PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO
FEDERAL EL 18 DE FEBRERO DE 2011
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ACUERDO
PROSOC/A/001/2011, POR EL QUE SE DAN A
CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES EN QUE SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS INHERENTES A LOS
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL,
CORRESPONDIENTE AL AÑO 2011.
(Al margen superior izquierdo un escudo que dice: ciudad de
México.- Capital en Movimiento.- Procuraduría Social del Distrito Federal)
Licenciada Dione Anguiano Flores, Procuradora Social del Distrito Federal, con fundamento en los
artículos 97 y 98 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 40, 48 y 54,
fracción I y 71 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal; 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1°,
2°, 3°, y 13 fracciones I y III, de la Ley de la Procuraduría Social del
Distrito Federal; 6° fracción V y X del Reglamento de la Ley de la Procuraduría
Social del Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido por los artículos 40 y 48 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, la
Procuraduría Social del Distrito Federal es un Organismo Público
Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto ser un
instancia accesible a los particulares para la defensa de los derechos
relacionados con las funciones y prestación de servicios a cargo de la
Administración Pública del Distrito Federal, así como procurar y coadyuvar al
cumplimiento de la Ley en Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito
Federal, en los términos que establece el artículo 3° de la Ley de la
Procuraduría Social del Distrito Federal.
Que el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del
Distrito Federal señala los días que se consideran inhábiles, para las
actuaciones y diligencias previstas en la citada ley, que se harán de
conocimiento público mediante acuerdos del titular de la entidad que se publicará
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Que el diecisiete de enero de dos mil seis, se publicó en el
Diario Oficial de la Federación un Decreto del Congreso de la Unión por el que
se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, disposición de
aplicación supletoria a la Ley Federal de los Trabajadores del Servicio del
Estado, relativo a los días de descanso obligatorio para los trabajadores.
Que el Decreto por el que se reforma el Artículo Segundo del
Decreto por el que se establece el calendario Oficial, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 27 de enero de 2006, determina como días de
descanso obligatorio, el 1° de enero, el primer lunes de febrero en
conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del
21 de marzo, el 1° y 5 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de
noviembre en conmemoración del 20 de
noviembre y el 25 de diciembre.
Que la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado,
Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, establecen en su artículo 29 que serán días de
descanso obligatorio los que señale el calendario oficial y el que determinen
las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias,
para efectuar la jornada electoral.
Que el artículo 96 de las Condiciones Generales de Trabajo de la
Procuraduría Social del Distrito Federal registradas en el Tribunal Federal de
Conciliación y Arbitraje con fecha l0 de junio de 2008, establecen que se
consideran días de descanso obligatorio para los trabajadores y trabajadoras de
la Entidad, además de los dos días de descanso por cada cinco de labores de
preferencia sábado y domingo, y de los que señale la Ley, el jueves y viernes
santo y, 1 y 2 de noviembre así como el 19 de junio para quienes pertenezcan al
Sindicato de la Procuraduría, con motivo de su aniversario, siempre y cuando
dicha fecha recaiga en día inhábil.
En virtud de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ACUERDO
PROSOC/A/001/2011, POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES EN QUE SE
SUSPENDEN LOS TÉRMINOS INHERENTES A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN LA
PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2011.
PRIMERO.- Para el año dos mil once, se declaran como días inhábiles para el cómputo de
términos, actuaciones, trámites, diligencias y emisión de resoluciones en los
siguientes procedimientos administrativos: Autorización de Libro de Actas de
Asambleas, Registro de Reglamento de Condominio, Registro de Administrador de
Condominio, Acreditación de la Convocatoria de Asamblea General de Condóminos
Ordinaria y Extraordinaria, Procedimiento Arbitral en Materia Condominal, Amigable Composición o Estricto Derecho, Procedimiento
Conciliatorio en Materia Condominal, Procedimiento
Administrativo de Aplicación de Sanciones, Práctica de Notificaciones y
Diligencias en los Procedimientos Administrativos de Conciliación y Arbitraje,
Práctica de emplazamiento en la Sustanciación
del Procedimiento Administrativo de Conciliación, Práctica de la
Notificaciones y diligencias en la Sustanciación del Procedimiento
Administrativo de Aplicación de Sanciones, Captación de Queja Administrativa,
Investigación de Queja Administrativa, Investigación de Queja Administrativa,
Conciliación Administrativa, Recurso de Inconformidad, Recurso de Revisión,
Juicio de Nulidad, Juicios de Amparo y de Revisión, Recomendaciones y
Sugerencias que se sustancien ante la Procuraduría Social del Distrito Federal,
así como solicitudes de la Comisión de Derechos Humanos y de Información
Pública y de Datos Personales y Averiguaciones Previas, durante este periodo.
Lo anterior por cuanto hace para la
Subprocuraduría de Exigibilidad de Derechos Ciudadanos; la Coordinación General
de Asuntos Jurídicos de la Procuraduría Social del Distrito Federal, y la
Oficina de Información Pública de esta entidad; los días sábados y domingos y
los días 7° de Febrero, 21 de marzo, del 18 al 22 de abril, 2 y 5 de mayo, del
16 al 31 de julio, 16 de septiembre, 1° y 2 de noviembre, y del 17 al 31 de
diciembre de 2011.
SEGUNDO.- publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su publicación en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México Distrito Federal, a 10 de febrero de 2011
(Firma)
LICENCIADA DIONE ANGUIANO FLORES
PROCURADORA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL