno en Cuauhtémoc;

 

VI. Dos en Gustavo A. Madero

 

VII. Uno en Iztacalco e Iztapalapa

 

VIII. Uno en Iztapalapa;

 

IX. Uno en Tlalpan, y

 

X. Tres en Venustiano Carranza

 

Segundo. El plano de zonificación de nodos publicitarios correspondiente al presente Acuerdo, se identificará con la Clave de Plano: NP_002_MP. Para la identificación detallada de cada nodo, el plano de zonificación se desagregará en quince planos a los que corresponderán Claves de Planos específicos. Los dieciséis planos formarán parte del presente Acuerdo.

 

Tercero. El nodo publicitario ubicado entre las demarcaciones territoriales Álvaro Obregón y Coyoacán, se identificará de la siguiente manera: Clave de nodo: NP_016. Ubicación: En la intersección de la Avenida San Jerónimo con la calle Paseo del Pedregal, la Avenida Ciudad Universitaria, la calle Fraternidad y la calle Iglesia. Colonias Residencial Puerta del Pedregal y Jardines del Pedregal. Clave de plano: NP_016_UB;

 

Cuarto. Los nodos publicitarios en la demarcación territorial Álvaro Obregón, se identificarán de la siguiente manera:

 

 

I. Clave de nodo: NP_017. Ubicación: En la calle Camino Minas, entre la calle Chiricanos, la calle Nicanor Arvide y la calle Prolongación Rosa Blanca, Colonia Nicanor Arvide. Clave de plano: NP_017_UB, y

 

II. Clave de nodo: NP_018. Ubicación: En la intersección de la lateral del Anillo Periférico (Blvd. Adolfo López Mateos), la Avenida México y la calle Monterrey, Colonia Ermita. Clave de plano: NP_018_UB;

 

Quinto. El nodo publicitario ubicado entre las demarcaciones territoriales Coyoacán y Tlalpan, se identificará de la siguiente manera: Clave de nodo: NP_019. Ubicación: Desde la intersección de la Calzada de Tlalpan, con la calle Renato Leduc y la Calzada México Xochimilco; hasta la intersección de la Calzada de Tlalpan con la calle Acoxpa, Colonia San Lorenzo Huipulco y Bosques de Tetlalmeya. Clave de plano: NP_019_UB;

 

Sexto. Los nodos publicitarios en la demarcación territorial Coyoacán, se identificarán de la siguiente manera:

 

I. Clave de nodo: NP_020. Ubicación: En la intersección de la Avenida Antonio Delfín Madrigal, con la Avenida Aztecas y la Avenida del Imán, Colonias Rinconada las Playas INFONAVIT VII y Ajusco. Clave de plano: NP_020_UB, y

 

II. Clave de nodo: NP_021. Ubicación: Avenida Antonio Delfín Madrigal, entre la calle Zihuatlán y la calle Chalchicomula, Colonia Pedregal de Santo Domingo. Clave de plano: NP_021_UB;

 

Séptimo. El nodo publicitario en la demarcación territorial Cuauhtémoc, se identificará de la siguiente manera: Clave de nodo: NP_022. Ubicación: Diagonal Patriotismo, entre la calle Alfonso Reyes y la calle Francisco Márquez, Colonia Hipódromo de la Condesa. Clave de Plano: NP_022_UB.

 

Octavo. Los nodos publicitarios en la demarcación territorial Gustavo A. Madero, se identificará de la siguiente manera:

 

I. Clave de nodo: NP_023. Ubicación: En la intersección del Eje 3 Oriente (Eduardo Molina) y la calle Oriente 157, Colonias Residencial Plaza oriente y Unidad Habitacional LI Legislatura. Clave de Plano: NP_023_UB, y

 

II. Clave de nodo: NP_024. Ubicación: General M. Arista F.C. Hidalgo, entre la Calzada San Juan de Aragón y la calle Oriente 157, Colonias La Dinamita y 15 de Agosto. Clave de Plano: NP_024_UB.

 

Noveno. El nodo publicitario ubicado entre las demarcaciones territoriales Iztacalco e Iztapalapa, se identificará de la siguiente manera: Clave de nodo: NP_025. Ubicación: Calle Canal de San Juan, entre la Avenida Revolución, la calle Constitución de Apatzingán y la Avenida Universidad, Colonias Las Flores y Unidad Habitacional 6 de Octubre. Clave de plano: NP_025_UB;

 

Décimo. El nodo publicitario ubicado en la demarcación territorial Iztapalapa, se identificará de la siguiente manera: Clave de nodo: NP_026. Ubicación: En el Eje 2 Oriente entre la Calzada San Juanico y la Avenida Físicos, Colonias San Juanico Nextipac y Unidad la Viga. Clave de plano: NP_026_UB.

 

Décimo primero. El nodo publicitario en la demarcación territorial Tlalpan, se identificará de la siguiente manera: Clave de nodo: NP_027. Ubicación: Prolongación Insurgentes, entre la calle Tlalcoligia y la Avenida Insurgentes Sur, Barrio del Truenito. Clave de Plano: NP_027_UB.

 

Décimo segundo. Los nodos publicitarios en la demarcación territorial Venustiano Carranza, se identificarán de la siguiente manera:

 

I. Clave de nodo: NP_028. Ubicación: En la Avenida Canal del Norte, entre la calle Avenida Gran Canal y la calle Emiliano Zapata, Colonias Ampliación Simón Bolívar y 1° de Mayo. Clave de Plano: NP_028_UB;

 

II. Clave de nodo: NP_029. Ubicación: En la calle Fuerza Aérea Mexicana, entre la calle Economía y la calle Bellas Artes, Colonias Federal y Unidad Zaragoza. Clave de plano: NP_029_UB, y

 

III. Clave de nodo: NP_030. Ubicación: En la intersección del Eje 3 Sur con la calle Fernando Iglesias Calderón, Colonia Jardín Balbuena. Clave de plano: NP_030_UB.

 

Décimo tercero. Los anuncios deberán instalarse en los nodos publicitarios, en los términos que determine la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 6 fracción V y 33 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal. El área sombreada en el plano del nodo publicitario correspondiente, indicará las áreas de mejoramiento respectivas.

 

Décimo cuarto. En ningún caso las disposiciones del presente Acuerdo podrán ser afectadas por el cambio del nombre de las vías en las que se ubiquen los nodos publicitarios. En todo caso, se atenderá al nombre oficial de las vías contenidas en los planos anexos.

 

 

 

 

T R A N S I T O R I O S

 

Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

Segundo. El Secretario Técnico gestionará la publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

 

Dado en la Ciudad de México, en la Cuarta Sesión Ordinaria del Consejo de Publicidad Exterior celebrada el treinta de noviembre de dos mil diez.

 

 

EL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR

 

(Firma)

 

MTRO. JONATHAN MOSTACERO MAGADÁN