PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 27 DE
DICIEMBRE DE 2011.
INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA TÉCNICA
LIC.
BERNARDO VALLE
MONROY, SECRETARIO EJECUTIVO DEL
CONSEJO GENERAL DEL
INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 32, párrafo tercero, 35, fracción I, inciso c) y 60, fracción III del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, y en acatamiento a lo preceptuado en el punto de acuerdo QUINTO del “Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito
Federal por el que se determina el tope de gastos de precampaña para Jefe de Gobierno, Diputados a
la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y Jefes Delegacionales,
en el Proceso Electoral Ordinario 2011-2012”, aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral del Distrito Federal, durante la Sesión Pública Ordinaria de 14 de diciembre
de 2011, emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A
CONOCER LOS PUNTOS DE ACUERDO DEL ACUERDO DEL
CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL
DISTRITO FEDERAL POR EL
QUE SE DETERMINA EL TOPE DE GASTOS DE PRECAMPAÑA PARA JEFE DE GOBIERNO, DIPUTADOS
A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL Y JEFES DELEGACIONALES, EN
EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2011-2012.
A C U E R D O
PRIMERO. Se determina que el tope de gastos de precampaña para Jefe de Gobierno en el Proceso Electoral
Ordinario 2011-2012, que podrán erogar los precandidatos, ascenderá
al monto siguiente: $7,331,471.93
SEGUNDO.
Se determina
que el tope de gastos
de precampaña
por distrito
electoral uninominal
para Diputados
a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal por el principio de mayoría relativa, en el Proceso Electoral Ordinario 2011-2012, que podrán erogar los precandidatos para cada fórmula de aspirantes, ascenderá
a los montos siguientes:
Distrito Uninominal |
Tope de gastos de precampaña para candidatos a Diputados a la ALDF en
el Proceso Electoral Ordinario 2011-2012 |
Distrito Uninominal |
Tope de gastos de precampaña para candidatos a Diputados a la ALDF en
el Proceso Electoral Ordinario 2011-2012 |
I |
$114,086.07 |
XXI |
$114,213.49 |
II |
$94,226.75 |
XXII |
$87,155.66 |
III |
$111,048.42 |
XXIII |
$79,254.22 |
IV |
$94,143.23 |
XXIV |
$92,946.69 |
V |
$99,634.99 |
XXV |
$116,589.44 |
VI |
$82,201.94 |
XXVI |
$96,178.15 |
VII |
$86,536.78 |
XXVII |
$86,916.89 |
VIII |
$96,164.76 |
XXVIII |
$102,868.59 |
IX |
$102,441.37 |
XXIX |
$106,172.86 |
X |
$106,761.76 |
XXX |
$99,956.75 |
XI |
$111,247.04 |
XXXI |
$114,829.16 |
XII |
$109,792.99 |
XXXII |
$102,236.86 |
XIII |
$115,113.44 |
XXXIII |
$100,191.77 |
XIV |
$107,304.08 |
XXXIV |
$84,765.26 |
XV |
$101,321.93 |
XXXV |
$89,459.87 |
XVI |
$90,180.47 |
XXXVI |
$85,946.27 |
XVII |
$125,008.04 |
XXXVII |
$89,694.35 |
XVIII |
$103,332.75 |
XXXVIII |
$81,111.40 |
XIX |
$81,234.00 |
XXXIX |
$79,058.28 |
XX |
$109,185.35 |
XL |
$95,334.41 |
TERCERO. Se determina que el tope de gastos de precampaña para Jefes Delegacionales en cada una de las Delegaciones del
Distrito Federal, en el Proceso Electoral Ordinario
2011-2012, que podrán erogar los precandidatos,
ascenderá a los
montos siguientes:
Delegación |
Tope de gastos de precampaña para Jefes Delegacionales en el Proceso
Electoral Ordinario 2011-2012 |
Álvaro Obregón |
$309,544.80 |
Azcapotzalco |
$210,683.41 |
Benito Juárez |
$188,545.58 |
Coyoacán |
$301,702.79 |
Cuajimalpa de Morelos |
$70,238.69 |
Cuauhtémoc |
$260,298.27 |
Gustavo A. Madero |
$567,359.52 |
Iztacalco |
$191,502.39 |
Iztapalapa |
$748,047.03 |
La Magdalena Contreras |
$100,191.77 |
Miguel Hidalgo |
$171,322.38 |
Milpa Alta |
$44,606.00 |
Tláhuac |
$129,619.13 |
Tlalpan |
$266,140.17 |
Venustiano Carranza |
$221,040.03 |
Xochimilco |
$165,004.55 |
CUARTO. Instruir a
la Unidad Técnica de Comunicación Social, Transparencia y Protección de Datos Personales, para que
dentro de los tres días siguientes a la aprobación
de este acuerdo, realice las adecuaciones que sean procedentes por virtud de
la determinación asumida por el
Consejo General, en el apartado de Transparencia del sitio de Internet http://www.iedf.org.mx.
QUINTO.
Publíquese el presente Acuerdo en estrados de las oficinas centrales y cada
uno
de los cuarenta Órganos Desconcentrados y remítanse los puntos de acuerdo
a la Gaceta Oficial del Distrito Federal y un diario de circulación en
esta entidad federativa para su publicación.
SEXTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por parte del Consejo General del Instituto
Electoral del Distrito
Federal.
SÉPTIMO. Notifíquese personalmente este Acuerdo a las dirigencias locales, así como a
los
representantes de los partidos políticos acreditados ante el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, dentro de los cinco días siguientes a la entrada
en vigor del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
En la Ciudad de México, a los veinte días de mes de diciembre de dos mil once.
EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO GENERAL DEL IEDF
(Firma)
LIC. BERNARDO VALLE MONROY