PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 15 DE FEBRERO DE 2011

 

AVISO  POR  EL  QUE  SE  DA  A  CONOCER  EL  CALENDARIO  DE  ENTREGA,  PORCENTAJE, FÓRMULA  Y  VARIABLES  UTILIZADAS,  ASÍ  COMO  EL  MONTO  ESTIMADO  QUE  RECIBIRÁN LAS  DEMARCACIONES  TERRITORIALES  DEL  DISTRITO  FEDERAL  POR  CONCEPTO  DEL FONDO   GENERAL   DE   PARTICIPACIONES   Y   DEL  FONDO   DE   FOMENTO   MUNICIPAL, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2011.

 

ARMANDO LÓPEZ CÁRDENAS,  Secretario  de  Finanzas  del  Distrito  Federal,  con  fundamento  en  los  artículos 15, fracción VIII, 16, fracción IV y 30, fracciones XIV y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;  321 y 322 del Código Fiscal del Distrito Federal; 6º, 47, 51, 62 y 69 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 37, fracción III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 1,  2,  3,  5,  6  y  7  de  la  Ley  de Coordinación Fiscal;  1º, fracción X, numerales 1 y 2 de la Ley de Ingresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2011; 1,  2, fracción XXXV, 6, 29 y 30 del  Decreto  de  Presupuesto  de  Egresos  del Distrito  Federal  para  el  Ejercicio  Fiscal  2011;  26,  fracción  X,  del  Reglamento  Interior  de  la  Administración  Pública  del Distrito Federal; numerales Primero y Segundo del ACUERDO que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, por el que se da a conocer el  calendario  de  entrega,  porcentaje,  fórmulas  y  variables  utilizadas,  así  como  los  montos,  estimados,  que  recibirá  cada entidad federativa del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal, por el ejercicio fiscal 2011, y

 

C O N S I D E R A N D O

 

Que el “ACUERDO por el que se da a conocer el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos,  estimados,  que  recibirá  cada  entidad  federativa  del  Fondo  General  de  Participaciones  y  del  Fondo  de  Fomento Municipal,  por  el  Ejercicio  Fiscal  2011”,  publicado  en  el  Diario  Oficial  de  la  Federación  el  pasado  31  de  enero  de  2011, determinó  para  el  Distrito  Federal  estimaciones  por  un  monto  de  43,868,822,624.00 pesos  por  el  Fondo  General  de Participaciones y 2,428,913,084.00 pesos por el Fondo de Fomento Municipal;

 

Que las Participaciones mencionadas en el párrafo que antecede, de conformidad con el citado ACUERDO, serán entregadas de la siguiente manera: las del Fondo General de Participaciones los días 25 de enero, 25 de febrero, 25 de marzo, 25 de abril, 25 de mayo, 27 de junio, 25 de julio, 25 de agosto, 26 de septiembre, 25 de octubre, 25 de noviembre y 26 de diciembre; las del Fondo de Fomento Municipal, los días 31 de enero, 28 de febrero, 31 de marzo, 29 de abril, 31 de mayo, 30 de junio, 29 de julio, 31 de agosto, 30 de septiembre, 31 de octubre, 30 de noviembre y 30 de diciembre;

 

Que  el  último  párrafo  del  punto  Primero,  del  ACUERDO  mencionado,  establece  que  el  total  de  Participaciones  por  estos Fondos, así como los montos que finalmente reciba cada entidad federativa, pueden verse modificados por la variación de los ingresos efectivamente captados respecto a la estimación, por el cambio de los coeficientes de participación, por la población de acuerdo a la última información oficial que dé a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía  (INEGI), y en su caso, por la diferencia de los ajustes a los pagos provisionales correspondientes al Ejercicio Fiscal de 2011.

 

Que el último párrafo del artículo 6º de la Ley de Coordinación Fiscal, establece que los Gobiernos de las Entidades, quince días después de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publique en el Diario Oficial de la Federación el calendario de  entrega,  porcentaje,  fórmulas  y  variables  utilizadas,  así  como  el  monto,  estimados,  a  que  está  obligada  conforme  al penúltimo párrafo del artículo  3  de  dicha  Ley,  deberán publicar en el Periódico Oficial de la Entidad los mismos datos antes referidos, de las Participaciones que las Entidades reciban y de las que tengan obligación de participar a sus Municipios o Demarcaciones Territoriales.

 

Que  de  acuerdo  al  artículo  6o,  párrafo  primero,  de  la  Ley  de  Coordinación  Fiscal,  las  Participaciones  Federales que  recibirán  los Municipios por concepto del Fondo General de Participaciones, nunca serán inferiores al 20% de las cantidades que correspondan al Estado;

 

Que  con  base  al  antepenúltimo  párrafo  del  artículo  2-A  de  la  Ley  de  Coordinación  Fiscal,  los  Estados  entregarán íntegramente a sus Municipios las cantidades que reciban del Fondo de Fomento Municipal;

Que  de  acuerdo  a  lo  dispuesto  en  el  artículo    de  la  Ley  de  Coordinación  Fiscal,  el  Distrito  Federal  se  encuentra directamente  coordinado  en  materia fiscal con la Federación, por tal motivo la entrega de las Participaciones a los Órganos Político-Administrativos se realizará atendiendo a lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, el cual establece que las delegaciones ejercerán los recursos aprobados con base  en  su  calendario  presupuestal  y  en  función  de  las  disponibilidades  financieras  de  la  Hacienda  Pública  del  Distrito Federal y de acuerdo a sus compromisos de pago, y

 

Que en estricta observancia al marco jurídico considerado, se emite en los términos siguientes el:

 

AVISO  POR  EL  QUE  SE  DA  A  CONOCER  EL  CALENDARIO  DE  ENTREGA,  PORCENTAJE, FÓRMULA  Y  VARIABLES  UTILIZADAS,  ASÍ  COMO  EL  MONTO  ESTIMADO  QUE  RECIBIRÁN LAS  DEMARCACIONES  TERRITORIALES  DEL  DISTRITO  FEDERAL  POR  CONCEPTO  DEL FONDO   GENERAL   DE   PARTICIPACIONES   Y   DEL  FONDO   DE   FOMENTO   MUNICIPAL, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2011.

 

PRIMERO.-  En  cumplimiento  a  la  obligación  contenida  en  el  último  párrafo  del  artículo  6o  de  la  Ley  de  Coordinación Fiscal, se dan a conocer los porcentajes y los montos, estimados, que recibirá cada Demarcación Territorial por concepto del Fondo General de Participaciones y del Fondo de  Fomento Municipal, durante el Ejercicio Fiscal 2011:

 

Demarcación Territorial

Porcentaje de

Distribución

Fondo General de

Participaciones

(pesos)

Fondo de Fomento

Municipal

(pesos)

Total

(pesos)

Álvaro Obregón

7.8907

692,307,429

191,657,135

883,964,564

Azcapotzalco

5.0036

439,003,737

121,533,000

560,536,737

Benito Juárez

5.8523

513,468,896

142,147,799

655,616,695

Coyoacán

6.7424

591,558,491

163,765,982

755,324,473

Cuajimalpa de Morelos

1.8971

166,450,814

46,079,942

212,530,756

Cuauhtémoc

9.3872

823,606,745

228,005,800

1,051,612,545

Gustavo A. Madero

12.0389

1,056,265,830

292,414,720

1,348,680,550

Iztacalco

4.4180

387,622,866

107,308,812

494,931,678

Iztapalapa

18.3826

1,612,845,140

446,497,129

2,059,342,269

Magdalena Contreras

2.2298

195,633,043

54,158,698

249,791,741

Miguel Hidalgo

6.2575

549,014,226

151,988,104

701,002,330

Milpa Alta

1.0968

96,226,723

26,639,232

122,865,955

Tláhuac

3.3135

290,722,821

80,483,179

371,206,000

Tlalpan

6.4973

570,060,004

157,814,379

727,874,383

Venustiano Carranza

5.0089

439,466,177

121,661,021

561,127,198

Xochimilco

3.9836

349,511,583

96,758,152

446,269,735

Total

100.0000

8,773,764,525

2,428,913,084

11,202,677,609

 

Cabe señalar que el total de Participaciones por estos Fondos, así como los montos que finalmente reciba el Distrito Federal, pueden verse modificados en los términos establecidos en el artículo 7º de la Ley de Coordinación Fiscal, motivo por el cual la  estimación  que  se  presenta  en  este  Aviso  no  implica  compromiso  de  pago  del  Gobierno  del  Distrito  Federal  con  las Demarcaciones Territoriales.

 

SEGUNDO.-  La  entrega  de  los  recursos  estimados  en  el  numeral  PRIMERO  de  este  Aviso,  se  realizará  conforme  a  los calendarios presupuestales mensuales aprobados por la Secretaría de Finanzas para las Delegaciones, para el ejercicio fiscal 2011, de acuerdo con sus compromisos de pago debidamente justificados y en función de las disponibilidades financieras de la Hacienda Pública del Distrito Federal.

 

TERCERO.- En  cumplimiento  a  la  obligación  contenida en  el  último  párrafo del  artículo  6o  de  la  Ley de  Coordinación Fiscal, se da a conocer la fórmula utilizada en el cálculo y distribución de las Participaciones estimadas correspondientes al Fondo General de Participaciones y al Fondo de Fomento Municipal para el Ejercicio Fiscal 2011, la cual tiene como base la población residente de cada Demarcación Territorial, de acuerdo con la información contenida en el II Conteo de Población y Vivienda 2005, publicado por el INEGI.

 

Sea:

 

          para        i = 1, 2, 3, ……, 16 ;

 

FGPi = ( FGP ) × ( di )          para        i = 1, 2, 3, ……, 16 ;

 

y

 

FFMi = ( FFM ) × (di )           para        i = 1, 2, 3, ……, 16

 

Donde:

 

i

=

Corresponde a cada una de las 16 Delegaciones, es por ello que i = 1, 2, 3, …, 16.

ri

=

Población residente en la Delegación i.

∑ri

=

Sumatoria de la población residente en las Delegaciones.

ti

=

Población ocupada en la Delegación i.

∑ti

=

Sumatoria de la población ocupada en las Delegaciones.

di

=

Participación  porcentual  de  la  Delegación  i  en  el  Fondo  General  de  Participaciones  (FGP)  y  el  Fondo  de Fomento Municipal (FFM) con base en su población residente y ocupada respecto de la población total en el Distrito Federal.

FGP

=

Monto total del Fondo General de Participaciones asignado al Distrito Federal.

FFM

=

Monto total del Fondo de Fomento Municipal asignado al Distrito Federal.

FGPi

=

Asignación correspondiente al Fondo General de Participaciones para la Delegación i.

FFMi

=

Asignación correspondiente al Fondo de Fomento Municipal para la Delegación i.

 

La fórmula expresada anteriormente se utilizará para distribuir entre las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, los recursos que el Gobierno Federal entregue al Distrito Federal, por concepto de estos Fondos.

 

 

T R A N S I T O R I O

 

ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

Ciudad de México, a  10 de Febrero de 2011

 

EL SECRETARIO DE FINANZAS

(Firma)

ARMANDO LÓPEZ CÁRDENAS