PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 31 DE
MARZO DE 2011.
CONSEJO
DE PUBLICIDAD EXTERIOR
EN CUMPLIMIENTO AL
ACUERDO APROBADO POR EL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN SU NOVENA SESIÓN
ORDINARIA DE FECHA QUINCE DE MARZO DE DOS MIL ONCE, SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE
LOS HABITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES,
EL CONTENIDO DEL “ACUERDO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS DEL CONSEJO DE
PUBLICIDAD EXTERIOR PARA EFECTO DE RETIRAR LOS ANUNCIOS INSTALADOS EN LA
CARRETERA MÉXICO-CUERNAVACA Y EN LA ZONA DENOMINADA “PUERTA DE SANTA FE”:
EL CONSEJO DE
PUBLICIDAD EXTERIOR, de conformidad con los artículos 8 y 10
fracciones I y VI de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que el 20 de agosto de
2010 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley de Publicidad
Exterior del Distrito Federal, cuyo artículo Transitorio Cuarto dispuso la
obligación de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de reubicar en los
nodos publicitarios los anuncios que hayan cumplido con los requisitos
establecidos por los ordenamientos jurídicos aplicables al Programa de
Reordenamiento de Anuncios y Recuperación de la Imagen Urbana del Distrito
Federal;
Que el 29 de noviembre
de 2010 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por
el cual se Determina la Ubicación de Quince Nodos Publicitarios en la Ciudad de
México”, y el “Acuerdo por el cual se Proponen a la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda, Líneas de Acción para el Retiro de Anuncios Instalados en la
Carretera México-Cuernavaca y en la Zona Denominada Santa Fe”, aprobados ambos
por el Consejo de Publicidad Exterior el 16 de noviembre de 2010;
Que el 8 de febrero de
2011 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por el
cual se Determina la Ubicación de Quince Nodos Publicitarios en la Ciudad de
México” y el “Acuerdo por el Cual se Proponen a la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda, Líneas de Acción en Materia de Anuncios Instalados en la
Ciudad de México”, aprobados por el Consejo de Publicidad Exterior el 30 de
noviembre de 2010 y el 12 de enero de 2011, respectivamente;
Que es necesario
definir las acciones que permitan a la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda reubicar los anuncios de las personas incorporadas al Programa de
Reordenamiento de Anuncios y Recuperación de la Imagen Urbana del Distrito Federal;
Que el Consejo de
Publicidad Exterior tiene diversas facultades conferidas por el artículo 10,
fracciones I y VI, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, entre
las cuales se encuentran las de proponer a la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda políticas, estrategias y acciones orientadas a la protección,
conservación, recuperación y enriquecimiento del paisaje urbano, así como
líneas de acción, normas y criterios en materia de publicidad exterior; ha
tenido a bien aprobar el siguiente:
ACUERDO
PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS DEL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR PARA
EFECTO DE RETIRAR LOS ANUNCIOS INSTALADOS EN LA CARRETERA MÉXICO-CUERNAVACA Y
EN LA ZONA DENOMINADA “PUERTA DE SANTA FE”
Primero. Se exhorta
a los representantes de las organizaciones, asociaciones o consejos de personas
dedicadas a la publicidad exterior, que forman parte del Consejo de Publicidad
Exterior, a dar cumplimiento a los acuerdos publicados los días 29 de noviembre
de 2010 y el 8 de febrero de 2011 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
para efecto de reubicar los anuncios retirados en la carretera
México-Cuernavaca y en la zona denominada “Puerta de Santa Fe”, en un plazo que
no exceda de treinta días naturales contados a partir del presente Acuerdo,
dividido de la siguiente manera:
I. El 30 de marzo de
2011 será la fecha límite para retirar los anuncios que no se encuentren
incorporados al Programa de Reordenamiento de Anuncios y Recuperación de la
Imagen Urbana del Distrito Federal, instrumentado por la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda desde el año 2004, y
II. El 15 de abril de
2011 será la fecha límite para retirar los anuncios que se encuentren
incorporados al Programa de Reordenamiento de Anuncios y Recuperación de la
Imagen Urbana del Distrito Federal, instrumentado por la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda desde el año 2004.
Segundo. Los propietarios
de anuncios instalados en las vías públicas a las que se refiere el presente
Acuerdo, que no retiren sus respectivos anuncios en los plazos fijados en el
artículo anterior, no podrán participar en la asignación de espacios para
anuncios en los nodos publicitarios correspondientes.
T R A N S I T O R I O S
Primero. El presente
Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el Consejo de Publicidad
Exterior.
Segundo. El
Secretario Técnico gestionará la publicación del presente Acuerdo, para su
conocimiento público, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Dado en la Ciudad de
México, en la Novena Sesión Ordinaria del Consejo de Publicidad Exterior
celebrada el quince de marzo de dos mil once.
EL
SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR
(Firma)
MTRO. JONATHAN MOSTACERO MAGADÁN