PUBLICADO EN LA
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 11 DE MARZO DE 2004
AVISO
POR EL QUE SE DA A CONOCER EL NUEVO FORMATO DE "SOLICITUD DE ENTRADA Y
TRÁMITE", APROBADO PARA SOLICITAR TRÁMITES Y SERVICIOS ANTE EL REGISTRO
PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL.
(Al margen superior tres escudos que
dicen: GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.- Consejería Jurídica y de Servicios
Legales)
MARÍA ESTELA RÍOS GONZÁLEZ, Consejera Jurídica y de Servicios
Legales del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 3000, 3001, 3002 del Código Civil para el Distrito Federal; 1°, 3° y 11 de
la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 15 fracción XVI,
16 fracción IV, 35 fracción XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal; 1°, 2°, 7 fracción XV, numeral 3, 29 y 117 del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y 1°, 2°, 18 y
19 del Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Distrito Federal; y
Que a la Administración Pública del
Distrito Federal le corresponde la prestación de los Servicios Públicos, previo
cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.
Que el Registro Público de la Propiedad
y de Comercio es la institución mediante la cual la Administración Pública del
Distrito Federal proporciona el servicio de dar publicidad a los actos
jurídicos que, conforme a la ley, precisan de este requisito para surtir
efectos ante terceros.
Que la Dirección General del Registro
Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, necesita contar con
un formato de solicitud de entrada y trámite, el cual tiene por objeto servir
como un instrumento para dar los efectos probatorios en orden a la prelación de
los documentos presentados para inscripción en ese Registro, así como medio de
control de dichos documentos, a los que acompaña en las distintas fases del
procedimiento.
Que en la Tesorería del Distrito Federal, en beneficio de
los contribuyentes, se están implementando procesos de recaudación más
simplificados y accesibles, utilizando la infraestructura con que cuentan las
Instituciones Bancarias y Centros Comerciales autorizados, con la finalidad de
otorgar un servicio eficiente y de calidad para los ciudadanos que solicitan
trámites y servicios, incluidos los que presta el Registro Público de la
Propiedad y de Comercio del Distrito Federal.
En este mismo sentido, el Registro
Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, se ha incorporado
al mencionado proceso de modernización, canalizando a los solicitantes de los
trámites y servicios que ahí se prestan, para que realicen el pago de los
derechos en Instituciones Bancarias y Tiendas Departamentales autorizadas, a
través del llamado Formato Universal de la Tesorería con línea de captura.
Que ante tal circunstancia, la
Tesorería del Distrito Federal dejará de expedir las formas valoradas mediante
las cuales los usuarios solicitaban los distintos servicios, que a partir de
ahora podrán solicitarse mediante el formato de Solicitud de Entrada y Trámite
que adelante se menciona.
Que la Dirección General del Registro
Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, es la Unidad
Administrativa encargada de instrumentar los mecanismos necesarios para la
prestación de trámites y servicios en materia registral. Por lo que tengo a
bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL
NUEVO FORMATO DE "SOLICITUD DE ENTRADA Y TRÁMITE", APROBADO PARA
SOLICITAR TRÁMITES Y SERVICIOS ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE
COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL.
PRIMERO.- Se da a conocer el formato “SOLICITUD DE ENTRADA Y TRÁMITE”, aprobado
para solicitar trámites y servicios ante el Registro Público de la Propiedad y
de Comercio del Distrito Federal, mismo que estará vigente a partir del 1º de
marzo del 2004, lo que se hace del conocimiento general para todos los efectos
legales y administrativos a que haya lugar:
SEGUNDO.- Por cada documento ingresado al Registro Público para su inscripción, se
acompañará una SOLICITUD DE ENTRADA Y TRÁMITE debidamente requisitada y un
comprobante del pago de Derechos realizado ante la Institución o Centro
Comercial autorizado, por el total de la suma de Derechos que corresponda.
TERCERO.- Por cada servicio solicitado al Registro Público, se acompañará una
SOLICITUD DE ENTRADA Y TRÁMITE debidamente requisitada, y un comprobante del
pago de Derechos que corresponda.
CUARTO.- El Registro Público de la Propiedad y de Comercio, no aceptará
comprobantes de pago de derechos, que presenten con línea de captura duplicada.
Ciudad de México, Distrito Federal, a
los veintisiete días del mes de febrero de dos mil cuatro.
LA CONSEJERA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES
(Firma)
LIC. MARÍA ESTELA RÍOS GONZÁLEZ