ࡱ > [ , bjbj 4@ ΐ ΐ $ 8 7 4 k 0 x x x $ m > @ x x x x x @ U x x PMk ^ k 0 d R P x x x x x x x @ @ x x x x x x x x x x x x x x x x : PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 30 DE MARZO DE 2012. CONTRALORA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN COMO DAS INHBILES Y EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN LOS TRMINOS INHERENTES A LOS ACTOS, TRAMITES Y PROCEDIMIENTOS QUE SE INDICAN, COMPETENCIA DE LA OFICINA DE INFORMACIN PBLICA DE LA ESCUELA DE ADMINISTRACIN PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTE AL AO 2012 Y AL MES DE ENERO DE 2013. RICARDO GARCA SINZ LAVISTA, Contralor General del Distrito Federal, con fundamento en los artculos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fraccin XV, 16 fracciones IV y VII, 34 fraccin XLII de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal; 11 y 71, de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; numeral 31, segunda prrafo, de los Lineamientos para la Gestin de Solicitudes de Informacin Pblica y de Datos Personales a travs del Sistema INFOMEX del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que la Escuela de Administracin Pblica del Distrito Federal es un organismo pblico descentralizado de la Administracin Pblica del Distrito Federal, sectorizado a la Contralora General del Distrito Federal, con personalidad jurdica y patrimonio propio, de conformidad con los artculos 87, 97 y 98 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2o., 3o. fracciones IV y IX, 40, 47, 48 de la Ley de Administracin Pblica del Distrito Federal, y 3o. delaLey Orgnica de la Escuela de Administracin Pblica del Distrito Federal. Que el personal que presta sus servicios a la Escuela de Administracin Pblica del Distrito Federal, se rige por las disposiciones del apartado A del artculo 123 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal del Trabajo. Que la Ley Federal del Trabajo, en sus artculos 73 y 74, establece que los trabajadores no estn obligados a prestar servicios en sus das de descanso, y que son das de descanso obligatorio el 1o. de enero, el primer lunes de febrero en conmemoracin del 5o. de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoracin del 21 de marzo, el 1o. de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoracin del 20 de noviembre, el 1o. de diciembre de cada seis aos, cuando corresponda a la transmisin del Poder EjecutivoFederal, el 25 de diciembre y los que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral. Que de conformidad con lo establecido en el artculo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, de aplicacin supletoria ala Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica del Distrito Federal, las actuaciones y diligencias en ella previstas se practicarn en das y horas hbiles, considerando como inhbiles los das: sbados y domingos, el 1o. de enero, el primer lunes de febrero en conmemoracin del 5o. de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoracin del 21 de marzo, el 1o. de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoracin del 20 de noviembre, el 1o. de diciembre de cada seis aos, el 25 de diciembre y aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harn del conocimiento pblico mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegacin respectiva, que se publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Que conforme a lo establecido por el artculo 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, los plazos establecidos por periodos se computarn todos los das; cuando se fijen por mes o por ao se entender que el plazo concluye el mismo nmero de da del mes o ao calendario que corresponda, respectivamente; cuando no exista el mismo nmero de das en el mes calendario correspondiente, el trmino ser el primer da hbil del siguiente mes de calendario y si el ltimo da del plazo o la fecha determinada son inhbiles o las oficinas ante las que se vaya a hacer el trmite permanecen cerradas durante el horario normal de labores, se prorrogar el plazo hasta el siguiente da hbil. Que el numeral 31 de los Lineamientos para la Gestin de Solicitudes de Informacin Pblica y de Datos Personales a travs del Sistema INFOMEX del Distrito Federal, publicado el 23 de octubre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, modificado y adicionado mediante Acuerdo 1406/SE/15-11/2011, aprobado por el Instituto de Acceso a la Informacin Pblica y Proteccin de Datos Personales, INFODF, establece que sern das inhbiles los das en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los trminos relativos a los procedimientos previstos en dichos lineamientos, mismos que se publicarn en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el rgano de difusin oficial que corresponda, adems de darse a conocer en el sitio de Internet de INFOMEX. Que en trminos de lo dispuesto por los artculos 47, 51, 78, 80 fracciones II y VI, 82, 85, 86, 90 y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica del Distrito Federal, as como lo dispuesto por los artculos 32, 35, 38 y 40 de la Ley de Proteccin de Datos Personales para el Distrito Federal, se establecen plazos perentorios para la atencin y trmite de las solicitudes de acceso a la informacin pblica y las solicitudes de acceso, rectificacin, cancelacin u oposicin de datos personales; y la sustanciacin y presentacin de los informes relacionados con los recursos de revisin, que se promuevan ante el (INFODF) y que sean competencia de la Oficina de Informacin Pblica de la Escuela de Administracin Pblica del Distrito Federal. Que durante los das declarados inhbiles se suspendern los plazos y trminos en todos aquellos asuntos, trmites y procedimientos competencia de la Oficina de Informacin Pblica de la Escuela de Administracin Pblica del Distrito Federal. Asimismo, dicha suspensin de plazos y trminos ser aplicable en la tramitacin de las solicitudes de acceso a la informacin pblica, de acceso, rectificacin, cancelacin, u oposicin de datos personales, de recursos de revisin y de procedimientos administrativos en general que reciba para su atencin la Oficina de Informacin Pblica de la Escuela de Administracin Pblica del Distrito Federal, por cualquiera de los medios estipulados en la normatividad aplicable. Que con el objeto de atender los principios de legalidad, certeza jurdica, imparcialidad, informacin, celeridad, veracidad, transparencia y mxima publicidad consagrados en el artculo 2o. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica del Distrito Federal, es necesario hacer del conocimiento de los particulares los das considerados como inhbiles correspondientes al ao 2012 y el mes de enero de 2013, para efecto de los trmites en que interviene la Oficina de Informacin Pblica de la Escuela de Administracin Pblica del Distrito Federal, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO NICO.- Para efectos de los actos y procedimientos competencia de la Oficina de Informacin Pblica de la Escuela de Administracin Pblica del Distrito Federal, se considerarn como inhbilesenadicin a los das determinados por el Instituto de Acceso a la Informacin Pblica y Proteccin de Datos Personales del Distrito Federal mediante acuerdo 0122/SO/09-02/2012, publicado el 22 de febrero de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federallos das del ao dos mil doce: 06 de febrero en conmemoracin del 5 de febrero; 19 de marzo en conmemoracin del 21 de marzo; 2, 3, 4, 5 y 6 de abril; 1o.de mayo; 23, 24, 25, 26 y 27 de julio; 2de noviembre; 19 de noviembre en conmemoracin del 20 de noviembre y 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28 y31 de diciembre; as como los das 1o., 2, 3 y 4del mes de enero del ao dos mil trece. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.-El presente Acuerdo surtir efectos el mismo da de su publicacin en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO.- La recepcin, registro, trmite, resolucin y notificacin de solicitudes de informacin pblica y de acceso, rectificacin, cancelacin y oposicin de solicitudes de datos personales, y dems actos y procedimientos en materia de acceso a la informacin, se realizarn en das hbiles por conducto de la Oficina de Informacin Pblica, con domicilio en Tacuba No. 4, colonia Centro, delegacin Cuauhtmoc, C.P. 06010, en un horario de atencin de las 9:00 a 15:00 hrs., de lunes a viernes, telfono 5130-5570 extensin 5373 y correo electrnico HYPERLINK mailto:oieap@df.gob.mx oieap@df.gob.mx, cuya titular es la licenciada Yuridia Rojas Alegra. CUARTO.- Difndase el presente Acuerdo en los estrados de la Oficina de Informacin Pblica de la Escuela de Administracin Pblica del Distrito Federal, en la seccin de Transparencia del portal electrnico,e infrmese al Instituto de Acceso a la Informacin Pblica del Distrito Federal y Proteccin de Datos Personales, para los efectos conducentes. Ciudad de Mxico, a los 23 das del mes de marzo de 2012 (Firma) LIC. RICARDO GARCA SINZ LAVISTA CONTRALOR GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL L v w z { | } ~ ӾpV